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- rdf:value = " 10.-ACLARACION DEL VOCABLO OCUPANTES DEL ARTICULO 19 DE LA LEY Nº 16.908, SOBRE TRANSFERENCIA DE INMUEBLES DE PROPIEDAD DEL SERVICIO NACIONAL DE SALUDEl señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
En el Orden del Día corresponde despachar, en primer término, el proyecto, de origen en un Mensaje, con urgencia calificada de simple y eximido del trámite de Comisión, que aclara el sentido del vocablo ocupantes, del artículo 1º de la ley Nº 16.908, que estableció que el Servicio Nacional de Salud debe transferir los inmuebles de su propiedad ubicados en las ciudades de Arica y Concepción.
Se va a dar lectura al proyecto, impreso en el boletín Nº 994721.
El señor GUERRERO, don Raúl (Secretario).-
Artículo único.- Declárase que el sentido del vocablo ocupantes que utiliza el artículo primero de la ley Nº 16.908, debe entenderse que se refiere a quienes habiten personalmente o con su familia un inmueble del Servicio Nacional de Salud y cuya ocupación emane de título legítimo, entendiéndose por tal aquél que provenga de la autoridad competente obrando dentro de sus respectivas atribuciones y que se encuentre vigente.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Cada Comité dispone de tres minutos para usar de la palabra.
En discusión general el proyecto.
Ofrezco la palabra al Comité Demócrata Cristiano.
Tiene la palabra el señor Merino.
El señor MERINO.-
Señor Presidente, es sólo para pedir que algún miembro de la Comisión nos aclare el término ocupantes. Este es un proyecto de ley aclaratorio, porque dice: Declárase que el sentido del vocablo ocupantes que utiliza el artículo primero de la ley Nº 16,908, debe entenderse que se refiere a quienes habiten personalmente o con su familia un inmueble del Servicio Nacional de Salud y cuya ocupación emane de título legítimo, entendiéndose por tal aquél que provenga de la autoridad competente obrando dentro de sus respectivas atribuciones y que se encuentre vigente. En consecuencia, como no se define lo que es el título, nos vamos a encontrar en la aplicación de la ley con la misma dificultad, porque el título puede ser, a lo mejor, una simple orden del Intendente, que diga: Se autoriza a fulano de tal para ocupar la casa cual. Y después va a ser discutible que, administrativa o judicialmente, esa orden pueda considerarse título. De manera que a mí me asalta la duda de que este proyecto de ley aclaratorio pueda solucionar el problema que se quiere remediar.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Dentro del tiempo del Comité Demócrata Cristiano, ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
El turno siguiente corresponde al Comité Nacional.
El señor TEJEDA.-
¿Hay boletín de esto?
El señor KLEIN.-
Se repartió denantes.
El señor TEJEDA.-
No tenemos el boletín.
El señor KLEIN.-
Yo se lo paso para que me lo devuelva después.
El señor FUENTES, don César Raúl(Vicepresidente).-
Se suspende la sesión por un minuto.
Se suspendió la sesión a las 17 horas 12 minutos.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Se reanuda la sesión.
Si le parece a la Cámara, daríamos de inmediato la palabra al Comité Comunista, porque el señor Millas está en condiciones de explicar el proyecto.
Acordado.
Tiene la palabra el señor Millas.
El señor MILLAS.-
Señor Presidente, ¿de qué se trata? De que el Servicio Nacional de Salud es el que debiera distribuir estas viviendas, obligado a ello por la ley 16.908, que establece el derecho para la asignación de estas viviendas a sus ocupantes, entendiéndose que son aquellos a los cuales el Servicio Nacional de Salud, propietario de estas poblaciones destinadas a sus trabajadores, ha instalado en ellas.
Ahora, la aclaración que se hace en el proyecto del Ejecutivo establece que solamente puede considerarse que son ocupantes aquéllos que se encuentran en la calidad de tales en virtud de que la autoridad competente, o sea, la autoridad del Servicio Nacional de Salud, obrando dentro de sus respectivas atribuciones, les haya asignado tal vivienda, a fin de que la ocupen. Las únicas autoridades competentes, en este caso, por tratarse de poblaciones que eran de propiedad del Servicio Nacional de Salud, son las autoridades administrativas de dicho Servicio, como se hace presente en los considerandos de este proyecto de ley, y siempre que lo hayan hecho dentro de sus respectivas atribuciones. O sea, si cualquier otra autoridad hubiese procedido, fuera de sus atribuciones, a disponer de estas viviendas, indudablemente que éste no sería un título vigente. Además, se exige que se trate de atribuciones vigentes y que se encuentre vigente la calidad de ocupante.
En verdad, señor Presidente, creo que el problema se resuelve, entonces, en forma absolutamente clara y completa. De lo que se trata es de que nadie que se haya instalado por sí mismo o que haya sido instalado por alguien que no tenía la atribución correspondiente para ello, pueda recibir este beneficio.
He dicho, señor Presidente.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Dentro del turno del Comité Nacional, ofrezco la palabra.
El señor ARNELLO.-
Pido la palabra.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Arnello.
El señor ARNELLO.-
Señor Presidente, la verdad es que de lo planteado en el proyecto y de las palabras del señor Millas, salta la duda de las condiciones reales que existan en esta situación, es decir, sobre qué personas y cuántas personas estarán beneficiadas con la disposición que se pretende establecer y cuántas pueden resultar perjudicadas por la misma.
La verdad es que no sé desde qué fecha estarán estos ocupantes teniendo tales condiciones en esas viviendas ni cuánto de ellos estarán en las condiciones que se pretende establecer. Lo cierto es que el proyecto, en sí mismo, exige la calidad de ocupantes y estarlo con un título que emane de la autorización o disposición de la autoridad del Servicio Nacional de Salud. Pero no sabemos, desgraciadamente, de los antecedentes que se acompañan, si ello significa, repito, beneficiar a la mayor parte de las personas que están actualmente viviendo en ese lugar y en esas viviendas, o si significa, por el contrario, entrar a perjudicar a la mayor parte de ellas, que puedan estar viviendo allí como resultado de algún otro tipo de cosas, o haber sido dejadas en la vivienda por el anterior ocupante, o haberlo hecho un poco, por la vía directa, situación que ignoro y sobre la que, realmente, me gustaría tener alguna información.
Nada más señor Presidente.
El señor FUENTES, don César Raúl(Vicepresidente).-
El turno siguiente corresponde al Comité Radical.
El señor JAQUE.-
Pido la palabra.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Jaque.
El señor JAQUE.-
Señor Presidente, la verdad es que el mensaje que ha enviado el Ejecutivo nos obliga a hacer algunas reflexiones sobre este proyecto de ley.
El mensaje, del cual me estoy imponiendo en este instante, parece referirse exclusivamente a los ocupantes de viviendas, en circunstancias que el artículo 1º de la ley Nº 16.908, en el inciso primero, se refiere claramente a ocupantes de terrenos, y luego, en los incisos segundo y tercero, habla de la ocupación de viviendas.
A mí también me asaltan dudas, porque la ley Nº 16.908 tuvo su origen en una moción que presentó el Diputado que habla a raíz de las inundaciones y sismos que hubo en Concepción en el año 1965, que obligaron a la autoridad competente a ocupar terrenos pertenecientes a diversos organismos estatales, con el objeto de afrontar la aflictiva situación en que quedó mucha gente que fue privada de sus viviendas por estos sismos.
Además, cuando se presentó este proyecto de ley, nosotros tuvimos en vista la situación de aquellos ocupantes que habían tomado posesión material de estos terrenos del Servicio Nacional de Salud con la sola autorización de la autoridad competente, en este caso, del Intendente, de común acuerdo con el Servicio Nacional de Salud. En algunos casos, la orden se dio verbalmente. De tal manera que esta autorización, verbal o escrita, vendría a constituir el título legítimo. Por eso, no me parece claro el mensaje del Ejecutivo.
Tal vez, sería conveniente al respecto, hago una sugerencia a la Honorable Cámara enviar este proyecto de ley a la Comisión de la Vivienda, por siete o diez días, a más tardar, con el objeto de perfeccionarlo e introducirle las modificaciones que sean necesarias a fin de favorecer realmente a las personas que han estado ocupando tanto los terrenos como las viviendas.
El señor UNDURRAGA.-
¿Me permite?
El señor JAQUE.-
Por otra parte,...
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
¿Me permite, señor Diputado? Ha terminado el tiempo del Comité Radical.
El señor JAQUE.-
Un minuto más, señor Presidente, para aclarar una idea final.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Con la venia de la Sala, puede continuar Su Señoría.
El señor JAQUE.-
Por otra parte, señor Presidente, esta misma ley 16.908, en la práctica, no se ha podido cumplir, porque el Servicio Nacional de Salud no ha podido realmente otorgar título de dominio a los actuales ocupantes, es decir, hacerles entrega, no sólo material de la propiedad, sino que...
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
¿Me permite, señor Diputado?
El Diputado señor Undurraga le solicita una interrupción para hacerle una consulta.
El señor JAQUE.-
Con todo agrado.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
¿Habría acuerdo para que el Diputado señor Undurraga hiciera uso de una interrupción?
Acordado.
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor UNDURRAGA.-
Sobre este particular, señor Presidente, creo muy atendible lo que está expresando el señor Diputado en cuanto a que este proyecto vuelva a Comisión, porque tiene algunos vacíos y muchas cosas que se prestan a dudas.
Por ejemplo, sería conveniente establecer un plazo para estos ocupantes. Porque imaginémonos, ya llevando las cosas casi al absurdo, que entre el momento de la aprobación del proyecto por la Honorable Cámara y su promulgación, el Jefe del servicio asigne habitaciones. No sería justo, porque podría perjudicar a otras personas. Quizás sería conveniente, entonces, hacer un agregado en el artículo, en el sentido de fijar un plazo desde el cual se entienda que están ocupando estas viviendas.
Estas y otras consideraciones me obligan a apoyar lo que está diciendo el señor Diputado en cuanto a que es conveniente que esto vuelva a Comisión, aunque sea por un plazo muy breve.
Nada más.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Puede continuar el Diputado señor Jaque.
El señor JAQUE.-
Señor Presidente, el enviar este proyecto a la Comisión de la Vivienda permitiría perfeccionarlo para los efectos de aplicar integralmente las disposiciones de la ley Nº 16.908. Tal como lo expresaba, hace un momento, esta ley no se ha podido aplicar, porque el Servicio Nacional de Salud, por ciertos inconvenientes, también de carácter legal, no ha podido, en la práctica, transferir los terrenos a los actuales ocupantes.
De tal manera, señor Presidente, que vuelvo a reiterar la petición para los efectos de que este proyecto vaya a la Comisión de la Vivienda por un término, que podría señalar la Cámara, de siete días, o menos.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
¿Habría acuerdo para acceder a la petición del Diputado señor Jaque, en el sentido de que este proyecto fuera a la Comisión de la Vivienda? Podría aprobarse en general el proyecto, sin perjuicio de ofrecer la palabra a los otros Comités.
El señor GUASTAVINO.-
Pero, ¿hay indicaciones, señor Presidente?
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
No hay indicaciones. Por eso estoy recabando el acuerdo.
¿Habría acuerdo para enviar este proyecto a Comisión, señores Diputados?
El señor ARNELLO.-
Claro.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Con o sin indicaciones.
El señor JAQUE.-
Por un plazo breve.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
La verdad, señor Diputado, es que fijarle un plazo parece ocioso, dado que estamos muy cerca de la nueva legislatura, que se inicia el 21 de mayo. Sería sin plazo, entonces.
El señor MILLAS.-
Que se apruebe en general y se envíe a Comisión.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
¿Habría acuerdo?
Acordado.
Ofrezco la palabra al Comité Socialista.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra al Comité de la Izquierda Cristiana.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra al Comité de Izquierda Radical.
El señor NAUDON.-
Pido la palabra.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Naudon.
El señor NAUDON.-
Señor Presidente, no sé si haya acuerdo de enviar a Comisión nuevamente el proyecto; no va a haber oposición nuestra; pero, en realidad, se trata de aclarar una expresión, un vocablo de una ley ya dictada, vigente, que por su falta de claridad no ha podido ser aplicada por el Servicio Nacional de Salud. Cuando el proyecto define, a juicio del propio Servicio Nacional de Salud, porque es un proyecto de origen en el Ejecutivo, qué debe entenderse por ocupantes, es porque esta definición le va a ser suficiente para aplicar la ley, ley que nosotros dictamos. Por eso yo estaría, más de acuerdo en aprobar el proyecto, para no dilatar la solución, toda vez que el concepto ocupantes que necesita el Servicio Nacional de Salud está definido en él.
Nada más.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Habría que revisar, en ese caso, el acuerdo.
No hay acuerdo para ello.
El señor NAUDON.-
Por eso digo que no nos oponemos.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
El turno siguiente corresponde al Comité Independiente.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
En consecuencia, cerrado el debate.
En votación general el proyecto.
Si le parece a la Cámara, se dará por aprobado en general.
Aprobado.
El proyecto vuelve a la Comisión de la Vivienda.
"