. . "DEROGACION DEL D. F. L. N\u00BA 6, DE 1967, QUE REGULA LA INTERVENCION DE LOS CONSULES DE CHILE EN LOS ACTOS RELATIVOS AL COMERCIO Y COBRO DE DOLARES"^^ . . " 8.-DEROGACION DEL D. F. L. N\u00BA 6, DE 1967, QUE REGULA LA INTERVENCION DE LOS CONSULES DE CHILE EN LOS ACTOS RELATIVOS AL COMERCIO Y COBRO DE DOLARESEl se\u00F1or SANHUEZA (Presidente).- \n \n En el Orden del D\u00EDa y en virtud de los acuerdos de los Comit\u00E9s, en primer lugar, corresponde despachar y votar, sin debate, el proyecto de ley, remitido por el Honorable Senado, que deroga el D. F. L. N\u00BA 6, de 1967, que regula la intervenci\u00F3n de los C\u00F3nsules de Chile en los actos relativos al comercio y cobro de d\u00F3lares. \nEl proyecto de ley est\u00E1 impreso en el bolet\u00EDn N\u00BA 996722. \n \nEl se\u00F1or SANHUEZA (Presidente).- \n \n En votaci\u00F3n general el proyecto. \n \nEl se\u00F1or ARNELLO.- \n \n \u00BFD\u00F3nde est\u00E1? \n \nEl se\u00F1or SANHUEZA (Presidente).- \n \n Se va a dar lectura al art\u00EDculo \u00FAnico del proyecto de ley antes mencionado. Es acuerdo de los Comit\u00E9s. \n \nEl se\u00F1or GUERRERO, don Ra\u00FAl (Secretario). \n \nProyecto de ley: \n \nArt\u00EDculo \u00FAnico.- Der\u00F3gase, a contar del 1\u00BA de enero de 1972, el D. F. L. N\u00BA 6, de 30 de septiembre de 1967, dictado en uso de las facultades conferidas por el art\u00EDculo 249 de la ley N\u00BA 16. 617. \n \nEl se\u00F1or SANHUEZA (Presidente). \n \nEn votaci\u00F3n. \nSi le parece a la Sala y no se pide votaci\u00F3n, se dar\u00E1 por aprobado. \nAprobado. \nComo no ha sido objeto de indicaciones, tambi\u00E9n queda aprobado en particular. \nDespachado el proyecto. \n \n " . . . . . . . "8.-"^^ . . . . . . .