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- dc:title = "- EXCLUSION DE LA LIMITACION DE RENTAS MENSUALES ESTABLECIDA EN EL ARTICULO 1º DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY N° 68, DE 1960, AL PERSONAL DE LA CORPORACION DE FOMENTO DE LA PRODUCCION"^^xsd:string
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- rdf:value = " El señor SANHUEZA (Presidente).-
Corresponde discutir la moción que establece que no se aplicará lo dispuesto en el artículo 19 del D.F.L. Nº 68, de 1960, al personal de la Corporación de Fomento de la Producción.
Diputado informante de la Comisión de Economía, Fomento y Reconstrucción, el señor Schnake, don Erich.
-El proyecto, impreso en el boletín 313-(69)-2, es el siguiente:
"Artículo 1°- El artículo 1º del D.F.L. Nº 68, de 1960, no se aplicará al personal de la Corporación de Fomento de la Producción.
Sin embargo, ningún funcionario de dicha entidad podrá percibir una remuneración superior a la que corresponda al Contralor General de la República.
Artículo 2º.- Condónase los préstamos generales otorgados por la Corporación de Fomento de la Producción a su personal, con cargo al Fondo de Bienestar, excepto aquéllos con fines habitacionales.".
"
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