rdf:value = " El señor VALENZUELA.-
Concuerdo con lo expresado por el Honorable señor Palma. A mi juicio, ésa es la realidad.
Estimo que debemos aprobar el artículo 53, a fin de que los funcionarios de la Corporación de Fomento y de la Empresa Nacional de Minería, no incluidos en el artículo 73 del D.F.L. Nº 338, de 1960, perciban el 4% de viático.
"