rdf:value = " 13.-MOCION DEL SEÑOR FUENTES VENEGAS
"Honorable Cámara:
La ley Nº 17.007 facultó al Presidente de la República para transferir gratuitamente a sus actuales ocupantes los predios que habitan en San Carlos. El terreno era de dominio fiscal y las casas de dominio municipal. Para transferir el dominio, el artículo 4º de la citada ley dispuso que el Fisco transferiría el dominio del terreno y la Municipalidad el dominio • de las casas. No se advirtió que existían ocho viviendas cuyo terreno y casas eran de exclusivo dominio fiscal. Las 56 familias ocupantes de sitios fiscales y casas municipales han recibido en su mayor parte el título de dominio, pero no lo han podido hacer los ocupantes de viviendas fiscales construidas en los mismos terrenos. Para que puedan hacerlo propongo el artículo 1º del proyecto.
El artículo 2º procura que las personas que arriendan a la CORVI una casa habitación en el pueblo denominado San Fabián de Alico tengan la oportunidad de adquirirla. En lo que se propone en el artículo 2º del proyecto.
En consecuencia, propongo el siguiente
Proyecto de ley:
Artículo 1°-Facúltase al Presidente de la República para que a través del Ministerio de Tierras y Colonización, transfiera gratuitamente a sus actuales ocupantes el dominio de los sitios y casas fiscales que respectivamente ocupan entre las calles Serrano, Brasil, Gazmuri y General Lagos de la ciudad de San Carlos. El predio se encuentra inscrito a nombre del Fisco a fojas Nº 543 Nº 833 del Registro de Propiedad de 1937 del Conservador de Bienes Raíces de San Carlos.
Artículo 2º- La Corporación de la Vivienda venderá a las personas que soliciten adquirir las viviendas que arriendan en la Población "Pabellones CORVI", ubicada en San Fabián de Alico. La venta se hará a más tardar 90 días después de la presentación de la solicitud del interesado. El precio de venta será igual al avalúo fiscal vigente para el efecto de la contribución territorial.
(Fdo.) : César Fuentes V.".
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