rdf:value = " El señor FIGUEROA (Secretario).-
Por último, el Ejecutivo propone agregar el siguiente artículo nuevo:
"Declárase que la disposición de la letra d) del artículo 194 de la Ley Nº 16.464, en la parte que incluye al personal afecto al D.F.L. 218, de 1960, comprende además al personal a contrata y al destinado o en comisión de servicios en la Subsecretaría de Hacienda.
"Decláranse, asimismo, bien invertidas las cantidades pagadas a dicho personal, incluidos los a jornal y a honorarios, desde la vigencia de la mencionada Ley Nº 16.464.
"El personal a honorarios y a jornal que haya recibido la asignación en referencia antes de la vigencia de esta Ley, tendrá derecho a seguir percibiéndola."
Se aprueba y queda terminada la discusión del proyecto.
"