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Nº 898.- Santiago, 25 de octubre de 1972.
La Honorable Cámara de Diputados, por oficio Nº 2226, de 21 de septiembre pasado, remitido con fecha 25 del mismo mes, se ha servido comunicarme que el Honorable Congreso Nacional ha dado su aprobación a un Proyecto de Ley, que destina a beneficio de la comuna de Curacaví el 5% del total de la recaudación del peaje Lo Prado, de la provincia de Santiago, para ser destinado por la Dirección de Vialidad en la pavimentación de varios caminos de esa comuna.
Al respecto, el Supremo Gobierno debe hacer presente a V. E. que desaprueba dicho proyecto de ley, por estimar que el costo aproximado de la pavimentación de esos caminos es tan superior al porcentaje que se recaude, que se necesitarían más de 150 años para completar el financiamiento adecuado. Además, cabe agregar que el proyecto de ley en análisis alteraría los planes normales de ejecución.
Por las consideraciones expuestas, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 53 de la Constitución Política del Estado, desaprueba el Supremo Gobierno el proyecto de ley mencionado, y lo devuelve a esa Honorable Corporación.
Saluda a V. E., atentamente.
(Fdo.): Salvador Allende G.- Pascual Barraza B.
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