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Nº 2401.-Santiago, 21 de septiembre de 1972.
Con fecha 6 de septiembre de 1972, mediante oficio Nº 1.979, el señor Presidente ha comunicado al Ejecutivo el proyecto de ley aprobado por el Congreso Nacional que agrega un inciso nuevo al artículo. 34 de la Ley de Rentas Municipales, estableciendo el pago de patente cada cinco años para las bicicletas, triciclos, coches de dos ejes con llanta de goma, carretelas de un eje con llantas de fierro, carretas y carros de mano.
En uso de las facultades que me confiere el artículo 53 de la Constitución Política del Estado, cúmpleme devolver a Ud. el citado proyecto en razón de que los usuarios de los vehículos que están afectos al pago de esta patente son los trabajadores de menores ingresos, situación que en concepto del Ejecutivo hace aconsejable eliminar el mencionado gravamen, el que, por otra parte, representa en beneficio de las Municipalidades y del Fisco un aporte de muy escasa significación.
Consecuente con lo expresado, en el proyecto de ley sobre Rentas Municipales, en actual elaboración, se ha optado por la supresión del pago de patentes a los mencionados vehículos, teniendo en especial consideración los fundamentos señalados, situación que, por lo demás, ha contado con la aprobación de la Comisión encargada del estudio del citado proyecto en la cual han tenido destacada participación ios representantes de los trabajadores municipales.
Con el mérito de lo expresado, vengo en vetar el proyecto de ley aprobado por el Congreso Nacional.
Saluda atentamente a Ud.
(Fdo.) : Salvador Allende Gossens. - Orlando Millas Correa.
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