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Honorable Senado:
Iquique es una de las ciudades del país qué mejores recursos humanos tiene para los deportes. Sería innecesario recordar en este preámbulo las glorias deportivas que muchos iquiqueños han dado a Chile con sus actuaciones ejemplares tanto en nuestro país como en el extranjero.
Sin embargo, toda la actividad deportiva desarrollada en Iquique se ha hecho exclusivamente con los esfuerzos de los propios deportistas y dirigentes deportivos de la zona y con muy poca ayuda, por no decir ninguna, de los organismos estatales encargados de la promoción de estas importantes actividades.
El proyecto de ley que presentamos tiene por objeto entregar al deporte de Iquique algunos recursos permanentes para su financiamiento. Es un proyecto sencillo que, esperamos, ha de contar con el apoyo unánime de los señores parlamentarios.
Proyecto de ley:
Artículo único.- En el Departamento de Iquique la tasa parcial del impuesto territorial del trece por mil, de exclusivo beneficio fiscal, se dividirá en la siguiente forma: doce por mil de exclusivo beneficio fiscal y uno por mil de exclusivo beneficio de la Corporación de Construcciones Deportivas.
Dicha Corporación sólo podrá invertir estos recursos en la construcción y habilitación de campos deportivos, en la construcción, reparación, terminación y habilitación de sedes para asociaciones y clubes deportivos; en subvencionar asociaciones, clubes deportivos y actividades del deporte.
La Tesorería Provincial de Iquique separará en cuenta aparte los valores que corresponda percibir a la mencionada Corporación la que podrá girar sobre ellos para ser invertidos exclusivamente en el Departamento de Iquique y para los fines señalados en la presente ley.
La Corporación de Construcciones Deportivas deberá rendir cuenta documentada de las inversiones que realice.
(Fdo.) : Luis Valente Rossi.
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