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- rdf:value = " El señor FERRANDO.-
Este precepto fija la gratificación de zona. Desearía saber si la frase "El personal que preste sus servicios", que aparece en varios de sus incisos, se refiere a empleados y obreros o solamente a aquéllos.
El señor VALENTE.-
El artículo 254 del decreto 338 precisa cuál es el personal afecto a ese beneficio.
El señor FERRANDO.-
He comprobado" que en la práctica tal gratificación sólo se aplica a los empleados, y no a los obreros, lo cual me parece del todo desproporcionado e injusto.
Para avalar lo que digo, basta remitirnos a la página 17 del proyecto, pues en lo referente a la provincia de Aisén, en el inciso segundo del párrafo pertinente, se dice: "El personal de obreros de la provincia de Aisén tendrá derecho a gozar de los mismos porcentajes de zona que los empleados de dicha provincia."
Estoy de acuerdo con tal disposición, pero estimo que la regla debiera ser general. No sé si al respecto se puede hacer una modificación. Comprendo que no podamos aumentar los gastos; pero si se dijera "al personal de empleados y obreros", se salvaría la dificultad mencionada.
"
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