REPUBLICA DE CHILE CAMARA DE DIPUTADOS LEGISLATURA ORDINARIA Sesión 45, en martes 5 de septiembre de 1972 (Especial; de 21 a 22 horas) Presidencia de los señores Cerda, don Eduardo y Fuentes, don César Raúl. Secretario, el señor Guerrero, don Raúl. Secretario accidental, el señor Goycoolea, don Patricio. INDICE GENERAL DE LA SESION I.- SUMARIO DEL DEBATE II.- SUMARIO DE DOCUMENTOS III.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA IV.- ASISTENCIA V.- TEXTO DEL DEBATE I.- SUMARIO DEL DEBATE 1.- Se acuerda el despacho de diversos proyectos de ley 2754 2.- La Cámara despacha el proyecto de ley que excluye del sistema de reajustabilidad el decreto con fuerza de ley Nº 2 a las viviendas adquiridas por personas jubiladas, inválidas o montepiadas 2754 3.- La Sala despacha el proyecto que autoriza a la Municipalidad de Quillón para contratar empréstitos 2755 4.- Se despacha el proyecto que autoriza el cobro de peaje a los vehículos motorizados que viajen de Chañaral al norte y viceversa 2756 5.- La Cámara despacha el proyecto que nivela las pensiones de jubilación de todos Los trabajadores de las empresas periodísticas 2759 6.- Se despacha el proyecto que autoriza para invertir determinada suma con motivo del bicentenario de la comuna de Pelarco... 2764 7.- La Cámara se ocupa, en segundo trámite constitucional, del proyecto que modifica la jornada de los trabajadores del comercio de Viña del Mar, y queda pendiente el debate 2769 II.- SUMARIO DE DOCUMENTOS 1/2.- Oficios del Honorable Senado, por los que comunica haber aprobado los siguientes proyectos: El que crea el Registro Nacional de Peluqueros de Chile 2746 El que establece que los dueños de predios rústicos de superficie no superior a 40 hectáreas de riego básicas que sean expropiados por la construcción del embalse Convento Viejo, tendrán derecho a que la CORA les asigne tierras de valor equivalente.. 2748 3.- Un informe de la Comisión de Gobierno Interior, recaído en el proyecto de ley que modifica el Estatuto de los Empleados Municipales y la Ley Orgánica de Municipalidades 2749 4/7.- Mociones con las cuales los señores Diputados que se indican inician los siguientes proyectos de ley: El señor Laemmermann, que autoriza a la Municipalidad de Chaitén para cobrar un derecho por cada cabeza de ganado que sea embarcado por el puerto de dicha comuna 2751 El señor Frías, que establece normas relativas a la reajustabilidad de los depósitos de ahorro del Banco del Estado de Chile.. 2751 Del señor Tavolari y de la señora Lazo, doña Carmen, que autoriza al Servicio Nacional de Salud para permitir al inscripción de las personas que lo soliciten, en los Registros del Colegio de Practicantes de Chile 2752 Del señor Ibáñez, que destina los porcentajes que señala del cobro de peaje de Perquilauquén a las Municipalidades de Parral y Retiro 2753 Además, se dio cuenta de los siguientes documentos: Un oficio del señor Ministro del Interior, con el que contesta el que se le enviara en nombre del señor Zaldívar y relacionado con estadísticas de accidentes del tránsito (9003). Un oficio de la señora Ministro del Trabajo y Previsión Social, con el que responde al que se le dirigiera en nombre del señor Fuentes Venegas sobre agilización de solicitudes de pensión de imponentes del Servicio de Seguro Social (9119). Dos oficios del Contralor General de la República, con los que se refiere a los que se le remitieron en nombre de los señores Diputados que se indican acerca de las materias que se señalan: De la Cámara, sobre número de funcionarios públicos que tiene cada Subsecretaría de Estado (9120). Del señor Tudela, relativo a la inversión de los fondos recibidos por el departamento de ejecución directa de la Corporación de la Vivienda (9066). Comunicaciones: Con la primera, el señor Contralor General de la República remite una nómina de decretos y resoluciones que excedieron el plazo legal de tramitación en dicho organismo durante el primer semestre de 1972. Con la siguiente, el señor Tesorero de la Corporación da cuenta del Balance y la liquidación de las cuentas de Tesorería correspondiente al primer semestre de 1972. Con la tercera, el Coronel Director de la Escuela Militar señor Nilo Floody Buxton expresa sus agradecimientos a esta Cámara por el premio asignado al Subteniente Erwing Reynaldo Herbstaedt Gálvez. Con las cuatro que continúan las instituciones que se indican solicitan el pronto despacho del proyecto de ley sobre reajustes: Trabajadores de Tesorería de Aconcagua. Dirigentes de trabajadores de El Teniente. Consejo de la Unión de Obreros Ferroviarios, de Loncoche. Consejo Provincial del Sindicato de la Educación, de O’Higgins. III.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA 1.- OFICIO DEL SENADO Nº 14031. Santiago, 5 de septiembre de 1972. Con motivo de la moción, informé y antecedente que tengo a honra pasar a manos de V. E., el Senado ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente Proyecto de ley: TITULO I Artículo 1º.- Créase una institución que se denominará Registro Nacional de Peluqueros de Chile, qué se regirá por las disposiciones de la presenté ley. Su sede será la ciudad de Santiago. Artículo 2º.- Formarán parte del Registro y estarán obligados a inscribirse en él las personas que reúnan los requisitos señalados en él articuló 8º dé la ley Nº 9.613. Artículo 3º.- Él Registró tendrá las Siguientes finalidades principales: a) Velar por el prestigio de la profesión asegurando sus prerrogativas y dignidad; b) Imponer la observancia de los preceptos de ética entre los asociados y mantener la armonía entre ellos; c) Denunciar y perseguir el ejercicio ilegal de la profesión de peluquero; d) Corregir disciplinariamente las faltas o abusos en que incurran los peluqueros en el ejercicio de su profesión; e) Mantener publicaciones de prensa, radio y televisión; f) Prestar protección y amparo a sus asociados; g) Procurar a los miembros del Registro el mejoramiento de su régimen de previsión social; h) Fiscalizar el cumplimiento de las tarifas fijadas por la Comisión Mixta de Sueldos; i) Intervenir, a petición de parte, en los conflictos profesionales que se susciten entre los peluqueros en razón de sus calidades de empleados y empleados. Artículo 4º.- El patrimonio del Registro Nacional de Peluqueros de Chile se formará: a) Con las cuotas de incorporación; b) Con las cuotas mensuales de los socios, y c) Con las donaciones, legados subvenciones y erogaciones destinadas a incrementar los fondos del Registro. Artículo 5º.- La inscripción en el Registro Nacional de Peluqueros de Chile se efectuará previo pago de una cuota de incorporación equivalente al 4% del sueldo vital mensual, escala A), del departamento de Santiago. La cuota mensual será del 3% de dicho sueldo vital. TITULO II Artículo 6º.- El Directorio Nacional del Registro se compondrá de siete miembros, elegidos cada dos años en convenciones de los peluqueros inscritos en los respectivos Registros Provinciales. El Directorio Nacional Se entenderá constituido cuando se hayan elegido un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario General, un Secretario de Actas, un Tesorero y dos Directores. Artículo 7º.- Los Directorios Provinciales del Registro se compondrán de cinco miembros. Para ser dirigente provincial se exigen los mismos requisitos que para ser dirigente nacional. Los cargos de dirigentes provinciales y nacionales son incompatibles entre sí. Artículo 8º.- Serán atribuciones de los Directores Provinciales: a) Fijar las cuotas extraordinarias de los miembros del Registro; b) Percibir y administrar los fondos correspondientes, y dar cuenta por escrito al Directorio Nacional de la labor desarrollada durante el año; c) Nombrar miembros inscritos en el Registro Provincial respectivo para que integren las Comisiones Mixtas de Sueldos, y d) Las demás que les señale el Directorio Nacional. Artículo 9º.- El Directorio Nacional convocará a reunión general cada dos años para dar cuenta a los asociados de la memoria del Directorio Nacional. La sede de cada convención y su programa serán fijados por el Directorio Nacional, previa consulta a los Directorios Provinciales. TITULO III Artículo 10º.- Para ejercer la profesión de peluquero, además de inscribirse en el Registro Provincial respectivo, el asociado deberá pagar la patente municipal que corresponda. Las Municipalidades sólo podrán otorgar patentes para el ejercicio de la profesión de peluquero a las personas que acrediten estar inscritas en el respectivo Registro Provincial. Artículo 11º.- Las Municipalidades, las instituciones fiscales, las Fuerzas Armadas y el Cuerpo de Carabineros, sólo podrán extender nombramiento o contratar para desempeñar el cargo de peluquero, a las personas que acrediten estar inscritas en el Registro Nacional de Peluqueros de Chile. Artículo 12º.- Los reclamos que se produzcan con motivo del ejercicio de la profesión, serán conocidos y resueltos por el respectivo Registro Provincial, el que apreciará privadamente y en conciencia el motivo de la querella, oyendo a las partes antes de resolver. Los Directorios Provinciales, dentro del territorio de su jurisdicción, podrán imponer al peluquero que incurra en cualquier acto desdoroso para la profesión, abusivo de su ejercicio o incompatible con la dignidad y la cultura profesional, algunas de las medidas disciplinarias que a continuación se indican: a) Amonestación; b) Censura, y c) Suspensión temporal del ejercicio de la profesión, haciéndole retirar la patente municipal. Todo acuerdo de un Director Provincial relativo a medidas disciplinarias deberá ser comunicado al interesado por el Presidente y el Secretario, en carta certificada, a más tardar al día siguiente de adoptado el acuerdo. Para aplicar la medida de suspensión del ejercicio de la profesión será necesario que el acuerdo sea adoptado por los dos tercios de los Directores en ejercicio. Artículo 13º.- El afectado con la medida disciplinaria establecida en la letra c) del artículo anterior, tendrá derecho a apelar ante el Directorio Nacional dentro del plazo de quince días, contado desde la notificación del acuerdo. El Directorio Nacional resolverá la reclamación dentro de los treinta días siguientes a aquel en que recibió los antecedentes; podrá oír al interesado, y considerar el informe del Directorio Provincial que hubiere aplicado la medida disciplinaria. Mientras se resuelve sobre la apelación, se suspenderán los efectos de la medida disciplinaria adoptada. Ejecutoriada que queda la medida disciplinaria de suspensión del ejercicio de la profesión, será comunicada a la Dirección del Trabajo y a la Municipalidad que corresponda. Artículo 14º.- La Dirección del Trabajo y la Municipalidad respectiva enviarán a La Secretaría General del Registro copia autorizada de las resoluciones que apliquen sanciones por el ejercicio de la profesión de peluquero, para su comunicación a los Directorios Provinciales. Artículo 15º.- Los peluqueros no se inscribirán en el Registro Nacional de Comerciantes. Artículos transitorios Artículo 1º.- Dentro del plazo de 60 días, contado desde la fecha de publicación de esta ley, se constituirá una comisión compuesta por representantes del Superintendente de Seguridad Social y del Director del Trabajo, y por tres representantes de la Federación de Sindicatos de Peluqueros de Chile, la que tendrá por finalidad organizar el Registro. Artículo 2º.- Los peluqueros deberán inscribirse en los Registros Provinciales dentro del plazo de 90 días, contado desde la fecha de publicación de la presente ley. Artículo 3º.- Los peluqueros que no se inscriban en el plazo señalado en el artículo anterior, sólo podrán hacerlo pagando una multa de un cuarto de sueldo vital mensual, escala A), del departamento de Santiago. Artículo 4º.- Para inscribirse en el Registro Provincial respectivo todo peluquero deberá acreditar que es miembro de un sindicato de peluqueros, con personalidad jurídica, de la localidad en que trabaja. Dios guarde a V. E. (Fdo.) .Ignacio Palma Vicuña. Pelagio Figueroa Toro. 2.- OFICIO DEL SENADO Nº 14036. Santiago, 5 de septiembre de 1972. Con motivo de la moción, informe y antecedente que tengo a honra pasar a manos de V. E., el Senado ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente Proyecto de ley: Artículo 1º.- Los dueños de predios rústicos de superficie no superior a 40 hectáreas de riego básicas que sean expropiados para la construcción de Embalse Convento Viejo y sus obras complementarias, tendrán derecho a que la Corporación de la Reforma Agraria les asigne tierras de valor equivalente al de sus actuales predios, dentro de los límites territoriales de los departamentos de San Fernando y Curicó. Sólo gozarán de este derecho los propietarios que exploten directa y efectivamente sus predios y siempre que la expropiación no les permita conservar en su dominio una parte de sus actuales predios equivalente a la unidad agrícola familiar, todo ello con arreglo a las definiciones del artículo 1º de la ley Nº 16.640. Tratándose de sucesiones, gozarán de este derecho los miembros de ellas que participen o colaboren personalmente en la explotación de los respectivos predios. Tratándose de predios que se encuentren arrendados, el derecho corresponderá al arrendatario que haya explotado directa y efectivamente el terreno, a lo menos durante los últimos tres años anteriores a la expropiación. Tratándose de predios que hayan sido expropiados por la Corporación de la Reforma Agraria, el beneficio corresponderá a los campesinos asentados. Para gozar de este derecho los interesados deberán solicitarlo por escrito a la Corporación de la Reforma Agraria dentro de los 60 días siguientes a la fecha en que sean notificados del decreto del Ministerio de Obras Públicas y Transportes que autoriza la expropiación. Con todo, respecto de los predios cuya expropiación haya sido decretada con anterioridad a la vigencia de la presente ley, dicho plazo se contará desde que esta ley sea publicada en el Diario Oficial. Artículo 2º.- Para el cumplimiento de esta ley la Corporación de la Reforma Agraria expropiará, con arreglo a la ley Nº 16.640, los terenos que sean necesarios dentro del territorio señalado en el artículo anterior y procederá a su adecuada parcelación. Artículo 3º.- El valor de los predios que sean asignados por la Corporación de la Reforma Agraria en conformidad a esta ley, será imputado al monto de la indemnización que corresponda a los asignatarios por la expropiación de sus actuales predios. Para estos efectos, el monto de la indemnización que, con arreglo al artículo 25 de la ley Nº 16.742 corresponda a los propietarios afectados que se acojan a los beneficios de esta ley, será puesto a disposición de la Corporación de la Reforma Agraria. Cuando el derecho se haga efectivo por un arrendatario, éste deberá pagar el valor del predio que se le asigne con un quinto al contado y el saldo en cinco cuotas anuales iguales. El 70% del valor de cada cuota anual se reajustará a la fecha de su pago en proporción a la variación que hubiere experimentado el índice de precios al consumidor, determinado por el Instituto Nacional de Estadísticas, entre el mes calendario anterior al acuerdo de expropiación y el mes calendario anterior al vencimiento de cada cuota. Cada cuota devengará un interés del 3% anual, que se calculará sobre el monto de la cuota aumentada en el 50% del reajuste. Cuando el derecho se haga efectivo por campesinos asentados en predios actualmente expropiados por la Corporación de la Reforma Agraria, la asignación y su pago se sujetará a las reglas de la ley Nº 16.640. En caso de hacerse efectivo este derecho en un nuevo asentamiento, éste se considerará como continuación del anterior para todos los efectos legales. Artículo 4º.- Cualquiera diferencia a favor o en contra del asignatario que resulte por no ser idénticos los valores de la indemnización que corresponda por el predio expropiado y el nuevo predio, se pagará con un quinto al contado y el saldo hasta en 5 cuotas anuales del modo previsto en el inciso tercero del artículo anterior. Artículo 5º.- En caso de no estar debidamente constituidos los títulos de dominio de los predios rústicos expropiados a que se refiere esta ley, el Ministerio de Tierras y Colonización saneará esos títulos en favor de sus ocupantes conforme al procedimiento establecido en el D.F.L. Nº 6º, de 5 de enero de 1968, publicado en el Diario Oficial el 17 de enero del mismo año. Artículo 6º.- Los dueños de predios rústicos de superficie no superior a 40 hectáreas de riego básicas que sean expropiados para la construcción del Embalse Convento Viejo y sus obras complementarias, tendrán derecho a que la Corporación de la Vivienda les asigne una casa habitación de valor equivalente a la que les hubiere sido expropiada. Para estos efectos, se abonará a la cuenta de cada asignatario los valores resultantes de la tasación efectuada en las viviendas que han sido expropiadas para la construcción del Embalse y que sean de propiedad de los dueños de estos predios rústicos. Dios guarde a V. E. (Fdo.); Ignacio Palma Vicuña. Pelagio Figueroa Toro. 3.- INFORME DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO INTERIOR Honorable Cámara: Vuestra Comisión de Gobierno Interior pasa a informaros el proyecto de ley remitido por el Honorable Senado, que modifica el estatuto de los empleados municipales y la Ley Orgánica de Municipalidades. Esta disposición, en virtud de su artículo 1º, agrega un nuevo inciso al artículo 30 de la ley Nº 11,469 y 107 de la ley Nº 11.860. La ley Nº 469, es el Estatuto de los Empleados Municipales, su artículo 30, faculta a las corporaciones para que en las condiciones que en él se expresan, se proceda a la modificación de las plantas y remuneraciones de los empleados y obreros, con la cortapisa que señalan los artículos 45 y 46 de la ley Nº 15.561, que condiciona el ejercicio de tal facultad al hecho de que esteral día en el pago de sueldos, salarios y gastos previsionales de sus personales y deudas y obligaciones exigibles. Esta norma tiene una finalidad ordenadora de la administración municipal, con el objeto de que ellos los municipios ante la presión de sus trabajadores pudieren dejar impagos otros compromisos para acceder a las peticiones de aumentos de remuneraciones y en general, beneficios económicos. Esta norma es lógica cuando se trata de las obligaciones que pueden, tener las Municipalidades que estén afectas a su presupuesto ordinario de gastos; pero no se justificaría cuando se trate de obligaciones pendientes que sean con cargo al presupuesto extraordinario, provenientes de ingresos que también tienen tal calidad, por lo que sería irrelevante que la Municipalidad tuviere o no solucionado o pagado la totalidad de tales compromisos. Por estas razones la norma que se propone, dispone que no se considerarán deudas y/o obligaciones exigibles para estos efectos, las que corresponda a gastos que se solventarán con ingresos extraordinarios, o el producto de la tasa parcial de la letra c) del artículo 16 de la ley Nº 17,235 y el recargo de las multas de la Ley de Alcoholes, contempladas en la ley Nº 11256. Por el artículo 2º se prescribe que esta norma no afectará la limitación sobre tope máximo de remuneración que señalan los artículos 15 de la ley Nº 11.469 y 109 de la ley Nº 11.860. La Comisión aprobó incorporar un nuevo artículo en virtud del cual pe ratifica y otorga validez legal a los acuerdos que hubieren adoptado las Municipalidades para modificar las plantas de sus personales o alterar los grados y crear nuevos cargos, durante el año 1972 o para producir efectos en el año 1973. La Comisión aprobó el proyecto por asentimiento unánime en general y en particular, con la enmienda referida de consultar un artículo 39 nuevo. Por estas consideraciones y las que os dará el señor Diputado informante, vuestra Comisión de Gobierno Interior os recomienda la aprobación del siguiente Proyecto de ley: Artículo 1º.- Agrégase el siguiente inciso tercero a los artículos 30 de la ley Nº 11.469 y 107 de la ley Nº 11.860; Para los efectos de lo dispuesto en el inciso anterior, no se considerarán deudas y/u obligaciones exigibles aquellas que corresponda servir con cargo a ingresos extraordinarios, a recursos provenientes de la tasa parcial establecida en la letra e) del artículo 16 de la ley Nº 17.235 y/o a los fondos que produzca el recargo a las multas de alcoholes contenido en el artículo 181 de la ley Nº 11.356. Artículo 2º.- Lo establecido en el artículo precedente no afectará en caso alguno el límite máximo de remuneraciones señalado en los articulas 35 de la ley Nº 11.469 y 109 de la ley Nº 11.860. Artículo 3º.- Decláranse válidos les acuerdos que por Cualquier circunstancia hubieren tomado las Municipalidades, para modificar las plantas del personal tendientes a alterar los grados y crear nuevos cargos para los años 1972 y 1973. Sala de la Comisión, a 2 de septiembre de 1972. Acordado en sesión Nº 83, celebrada el 31 de agosto, con asistencia de los señores Pérez (Presidente), Klein, Ríos Ríos, Retamal, Lavandera y Señoret. Se designó Diputado informante al señor Ríos, don Héctor, (Fdo.): Clodomiro Bravo Michell, Secretario de la Comisión. 4.- MOCIÓN DEL SEÑOR LAEMMERMANN Honorable Cámara: Desde su creación la Ilustre Municipalidad de Chaitén ha estado cobrando un pequeño derecho de tránsito por los animales que son embarcados desde el puerto de la comuna. Siendo la ganadería el único rubro de producción de la región, es de justicia que Chaitén perciba un ingreso por concepto de la salida de esos bienes que, en definitiva, son comercializados fuera de la zona y de la provincia de Chiloé. Este cobro, que nunca había sido objetado por la Contraloría ni por el Servicio de Tesorería, obedece a la necesidad de incorporar al Presupuesto de la comuna algunos fondos, con el objeto de compensar, aunque sea en parte, los daños que sufren las obras urbanas del pueblo como consecuencia del constante paso de ganado por sus calles, y contribuir al mantenimiento del puerto para que pueda soportar el uso que de él se hace en estos menesteres. La Contraloría General de la República, con fecha 26 de junio de 1972, ha comunicado al Tesorero Comunal de Chaitén que el mencionado cobro no procede por no existir ninguna disposición que lo autorice. La supresión de este ingreso merma el Presupueste Ordinario de la Municipalidad en una suma cercana a los Eº 40.000, lo que equivale a más del 30% de los ingresos ordinarios anuales producidos en la comuna. En atención a los antecedentes expuestos tengo el honor de proponeros el siguiente Proyecto de ley: Artículo único.- Autorízase a la Municipalidad de Chaitén para disponer y percibir el cobro de derechos de embarque de ganado por los animales que salgan por el territorio de su comuna, según el siguiente tarifado: a) Vacunos, Eº 10 por cabeza b) Caballares, Eº 7 por cabeza c) Porcinos, Eº 4 por cabeza, y d) Ovinos, Eº 3 por cabeza. Estas tarifas deberán ser reajustadas anualmente de acuerdo con la variación que experimente el índice de Precios al Consumidor. (Fdo.): Renato Laemmermann M. 5.- MOCIÓN DEL SEÑOR FRÍAS Honorable Cámara: Desde la creación del Banco del Estado de Chile y antes, como Caja Nacional de Ahorros, se ha venido promoviendo el ahorro nacional y procurando, con el correr del tiempo, conquistar la confianza del pueblo chilena. El ahorro nacional ha sido comprendido por los diversos Gobiernos y por ello han ido incorporándose, sucesivamente, importantes franquicias para los depositantes, La última de ellas, seguramente la más importante, fue la dictamen de la Ley Nº 16,497, publicada en el Diario Oficial del día 10 de enero de 1966, que estableció la reajustabilidad de los depósitos de ahorro en el Banco del Estado de Chile hasta un tope dé 1,5 vitales anuales. En estos momentos es justo que para mantener y acrecentar el ahorro se eleve el tope de la reajustabilidad, por cuya razón proponemos a la consideración de la Honorable Cámara el siguiente Proyecto de ley: Artículo único.- Reemplázase en el inciso 3º, del artículo 1º de la Ley Nº 16.407 la frase uno y medio vitales anuales por la frase tres vitales anuales. (Fdo.): Engelberto Frías Moran. 6.- MOCIÓN DEL SEÑOR TAVOLARI Y DE LA SEÑORA LAZO, DOÑA CARMEN Honorable Cámara: 1.- Que, en el Servicio Nacional de Salud, Servicio Médico Nacional de Empleados, Instituciones semifiscales, de administración autónoma, clínicas y hospitales particulares, existe un serio problema respecto del personal que de hecho desempeñan las funciones de colaboración médica, sin tener título responsable alguno; 2.- Que este personal presta eficientes servicios de carácter profesional y una gran colaboración a la acción de recuperación de la salud de los enfermos; 3.- Que además en estas condiciones que actualmente se encuentran, les ha impedido el efectuar cursos para obtener algún título legal a pesar de la voluntad que tienen para mejorar su capacidad e idoneidad de los cargos que desempeñan; 4.- Que este problema se plantea en un número aproximado a las diez mil personas que efectúan sus actividades profesionales, tanto en el Servicio Nacional de Salud, Servicio Médico Nacional de Empleados como en instituciones semifiscales, de administración autónoma y, como en clínicas y hospitales particulares; 5.- Que aparejado a esta situación, han sido postergados estos funcionarios en los Escalafones y, en general, en sus rentas; 6.- Que un alto porcentaje de estos colaboradores han desempeñado estas funciones durante muchos años, e incluso han jubilado, y de más está decir que actualmente existen muchos funcionarios con más de diez años de servicios; 7.- Que además es penoso reconocer que los funcionarios que dejan de prestar sus servicios profesionales por cualquier motivo o circunstancia, no pueden desempeñar o ejercer sus actividades profesionales de carácter privado o particular; 8.- Que este problema se trató de solucionar en la ley Nº 15.226 de fecha 23 de agosto de 1963, en su artículo transitorio, pero que en la práctica resultó inoperante por causas ajenas a los funcionarios afectados; 9.- Que a objeto de regularizar esta situación, que en el fondo producirá mayores beneficios en la atención de los enfermos se propone el siguiente Anteproyecto de ley: Artículo único.- El Servicio Nacional de Salud autorizará a las personas que lo soliciten por una sola vez inscribirse en los Registros del Colegio de Practicantes de Chile, adquiriendo todos los derechos y obligaciones de sus miembros, siempre que reúnan los siguientes requisitos para desempeñarse como Practicante; a) Que acrediten no registrar condena por crimen o simple delito. b) Tener diez años de práctica o de cinco si hubiesen cursado el primer año medio o su equivalencia a lo menos. c) Haber desempeñado las funciones en Técnica de Enfermería Médica, quirúrgica, suministro de medicamentos, contribución al diagnóstico de las enfermedades, participación en la prevención de las enfermedades, atenciones de emergencia secundaria a prestaciones de primeros auxilios y otras especialidades de enfermería, en establecimientos públicos, del Servicio Nacional de Salud, Servicio Médico Nacional de Empleados, Servicios Médicos de las Cajas de Previsión, Bancarias u otras de medicina curativa, clínicas y Hospitales Particulares reconocidos por el Servicio Nacional de Salud. d) Los servicios de práctica deberán ser ininterrumpidos pudiendo acumular se la de los establecimientos públicos con la de los particulares o de los particulares con los públicos, que se acreditarán con el certificado expedido por los Directores médicos de los establecimientos, hospitales o clínicas respectivos, y e) Rendir satisfactoriamente un examen de conocimientos y capacitación ante la Comisión que establece la letra c) del artículo 9º de la Ley 14.904 del 14 de septiembre de 1962 que la forman médicos cirujanos del Servicio Nacional de Salud. (Fdo.): Carmen Lazo C. Antonio Tavolari V. 7.- MOCIÓN DEL SEÑOR IBÁÑEZ Honorable Cámara: El año 1969, conjuntamente con el Diputado Alberto Naudon, presenté un proyecto de ley con el objeto de establecer una estación de peaje en la Comuna de San Javier, por la Carretera Panamericana con el propósito de financiar la pavimentación de caminos en la provincia de Linares y de Maule. Por resolución simplemente administrativa, el Gobierno determinó que la estación de peaje de la zona se estableciera en la Comuna de San Carlos, provincia de Chillan. Esta determinación, además dé no posibilitar ningún beneficio específico para la provincia de Linares, ha creado un creciente malestar en algunos sectores de la producción agropecuaria de las comunas de Retiro y de Parral. En efecto, no obstante existir en la provincia de Linares una de las plantas, de producción de la Industria Azucarera Nacional, los productores de remolacha deben entregar sus cosechas a la llanta de Cocharcas, en la provincia vecina. Por ello mismo, se estima justificado el anhelo de las comunas de Retiro y Parral, en el sentido de que parte de los fondos percibidos por el peaje de la Plaza Perquilauquén se destinen a beneficio de estas municipalidades. En mérito de estas consideraciones, vengo en proponer al Honorable Congreso Nacional el siguiente Proyecto de ley: Artículo único.- Destínase un 10% y un 5%, respectivamente, a beneficio de las Municipalidades de Parral y Retiro, de los ingresos que anualmente se perciban por cobro de peaje en la plaza de peaje Perquilauquén. Estos fondos deberán ser invertidos por las Municipalidades indicadas a obras de alcantarillado, agua potable y pavimentación. (Fdo.): Jorge Ibáñez V. IV.- ASISTENCIA Sesión 45º, Ordinaria, en martes 5 de septiembre de 1972. Presidencia de los señores Cerda, don Eduardo, y Fuentes, don César Raúl. Se abrió a las 21 horas, y asistieron los señores: Alamos Vásquez, Hugo Alessandri de Calvo, Silvia Amunátegui Johnson, Miguel Luis Andrade Vera, Carlos Arnello Romo, Mario Aylwin Azócar, Andrés Barahona Ceballos, Mario Barrionuevo Barrionuevo, Raúl Basso Carvajal, Osvaldo Cabello Pizarro, Jorge Campos Pérez, Héctor Cantero Prado, Manuel Cardemil Alfaro, Gustavo Cerda García, Eduardo Ferreira Guzmán, Manuel Frei Bolívar, Arturo Frías Morán, Engelberto Fuentealba Caamaño, Clemente Fuentealba Medina, Luis Fuentes Venegas, César Godoy Matte, Domingo Guastavino Córdova, Luis Guerra Cofré, Bernardino Huepe García, Claudio Ibáñez Vergara, Jorge Iglesias Cortés, Ernesto Irribarra de la Torre, Tomás Klein Doener, Evaldo Koenig Carrillo, Eduardo Laemmermann Monsalves, Renato Lazo Carrera, Carmen Lorca Rojas, Gustavo Lorenzini Gratwohl, Emilio Mercado Illanes, Julio Momberg Roa, Hardy Mosquera Roa, Mario Muñoz Barra, Roberto Páez Verdugo, Sergio Palza Corvacho, Humberto Penna Miranda, Marino Pérez Soto, Tolentino Ramírez Vergara, Gustavo Recabarren Rojas, Floreal Retamal Contreras, Blanca Ríos Santander, Mario Rodríguez Villalobos, Silvio Saavedra Cortés, Wilna Salinas Navarro, Anatolio Santibáñez Ceardi, Jorge Scarella Calandroni, Aníbal Schleyer Springmuller, Oscar Sharpe Carte, Mario Tagle Valdés, Manuel Tapia Salgado, René Tavolari Vásquez, Antonio Tejeda Oliva, Luis Tudela Barraza, Ricardo Valdés Rodríguez, Juan Vega Vera, Osvaldo Vergara Osorio, Lautaro El Secretario, señor Guerrero Guerrero, don Raúl; el Prosecretario, señor Parga Santelices, don Fernando, y el Prosecretario accidental, señor Goycoolea L., don Patricio. V.- TEXTO DEL DEBATE Se abrió la sesión a las 21 horas. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión. Las actas de las sesiones 38ª, 39ª, 40ª, 41ª, 42ª y 43ª, ordinaria se declaran aprobadas por no haber pido objeto de observaciones. Se va a dar lectura a la cuenta. El señor Goycoolea (Prosecretario accidental) da cuento de les asuntos recibidos en la Secretaria, 1.- ACUERDO PARA DESPACHAR DOS PROYECTOS El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- En el curso de la sesión ordinaria de hoy, la Cámara acordó despachar, al final del Orden del Día y sin debate, el proyecto que excluye del sistema de reajustabilidad del decreto con fuerza de ley Nº 2 a las viviendas adquiridas por personas jubiladas, inválidas y montepiadas; y el que autoriza a la Municipalidad de Quillón para contratar empréstitos, omitiéndose, para éste, el trámite de Comisión. Dicho acuerdo no pudo concretarse en razón de haber fracasado la sesión, por falta de quorum, Solicito el acuerdo de la Sala para despachar de inmediato ambos proyectos, sin debate. Acordado. 2.- EXCLUSIÓN DEL SISTEMA DE REAJUSTABILIDAD DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 2 A LAS VIVIENDAS ADQUIRIDAS POR PERSONAS JUBILADAS, INVALIDAS O MONTEPIADAS El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- En conformidad con el acuerdo anterior, corresponde despachar el proyecto que excluye del sistema de reajustabilidad del Decreto con fuerza de ley N° 2 a las viviendas adquiridas por personas jubiladas, inválidas y montepiadas. El proyecto, impreso en el boletín Nª 217-69-3, es el siguiente. Artículo 1º.- Los jubilados, inválidos y montepiadas que hayan adquirido por intermedio de la Corporación de la Vivienda, Corporación de Servicios Habitacionales o/instituciones de Previsión sean o no las mencionadas en el artículo 48 del D.F.L. Nº 2, de 1959, un bien raíz en que residan cuyo avalúo no exceda de diez sueldos vitales anuales, escala a), del Departamento de Santiago, que no sean propietarios de otro bien raíz y cuya renta total imponible sea inferior a tres sueldos vitales, escala a) del departamento de Santiago, quedarán exentos, desde que acrediten reunir todos estos requisitos, de la reajustibilad del saldo de precio y del, dividendo por dicho bien raíz establecida por el artículo 55 de la ley Nº 16.391 y por el D.F.L. Nº de 1959. Asimismo, los bienes raíces a que se refiere el inciso anterior estarán exentos del reajuste anual que se aplica al avalúo fiscal territorial. El dividendo que deben pagar los jubilados, inválidos o montepiadas no podrá ser superior al 10% de su pensión o montepío. Artículo 2º.- Aplícase a los actuales asignatarios de vivienda del Grupo Habitacional Hermanos Carrera, Ubicado en Santiago, entre las calles Bascuñán, San Dionisio, San Alfonso y Concha Castillo y construido por el Servicio de Seguro Social, ex Seguro Obligatorio, lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 14 transitorio del D.F.L. Nº 2, de 1959, inciso agregado por el artículo 26 de la ley Nº 15.228, de 14 de agosto de 1963. Artículo 3°.- Condónánse las deudas de pavimentación de las poblaciones La. Granja y O’Higgins de Rancagua, que afecten a propietarios jubilados o montepiadas de la Empresa Minera El Teniente, ex Braden Copper Co. Artículo 4º.- Agrégase al artículo 1º de la ley Nº 17.297, el siguiente inciso tercero: Además, aquellos préstamos para el sector rural destinados a viviendas de empleados u obreros, cuyo monto inicial no ascienda a más de diez mil escudos y haya servido para construir dos o más viviendas. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- En votación general el proyecto. Si le parece a la Sala y no se pide votación, se dará por aprobado. Aprobado. Quedan reglamentariamente aprobado, por no haber sido objeto de indicaciones, todos los artículos, menos el articule 4º, que fue modificado por la Comisión de Hacienda. Si le parece a la Sala y no se pide votación, se dará por aprobado. El señor GUASTAVINO.- ¿Podría leerse la indicación? El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- El señor Secretario le dará lectura. El señor GUERRERO, don Raúl (Secretario).- La Comisión de Hacienda propone sustituir el artículo 4º del proyecto por el siguiente: Artículo 4ºIntrodúcense las siguientes modificaciones al artículo 1º de la ley Nº 17.297: 1) Agregar en el inciso primero, a Continuación de la expresión del año 1960 lo siguiente: los que hayan estado en trámite entre los años 1957 y 1962, y 2) Agregar el siguiente inciso final; Además, aquellos préstamos para el sector rural destinados a viviendas de empleados u obreros (cuyo monto inicial no ascienda a más de diez mil escudos y haya servido para construir dos o más viviendas. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- En votación el artículo 4º con la indicación de Hacienda. Si le parece a la Cámara y no se pide votación, se aprobará. Aprobado. Terminada la discusión del proyecto. Despachado el proyecto. 3.- AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE QUILLÓN (ÑUBLE) PARA CONTRATAR EMPRÉSTITOS El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- Corresponde despachar, sin debate, el proyecto que autoriza a la Municipalidad de Quillón para contratar empréstitos. El proyecto dice lo siguiente: Artículo 1º.- Autorízase a la Municipalidad de Quillón para contratar uno o más empréstitos directamente con el Banco del Estado de Chile, la Corporación de Fomento de la Producción u otras instituciones bancarias o de créditos que produzcan hasta la suma de Eº 300.000 a un interés no superior al corriente bancario y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de diez años. Artículo 2º.- Facúltase al Banco del Estado de Chile, a la Corporación de Fomento de la Producción u otras instituciones de créditos o bancarias, para tomar el o los empréstitos a que se refiere el artículo anterior. Artículo 3º.- El producto del o de los empréstitos será destinado por la Municipalidad de Quillón a la construcción e instalación de la red de alcantarillado en el pueblo de Quillón. Artículo 4º.- Destínase con el exclusivo objeto de atender el servicio del o los empréstitos autorizados, el rendimiento de la tasa parcial del 1 por mil sobre el avalúo imponible de los bienes raíces de la comuna de Quillón, y se efectuará por intermedio de la Caja autónoma de Amortización de la Deuda Pública, para cuyo efecto la Tesorería Comunal respectiva, por medio de la Tesorera General de la República, pondrá oportunamente a disposición de dicha Caja los fondos necesarios para el servicio, sin necesidad de decreto del Alcalde, si éste no se dictare en la oportunidad debida. La Caja de Amortización atenderá el pago de este servicio de acuerdo a las normas por ella establecida para el pago de la deuda interna. Artículo 5º.- La Municipalidad de Quillón depositará en la Cuenta Depósito Fiscal F-26 Servicios de Empréstitos y Bonos, los recursos que destina esta ley al servicio de los empréstitos y hasta la cantidad que ascienda dicho servicio por intereses y amortizaciones ordinarias. Asimismo, la Municipalidad mencionada deberá consultar en sus respectivos presupuestos anuales, en la partida de ingreso extraordinario, los recursos que produzcan la contratación de los empréstitos y en la partida de egresos extraordinarios, las inversiones proyectadas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3º de la presente ley. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- En votación general el proyecto. Si les parece a los señores Diputados y no se pide votación, se aprobará. Aprobado. Como no ha sido objeto de indicaciones, queda también aprobado en particular. Despachado el proyecto. 4.- COBRO DE PEAJE A LOS VEHÍCULOS MOTORIZADOS QUE VIAJEN A CHAÑARAL AL NORTE Y VICEVERSA El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- Corresponde tratar, a continuación, la moción que establece el cobro de peaje respecto de los vehículos motorizados que viajan de Chañaral al norte y viceversa. Diputado informante de la Comisión de Obras Públicas y Transportes y de la de Hacienda, el señor Barrionuevo. El proyecto, impreso en el boletín Nº 1039-72-2, es el siguiente: Artículo único.- Grávase con el pago de peaje a todos los vehículos motorizados que viajen de Chañaral al norte y viceversa, de acuerdo con la siguiente escala: automóviles y stations wagons, Eº 10; camionetas, camiones y autobuses, Eº 5; motocicletas en general, Eº 2 y no clasificados Eº 2. El cobro del referido peaje deberá hacerse en el actual control de sanidad vegetal, que actualmente funciona en la Carretera Panamericana, en la localidad de Caldera. El producto de este peaje ingresará a una cuenta especial que abrirá la Tesorería Comunal de Chañaral y será destinado, en primer término, a la construcción de un camino pavimentado desde Pueblo Hundido a la Fundición de Paipote, en una extensión aproximada de 150 kilómetros. Una vez cumplidas dichas finalidades, el remanente que se vaya produciendo se destinará a la ejecución de un camino costero de Caldera a Huasco, para lo cual el Director General de Obras Públicas girará los recursos necesarios. De las inversiones que se efectúen deberá rendirse cuenta documentada, anualmente, a la Contraloría General de la República. La tarifas fijadas por el inciso primero podrán ser reajustadas, cada año, por Decreto del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, de acuerdo con el índice de precios al consumidor en el Departamento de Chañaral. Dentro del plazo de 60 días de publicada la presente ley, el Ministerio de Obras Públicas y Transportes iniciará la construcción de las obras necesarias de instalación para el cobro del peaje a que se refiere el inciso primero. Igualmente, dentro del plazo de 90 días de publicada esta ley, el Presidente de la República dictará el reglamento para su adecuada aplicación. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- En discusión el proyecto. El señor BARRIONUEVO.- Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor BARRIONUEVO.- Señor Presidente, el pasado mes de febrero el departamento de Chañaral fue afectado por un gran aluvión provocado por el llamado invierno boliviano y argentino que arrasó con todos los sectores bajos de ese departamento. Autoridades de Gobierno y hasta el propio Presidente de la República viajaron hasta allá para ver la magnitud del desastre que dejaron el agua y el barro que bajaron desde los altiplanos de Argentina y Bolivia. El Gobierno, con mucha prontitud, dispuso la reparación de los tramos afectados de la Carretera Panamericana y de todas las líneas de alta tensión que van hacia El Salvador y Potrerillos que resultaron dañadas. No podemos, como Diputado de la zona, decir que las autoridades no se preocuparon de estos graves problemas, pero como fueron muchos algunos quedaron sin solución. En Pueblo Hundido, le manifesté al señor Ministro de Obras Públicas que era menester, debido a la falta de fondos para reparar los daños provocados por las aguas y el barro, establecer un peaje en Chañaral, para un sector de más de mil kilómetros de carretera pavimentada, en una zona donde no llueve. Hubo acuerdo en establecer este peaje para salvar esta situación de urgencia en dicho departamento. Posteriormente, en la Comisión, el señor Cuéllar, Subsecretario de Obras Públicas, manifestó su inquietud por el hecho de que para el cobro de este peaje debía construirse una rampa o una plaza, que son de alto costo. Pero yo inmediatamente indiqué que, en vez de hacerse una plaza, se cobrara el peaje en un establecimiento de control de sanidad vegetal que está a la entrada del puerto de Caldera, lo que fue aceptado. Señor Presidente, este peaje daría un ingreso anual, con una tarifa para los vehículos de la locomoción colectiva de sólo cinco escudos y para los automóviles, camiones, station wagons de diez escudos, de aproximadamente dos millones 500 mil escudos, que se destinaría a la construcción de un camino pavimentado entre Pueblo Hundido y la Fundición de Paipote, en una extensión cercana a los ciento cincuenta kilómetros, lo que beneficiaría a una importante zona minera, especialmente a Inca de Oro, que desde 1930 a 1945 contribuyó mucho al erario, gracias a la inmensa riqueza que allí se explotaba. Hoy comienza nuevamente esta zona a experimentar un gran auge con motivo de los precios alcanzados por el oro en el mercado internacional, Sólo falta un buen camino para sacar los minerales de toda esa rica zona minera. El señor KLEIN.- Lo vamos a apoyar. El señor BARRIONUEVO.- Gracias. Hace pocos días, vino a Santiago una numerosa delegación que integraban miembros del Centro para el Progreso de la Zona, además de las autoridades del departamento de Chañaral. El jueves pasado tuvimos una reunión con el Presidente de la República, a quien se le solicitó que no vetara, si el Congreso tenía a bien aprobarlo, este proyecto que posibilita la construcción de un camino que soluciona un problema grave en ese departamento, como es el acceso a la zona minera, especialmente, a Inca de Oro y a otros pueblos mineros, que viene a acortar la distancia entre Salvador, Potrerillos y Copiapó y que permitirá absorber la gran cesantía que existe en ese departamento. Por este motivo, el señor Presidente de la República se comprometió a que, si este proyecto era votado favorablemente por el Congreso, tendría el mayor gusto en promulgarlo y no vetarlo, para favorecer a esa zona minera de mi provincia. Nada más y muchas gracias, señor Presidente. El señor GUASTAVINO.- Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra el señor Guastavino. El señor GUASTAVINO.-Señor Presidente, nosotros, en las Comisiones de Obras Públicas y Transportes y de Hacienda de la Cámara, que conocieron de este proyecto, hemos dado nuestra opinión favorable y hemos votado también en consecuencia. Queremos dejar establecido que no conocemos el compromiso que aquí ha puesto de relieve el Diputado señor Barrionuevo, en cuanto a dar a conocer la opinión que el Ejecutivo, en definitiva, tenga a este respecto. Sin embargo, hemos conversado sobre el particular con la Sena-dora de nuestro Partido por esa circunscripción, doña Julieta Campusano quien conoce el problema perfectamente bien, y ella ha manifestado su posición favorable en este sentido. En consecuencia, nosotros creemos que este proyectó puede cumplidlos objetivos que inspiran a los parlamentarios de la zona, en relación a sacar adelante estas obras, que son de gran envergadura. Yo no me atrevería todavía a plantear qué tipo de obras podrían hacerse efectivamente y abordarse, una vez que se hagan éstas que plantea el proyecto, porque deben tomar en cuenta los señores Diputados que se trata de una camino de 150 kilómetros de largo, muy costoso, y qué después está planteada la construcción del camino costero entre Caldera y Huasco, lo cual también entraña destinar a estas obras producto de este peaje por muchísimos años. Estamos de acuerdo, sin embargo, en que no se establezca un monto y una tarifa absolutamente mecánica y detenida, sino que ella vaya experimentando los incrementos que el índice de precios al consumidor vaya indicándole. Desde este punto de vista, señor Presidente, los Diputados de los bancos comunistas quieren dar su aprobación a este proyecto, como lo hemos hecho en las; Comisiones respectivas, y tomando muy en cuenta lo que nos ha planteado la única parlamentaria que tenemos por la zona, que es la Senadora Julieta Campusano, permanentemente preocupada de este tipo de obras y de su realización. Ya digo y adelanto que no conozco cuál es exactamente la opinión del Ejecutivo; pero, en todo caso, podremos conversar también con personeros suyos para ver la forma de que esto vaya a la promulgación y no sea vetado, a no ser que se pongan de relieve fundamentaciones verdaderamente atendibles por parte del Supremo Gobierno. Nada más, señor Presidente. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación general el proyecto. Si les parece a los señores Diputados y no se pide votación, se dará por aprobado. Aprobado. Como no ha sido objeto de indicaciones queda, también, despachado en particular. Terminada la discusión del proyecto. 5.- NIVELACIÓN DE LAS PENSIONES DE JUBILACIÓN DE TODOS LOS TRABAJADORES DE LAS EMPRESAS PERIODÍSTICAS. OBSERVACIONES El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- Corresponde tratar, a continuación, las observaciones formuladas por Su Excelencia el Presidente de la República, en primer trámite constitucional, al proyecto de ley que establece que las disposiciones contempladas en el artículo 109 de la ley Nº 16.464 regirán para todos los trabajadores de las empresas periodísticas. Las observaciones del Ejecutivo, impresas en el boletín Nº 11.212-0, son las siguientes: Substitúyase, en el artículo único la frase: ...regirán para todos los trabajadores de las empresas periodísticas imponentes en el Departamento de Periodistas de la Caja... por la siguiente:... regirán para todos los trabajadores imponentes del Departamento de Periodistas de la Caja.... Agrégase el siguiente artículo nuevo: Artículo...-Intercálase como inciso 8º de la ley Nº 10.621, publicada en el Diario Oficial de 12 de diciembre de 1952, lo siguiente, pasando el actual inciso 3º a ser inciso 4º y final de dicha disposición. Tratándose de imponentes cuyas pensiones, al jubilar, oscilaren entre 6 y 8 sueldos vitales mensuales, el Consejo estará obligado a calificar las imposiciones efectuadas durante los últimos 5 años, observándose, en lo demás y si procediere, lo dispuesto en los incisos anteriores. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- En discusión la, primera observación. Ofrezco la palabra. Elseñor TEJEDA.- Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor TEJEDA.- Señor Presidente, el Ejecutivo ha observado este proyecto en atención a que podría interpretarse como retroactivo el beneficio que se otorga en el artículo único del proyecto de ley en discusión. Expresa la observación que la denominación que aparece en el artículo nuevo del proyecto de ley que dice:... regirán para todos los trabajadores de las empresas periodísticas imponentes en el Departamento de Periodistas de la Caja... es retroactivo, por lo cual el Gobierno estima que debe reemplazarse por otra que diga:... regirán para todos los trabajadores imponentes del Departamento de Periodistas.... No es lo mismo las empresas imponentes que los trabajadores imponentes, y como el espíritu de la Cámara, al despachar el proyecto fue no darle efecto retroactivo, como coincide también con el informe de la Comisión de Hacienda, que se emitió en su oportunidad, resulta completamente procedente acoger la primera observación hecha al artículo único. No sé si estarán en discusión las dos o solamente una. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Está en discusión la primera observación, señor Diputado. El señor TEJEDA.- De consiguiente, en esta primera observación estamos de acuerdo con el veto del Ejecutivo. Además, se podría plantear un problema de constitucionalidad con respecto a los beneficios previsionales si el proyecto inicial del Gobierno venía patrocinado sin efecto retroactivo y, ulteriormente, se le hubiera dado efecto retroactivo. Me parece que clarificar este asunto, en lugar de perjudicar, significa un beneficio para todos los trabajadores. Nada más. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra. El señor CERDA (don Eduardo).- Pido la palabra. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor CERDA (don Eduardo).- Señor Presidente, en relación con este proyecto, quiero manifestar que hace pocos días se celebró en Santiago un Congreso de los Consejos Nacional y Regional del Colegio de Periodistas en que se abocaron al estudio de esta materia. Dejaron constancia de su acuerdo, en una nota enviada al Congreso, que en este instante no tengo en mi poder, en que solicitan la aprobación del primer veto del Ejecutivo, el veto sustitutivo, y el rechazo del veto aditivo, porque les crea problemas al estatuir que sus pensiones serán determinadas en relación con el promedio de las imposiciones de los últimos cinco años, lo que, sin duda, con la inflación, les significa un deterioro muy grande, incluso tengo conocimiento de que han estado en conversaciones con el señor Subsecretario de Previsión Social, y que habría existido en principio, un acuerdo para haber retirado este veto que, con motivo de estar ya fuera de plazo, no se podía formular. Esta segunda parte no me consta por no haber llegado ningún oficio del Ejecutivo en este sentido. En todo caso, quiero dejar constancia de que el Colegio de Periodistas solícita el rechazo del veto aditivo. Eso es todo. El señor TUDELA.- Pido la palabra. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor TUDELA.- Señor Presidente,... El señor TEJEDA.- ¿En qué observación estamos? El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Estamos en la primera observación. El señor TUDELA.- ...era justamente para informar lo que ha expresado el colega señor Cerda. De tal manera que nosotros aprobamos la primera observación enviada por el Ejecutivo y tal como lo ha indicado el señor Cerda, rechazaremos el veto aditivo. Nada más, señor Presidente. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra. El señor KLEIN.- Pido la palabra. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor KLEIN.- Señor Presidente, recibí del Consejo Regional de Periodismo de mi zona la petición en el sentido de que el veto aditivo enviado por el Ejecutivo a este proyecto sea rechazado por nosotros, dada la injusticia en que se incurre. Por este motivo, los Diputados nacionales vamos a apoyar la observación sustitutiva y a rechazar la aditiva. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación la primera observación del Ejecutivo. Es una observación sustitutiva. Si le parece a la Cámara y no se pide votación, se aprobará la observación sustitutiva. Acordado. En discusión la segunda observación, que consiste en agregar un artículo nuevo, que dice: Artículo...- Intercálase como inciso tercero del artículo 8º de la ley Nº 10.621, publicada en el Diario Oficial de 12 de diciembre de 1952, lo siguiente, pasando el actual inciso tercero a ser inciso cuarto y final de dicha disposición: Tratándose de imponentes cuyas pensiones, al jubilar, oscilan entre 6 y 8 sueldos vitales mensuales, el Consejo estará obligado a calificar las imposiciones efectuadas durante los últimos 5 años, observándose, en lo demás y si procediere, lo dispuesto en los incisos anteriores. Esta es la última observación que queda pendiente. Ofrezco la palabra. El señor TEJEDA.- Pido la palabra. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Tejeda. El señor TEJEDA.- Señor Presidente, yo no he recibido la nota del Colegio Nacional o del Consejo Regional de Periodistas. Más adelante pediré que la den a conocer en detalle. Mientras tanto... El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Señor Tejeda, el Diputado señor Cerda le solicita una interrupción, para referirse a lo que ha hecho mención Su Señoría. El señor TEJEDA.- Muy bien. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Puede hacer uso de la interrupción el señor Cerda. El señor CERDA (don Eduardo).- Señor Presidente, la carta viene con fecha 28 de agosto de 1972 y dirigida al Diputado que habla, como Presidente en ejercicio de la Cámara, y en su parte pertinente puedo entregar la carta, para que después quede incluida en la versión indica que ellos solicitan el rechazo del veto aditivo y plantean que en reunión sostenida con el señor Subsecretario de Previsión Social, él sostuvo que el Ejecutivo no había tenido la intención de afectar en esta parte la previsión de los periodistas y que, en el hecho, con la disposición del veto, tampoco se afectaba. Sin embargo, del debate registrado en nuestra reunión de nivel nacional, como también de los informes rendidos por nuestros asesores jurídicos, hemos llegado a las siguientes conclusiones: a) El Consejo de la Caja dispone de un mecanismo de control para evitar abusos, pues actualmente tiene la opción de calificar todas las pensiones por otorgarse, si así lo desea. Esto se encuentra reconocido por el Ejecutivo y, en consecuencia, por este solo concepto no se justificaría el veto aditivo; b) En vigencia ya la ley, en el caso de ser acogida por el Congreso la observación del Ejecutivo, su aplicación debe hacerla el Consejo de la Caja conforme a su interpretación, sin poder enterarse a considerar la buena o mala fe, la buena o mala intención, toda vez que estos principios juegan principalmente en materia contractual. De ahí, entonces, que se pidiera al señor Subsecretario de Previsión que el Ejecutivo retirara el veto, a lo cual no accedió. No habiendo tenido éxito en esta gestión, la Reunión Nacional del Colegio de Periodistas acordó pedir a la H. Cámara de Diputados, por su digno intermedio, el rechazo de este segundo veto aditivo, como una manera de defender legítimos y elementales derechos adquiridos. Agradeciendo por anticipado la mediación del señor Presidente, que la estimamos fundamental, le saludan con los sentimientos de su más alta consideración. Carlos Sepúlveda Vergara, Presidente. Juan G. Bustos Arias, Secretario General del Colegio de Periodistas, Consejo Nacional. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Puede continuar el Diputado señor Tejeda. El señor TEJEDA.- Señor Presidente, agradecería al señor Cerda me hiciera llegar aquí el documento. Entre tanto, voy a explicar el fundamento del veto del Ejecutivo. El Ejecutivo dice que el Gobierno desea aprovechar esta ocasión, para modificar el artículo 8º de la ley Nº 10.621, que fijó el texto refundido de los preceptos legales que afectan a los periodistas, talleres de obras y fotograbadores, en el sentido de hacerlo más justo. En efecto, el artículo 8º ya citado establece que el Consejo de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas podrá objetar el sueldo que se atribuye a un empleado para cotización previsional, cuando estime que no guarda relación con los capitales de la Empresa o con los antecedentes del empleo y en los incisos siguientes del mismo artículo dispone que el Consejo fijará la suma que sirva de base para pagar los beneficios que corresponda al empleado y su familia, resolución que no podrá ser impugnada por la vía judicial. En conformidad con esta disposición el Consejo de la citada Caja podría cometer injusticias en atención a que al adoptar el acuerdo para fijar el sueldo del trabajador no cuenta con los antecedentes necesarios. Por tal motivo, el Gobierno estima que tratándose de imponentes cuyas pensiones, al jubilar, oscilen entre 6 y 8 sueldos vitales, dicho organismo debe calificar las imposiciones efectuadas en los últimos cinco años. De manera que me parece un poco contradictoria esta afirmación hecha por el señor Cerda basada en ese documento que no puedo conseguir que llegue a mis manos. El señor CERDA (don Eduardo).- Aquí lo tengo, colega. El señor TEJEDA.- Me interesaría verlo; porque creo que viene dirigido al Presidente de la Cámara y no al Diputado señor Cerda. El señor CERDA (don Eduardo).- Aquí lo tiene. El señor TEJEDA.- Me parece un poco contradictorio que el Gobierno, para hacer más justo el proyecto, proponga una solución y que, a la vez, el Consejo Nacional del Colegio de Periodistas en tienda que para hacerlo más justo habría que rechazar esta justicia que se les quiere hacer. No sé si habrá aquí algún experto en previsión que pudiera aclararnos este problema. Porque la verdad de las cosas es que nosotros queremos hacer lo que sea más justo para los trabajadores y, si el Gobierno estima que se facilita la solución del problema de estos trabajadores de la prensa con el veto nosotros estaríamos por aprobarlo. No hemos recibido ninguna información de que el Gobierno haya tenido el propósito de retirar el veto. Pensamos que, con alguna razón, se habrá hecho esta afirmación, porque no creemos tampoco que se pretenda hacer una afirmación gratuita. De tal manera que aquí nos encontramos entre personas que manifiestan que el Gobierno ha prometido el retiro del veto y resulta que ni el Congreso ha recibido el oficio respectivo ni, por lo menos los Diputados de Gobierno que estamos en estos momentos en la Sala, conocemos este propósito del Ejecutivo. En estas condiciones, pareciéndonos que el veto del Ejecutivo pretende y tiene como propósito hacer más justo este proyecto y haciendo fe en que lo que se persigue en él es un afán de justicia, votaremos favorablemente la observación del Ejecutivo. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra. El señor GUERRA.- Pido la palabra. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor GUERRA.- Señor Presidente, el veto aditivo del Gobierno intenta igualar el tope de las pensiones de jubilación de las leyes Nºs. 10.621 y 15.386, es decir, elevarlo de 6 a 8 sueldos vitales. Pero se comete aquí o se pretende cometer una abierta injusticia al establecerse que se basarían en el promedio de imposiciones de los últimos 5 años de los periodistas. Todos conocemos el proceso de inflación en el país; por lo tanto, resulta que en vez de que puedan obtener 5 ó 6 sueldos vitales, van a recibir 2 ó 2 y medio sueldos vitales. En consecuencia, estoy de acuerdo en que debe rechazarse el veto aditivo y en que, de una vez por todas, se adopte una medida igualitaria para todos, que las pensiones de jubilación se determinen en relación con el sueldo del último mes que reciba el funcionario, ya sea público o de institución autónoma. Algunas reparticiones ya tienen este derecho de jubilar con la última renta. Otros jubilan con el promedio de sueldo de los últimos 86 meses, como es el caso de los empleados públicos. En el caso de los empleados particulares, se comete la aberración de jubilar con la renta promedio de los últimos 5 años, Pero hay otras reparticiones en que, como digo, se jubila con el sueldo que ganaban al momento de retirarse. En consecuencia, este personal tiene privilegios y percibe una mayor cantidad. Entonces, señor Presidente, me parece que se crearía una situación bastante inconfortable e injusta a los periodistas al establecer su jubilación de acuerdo con un promedio de imposiciones de los últimos cinco años, dada la tremenda inflación que aqueja al país. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra. El señor TEJEDA.- Pido la palabra. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Tejeda, en su segundo discurso. El señor TEJEDA.- Señor Presidente, el Diputado señor Guerra, normalmente, ha tenido una posición de defensa de los derechos de los trabajadores. En realidad, las razones que ha dado nos hacen dudar, digamos, sobre qué es lo más justo para los periodistas. En este caso, vamos a seguir el viejo consejo del profesor: En la duda, abstente. Nos vamos a abstener, en homenaje a las observaciones del señor Guerra. El señor GUERRA.- Muchas gracias. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cenado el debate. En votación la observación aditiva. Efectuada la votación en forma económica, no hubo quorum. El señor GUERRERO, don Raúl (Secretario).- Han votado solamente 24 señores Diputados. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Se va a repetir la votación. Repelida la votación en forma económica, no hubo quorum. El señor GUERRERO, don Raúl (Secretario).- Han votado solamente 26 señores Diputados. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Se va a repetir la votación por el sistema de pie y sentados. Durante la votación: El señor AYLWIN (don Andrés).- ¿No puede suspender la sesión, señor Presidente? Repetida la votación en forma económica,, por el sistema de pie y sentados, no hubo quorum. El señor GUERRERO, don Raúl (Secretario).- Han votado solamente 26 señores Diputados. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Se va a llamar a los señores Diputados hasta por dos minutos. Transcurrido el tiempo reglamentario. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Corresponde votación nominal. El señor Secretario la tomará. Efectuada la votación en forma nominal, dio el siguiente resultado: por la negativa, 40 votos. Hubo 7 abstenciones. Votaron por la negativa los siguientes señores Diputados: Acevedo; Alamos; Amunátegui; Aylwin; Barahona; Barrionuevo; Basso; Campos; Cardemil; Cerda; Frei, don Arturo; Frías; Fuentes, don César Raúl; Guerra; Iglesias; Klein; Koenig; Laemmermann; Lorca; Lorenzini; Mercado; Muñoz Barra; Páez; Palza; Penna; Pérez; Ramírez, don Gustavo; Retamal, doña Blanca; Ríos, don Mario; Rodríguez; Saavedra, doña Wilna; Salinas, don Anatolio; Scarella; Schleyer; Tagle; Tapia; Tudela; Valdés; Vega y Vergara. Se abstuvieron de votar los siguientes señores Diputados: Andrade; Cabello; Cantero; Guastavino; Irribarra; Tavolari y Tejeda. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- Rechazada la observación del Ejecutivo. Terminada la discusión del proyecto. Despachado el proyecto. 6.- AUTORIZACIÓN PARA INVERTIR DETERMINADA SUMA CON MOTIVO DEL BICENTENARIO DE LA COMUNA DE PELARCO (TALCA) El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- Corresponde tratar, a continuación, el proyecto de origen en una moción, que autoriza al Presidente de la República para invertir la suma que indica con motivo del bicentenario de la comuna de Pelarco. Diputado informante de la Comisión de Gobierno Interior es el señor Ríos, don Héctor; y de la de Hacienda, el señor Iglesias. El proyecto, impreso en el boletín Nº 1.099-71-2, es el siguiente: Artículo 1º.- Autorízase al Presidente de la República, para invertir hasta la cantidad de Eº 3.000.000, con motivo del Bicentenario de la Comuna de Pelarco. El gasto que demande la inversión del inciso precedente, se imputará al 70% del remanente que se produzca en la Cuenta especial F-48 de Impuestos Internos. Artículo 2º.- La Municipalidad de Pelarco, en sesión extraordinaria especialmente citada, con acuerdo de los dos tercios de los Regidores en ejercicio aprobará un plan extraordinario de obras de adelanto local que se financiará con los recursos que le otorga el artículo 1º. Artículo 3º.- Los fondos que destina el citado artículo 1° de esta ley, serán puestos a la disposición de la respectiva Municipalidad de Pelarco, la que llevará una cuenta especial en el Banco del Estado de Chile y una constancia detallada de su inversión. Los fondos que se depositen en la referida Cuenta Especial, no pasarán a rentas generales de la Nación, al término del ejercicio presupuestario de cada año, debiendo invertirse íntegramente en el objeto indicado y una vez cumplido éste, en los fines que acuerde la Municipalidad por los dos tercios de sus miembros. Artículo 4º.- La Municipalidad no podrá, en caso alguno, invertir todo o parte de sus fondos que destina esta ley, en gastos propios de su presupuesto ordinario. Artículo 5º.- Reemplázase la letra c) del inciso 2º del artículo Nº 14 de la ley Nº 16.723, por las siguientes: c) Municipalidad de Sagrada Familia, 4%, d) Municipalidad de Molina 4%, e) Municipalidad de Río Claro, 2%. La letra d) actual pasa a ser letra f) sin modificaciones. Artículo 6º.- Los fondos que correspondan a las Municipalidades de Sagrada Familia, Molina y Río Claro, en conformidad al artículo anterior, serán depositados en cuentas especiales a nombre de las respectivas Municipalidades y los saldos existentes en ellas, al término del año presupuestario no pasarán a rentas generales de la Nación, debiendo invertirse íntegramente en el plan de obras que acuerde cada Municipalidad, debiendo la Municipalidad de Río Claro, destinarlo preferentemente a dotar de servicios de agua potable y alcantarillado a los pueblos de Cumpeo y Camarico. Artículo 7º.- Reemplázase, a contar del 30 de junio de 1973, el inciso 2º del artículo 5º de la ley Nº 16.591 por el siguiente: Asimismo, la Municipalidad de Talca, destinará un 5% a la Municipalidad de San Clemente, para que ésta aporte su producto a la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales, para la construcción del Liceo de San Clemente. Artículo 8°.- Reemplázase el artículo 4º de la ley Nº 12.760, modificado por las leyes Nºs. 14.579 y 17.199, los incisos 2º y 3º por los siguientes: Establécese un impuesto especial de un 10% sobre el valor de las entradas a cines, teatros y en general, a las de cualquier espectáculo público que se efectúe en la provincia de Talca. El producto del impuesto referido en el inciso anterior, se depositará en una cuenta especial, a nombre de la Municipalidad de Talca, la que lo distribuirá de la siguiente manera: a) Un 50% para el Cuerpo de Bomberos de Talca; b) Un 10% para la construcción de la sede social del Club Deportivo Abate Molina de Talca; c) Un 10% para construir la sede social del Club Deportivo Saca Chispas de Talca; d) Un 10% para la Asociación de Pequeños Industriales y Artesanos de Talca, para pagar su sede social; e) Un 10% para la Cooperativa de Ahorro Presidente Balmaceda Ltda. de Talca, para adquirir o construir su sede social; f) Un 5% para la Federación Comunal de Asentamientos de Pelarco, para financiar sus gastos administrativos; g) Un 5% para el Centro Artístico Cultural Holanda del Barrio Oriente de Talca. Los saldos que se produjeren en esta Cuenta al término del ejercicio presupuestario, no pasarán a rentas generales de la Nación, debiendo beneficiar exclusivamente en los porcentajes señalados a las instituciones indicadas en el inciso anterior. Ei señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- Si les parece a los señores Diputados, se votará el proyecto sin discusión. El señor CABELLO.- ¿Me permite, señor Presidente? El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra el señor Cabello. Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- Si les parece a los señores Diputados, se votará en general el proyecto sin discusión. El señor RODRÍGUEZ.- Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- No hay acuerdo. El señor Rodríguez pide la palabra. Tiene la palabra Su Señoría. El señor RODRÍGUEZ.- Señor Presidente, sólo para aclarar que el artículo 7º contiene una disposición que pretende reemplazar el financiamiento que actualmente tiene un departamento de la provincia de Talca. Yo he recibido instrucciones precisas de la Municipalidad de Curepto, que está compuesta por democratacristianos y radicales, especialmente, para no aceptar esta disposición. Se pretende reemplazar ese financiamiento con un nuevo ingreso que se entregaría a esta importante Municipalidad. Pero la verdad de las cosas, aunque es muy plausible el objetivo que se persigue con el artículo 1°, cual es otorgar fondos para construir un establecimiento educacional en la comuna de San Clemente, es que no puede quitarse el financiamiento a otra comuna. Por tal razón, vamos a aprobar el proyecto, absteniéndonos en el artículo 7°. El señor CABELLO.- Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra el señor Cabello. El señor CABELLO.- Señor Presidente, como uno de los autores de este proyecto, sólo quiero reafirmar más bien los conceptos referentes a por qué lo hemos presentado. Dentro de nuestra provincia, las nueve comunas que existen siempre han tenido problemas en el aspecto financiero rara ejecutar algunas obras públicas. Es como en una de las oportunidades anteriores, el Supremo Gobierno entregó financiamiento, especialmente a la Municipalidad de Curepto, con motivo de la petición que hicieran el Diputado Ramírez y el que habla. Esa petición tuvo la aceptación del Ministerio de Hacienda, incluso el Ministro don Pascual Barraza estuvo allá, y el aporte de fondos se hizo a la brevedad. Ya la Municipalidad está llevando a cabo convenios, a través de Obras Públicas y de otras reparticiones, que van a permitir que ellos puedan salir del atraso en que estaban. Nosotros también hemos pensado que en Pelarco, Río Claro. Sagrada Familia y en todas aquellas comunas que tienen una infinidad de financiamiento, cuyo total no entregan para llegar a un completo ordenamiento, haya un sentido de complementación para poder dar así a este tipo de obras públicas una solución. En este caso, incluso, se encuentra algo que me ha preocupado permanentemente: el hospital de niños de Talca. Fue aprobado en esta Cámara con un financiamiento similar y todavía está pendiente. Aun cuando dos veces la Cámara ha pedido, por oficio, al Senado que se trate, ello no ha sido posible. Entonces, en las mismas condiciones, también iría en este reordenamiento el hospital de niños. En cuanto a algunas obras públicas de Curepto, respecto de las cuales se hubiese manifestado que nosotros íbamos a retirar algunos fondos, es indiscutible que hay un error de información, porque el financiamiento que ahora se entrega es superior y va a dar mayor posibilidad a Curepto; pero va a posibilitar también un plan para recintos escolares en la zona de San Clemente y lo mismo en lo hospitalario. Por lo demás, estamos haciendo lo que la propia población desea. Hemos ido a infinidad de cabildos y reuniones, en los que se han hecho los planteamientos que traemos acá. Por ello, este reordenamiento en el que se aplica un impuesto al kilowatt a la producción no va a incidir en un proceso en el que vaya a haber una gran modificación inflacionaria. Así se consideró, incluso, en la Comisión de Hacienda del Senado, donde se planteó esto por los mismos ejecutivos de ENDESA. Por esta razón le vamos a dar nuestro apoyo al proyecto. Por supuesto que, posteriormente, conversaremos con el Ejecutivo para así reordenar, en beneficio de nuestra provincia, este plan de obras públicas que hemos enumerado. Es indiscutible que hay varios impuestos que ya cumplieron su objetivo, como es el 10% a los espectáculos públicos. Lo que hacemos en este proyecto es reordenar los planes para entregar recursos a instituciones que bien se lo merecen en nuestra zona. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- Ofrezco la palabra. El señor RAMÍREZ (don Gustavo).- Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra el señor Ramírez. El señor RAMÍREZ (don Gustavo).- Señor Presidente, sólo para decir que vamos a apoyar el proyecto tal como está, responsabilizándonos, naturalmente, de los planteamientos que hemos hecho. Con el objeto de que se despache el resto de los proyectos, no voy a intervenir mayormente, pero pido a la Sala que aprobemos éste. Con posterioridad habrá posibilidades de corregirlo si tuviera algunos errores. Gracias. El señor RODRÍGUEZ.- Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra el señor Rodríguez. El señor RODRÍGUEZ.- Señor Presidente, muy breve. Parece que se desprendiera de las palabras de mi colega Cabello que me abstendría de votar la parte que daría más ingresos a Curepto. Por el contrario, sólo me abstendré en aquella disposición que le restaría ingresos de la ley del fósforo, que es el recurso más seguro que tiene en estos momentos ese departamento. Por lo tanto, esa es nuestra posición clara y definitiva. Respecto al resto del proyecto, lo vamos a aprobar en toda su extensión. De tal manera que pido división de la votación, para este solo efecto, dejando fuera el artículo 7º. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- Entiendo que el señor Rodríguez propone suprimir el artículo 7º. El señor RODRÍGUEZ.- No; me voy a abstener. Sólo pido división de la votación. El señor TEJEDA.- Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra el señor Tejeda. El señor TEJEDA.- Señor Presidente, el señor Rodríguez habló con voz tan baja, que no alcanzamos a percibir lo que pedía. Parece que acepta parte de... El señor SCARELLA.- Es que no todos tenemos el oído suyo. Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- Señor Diputado, la Mesa es bien clara en esto: si el artículo no ha sido objeto de indicación, no procede la división de la votación. El señor TEJEDA.- Pero entiendo que todavía estamos en la discusión del proyecto. Por eso, estaba preguntando cuál era la parte del proyecto que acepta el señor Rodríguez y cuál no. Que por lo menos el señor Cabello nos explicara esto. El señor KLEIN.- No se quiere aprobar... El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- Señor Tejeda, le ruego evitar los diálogos. El señor TEJEDA.- Concedo una interrupción al señor Ramírez. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- Con la venia del señor Tejeda, puede usar de la palabra el señor Ramírez. El señor RAMÍREZ (don Gustavo).- Señor Presidente, se trata de lo siguiente. El señor Rodríguez pretende suprimir el artículo 7º del proyecto. Es lo único que no apopa; el resto lo apoya completamente. Sólo se va a abstener en este artículo, cosa que es lícito que haga, aunque creemos que está en un error, pero respetamos su opinión; el resto lo vota tal como está. Se trata del artículo 7º, en que el señor Rodríguez se va a abstener de votar, y punto. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- Puede continuar el señor Tejeda. El señor GUASTAVINO.- No quedó claro. El señor TEJEDA.- En realidad, nosotros no entendemos claramente lo que propone el señor Rodríguez. No vemos cuál es la diferencia, y estoy dispuesto a darle una interrupción, porque queremos votar en conciencia y saber de qué se trata. Concedo una interrupción al señor Rodríguez. El señor KLEIN.- En la duda, abstente. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- La Mesa entiende que lo que el señor Rodríguez ha solicitado es dividir la votación en el artículo 7º, y como lo ha hecho llegar por escrito, ahora procede. El señor TEJEDA.- Entiendo que el señor Rodríguez me ha solicitado una interrupción. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- ¿Solicita una interrupción al señor Tejeda, señor Rodríguez? El señor RODRÍGUEZ.- Sí, señor Presidente. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- Con la venia del señor Tejeda, tiene la palabra el señor Rodríguez. El señor RODRÍGUEZ.- Señor Presidente, la posición que he tratado de exponer al hemiciclo consiste en que me voy a abstener en lo que contempla el artículo 7º, dado que elimina un ingreso que tiene en este momento el departamento de Curepto, que financia una serie de obras y, especialmente, la construcción de la segunda fase del Liceo. Esto, con motivo de una petición, a través de una tarjeta, que nos ha llegado a todos los parlamentarios que representamos a la provincia. No queremos entrar a discutir si hay mayores ingresos en una disposición que pretende reemplazarse con un posible impuesto a kilowatt. Este es el problema y lo voy a aprobar, porque todos los ingresos para Curepto son pocos. De tal manera que en esta disposición, que quita recursos, me voy a abstener. Nada más. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- Puede continuar el señor Tejeda. El señor TEJEDA.- Señor Presidente, aclarado ligeramente este asunto, queremos expresar que vamos a votar favorablemente este proyecto que lleva la firma de nuestro colega Cabello. No podría ser de otra manera, porque él ha representado siempre brillantemente a su departamento... a su provincia. En este caso, me refiero específicamente a Pelarco. De tal manera que vamos a votar con el señor Cabello. Risas. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate Si le parece a la Sala, se aprobara en general el proyecto. Aprobado. Reglamentariamente, quedan aprobados los artículos 3º, 4º, 5º, 6º y 8º del proyecto. En votación el artículo 1º, con la indicación de Hacienda. El señor RODRÍGUEZ.- Todos los artículos, menos el 7º. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- Si le parece a la Sala y no se pide votación... El señor SCARELLA.- Con mi abstención. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- En votación. Si se parece a la Cámara, se aprobará. Aprobado. En votación el artículo 2º, con la indicación de Hacienda. Si le parece a la Cámara y no se pide votación, se aprobará. El señor GUASTAVINO.- Votación. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- En votación. Efectúatela la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 40 votos. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- Aprobado el artículo 2º, con la indicación de Hacienda. En votación el artículo 7º propuesto por la Comisión de Gobierno Interior. Efectuada la, votación en forma económica, no hubo quorum. El señor GUERRERO, don Raúl (Secretario).- Han votado solamente 28 señores Diputados. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- No hay quorum. Se va a reptir la votación. Ruego a los señores Diputados no abstenerse. Repetida la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 33 votos. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- Aprobado el artículo 7º. Terminada la discusión. Despachado el proyecto. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- Solicito el asentimiento unánime de la Sala para despachar de inmediato, sin debate, el proyecto que autoriza al Presidente de la República para transferir, a título gratuito, al Club de Tiro de Melipilla los terrenos que indica. Se me informa que ya hubo acuerdo en una sesión anterior, en la que posteriormente no hubo quorum. Un señor DIPUTADO.- ¿Cuál? El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- El que transfiere al Club de Tiro de Melipilla los terrenos que indica. Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- Lo solicito, porque está fuera de tabla y me lo han pedido. Hablan vanos señores Diputados a la vez. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- Si le parece a la Sala, se acordará despacharlo de inmediato, sin debate. Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- ¿Se opone el señor Gustavino? El señor GUASTAVINO.- Están los empleados... El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- No hay acuerdo, señores Diputados. 7.- MODIFICACIÓN DE LA JORNADA DE LOS TRABAJADORES DEL COMERCIO DE VIÑA DEL MAR. SEGUNDO TRAMITE CONSTITUCIONAL El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- Corresponde tratar, a continuación, el proyecto del Senado que modifica la jornada de los trabajadores del comercio de Viña del Mar. Diputado informante de la Comisión de Gobierno Interior es el señor Andrade. El proyecto, impreso en el boletín Nº .1094-72-2, es el siguiente: Artículo único.- Agrégase al artículo 32 de la ley Nº 17.365 el siguiente inciso final: Sin perjuicio de lo anterior, en la ciudad de Viña del Mar y en aquéllas de la provincia de Valparaíso que acuerde el respectivo Municipio, la jornada de los trabajadores del comercio se distribuirá de la siguiente manera: cuatro horas en la tarde de los días lunes y ocho horas diarias de martes a sábado, ambos inclusive. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- Me permito hacer presente que la Comisión acordó rechazar en general la idea de legislar sobre esta materia. El señor ANDRADE.- Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- Tiene la palabra el señor Andrade. El señor ANDRADE.- Señor Presidente, la Comisión de Gobierno Interior analizó detenidamente este proyecto, proveniente del Senado, que tiende a modificar la jornada de trabajo de los empleados de comercio de la comuna de Viña del Mar. De acuerdo con el artículo 32 de la ley 17.365, la jornada de trabajo de los empleados del comercio de Viña del Mar sufrió una modificación consistente en que ellos... El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).- ¿Me permite, señor Diputado? Ha llegado la hora de término de la sesión. Se levanta. Se levantó la sesión a las 22 horas. Roberto Guerrero Guerrero, Jefe de la Redacción de Sesiones.