rdf:value = " 48.-MOCION DEL SEÑOR FUENTES VENEGAS
Honorable Cámara:
Hace algunos años don Ismael Martín donó en la provincia de Ñuble un retazo de suelo de superficie cercana a una cuadra, donde se instalaron formando una población alrededor de 40 trabajadores con sus respectivas familias. Estos trabajadores se instalaron en este terreno que queda limitando por el lado sur con el río Ñuble porque sus labores consisten en extraer ripio y arena para las construcciones.
Este retazo de suelo formaba parte del predio denominado El Oratorio, que posteriormente fue expropiado por CORA. Sin embargo, CORA ha reconocido siempre el valor de la donación, la que no se materializó a través de una escritura pública. En 1970 el predio fue asignado en propiedad a los campesinos asentados.
Un problema similar ocurrió en San Carlos en relación a la población Baldomero Silva, cuyo terreno lo donó don Constancio Silva. Este problema se solucionó mediante la ley 17. 007, que estableció que el Presidente de la República podría otorgar título gratuito de dominio a los ocupantes de los terrenos o sitios respectivos. Para realizarlo se inscribió el terreno a nombre del Fisco y posteriormente se procedió a donar los sitios a sus respectivos ocupantes.
Para ir en ayuda de estos modestos trabajadores propongo el siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único.- Autorízase al Presidente de la República para que por medio del Ministerio de Tierras y Colonización transfiera gratuitamente a sus actuales ocupantes el dominio de los sitios que respectivamente ocupan en la población Ismael Martín Mieres, ubicada en la comuna de San Nicolás del Departamento de San Carlos. El Ministerio de Tierras inscribirá estos sitios a nombre del Fisco, previamente, de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo 58 del reglamento del Conservador de Bienes Raíces.
En el otorgamiento de estos títulos no regirán las disposiciones sobre urbanización y loteamiento de terrenos.
(Fdo. ): César Fuentes V.
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