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El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
El señor TEJEDA.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Tejeda.
El señor TEJEDA.-
Señor Presidente, las reformas que se pretenden introducir al Código del Trabajo son absolutamente necesarias y tienen por objeto, como lo hizo ver el señor Diputado informante, en especial, hacer justicia rápida y eficaz en todos los juicios.
En Santiago se crean cinco Juzgados del Trabajo, o sea, se duplica el número de los que hay, y como a la vez a los Secretarios se les da la facultad de jueces tramitadores, en la práctica habrá veinte jueces del Trabajo en Santiago, lo que significa un progreso evidente y el propósito de hacer justicia real en una materia tan delicada como son los problemas laborales.
Tengo entendido que el proyecto, en general, va a ser aprobado por unanimidad, puesto que se trata de reformas muy necesarias y reclamadas con mucha urgencia. En la Comisión no hubo discrepancias en aprobarlo. Intervino por el Partido Nacional el DiputadoMaturana, quien prácticamente estuvo de acuerdo con todas las modificaciones que aquí se proponen. No hubo acuerdo en la Comisión para quitarle a la Corte Suprema la facultad de conocer de las quejas. Estimaron los, parlamentarios que la disposición respectiva era inconstitucional, opinión que nosotros no compartimos, porque el anular juicios por la vía de la queja es una cuestión que emana de una interpretación abusiva de disposiciones del Código Orgánico de Tribunales. Es posible que más adelanté pueda corregirse esta falta que se cometió al rechazarse en la Comisión el quitarle a la Corte Suprema la facultad de enmendar, por la vía de la queja, lo resuelto por los jueces del Trabajo.
Es de mucha importancia una de las disposiciones de este artículo, que prácticamente entrega a los jueces especializados del Trabajo el fallo de todas las causas, incluso de aquellos departamentos donde en la actualidad no hay jueces del Trabajo. En esos departamentos se va a proceder de una manera sumamente sencilla. El juez letrado va a tramitar las causas, pero el fallo, que tiene que hacerse con este espíritu bastante avanzado, en materia social, de las leyes del Trabajo, siempre va a quedar entregado al juez del Trabajo de la cabecera de provincia. Esto me parece que es una de las cosas más importantes que contiene esta reforma. En general, se trata de agilizar los procedimientos y hacer real la justicia del Trabajo.
Por esta razón, nosotros, tal como lo sostuvimos en la Comisión, vamos a dar nuestro acuerdo para que se apruebe este proyecto, en general y en particular, en la sesión de hoy.
Nada más, señor Presidente.
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