-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/590522/seccion/akn590522-po1-ds10-ds18
- bcnres:tieneTipoParticipacion = bcnres:Intervencion
- bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3202
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- rdf:type = bcnres:Participacion
- bcnres:tieneCalidad = http://datos.bcn.cl/recurso/temporal/1292
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3202
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2584
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/590522
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/590522/seccion/akn590522-po1-ds10
- rdf:value = " El señor PALMA.-
En realidad, pocas palabras son las que pueden agregarse a las dichas por otros señores Senadores. Sin embargo, vale la pena destacar que el proyecto, en la práctica, es el resultado de un acuerdo entre las empresas y los suplementeros, quienes llegaron a una fórmula factible.
Como todos recuerdan, el proyecto de la Cámara de Diputados establecía un impuesto sobre el precio de venta de los periódicos. Pero, seguirlos antecedentes que se proporcionaron en la Comisión, la venta de diarios en Chile lo que resulta curioso es inferior a la de muchas otras naciones latinoamericanas, incluso de las que nosotros consideramos en más bajo nivel cultural y de alfabetismo. Se pudo comprobar que en otros países la cantidad de periódicos editados, considerando el número de habitantes, era superior al nuestro. No me refiero a aquellos pueblos más avanzados de la América del Sur. De manera que, de inmediato, se pensó que aumentar el precio de los periódicos conduciría a agravar ese fenómeno, ya de por sí significativo y contrario al buen desarrollo de la democracia, que se funda precisamente, en el conocimiento de los hechos y las ideas. Por este motivo, se reemplazó el financiamiento sobre la base de un impuesto a la venta de los periódicos, por otro que grava a los avisos. Pero el impuesto a los avisos de carácter comercial, resultó insuficiente para financiar la previsión de los suplementeros, y por ello el texto contenido en el segundo informe agrega un gravamen a las publicaciones solicitadas, es decir, a las inserciones. Sólo se excluyen de este tributo vale la pena también destacarlo, porque es importante desde el punto de vista democrático las respuestas que hacen las personas aludidas por determinadas informaciones o publicaciones, en uso del derecho consagrado en las leyes vigentes, en especial la de Abusos de Publicidad. Con esto se garantiza al ciudadano común mayor facilidad para ejercer sus derechos democráticos, en la eventualidad de ser aludido en algún periódico.
Por último, también deseo destacar que cuando se estudió el financiamiento del proyecto, se excluyó de manera precisa a todos los diarios de tirada inferior a 10 mil ejemplares que se publican en provincias. Con ello se eximió del recargo que significa este impuesto sobre los avisos, prácticamente a casi todos los diarios que se editan fuera de Santiago o Valparaíso, y a tres o cuatro más importantes del Norte y del Sur. Es necesario hacer notar este aspecto, porque esos periódicos de poca circulación también sirven a sectores muy importantes que, por lo general, exigen un tipo de información que no dan los diarios de circulación nacional.
Por tales razones, como acaba de expresar el Honorable señor Lorca, contribuiremos con nuestros votos a aprobar este proyecto, y esperamos que la previsión de los suplementeros en lo futuro forme parte de un sistema nacional que el próximo Gobierno estoy cierto de ello deberá armonizar de modo tal que proteja a todos los chilenos en condiciones de dignidad y de igualdad.
"