. . . . . . . . " El se\u00F1or PABLO (Presidente).-\n \n \n En discusi\u00F3n. \nOfrezco la palabra. \n \n \n \nEl se\u00F1or NOEMI.- El art\u00EDculo 10 de la ley 17.169, que cre\u00F3 los Consejos Regionales de Turismo, destina al Consejo Regional de Atacama y Coquimbo el 17% de las utilidades del Casino de Vi\u00F1a del Mar, cuando \u00E9ste funciona en la temporada de invierno. Sin embargo, el art\u00EDculo 13 de esa misma ley dispone expresamente que esos fondos deben ser usados en la construcci\u00F3n del camino internacional de La Serena a San Juan. \n \nLa sustituci\u00F3n propuesta tiene por objeto dar mayores posibilidades y mejor expedici\u00F3n al Consejo Regional de Turismo de Atacama y Coquimbo. Ello en raz\u00F3n de que, siendo la obra de gran envergadura, los fondos van quedando detenidos, en circunstancias de que en este momento ese organismo necesita hacer inversiones en otras v\u00EDas menores, para cumplir sus fines espec\u00EDficos. \nEl Consejo mencionado solicita sustituir la norma vigente para poder operar, porque actualmente, en virtud de lo dispuesto en el art\u00EDculo 13 de la ley 17.169, los fondos est\u00E1n congelados. \n \n \nLa se\u00F1ora CAMPUSANO.- \n \u00BFQu\u00E9 dice el Consejo Regional de Atacama y Coquimbo? \n \nEl se\u00F1or NOEMI.- \n Est\u00E1 de acuerdo. Tengo incluso telegramas que me han enviado. \nEn realidad, la construcci\u00F3n del camino de La Serena a San Juan es una obra a 20 a\u00F1os plazo. Mientras tanto, se desvaloriza la moneda y en la zona se dejan de hacer diferentes obras. \nSe aprueba el art\u00EDculo. \n \n " . . . . . .