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- rdf:value = " CONVENIO COMERCIAL ENTRE CHILE Y YUGOSLAVIA Y CONVENIO BASICO DE COOPERACION ECONOMICA, TECNICA Y CIENTIFICA PARA EL DESARROLLO ECONOMICO Y SOCIAL ENTRE CHILE Y PANAMA.El señor FIGUEROA (Secretario).-
El Ejecutivo ha remitido un mensaje mediante el cual retira de la consideración del Congreso Nacional dos proyectos de acuerdo.
El primero aprueba el Convenio Comercial suscrito entre Chile y la República Federativa de Yugoslavia el 1º de julio de 1963. Fue aprobado por la Cámara de Diputados y se encuentra en la Comisión de Relaciones Exteriores del Senado.
El señor ALTAMIRANO.-
¿Se dan algunas explicaciones sobre el particular?
El señor PABLO (Presidente).-
Sí, señor Senador. Dicho proyecto de acuerdo ha sido desestimado por existir nuevas conversaciones con el Gobierno de Yugoslavia sobre la misma materia.
El señor CONTRERAS.-
Deseo saber cuáles son los dos proyectos de acuerdo que se retiran.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
El primero aprueba el Convenio Comercial con el Gobierno de Yugoslavia, y el segundo, el Convenio Básico de Cooperación Económica, Técnica y Científica para el Desarrollo Económico y Social, suscrito entre los Gobiernos de Chile y la República de Panamá el 14 de agosto de 1962.
El señor CONTRERAS.-
Señor Presidente, respecto del primero, se hizo presente en la Comisión de Relaciones Exteriores la conveniencia de dejarlo pendiente. Los miembros de ella no dimos nuestro asentimiento, y se informó a la Sala con el propósito de que el Gobierno tomara alguna determinación, la cual ha sido, simplemente, retirarlo de la tabla.
El señor PABLO (Presidente).-
Deseo hacer un alcance. Se trata de dos proyectos de acuerdo. Uno ya fue informado por la Comisión; el otro, no lo fue, y el Gobierno oportunamente anunció su retiro.
El señor CONTRERAS.-
En mi opinión, cuando dos Estados concuerdan en la necesidad de establecer un convenio comercial, es porque conviene a ambos países. Me llama la atención creo que en esto hay responsabilidad tanto del Ministerio de Relaciones Exteriores como de la Comisión respectiva del Senado que no se haya despachado en su oportunidad el proyecto, porque han transcurrido siete años desde el primero de julio de 1963 y sólo ahora se retira del Congreso.
Es atribución del Supremo Gobierno retirar estos proyectos de acuerdo cuando lo estime conveniente. Sin embargo, nos extraña la falta de interés que existe por cumplir con estos convenios comerciales.
Chile es un país subdesarrollado y, por lo tanto, necesita intensificar sus relaciones comerciales. Pero no podemos oponernos a la petición del Presidente de la República, aunque a nuestro juicio no es posible que un proyecto sea retirado después de permanecer siete años en la Comisión.
El señor REYES.-
Al Honorable señor Contreras le consta que tanto cuando se estudió el proyecto en la Comisión como en las conversaciones posteriores que tuvimos todos los miembros de ella en el Ministerio de Relaciones Exteriores, se pudo establecer que las cláusulas de este proyecto de acuerdo estaban superadas ampliamente por nuevas disposiciones ya puestas en práctica por el Gobierno de Chile y que se han sostenido otras conversaciones para que el convenio que se suscriba con la República Federativa de Yugoslavia corresponda a ese nuevo criterio, muchísimo más amplio y ágil que el del texto del suscrito en 1963.
Ese fue el motivo que indujo al Gobierno a retirar tanto este proyecto de acuerdo como el referente al convenio con la República de Panamá, pues de otro momo habría que rectificarlos posteriormente.
El señor PABLO (Presidente).-
¿Habría acuerdo para acceder a la petición del Gobierno?
Acordado.
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