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- rdf:value = " El señor PUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Acevedo.
El señor ACEVEDO.-
Señor Presidente, en varias oportunidades, cuando a la Cámara le correspondió tratar iniciativas con una nueva destinación de excedentes, a que hacía referencia el colega Clavel, hicimos cuestión del hecho que las mayores cantidades provinieran del Fondo Especial de Cesantía. Hicimos notar que para los empleados particulares, en general, era gravísimo no percibir renta cuando quedaban sin empleo, que el auxilio de cesantía les fuera limitado solamente a 90 días, y que, existiendo fondos en esa cuenta de la Caja, ellos fueran destinados a otra función, sin duda, también beneficiosa para los empleados particulares, como la construcción de sedes sociales o de algunos centros de veraneo, en circunstancias que son más necesarios para aquel núcleo familiar que queda sin ningún ingreso de tipo económico.
De ahí entonces, que veamos con agrado esta iniciativa del Ejecutivo, tendiente a modificar el artículo 37 de la ley Nº 7.295, que permite otorgar este auxilio por 360 días, es decir hasta por un año, en las condiciones que se señalan, iniciativa prometida en esta Sala por el Ministro del Trabajo, cuando se destinaron excedentes de este Fondo para continuar la construcción, a lo largo del país, de varias sedes de tipo social para los empleados particulares.
En la tarde de ayer estuvimos conociendo el proyecto de reajustes para el presente año, y vimos que, en relación con el inciso tercero de este proyecto, había una discordancia, dado que el Gobierno, en el proyecto de reajuste que está estudiando la Cámara, además de sueldos vitales fija un sueldo mínimo. En todo caso, cuando entre en vigencia esta disposición, va a estar vigente también aquellas que obliga a pagar un sueldo mínimo al empleado particular, aun cuando esté recién ingresando al servicio, sueldo que va a ser superior al vital. Hay algunos departamentos del país en que el sueldo vital se puede acerca al sueldo mínimo; pero, a su vez, existen otros en que el sueldo vital va a quedar muy lejos del sueldo mínimo, sobre todo cuando se trata de sueldos de las escalas A), B) y C), ...
El señor CLAVEL.-
¿Me concede una interrupción, colega?
El señor PUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Señor Acevedo, el señor Clavel le solicita una interrupción.
El señor ACEVEDO.-
Con el mayor gusto...
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Puede hacer uso de la interrupción Su Señoría.
El señor ACEVEDO.-
Un momento.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
En un momento más, señor Clavel.
El señor ACEVEDO.-
.... que se refieren a los sectores agrícola y minero. El inciso tercero señala categóricamente que el monto del subsidio mensual fluctuará entre el sueldo vital vigente y hasta cuatro sueldos vitales, escala A), del departamento de Santiago. En todo caso, el sueldo vital, escala A), del departamento de Santiago va a ser inferior al sueldo mínimo. Por eso los comunistas creemos de conveniencia enviar oficio al Ejecutivo para que, en el segundo trámite constitucional de este proyecto, en el Senado, pueda cambiarse "suelo vital" por "sueldo mínimo", es el que va a regir en el futuro.
Le concedo la interrupción al colega Clavel.
"
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