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- rdf:value = " 21.-AMNISTIA Y REHABILITACION DE LOS SEÑORES JOSE ARTURO RAMIREZ VERDUGO Y VICTOR HUGO RIVEROS ARANCIBIAEl señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Corresponde despachar, ahora, el proyecto que concede amnistía y rehabilita a los señores José Arturo Ramírez Verdugo y Víctor Hugo Riveros Arancibia.
El señor Secretario va a dar lectura al proyecto.
El señor GUERRERO, don Raúl (Secretario).-
Proyecto de ley:
Artículo único. Concédese amnistía y rehabilítase en los términos del artículo 232 del Código de Justicia Militar a los señores José Arturo Ramírez Verdugo y Víctor Hugo Riveros Arancibia, por el delito de homicidio a que fueron condenados por sentencia de 6 de octubre de 1956 del IV Juzgado Militar de Valdivia, confirmada por la I. Corte Marcial el 4 de diciembre de 1957, recaído en el proceso Rol 1.21252, del referido Juzgado Militar. Esta amnistía concederá a las personas referidas en este artículo, el derecho a gozar de todos los beneficios previsionales, en conformidad con las leyes generales vigentes. Asimismo, declárase que el señor José AugustoContreras Barra, amnistiado por la ley Nº 17.555, gozará igualmente de sus derechos previsionales.
El señor LAVANDERO.-
Señor Presidente...
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Con la venia de la Sala, tiene la palabra el señor Lavandero.
El señor LAVANDERO.-
Señor Presidente, ¿hay alguien que pueda explicar los antecedentes que se tuvieron en vista para otorgar estas amnistías?
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Si le parece a la Sala, escucharemos al señor Merino, informante de un proyecto similar, hace pocos días.
Acordado.
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).-
Si le parece a la Cámara, se aprobará en general el proyecto.
Aprobado.
Por no haber sido objeto de indicaciones, queda también aprobado en particular.
El señor MERINO.-
Señor Presidente, seré muy breve, porque sólo tendré que recurrir a mi memoria.
Hace un tiempo, la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia acordó, por unanimidad, dar su aprobación a un proyecto de amnistía que favorecería a un tercero de los dos que aparecen en este proyecto. Eran tres los carabineros que se vieron envueltos en un incidente. Ese tercero era el señor José AugustoContreras Barra, que se acaba de mencionar.
Recuerdo que los antecedentes indicaban que, con motivo de la detención de unos delincuentes, uno de ellos, al tener una lucha con los carabineros, cayó y golpeó la cabeza en el puente en el cual estaban, como consecuencia de lo cual falleció posteriormente.
En la Comisión estudiamos detenidamente los antecedentes aportados y, por unanimidad, se acordó otorgar amnistía al tercero de los tres implicados.
De tal manera que, haciendo fe de lo que la Comisión en esa oportunidad estudió y la Sala aprobó, podríamos también dar nuestra aprobación a este proyecto.
Nada más.
"