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- rdf:value = " PRESTAMOS Y SUBSIDIOS PARA IMPONENTES DE CAJA DE PREVISION DE EMPLEADOS PARTICULARES DE ATACAMA Y COQUIMBO.El señor FIGUEROA (Secretario).-
En seguida, corresponde tratar el proyecto de ley de la Cámara de Diputados, con segundo informe de la Comisión de Trabajo y de Previsión Social, que autoriza a la Caja de Previsión de Empleados Particulares para conceder préstamos y subsidios a sus imponentes de Atacama y Coquimbo.
Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 25a, en 14 de julio de 1970.
Informes de Comisión:
Trabajo, sesión 39a, en 28 de julio de 1970.
Trabajo (segundo), sesión 47a, en 18 de agosto de 1970.
Discusión:
Sesión 42º, en 4 de agosto de 1970 (aprobado en general y particular).
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La Comisión de Trabajo y Previsión Social, en su segundo informe, suscrito por los Honorables señores Ballesteros (presidente), Contreras, García y Lorca, hace presente a la Sala que no han sido objeto de indicaciones ni modificaciones los artículos 19 y 2º del proyecto aprobado en primer informe.
El señor PABLO (Presidente).-
En conformidad al Reglamento, quedan aprobados.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
En seguida, la Comisión propone sustituir el artículo 3° aprobado en el informe anterior por el consignado en el boletín que tienen a la mano los señores Senadores.
El señor GARCIA.-
Me parece que hay un error, y deseo pedir al Honorable señor Ballesteros, presidente de la Comisión, que nos aclare este punto.
El inciso segundo del artículo 49 establecía que "para los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en esta ley, el Servicio de Seguro Social podrá contratar uno o más empréstitos en el Banco del Estado de Chile o en el Banco Central de Chile." Según mis recuerdos, en la Comisión no hubo asentimiento para aprobar este precepto, y se sustituyó por el artículo 59, que se consigna en el proyecto, cuyo texto es el siguiente: "Facúltase al Presidente de la República para que otorgue recursos al Servicio de Seguro Social sea con cargo a su propio Presupuesto o al 2% constitucional para atender calamidades públicas, a fin de que dicho Servicio pueda dar cumplimiento a la presente ley."
El señor Secretario de la Comisión podría informarnos, ya que, según lo que entendí, se financiaba el gasto con cargo al 2% constitucional y no mediante empréstitos del Banco Central.
El señor PABLO (Presidente).-
¿En qué artículo aparece la referencia hecha por Su Señoría?
El señor GARCIA.-
Excúseme, señor Presidente. Estaba leyendo el primer informe.
El señor PABLO (Presidente).-
En el segundo se suprimió, señor Senador.
El señor GARCIA.-
Pero ahora veo el segundo informe de la Comisión de Trabajo y observo que se dice lo mismo.
El artículo 4º, relativo al financiamiento, expresa lo siguiente:
"Las Instituciones de Previsión otorgarán los préstamos a que se refiere esta ley con cargo a sus excedentes, para lo cual se entenderán modificados sus respectivos Presupuestos."
Esa es una forma de financiar el proyecto. Pero se le agregó entonces un inciso que venía en el primer informe, del siguiente tenor:
"Para los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en esta ley, el Servicio de Seguro Social podrá contratar uno o más empréstitos con el Banco del Estado de Chile o con el Banco Central de Chile."
Sin embargo, según recuerdo, este precepto se sustituyó por la disposición del artículo 59, que dice:
"Facúltase al Presidente de la República para que otorgue recursos...", etcétera.
Ahora, puede que yo esté equivocado.
El señor PABLO (Presidente).-
Me informa el señor Secretario que no hubo la sustitución a que se refiere Su Señoría.
El señor GARCIA.-
Entonces, quedan abiertas dos posibilidades, de modo que no es obligatoria la emisión por parte del Banco Central.
El señor PABLO (Presidente).-
En votación el artículo 3° propuesto por la Comisión de Trabajo.
-(Durante la votación).
El señor NOEMI.-
Pido la palabra.
El señor PALMA.-
Pido la palabra.
El señor PABLO (Presidente).-
Con el asentimiento de la Sala, pueden fundar sus votos en primer término los Honorables señores Noemi y Palma.
El señor NOEMI.-
Pedí la palabra para fundar mi voto, en atención a una solicitud que me han hecho el autor del proyecto, el DiputadoMario Torres, y algunos representantes de los empleados particulares, quienes me manifestaron su preocupación por las enmiendas introducidas a la iniciativa en el segundo informe, en virtud de indicaciones formuladas por el Honorable señor Chadwick.
Dicen que el proyecto primitivo permitía otorgar préstamos a los empleados particulares, para lo cual ya se disponía del visto bueno de la Superintendencia de Seguridad Social y del Ejecutivo, que veía en el proyecto original la posibilidad de disponer de los fondos necesarios. Pero las indicaciones del Honorable señor Chadwick incluyen entre los beneficiarios a los afiliados a las Cajas de la Defensa Nacional, de Carabineros de Chile, etcétera. Argumentan los empleados particulares que si esas cajas adeudan los reajustes de pensiones, mal podrían financiar estos préstamos. Ellos, al igual que el Diputado Mario Torres, temen que al estar desfinanciada la iniciativa en los términos consignados en el segundo informe, el Ejecutivo no la incluya en la convocatoria a la legislatura extraordinaria, lo que impediría a los empleados particulares de la zona de sequía obtener esos préstamos, que tanto necesitan.
He querido fundar mi voto para plantear la posibilidad de aprobar el proyecto en los términos contenidos en el primer informe, sin las indicaciones del Honorable señor Chadwick, pues de lo contrario los empleados particulares se quedarían sin pan ni pedazo, amén de la dilación en el trámite de la iniciativa.
Voto en contra de las modificaciones al artículo 3°.
El señor CHADWICK.
Los temores del Diputado señor Torres, que ha hecho presentes el Honorable señor Noemi, en realidad no tienen cabida, porque en el fondo se trata de atender a una zona que está sufriendo una catástrofe que difícilmente podría apreciarse desde Santiago, sin visitarla para cuantificar hasta dónde llegan el desempleo y la desesperación que afligen a la totalidad de los habitantes de las dos provincias.
No es más que un argumento aparente la afirmación de que algunos empleados o funcionarios no están sufriendo directamente los efectos de la sequía, pues, en verdad, éstos deben soportar las consecuencias de mantener a miembros de sus familias que han debido emigrar de sus sitios habituales de trabajo, el encarecimiento de los productos derivados de la catástrofe que está asolando a la región, etcétera.
Esta materia fue debatida en la Comisión de Trabajo. La unanimidad de sus miembros prestaron oídos a estos argumentos, y los aceptaron.
En cuanto al sentimiento de aprensión que podría existir entre los empleados particulares, estoy absolutamente convencido de que el Gobierno, que conoce lo ocurrido en las dos provincias por las informaciones de sus intendentes y gobernadores, no podrá negarse a dar este auxilio extraordinario, que no es una donación, sino un préstamo recuperable en las condiciones gue señale el reglamento. El Presidente de la República queda con facultad para regular las modalidades de plazo y de recuperaci��n de los créditos.
Tampoco es válido el argumento de que algunos institutos de previsión no tendrían recursos suficientes, pues la Comisión ha abierto dos posibilidades: una, que ya viene en el primer informe, consistente en ubicar el problema en su significación social yo diría en el aspecto nacional, en considerar, como lo ha declarado el decreto respectivo, que la región está afligida por una calamidad pública, con el objeto de que las instituciones que no dispongan de fondos suficientes puedan ser ayudadas transitoriamente por el Ejecutivo, a fin de que otorguen los préstamos; y otra, como norma general, la de acudir a los excedentes, que en algunas instituciones de previsión los hay en importante medida. Sabemos, por ejemplo, que la Caja de Previsión de los Empleados Particulares tiene en estos momentos excedentes cercanos a 140 millones de escudos, resultantes de la resistencia del personal en actividad a hacer uso de su derecho a jubilar, porque son tan desfavorables los términos en que pueden hacerlo, que prefieren seguir trabajando. Además, si no hubiera recursos suficientes en las respectivas instituciones de previsión, podría tramitarse un empréstito, porque, en el fondo, los imponentes estarán siempre obligados a la restitución, y en la práctica, así ha ocurrido.
Por lo demás, ésta no es la primera medida de esta naturaleza que, con motivo de la sequía, favorece a los trabajadores de la provincia de Coquimbo. En 1947 si no me equivoco, se concedió un préstamo que en la zona es conocido por el nombre del autor de la iniciativa, don Luis Aguilera, y en esa oportunidad se obtuvo una recuperación cercana al ciento por ciento.
A mi juicio, no existe ninguna razón atendible para dudar de que los imponentes, activos o jubilados, puedan acogerse a este beneficio. El Honorable señor Noemi observa que en algunos casos podrían faltar recursos. Si así sucediera, podría recurrirse al 2% constitucional, y si el Presidente de la República lo estima conveniente, al mecanismo del préstamo bancario.
El señor PABLO (Presidente).-
Ha terminado el tiempo de Su Señoría.
El señor CHADWICK.-
Voto por el informe de la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
El señor IRURETA.-
Quiero hacer una breve observación a propósito de lo expresado por el Honorable señor Chadwick.
Me consta la triste experiencia vivida hace nueve años en el sur por los imponentes de los institutos previsionales. En esa ocasión, la Caja de Empleados Particulares otorgó un préstamo a sus afiliados, no con motivo de la sequía, sino de las inundaciones. Y la verdad es que se suscitó el mismo problema. Estoy absolutamente cierto de que ahora, igual que entonces, existe la misma razón para que las entidades de previsión, salvo la Caja de Empleados Particulares, no estén en condiciones de otorgar préstamos. El Honorable señor Chadwick no puede mencionar a ninguna institución previsional que en este momento tenga excedentes para destinarlos a préstamos. La Caja de Empleados Particulares es tal vez la única con capacidad para hacerlo.
Como lo mejor es enemigo de lo bueno, estimo que las indicaciones del Honorable señor Chadwick sin desconocer la buena intención que lo movió a presentarlas carecen de base, porque no tienen financiamiento. Además, no es posible encontrar los recursos necesarios, porque el 2% constitucional no es la vía adecuada para financiar una medida de esta naturaleza.
El señor PABLO (Presidente).-
¿Me permite, señor Senador?
Si continúa fundando su voto, la iniciativa no alcanzará a despacharse, porque en pocos minutos más termina el Orden del Día.
El señor IRURETA.-
Voto que no.
El señor JULIET.-
Aprobemos el proyecto.
El señor PABLO (Presidente).-
Puede fracasar la sesión ordinaria, señor Senador.
El señor LORCA.-
Empalmemos esta sesión con la siguiente.
El señor PABLO (Presidente).-
No es posible, señor Senador. Lo mejor es interrumpir la votación en este momento y volverla a tomar en la sesión próxima.
Acordado.
"