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- rdf:value = " 8.-OFICIO DE SU EXCELENCIA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
Nº 2761.- Santiago, 24 de octubre de 1972.
Con oficio Nº 2249, de 21 de septiembre de 1972, remitido al Ejecutivo con fecha 26 de dicho mes, el señor Presidente se sirvió comunicarme el proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional, sobre modificación del artículo 100 de la Ley Nº 17.654.
En uso de la facultad que me otorga el artículo 53º de la Constitución Política del Estado, vengo en observar dicho proyecto, el que no cuenta con mi aprobación.
El artículo 100 de la Ley Nº 17.654 destina el producto de los impuestos que debe pagar la Compañía de Aceros del Pacífico, durante el año 1972, con la excepción que expresa, al financiamiento de la Ley de reajuste de 1972, de modo que la enmienda que se pretende introducirle resta recursos a dicha ley, sin que ellos sean sustituidos por otros ingresos.
El Ejecutivo sostuvo durante la discusión del proyecto que dio origen a la Ley Nº 17.654 que al financiamiento aprobado por el Congreso era insuficiente y, si ahora, además, se resta parte del financiamiento aprobado, se agrava la falta de recursos para cumplir con el reajuste concedido por dicha ley.
Por las consideraciones expuestas devuelvo a Ud. el proyecto en referencia con mi total desaprobación.
Saluda atentamente a Ud.
(Fdo.): Salvador Allende G.- Orlando Millas C.
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