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A continuación, corresponde tratar las modificaciones introducidas por el Honorable Senado al proyecto de ley aprobado por la Cámara que aplica a la Junta de Adelanto de Arica disposiciones sobre escrituras y documentos para el otorgamiento de títulos, que los artículos 52 y 61 de la ley Nº 16.391 establecen para el Ministerio de la Vivienda.
Boletín Nº 63371S.
Las modificaciones del Senado son las siguientes:
Artículo único.
Ha pasado a ser artículo 1º.
Ha agregado el siguiente inciso final, nuevo:
"Lo dispuesto en este artículo se aplicará también a los actos y contratos que, con los objetivos señalados, celebren la Corporación de Magallanes y los Institutos CORFO Chiloé y Aisén".
A continuación, ha incluido el siguiente artículo nuevo, signado con el número 2º:
"Artículo 2º.- Dentro del plazo de un año, contado desde la publicación de esta ley, la Corporación de Servicios Habitacionales otorgará título definitivo de dominio a los actuales ocupantes de las viviendas edificadas mediante el sistema de autoconstrucción.
El precio de estas viviendas será igual al valor de su costo de construcción y se pagará en un plazo no inferior a veinte años, con el interés legal y sin reauste de ninguna especie.
Respecto de las viviendas ubicadas en las provincias de Chiloé, Aisén y Magallanes, el otorgamiento del título definitivo de dominio deberá efectuarse dentro del plazo de ciento veinte días, contado desde la vigencia de esta ley."
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
El señor Secretario le va a dar lectura.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
En el artículo único, que ha pasado a ser artículo 1º, el Senado ha consultado el siguiente inciso final nuevo: "Lo dispuesto en este artículo se aplicará también a los actos y contratos que, con los objetivos señalados, celebren la Corporación de Magallanes y los Institutos CORFO Chiloé y Aisén"..
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra sobre las modificaciones al artículo único.
El señor GUERRA.-
Pido la palabra.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Guerra, don Bernardino.
El señor GUERRA.-
Señor Presidente, yo había solicitado la palabra al iniciarse esta sesión, con el fin de pedir que se despachara rápidamente este proyecto de ley que tiende a beneficiar a muchas personas que han adquirido viviendas por intermedio de la Junta de Adelanto de Arica.
Este beneficio se concreta en que el referido organismo les pueda extender rápidamente sus escrituras. En consecuencia, con esto se pueden abreviar los tres o cuatro meses que demoran en tramitarse estas operaciones en las notarías. El Senado le ha hecho una pequeña modificación para aplicar este mismo criterio a las viviendas ubicadas en las provincias de Magallanes, Chiloé y Aisén.
Pido en consecuencia, que este proyecto sea despachado cuanto antes.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación la modificación del Senado que agrega un inciso final al artículo 1º.
Si le parece a la Sala, se dará por aprobada.
Aprobada.
A continuación, el Senado ha agregado un artículo nuevo, signado con el número 2.
El señor Secretario le dará lectura.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
Dice así: "Dentro del plazo de un año, contado desde la publicación de esta ley, la Corporación de Servicios Habitacionales otorgará títulos definitivos de dominio a los actuales ocupantes de viviendas edificadas mediante el sistema de autoconstrucción.
El precio de estas viviendas será igual al valor de su costo de construcción y se pagará en un plazo no inferior a 20 años, con el interés legal y sin reajuste de ninguna especie."
"Respecto de las viviendas ubicadas en las provincias de Chiloé, Aisén y Magallanes, el otorgamiento del tituló definitivo de dominio deberá efectuarse dentro del plazo de 120 días, contado desde la vigencia de esta ley."
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
El señor GUERRA.-
Pido la palabra.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor GUERRA.-
Señor Presidente, el Senado ha puesto en concordancia este proyecto de ley con aquel que nosotros despachamos hace unas semanas, en el sentido de que los dividendos adeudados no tengan reajustabilidad. Como estas viviendas son construidas, por lo general, con menos de 100 metros cuadrados, va a quedar esta disposición muy similar a la que nosotros despachamos semanas atrás.
Nada más, señor Presidente.
El señor MONARES.-
Pido la palabra.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor MONARES.-
Señor Presidente, el Senado ha agregado a este proyecto de ley un artículo 2º, mediante el cual establece la obligación de la Corporación de Servicios Habitacionales de otorgar título definitivo de dominio a los actuales ocupantes de viviendas edificadas mediante el sistema de autoconstrucción. Y ha agregado también en los incisos siguientes lo que ha mencionado nuestra colega señor Guerra, en el sentido de precisar las condiciones en las cuales se va. a hacer esta venta, señalando, expresamente, que en todo caso, el precio de venta no estará sujeto a reajuste.
La verdad de las cosas es que el Ministerio de la Vivienda perfectamente podría otorgar títulos de dominio a los ocupantes de viviendas edificadas por el sistema de autoconstrucción. Sin embargo, de hecho, se ha presentado una situación que ha creado honda preocupación y que ha traído intranquilidad en miles y miles de chilenos que se han acogido a este sistema. Me refiero al anuncio reiterado, que se ha hecho en diversas ocasiones, de que la nueva política del Ministerio de la Vivienda, en esta materia, es suprimir el sistema de autoconstrucción. Como el sistema se suprime y no se han otorgado los títulos de dominio, algunos sectores han pensado que el Gobierno tendría el propósito o el interés, también, de buscar algún medio que en definitiva significare terminar con las viviendas actualmente ocupadas; trasladando a los ocupantes de poblaciones que se han construido, con este sistema. Como es fácil comprender, esto crearía un problema de profundas repercusiones en estos sectores.
Por esa razón, los integrantes de varios grupos habitacionales acogidos a este sistema, han querido contar con una disposición que les asegure las viviendas que ellos actualmente ocupan, que han sido fruto de su trabajo, que han contribuido a su edificación y han financiado en su mayor parte.
Por este motivo, también nosotros vamos a concurrir con nuestros votos favorables a esta disposición, más que todo para llevar tranquilidad a estos sectores.
Queremos señalar, que al mismo tiempo que se ha indicado por el Gobierno que se termina el sistema de autoconstrucción, no hay ningún indicio en el sentido de que se pretendan quitar las viviendas entregadas por este sistema. Pero nos parace que una disposición de esta naturaleza, innecesaria desde el punto de vista legal, es absolutamente conveniente para llevar tranquilidad a los pobladores.
Por este motivo, vamos a concurrir con nuestros votos a la aprobación de esta disposición, con el propósito de que quede definitivamente consolidado este sistema y los que fueron favorecidos por la política que aplicó el anterior Gobierno obtengan, en definitiva, sus títulos de dominio.
Nada más, señor Presidente.
El señor AGUILERA.-
Pido la palabra.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor AGUILERA.-
Señor Presidente, los Diputados socialistas vamos a contribuir con nuestros votos a la aprobación de la modificación del Senado, por la cual se ha agregado el artículo 2º, nuevo, que señala que "Dentro del plazo de un año, contado desde la publicación de esta ley, la Corporación de Servicios Habitacionales otorgará título definitivo de dominio a los actuales ocupantes de las viviendas edificadas mediante el sistema de autoconstrucción".
Con respecto a esto, el colega señor Mollares no puede dudar de que el Gobierno actual otorgará títulos de dominio definitivos, por cuanto nosotros colaboramos en la dictación de la ley Nº 16.391, que creó
el Ministerio de la Vivienda. Debe recordar que quedó incompleta y que, posteriormente hubo que corregir varias anomalías, porque muchas facultades no pudieron cumplirse por no ser resolutivas ni imperativas.
Además, en lo que respecta a esta situación, en las provincias de Tarapacá, Antofagasta, Atacama y Coquimbo la mayor parte de la tierra es fiscal y miles de pobladores, miles, han construido sus casas sin ayuda de nadie. Esta gente construyó sus casas hace 15 años y hasta este instante no ha recibido los títulos de dominio; pero he tenido conocimiento de que en Antofagasta ya se han entregado más de dos mil en los últimos cinco meses.
Cuando así se están entregando los títulos de dominio, yo creo que no cabe la duda del colega señor Monares.
Además, el Gobierno ha suspendido la operación sitio, ha suspendido la autoconstrucción, porque su política es construir una casa definitiva, una casa sólida. Incluso, ha ido más lejos: ha anunciado que esas casas deben contar, por lo menos, con algunos muebles y cocina a gas licuado. Asimismo, ha eliminado la reajustabilidad y ha señalado que los favorecidos con las nuevas viviendas, que entregará el Gobierno popular a través de la CORVI y de las cajas de previsión, no tendrán que cancelar más allá del 10% de la entrada familiar.
Cuando así se están corrigiendo estas cosas, yo creo que no hay razón para decir que se va a aprobar este artículo para completar y regularizar la entrega de títulos de dominio. Si nosotros contribuiremos responsablemente, a aprobar esta indicación, es porque se van a regularizar los títulos de dominio.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
La señora ALLENDE.-
Pido la palabra.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la señora Laura Allende.
La señora ALLENDE.-
Señor Presidente, el Gobierno, el Ministerio de la Vivienda, mejor dicho, terminó con el sistema de autoconstrucción que se estaba usando en las poblaciones, con un tipo de paneles que se construían en el mismo lugar y cuyo nombre no recuerdo en este instante, que estableció el Gobierno anterior. Suspendió este tipo de construcción porque se comprobó que era mala.
Sin embargo, el Ministerio de la Vivienda ha mantenido los préstamos que se solicitan para la construcción particular de casas por el sistema de autoconstrucción. Por lo tanto, más que la suspensión del sistema de autoconstrucción, suspendió la construcción a través de paneles, que en realidad, era una forma de construir demasiado barata, que sólo permitía vivir pocos años en ella.
El Ministerio de la Vivienda estableció un solo reglamento para la adquisición definitiva de cualquier tipo de vivienda. Así que no veo el motivo para que se dude de que se van a dar títulos de dominio a estas personas.
De todas maneras, nosotros vamos a aprobar este artículo, porque no quita ni pone rey. Además, más bien, nos parece que se trata de buscar una aprobación política de parte de los pobladores. Era innecesaria esta disposición, porque ellos tenían la seguridad de obtener sus títulos de dominio. Por lo tanto, lo único que se persigue es buscar propaganda y no la seguridad de los pobladores.
El señor MOSQUERA.-
Pido la palabra.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Mosquera.
El señor MOSQUERA.-
Señor Presidente, me alegra mucho haber escuchado las palabras del colega señor Aguilera; pero yo le pediría que averiguara lo que pasa en la provincia de Concepción, en el departamento de Talcahuano, en el campamento Lenin, el primero de un sistema socialista, destacado con grandes titulares en los diarios de la zona. A sus integrantes se les ofreció, justamente, lo que aquí se ha dicho, pero ocurre que la realidad es otra. Se acaba de entregar la propuesta a un señor Quero, para la construcción de viviendas de 36 metros cuadrados, bautizadas, muy bien, con el nombre de "casas sin tripas", porque no tienen tabiques, no tienen pisos, no tienen nada...
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
¿Me excusa, señor Diputado?
El señor MOSQUERA.-
Me alegra mucho haber escuchado al señor Aguilera Pero quiero saber cuál es la realidad de todo esto.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
¿Me excusa, señor Mosquera?
El señor MOSQUERA.-
Yo quiero que me conteste cuál es la razón de esto.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Señor Mosquera, ruego a Su Señoría referirse al artículo nuevo.
El señor MOSQUERA.-
Nada más, señor Presidente.
El señor ACEVEDO (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación el artículo nuevo agregado por el Senado.
Si le parece a la Sala, se dará por aprobado.
Aprobdao.
"
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