. . . . . . " 12.-INFORME DE LA COMISION DE DEFENSA NACIONAL \n\"Honorable C\u00E1mara: \nLa Comisi\u00F3n de Defensa Nacional, Educaci\u00F3n F\u00EDsica y Deportes, tom\u00F3 conocimiento y prest\u00F3 su aprobaci\u00F3n a un proyecto de ley, de origen en un Mensaje, con tr\u00E1mite de urgencia calificada de \"simple\", que concede al personal de la Caja de Previsi\u00F3n de la Defensa Nacional el derecho al pago de horas extraordinarias. \nLa Caja de Previsi\u00F3n de la Defensa Nacional se ha mantenido, desde 1964, con el mismo personal administrativo no obstante el aumento vegetativo de imponentes y la creaci\u00F3n de nuevas funciones, tales como la extensi\u00F3n de los beneficios de la Medicina Curativa para el personal en retiro y montep\u00EDo y a la aplicaci\u00F3n de la Ley de Revalorizaci\u00F3n de Pensiones. \nEl Instituto Previsional ha podido cumplir todas estas nuevas funciones, gracias a la incorporaci\u00F3n en los trabajos internos de un computador electr\u00F3nico que es operado por personal t\u00E9cnico especialista. \nA pesar de los grandes esfuerzos realizados por los Jefes de la Caja de Previsi\u00F3n para seguir dando la mejor atenci\u00F3n a sus imponentes, el rendimiento de esta Secci\u00F3n se ha resentido por el continuo cambio del personal t\u00E9cnico que labora en el computador electr\u00F3nico. Los Programadores y Operadores de \u00E9stos equipos son conquistados por empresas privadas que ofrecen remuneraciones muy superiores a las que realmente la Caja puede pagar a sus empleados. \nComo una manera de solucionar el problema que se presenta en el Instituto Previsional aludido e impedir la fuga del personal t\u00E9cnico, la iniciativa legal en informe en su art\u00EDculo \u00FAnico establece que el personal de la Caja que requiera legalmente estar en posesi\u00F3n del t\u00EDtulo de Programador u Operador Electr\u00F3nico, tendr\u00E1 derecho a disfrutar, aumentado en un 50% el beneficio de horas extraordinarias. Esta misma disposici\u00F3n ordena que el mayor gasto que significa la aplicaci\u00F3n de esta regla ser\u00E1 de cargo de la instituci\u00F3n y que deber\u00E1 consultar en su presupuesto las sumas necesarias para su cumplimiento. \nFinalmente, por el art\u00EDculo transitorio, se autoriza al Vicepresidente de la misma Caja para pagar el sobretiempo trabajado por este personal t\u00E9cnico especializado, desde el 1\u00BA de enero del a\u00F1o en curso hasta la vigencia de la disposici\u00F3n que anteriormente hemos comentado. \nPor las consideraciones antes mencionado y por las que os dar\u00E1 el se\u00F1or Diputado Informante en su oportunidad, la Comisi\u00F3n de Defensa Nacional, Educaci\u00F3n F\u00EDsica y Deportes os propone la aprobaci\u00F3n de la iniciativa legal en informe, concebida en los siguientes t\u00E9rminos \n \nProyecto de ley: \n \n\"Art\u00EDculo Unico.- El personal de la Caja de Previsi\u00F3n de la Defensa Nacional, que requiera legalmente estar en posesi\u00F3n del t\u00EDtulo de Programador u Operador Electr\u00F3nico, para el desempe\u00F1o de sus cargos, tendr\u00E1 derecho al pago de horas extraordinarias, que se pagar\u00E1n con un 50% de recargo. El gasto ser\u00E1 de la Caja, debiendo dicha Instituci\u00F3n consultar en sus presupuestos, los valores necesarios en orden a tal objetivo. \nArt\u00EDculo Transitorio.-El Vicepresidente de dicha Instituci\u00F3n, podr\u00E1 autorizar los mismos pagos por el sobretiempo trabajado a contar del 1\u00B0 de enero de 1971 hasta la fecha de vigencia de la presente ley. \nSala de la Comisi\u00F3n, 16 de junio de 1971. \nAcordado en sesi\u00F3n de igual fecha con asistencia de los se\u00F1ores Monares (Presidente), Agurto, Barahona, Cantero, Gonz\u00E1lez, P\u00E1ez, Tagle, Ureta y Vargas. \nSe design\u00F3 Diputado Informate al se\u00F1or Cantero. \nSantiago, 17 de junio de 1971. \n(Fdo.) : Patricio Goycoolea Lira, Secretario de la Comisi\u00F3n.\" \n \n " . "12.-"^^ . "INFORME DE LA COMISION DE DEFENSA NACIONAL"^^ . . .