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    • rdf:value = " TRANSFERENCIA DE INMUEBLES FISCALES A MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO.El señor FIGUEROA (Secretario).- Corresponde discutir el proyecto de ley de la Cámara de Diputados, en segundo trámite constitucional, que autoriza al Presidente de la República para transferir determinados inmuebles fiscales a la Municipalidad de San Antonio, informado polla Comisión de Agricultura y Colonización. -Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: En segundo trámite, sesión 5ª, en 16 de junio de 1970. Informe de Comisión: Agricultura, sesión 43ª, en 5 de agosto de 1970. El señor FIGUEROA (Secretario).- La Comisión, en informe suscrito por los Honorables señores Aylwin (Presidente), Acuña y Valente, recomienda a la Sala aprobar el proyecto en los mismos términos en que lo ha hecho la Cámara. El señor PABLO (Presidente).- En discusión general y particular. Ofrezco la palabra. El señor ACUÑA.- Los Senadores del Partido Radical prestaremos nuestro apoyo al proyecto en la forma como ha sido propuesto por la Comisión, y lo haremos con especial interés. En cuanto al artículo 4º, que incide en la entrega de determinados fondos a la Municipalidad de Rengo, dejo especial constancia de que, por encargo especial del organismo comunal y de nuestro Honorable colega señor Sule, lo votaremos favorablemente, porque mediante tal precepto se da solución inmediata a un angustioso problema de financiamiento del municipio mencionado. El señor VALENZUELA.- El inciso segundo del artículo 4º establece lo siguiente: "Sin embargo, de los recursos que le corresponden a la Municipalidad de Rengo, el 10% se destinará al presupuesto ordinario de dicha Corporación, a contar del 1º de enero de 1970." Como consta a mis Honorables colegas, aparte ser Senador por las provincias de O'Higgins y Colchagua, soy oriundo de la ciudad de Rengo. La comuna de dicho nombre, junto con las del departamento de Caupolicán y las de la provincia de Talca, obtuvieron ingresos extraordinarios para favorecer el progreso de la zona, mediante una norma legal llamada "ley del fósforo". El artículo 4? del proyecto dispone que parte de tales ingresos incrementarán el presupuesto ordinario de la Municipalidad de Rengo es decir, aumentar la burocracia y crear nuevos cargos, en circunstancias de que, en conformidad a la mencionada ley, esos recursos deben ser destinados exclusivamente al progreso de la región y al desarrollo de obras comunitarias nuevas, indispensables en todos los pueblos y comunas del país. Por las razones de orden afectivo que señale al comienzo de mi intervención, lamento declarar que votaré en contra del artículo 49, porque como persona que ha vivido toda su vida en la ciudad de Rengo y como Senador de la República, estoy profundamente interesado en el adelanto comunal. En consecuencia, soy partidario de que los fondos de que se trata no se desperdicien en fines ajenos a los que específicamente señala la ley Nº 16.591. Por estas consideraciones, anuncio mi voto contrario al artículo 4º. El señor ACUÑA.- A propósito de las palabras del Honorable señor Valenzuela, debo expresar que el señor Senador tiene una confusión respecto del contenido del artículo mencionado, pues dicha norma, junto con destinar el 10% del impuesto a los fósforos al presupuesto ordinario de la Municipalidad de Rengo, establece que tales recursos no podrán ser usados ni para la creación de nuevos cargos ni para acordar aumentos de remuneraciones de empleados y obreros. De manera que la finalidad perseguida no es la que teme el Honorable señor Valenzuela. En razón de tales argumentos y de las peticiones que hemos recibido en cuanto a solucionar el problema de financiamiento de esa corporación edilicia, soy partidario de aprobar el proyecto en los términos en que viene planteado por la Comisión. El señor PABLO (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Luengo. El señor LUENGO.- He concedido una interrupción al Honorable señor Valenzuela. El señor VALENZUELA.- A propósito de lo expresado por el Honorable señor Acuña en cuanto al inciso segundo del artículo 4º, debo señalar que dentro de la administración comunal hay muchas maneras de lograr los objetivos que denantes señalé y desviar a otros fines los fondos destinados específicamente al progreso de las comunas mencionadas en la ley a que se ha hecho referencia y a la realización de obras que beneficien a la comunidad. Es fácil hacerlo: se pueden contratar personas para estudiar problemas de orden urbanístico o diversas otras materias. Tales estudios pueden tener un costo de muchos millones de escudos, que simplemente beneficiarán a las personas que los realizan, sin que necesariamente sean indispensables, tanto más cuanto que a veces se propone realizar obras faraónicas no acordes con la realidad nacional ni con la de nuestros pueblos o ciudades. Estos sólo requieren obras comunitarias que beneficien a todos los habitantes, y no fastuosas construcciones que, como sabemos, generalmente quedan inconclusas, a veces en los planes, y otras, en la obra gruesa. Conociendo a fondo estos problemas, he intervenido para anunciar mi oposición al artículo 4º. El señor LUENGO.- Concedí una interrupción al Honorable señor Valenzuela con el objeto de conocer más en detalle su pensamiento respecto del artículo 4º del proyecto. A mi juicio, todos podemos suscribir las aprensiones que se desprenden de las palabras del señor Senador. Sin embargo, nadie tiene interés en que los fondos destinados por la ley Nº 16.591 a obras de carácter extraordinario se utilicen en finalidades ajenas a las establecidas en ese cuerpo legal. Por eso, estoy cierto de que se usarán realmente en los objetivos señalados en el artículo 3º de la ley mencionada. Desde hace bastante tiempo, la Municipalidad de Rengo afronta un fuerte déficit presupuestario y ha tenido graves problemas económicos. En más de una indicación he propuesto otorgarle algunos recursos extraordinarios. Sobre el particular, conviene dejar esclarecido lo siguiente: el artículo 3º de la ley Nº 16.591, llamada la "ley del fósforo", otorgó recursos extraordinarios a la señalada municipalidad, a fin de realizar, con cargo a ellos, diversas obras de beneficio comunal y de adelanto local. Pero tales obras no pueden llevarse a cabo por sí solas. En este sentido, el Honorable señor Valenzuela ha puesto el dedo en la llaga: para efectuarlas es necesario planificarlas y proyectarlas, lo que requiere de estudios. Sin embargo, la Municipalidad de Rengo no puede ordenar la realización de tales estudios, debido a lo limitado de sus recursos ordinarios. Entonces, ¿qué se pretende mediante el artículo 4º Que se pueda destinar al presupuesto ordinario de la Municipalidad de Rengo el 10% de lo que rinde la ley especial sobre impuesto a los fósforos, con la prohibición lo indica el inciso segundo de ocupar ese incremento de los ingresos ordinarios del Municipio en pago de sueldos a los empleados ni de salarios a los obreros municipales, y en crear nuevos cargos. En realidad, es una disposición beneficiosa, pues tiene por objeto dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 3º de la ley Nº 16.591. En ningún caso existe la intención como teme mi Honorable colega el señor Valenzuela de pagar honorarios fabulosos con esos recursos, porque, desde luego, las sumas que se destinan para ese efecto no lo son. Considerando la necesidad de que en Rengo se realicen las obras señaladas en la propia ley, creo conveniente aprobar esta disposición, y le daré mi voto favorable. El señor BALLESTEROS.- La verdad es que... El señor NOEMI (Vicepresidente).- Ha terminado el tiempo de Fácil Despacho. Queda pendiente la discusión, y con la palabra el Honorable señor Ballesteros. El señor AGUIRRE DOOLAN.- ¿Poiqué no lo votamos, señor Presidente? El señor NOEMI (Vicepresidente).- Debe haber acuerdo unánime de la Sala, señor Senador. El señor AGUIRRE DOOLAN.- ¡Cómo no va a haberlo para despachar un asunto de esta naturaleza! El señor NOEMI (Vicepresidente).- ¿Habría acuerdo de la Sala para prorrogar el tiempo de Fácil Despacho hasta votar el proyecto? El señor GARCIA.- No estoy de acuerdo, porque necesito mayores antecedentes. El señor NOEMI (Vicepresidente).- No hay acuerdo. "
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