32.-MOCION DEL SEÑOR JARAMILLO. Honorable Cámara: La Municipalidad de Pinto, provincia de Ñuble, está interesada en explotar turísticamente el sector de Valle Hermoso, en forma más exacta el lugar denominado Baños Los Peucos, en donde existen aguas termales, además de un paisaje maravilloso. La entidad edilicia, una de las más pobres del país, ha hecho los estudios correspondientes y tiene un especial interés en ese sector cordillerano. Dicho predio está inscrito en favor del Fisco. Por Decreto Supremo N9 1243 del 26 de junio de 1965 concedido, en uso gratuito por 10 años, renovables, a la Universidad de Concepción, para el desarrollo de técnicas de empastadas y explotación de los suelos, tendientes a lograr un mejor aprovechamiento de los talajes de temporada. La cesión del terreno en referencia, no perjudica en nada a la Universidad de Concepción, debido a la vasta superficie de que dispone esa Institución Universitaria para sus programas. En todo caso es necesario hacer una modificación al Decreto Supremo N° 1243, con el sentido de conceder a la Municipalidad de Pinto, Departamento de Chillan, Provincia de Ñuble, el uso gratuito indefinido exclusivamente de los Baños Los Peucos y determinado sector adyacente, con el objeto de aprovechar sus aguas termales como asimismo, de crear una zona turística ideal para tantos campesinos modestos y pequeños propietarios ajenos a toda fuente de salud. Por estas razones, me permito someter a la consideración del Honorable Congreso el siguiente: Proyecto de ley Artículo 1°.- El Ministerio de Tierras y Colonización concederá a la Municipalidad de Pinto el uso gratuito indefinido del predio denominado Baños Los Peucos, ubicado en el sector Valle Hermoso, en los límites de los departamentos de Yufigay y Chillán, Provincia de Ñuble, y los terrenos adyacentes que esa Secretaría de Estado determine. Para estos efectos, modifícase el Decreto Supremo N° 1243 del 26 de junio de 1965. Artículo 2°.- El Ministerio de Obras Públicas dispondrá en sus presupuestos anuales las sumas necesarias para la apertura, arreglo y terminación del camino hasta el sector indicado en el artículo anterior. (Fdo.): Alberto Jaramillo Bórquez.