. . . . . . . " CONSENTIMIENTO PARA EL MATRIMONIO A LOS MENORES DE 21 A\u00D1OSEl se\u00F1or CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- \n \n Corresponde tratar, a continuaci\u00F3n, la moci\u00F3n que modifica el art\u00EDculo 112 del C\u00F3digo Civil, en lo relativo al consentimiento que debe expresarse para que puedan contraer matrimonio los menores de 21 a\u00F1os. \nDiputado informante de la Comisi\u00F3n de Constituci\u00F3n, Legislaci\u00F3n y Justicia es el se\u00F1or Tejeda. \nEl proyecto, impreso en el bolet\u00EDn N\u00B0 1.161722, es el siguiente: \n\"Art\u00EDculo \u00FAnico. Sustit\u00FAyese el art\u00EDculo 112 del C\u00F3digo Civil, por el siguiente: \n\"Art\u00EDculo 112. Si la persona que debe prestar el consentimiento lo negare; no podr\u00E1 procederse al matrimonio de los menores de 21 a\u00F1os. \nLa causa de la negativa deber\u00E1 siempre expresarse y el menor tendr\u00E1 derecho a pedir que el disenso sea calificado por el juzgado competente.\". \n \n \nEl se\u00F1or CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio). En discusi\u00F3n general el proyecto.Tiene la palabra el se\u00F1or Tejeda. \nEl se\u00F1or TEJEDA.- \n \n Se\u00F1or Presidente, la Comisi\u00F3n de Constituci\u00F3n, Legislaci\u00F3n y Justicia aprob\u00F3, por unanimidad, sustituir el art\u00EDculo 112 del C\u00F3digo Civil por el que se\u00F1ala el proyecto. \n\u00BFDe qu\u00E9 se trata en el fondo? En la actualidad un padre puede, sin justificar ninguna raz\u00F3n, negar el consentimiento para el matrimonio de alg\u00FAn hijo menor de 21 a\u00F1os de edad. Esto ha tra\u00EDdo varios problemas en los Juzgados de Menores, porque, en realidad, como el C\u00F3digo no ha reglamentado esta situaci\u00F3n, debido a que manten\u00EDa disposiciones anteriores a la reforma que modific\u00F3 la mayor\u00EDa de edad, estos Juzgados se encuentran en la imposibilidad de resolver estos problemas, lo que ha tra\u00EDdo una cantidad de consecuencias que vienen a repercutir en la buena organizaci\u00F3n de la familia. \nEn el fondo se trata de que el padre debe siempre justificar su disenso, y que cuando no hay acuerdo entre padre e hijo haya un juzgado competente que tenga autoridad para resolver la situaci\u00F3n. Estos juzgados competentes ser\u00EDan los de menores. \nEste proyecto, aprobado un\u00E1nimemente en la Comisi\u00F3n, ha encontrado un eco, dir\u00E9, simp\u00E1tico en la prensa, porque todos los comentarios que se han publicado en los diarios que representan a las distintas tendencias, han sido favorables a este proyecto. \nYo creo que no habr\u00EDa inconveniente en que lo aprob\u00E1ramos en esta oportunidad. \nNada m\u00E1s, se\u00F1or Presidente. \n \n \nEl se\u00F1or RIOS (don H\u00E9ctor).- \n \n Pido la palabra. \n \nEl se\u00F1or CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- \n \n Tiene la palabra Su Se\u00F1or\u00EDa. \n \nEl se\u00F1or RIOS (don H\u00E9ctor).- \n \n Se\u00F1or Presidente, yo creo que este proyecto pudo haber sido m\u00E1s completo. Ya que sabemos perfectamente bien, porque est\u00E1 establecido, que pueden votar los mayores de 18 a\u00F1os, no veo qu\u00E9 inconveniente habr\u00EDa para que no pudieren casarse los mayores de 18 a\u00F1os. No hay para qu\u00E9 agregar tantos antecedentes respecto del consentimiento o del no consentimiento, y de que un juzgado d\u00E9 la raz\u00F3n para que el padre pueda, en un momento dado, oponerse a los contrayentes. \nEn consecuencia, creo que habr\u00EDa sido m\u00E1s completo este proyecto si consider\u00E1ramos que, si pueden votar a los 18 a\u00F1os, tambi\u00E9n deber\u00EDan casarse a los 18 a\u00F1os. \n \nEl se\u00F1or AMUNATEGUI.- \n \n Nada tiene que ver una cosa con otra. \n \n \nEl se\u00F1or TEJEDA.- \n \n Pido la palabra. \n \nEl se\u00F1or CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- \n \n Tiene la palabra Su Se\u00F1or\u00EDa. \n \nEl se\u00F1or TEJEDA.- \n \n Se\u00F1or Presidente, yo quiero hacerle presente al se\u00F1or H\u00E9ctor R\u00EDos que pudiera ocurrir que el menor o la menor que quisiera contraer matrimonio, tuviera s\u00F3lo 17 a\u00F1os. Entonces, se aplica siempre la nueva disposici\u00F3n. En cambio, no podr\u00EDa aplicarse si se redactara en la forma que lo desea. \nNada m\u00E1s. \n \n \nEl se\u00F1or GUERRA.- \n \n Pido la palabra. \n \nEl se\u00F1or CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- \n \n Tiene la palabra Su Se\u00F1or\u00EDa. \n \nEl se\u00F1or GUERRA.- \n \n Se\u00F1or Presidente, estimo que el \u00FAnico inconveniente que habr\u00EDa es el que se va a presentar cuando empecemos a estudiar el proyecto sobre las prestaciones familiares, ya que se otorga asignaci\u00F3n hasta los 23 a\u00F1os; y el ciudadano va a estar casado a los 21. De modo que, cuando estudiemos ese proyecto, tendremos sumo cuidado en ponernos de acuerdo con el que estamos tratando. \n \n \nEl se\u00F1or TEJEDA.- \n \n Pido la palabra. \n \nEl se\u00F1or CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).Tiene la palabra Su Se\u00F1or\u00EDa. \nEl se\u00F1or TEJEDA.- \n \n Se\u00F1or Presidente, esto no tiene nada que ver con las asignaciones familiares. En la actualidad, puede ocurrir el mismo caso con el consentimiento del padre. De lo que aqu\u00ED se trata es de solucionar qui\u00E9n va a resolver el problema que se presenta entre un padre y un hijo, cuando no hay acuerdo en cuanto a este consentimiento. No altera ni modifica en nada lo dem\u00E1s. \nEn la actualidad, seg\u00FAn las disposiciones del C\u00F3digo Civil, las mujeres pueden casarse a los 12 a\u00F1os, y los hombres a los 14. \nDe manera que no tiene nada que ver el problema de las asignaciones familiares. \n \n \nEl se\u00F1or GUERRA.- \n \n Pido la palabra. \n \nEl se\u00F1or CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- \n \n Tiene la palabra el se\u00F1or Guerra. \n \nEl se\u00F1or GUERRA.- \n \n Se\u00F1or Presidente, yo creo que tiene mucho que ver, porque, precisamente, el marido tiene la obligaci\u00F3n de alimentar a su mujer, y si llega a los 21 a\u00F1os y est\u00E1 estudiando, va a tener el padre que alimentarlos a \u00E9l y a la mujer. \nEsa es la duda que me asalta, as\u00ED es que cuando estudiemos el proyecto tendremos sumo cuidado en conciliar lo que el colega Tejeda est\u00E1 diciendo. \nNada m\u00E1s. \n \n \nEl se\u00F1or CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- \n \n Ofrezco la palabra. \n \nEl se\u00F1or KLEIN.- \n \n Pido la palabra. \n \nEl se\u00F1or CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- \n \n Tiene la palabra el se\u00F1or Klein. \n \nEl se\u00F1or KLEIN.- \n \n Se\u00F1or Presidente, este proyecto del colega Tejeda, qu\u00E9, seg\u00FAn \u00E9l dice, la prensa lo ha acogido jovialmente, habla de los motivos que pueden dar los padres para oponerse; pero yo creo que eso cae, en un ciento por ciento, cuando se da el motivo por qu\u00E9 deben casarse. \nNada m\u00E1s, se\u00F1or Presidente. \nRisas. \n \n \nEl se\u00F1or CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- \n \n Ofrezco la palabra. \n \nEl se\u00F1or BARRIONUEVO.- \n \n Pido la palabra. \n \nEl se\u00F1or CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- \n \n Tiene la palabra el se\u00F1or Barrionuevo. \n \nEl se\u00F1or BARRIONUEVO.- \n \n Se\u00F1or Presidente, quiero manifestar que la juventud est\u00E1 muy impetuosa, que hay muchos hogares de bajos ingresos, que con un tremendo sacrificio est\u00E1n educando a sus hijos en las universidades o en los colegios, esperando alg\u00FAn resultado para que ayuden a sus padres o a sus hermanos menores; y resulta que aqu\u00ED les vamos a dar patente por ley para que procedan a casarse, cuando as\u00ED ellos lo deseen, a la edad de 18 a\u00F1os. \nClaro es, se\u00F1or Presidente, que los j\u00F3venes, si se quieren casar, lo van a hacer con ley o sin ley. Yo creo que es bueno, pero los que ya hemos entrado en cierta edad y que hemos tenido contacto con la gente, sabemos que no lo es para los j\u00F3venes de escasos recursos. De todas maneras, con esta facultad van a decir ahora: \"por ley podemos casarnos.\" \nEso era, se\u00F1or Presidente, cuanto quer\u00EDa decir. \nNada m\u00E1s. \n \nEl se\u00F1or TEJEDA.- \n \n Pido la palabra. \n \nEl se\u00F1or DIEZ.- \n \n Pido la palabra. \n \nEl se\u00F1or CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- \n \n Tiene la palabra el se\u00F1or Tejeda; a continuaci\u00F3n, el se\u00F1or Diez. \n \nEl se\u00F1or TEJEDA.- \n \n Se\u00F1or Presidente, el se\u00F1or Barrionuevo tiene que considerar que el art\u00EDculo 113 del C\u00F3digo Civil se\u00F1ala las causales del disenso, y, la que \u00E9l mencion\u00F3 est\u00E1 ah\u00ED; son leg\u00EDtimas, son causales que van a permitir siempre al padre oponerse, y cuando el hijo no est\u00E9 de acuerdo, el Tribunal va a ratificar la voluntad del padre. El caso a que se refiri\u00F3 est\u00E1 en el art\u00EDculo 113, n\u00FAmero 6, que considera una causal justificada el no tener ninguno de los esposos medios actuales para el competente desempe\u00F1o de la obligaci\u00F3n del matrimonio. Me refiero a las obligaciones patrimoniales para mayor claridad. \n \n \n \nEl se\u00F1or CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- \n \n Tiene la palabra el se\u00F1or D\u00EDez. \n \nEl se\u00F1or DIEZ.- \n \n Se\u00F1or Presidente, en la discusi\u00F3n de esta modificaci\u00F3n al art\u00EDculo 112 del C\u00F3digo Civil, me parece que hay un malentendido. \nPrimero, no se ha modificado la edad desde la cual los menores necesitan el consentimiento para el matrimonio, que es de 21 a\u00F1os. Segundo, no se ha suprimido el consentimiento de las personas que, seg\u00FAn el C\u00F3digo Civil, est\u00E1n obligadas a prestarlo. No se han modificado las causales de disenso. Lo \u00FAnico que se ha establecido es que, al igual que el curador y las otras personas distintas del padre que tienen que prestar su consentimiento, tambi\u00E9n el padre de familia, cuando lo niegue, tiene que expresar causa. De manera que el menor, tambi\u00E9n en el caso del padre de familia, puede ocurrir al Juez de Menores, para que \u00E9ste califique si la negativa del consentimiento dado por el ascendiente se ajusta o no a los t\u00E9rminos y al esp\u00EDritu del C\u00F3digo Civil. \nDe manera, se\u00F1or Presidente, que aqu\u00ED no hay modificaci\u00F3n de edad para casarse ni de las personas que deben prestar el consentimiento. Lo \u00FAnico que hay de nuevo es que el C\u00F3digo Civil vigente no faculta al menor para reclamarle al juez, cuando el que se ha negado a prestar el consentimiento ha sido el padre, y no obliga al padre o a la madre a expresar causa. Este proyecto obliga al padre y a la madre a expresar causa, y le da al menor el derecho a reclamar al juez para que \u00E9ste preste su consentimiento, en el caso de que, no prestado por el padre o la madre, no tenga asidero dentro de la prudencia, del esp\u00EDritu y de la letra del C\u00F3digo Civil. \nNada m\u00E1s, se\u00F1or Presidente. \n \nEl se\u00F1or CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- \n \n Ofrezco la palabra. \nOfrezco la palabra. \nCerrado el debate. \nSi le parece a los se\u00F1ores Diputados y no se pide votaci\u00F3n, se aprobar\u00E1 en general. \nNo hay acuerdo. \nEn votaci\u00F3n. \nEfectuada la votaci\u00F3n en forma econ\u00F3mica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 63 votos. \n \nEl se\u00F1or CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- \n \n Aprobado el proyecto. \nComo no ha sido objeto de indicaciones, queda tambi\u00E9n aprobado en particular. \nDespachado el proyecto. \n \n " . . . . . . . . . . . . . . . . "CONSENTIMIENTO PARA EL MATRIMONIO A LOS MENORES DE 21 A\u00D1OS"^^ . . . . . . . . .