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- rdf:value = " 6.-AUTORIZACION PARA QUE LA MUNICIPALIDAD DE FRESIA CONTRATE EMPRESTITOSEl señor SANHUEZA (Presidente).-
A continuación, corresponde ocuparse del proyecto de ley, informado por la Comisión de Gobierno Interior, que autoriza a la Municipalidad de Fresia para contratar empréstitos.
El proyecto de ley, impreso en el boletín N° 206-(69)-2, es el siguiente:
Artículo 1º Autorízase a la Municipalidad de Fresia para contratar directamente con el Banco del Estado de Chile o cualquier otra institución de crédito o bancaria, uno o más empréstitos hasta por la suma de seiscientos mil escudos (Eº 600.000), a un interés no superior al corriente bancario y con una amortización que extinga la deuda en un plazo máximo de diez años.
Artículo 2º Facúltase al Banco del Estado de Chile y demás instituciones de créditos o bancarias para tomar el o los empréstitos a que se refiere el artículo anterior, para cuyo efecto no regirán las disposiciones restrictivas de sus respectivas leyes orgánicas o reglamentos ni lo dispuesto en el artículo 71, inciso segundo, de la ley Nº 11.860.
Artículo 3º El producto del o los empréstitos será invertido por la Municipalidad de Fresia en la ejecución de las siguientes obras:
a) Aporte a la Dirección de Obras Sanitarias para la ejecución de trabajos de ampliación de la red de agua potable y para la instalación de alcantarillado en la comuna;
b) Aporte a la Dirección de Pavimentación Urbana para la ejecución de trabajos de pavimentación en la comuna;
c) Otras obras de adelanto local que fueren acordadas por la Corporación edilicia en sesión extraordinaria especialmente citada, con el voto conforme de los dos tercios de los Regidores en ejercicio, debiéndosele dar preferencia en todas las inversiones a la Población Bustamante.
Artículo 4º Destínase, con el objeto de atender el servicio del o los empréstitos, el rendimiento de los impuestos comprendidos en la tasa única que grava el avalúo imponible de los bienes raíces de la comuna de Fresia, establecidos en la letra e) del artículo 2º del decreto de Hacienda Nº 2.047, de 29 de julio de 1965, reglamentario de la ley Nº 15.021.
Artículo 5º En caso de no contratarse el o los empréstitos autorizados, la Municipalidad de Fresia podrá girar con cargo al tributo establecido en el artículo anterior para su inversión directa en las obras señaladas en el artículo 3º, y hasta la total ejecución de las mismas. Podrá, asimismo, destinar a la ejecución de las mencionadas obras, el excedente que se produzca entre esos recursos y el servicio de la deuda, en el evento de que el o los empréstitos se contrajeran por un monto inferior al autorizado.
Artículo 6º Si los recursos a que se refiere el artículo 4° fueren insuficientes para el servicio de la deuda o no se obtuvieren en la oportunidad debida, la Municipalidad de Fresia complementará la suma necesaria con cualquiera clase de fondos de sus rentas ordinarias, con excepción de las sumas destinadas a sueldos y remuneraciones de sus personales de empleados y obreros.
Sí, por el contrario, hubiere excedente, se destinará éste, sin necesidad de nueva autorización legal, a las obras de adelanto comunal que acordare la Municipalidad en sesión extraordinaria especialmente citada, con el voto conforme de los dos tercios de los Regidores en ejercicio.
Artículo 7º El pago de intereses y amortizaciones ordinarias y extraordinarias de la deuda se hará por intermedio de la Caja Autónoma de Amortización de la Deuda Pública, para cuyo efecto la Tesorería Comunal de Fresia, por intermedio de la Tesorería General de la República, pondrá a disposición de dicha Caja los fondos necesarios para cubrir estos pagos, sin necesidad de decreto del Alcalde si éste no se hubiere dictado en la oportunidad debida.
La Caja de Amortización atenderá el pago de estos servicios de acuerdo a las normas establecidas por ella para el pago de la deuda interna.
Artículo 8º La Municipalidad de Fresia depositará en la cuenta de depósito fiscal F-26 Servicio de Empréstito y Bono los recursos que destina esta ley al servicio del o los empréstitos y hasta la cantidad a que ascienda dicho servicio por intereses y amortización ordinaria. Asimismo, la Municipalidad deberá consultar en su presupuesto anual, en la partida de ingresos ordinarios, los recursos que produzca la contratación del o los empréstitos y, en la partida de egresos extraordinarios, las inversiones proyectadas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3º de la presente ley.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
El señor Secretario va a dar lectura a dos indicaciones.
El señor KLEIN.-
Pido la palabra.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
A continuación de la lectura de las indicaciones, señor Diputado.
El señor KLEIN.-
Es para dar las razones de la indicación.
El señor LEA-PLAZA (Secretario).-
Indicaciones de los señores Klein, Espinoza y Páez, para reemplazar el artículo 1º, Eº 600.000 por Eº 10.000.000; y para reemplazar el artículo 3°, por el siguiente: El producto del o los empréstitos será invertido por la Municipalidad de Fresia en la ejecución de obras de adelanto local, de acuerdo a las necesidades más urgentes de la comuna, previo acuerdo adoptado por los dos tercios de los Regidores en ejercicio.
El señor ACEVEDO.-
Pido la palabra.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Klein; y, a continuación, el señor Acevedo.
El señor KLEIN.-
Señor Presidente, cuando en la Comisión de Gobierno Interior discutimos este proyecto, presentado por el señor González, no se sabía si la Municipalidad de Fresia concordaba o no con los distintos artículos de él. En este sentido, pedí a la Comisión que se oficiara a esa Municipalidad consultándole su opinión. Al respecto, a los tres parlamentarios se nos envió la siguiente respuesta, fechada el 21 de julio del presente año:
Hemos recibido con fecha reciente de la Comisión de Gobierno Interior un proyecto de ley que autoriza a la Municipalidad de Fresia para contratar préstamos hasta por la suma de seiscientos mil escudos (Eº 600.000), para adelantos comunales especificados.
Considerando que dicho proyecto de ley no satisface las aspiraciones de esta Corporación, solicitamos a los señores parlamentarios interceder para que dichos préstamos sean aumentados a un millón de escudos (Eº 1.000.000), dejando de libre disposición, previo acuerdo municipal de 2/3 de los Regidores, las inversiones que merecen prioridad, dentro de las necesidades más urgentes de la comuna.
Esperando el concurso y apoyo a lo solicitado, saluda atentamente a usted,
(Fdo.): Teodoberto Alarcón O., Alcalde.
Esta ha sido el motivo de las dos indicaciones que formulamos los tres parlamentarios de la zona.
El financiamiento para estos préstamos, es el que ocupan todas las Municipalidades, y está basado en el artículo 4º del proyecto, que reza a la letra:... el rendimiento de los impuestos comprendidos en la tasa única que grava el avalúo imponible de los bienes raíces de la comuna de Fresia, establecidos en la letra e) del artículo 2º del decreto de Hacienda Nº 2.047,... etcétera.
Señor Presidente, quiero pedir a la Honorable Cámara que apruebe las dos indicaciones, porque representan el acuerdo y el pensamiento de la Municipalidad de Fresia.
Nada más.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Acevedo.
El señor ACEVEDO.-
Señor Presidente, yo me había apresurado a pedir la palabra, porque sólo tenemos a mano el boletín de la Comisión de Gobierno Interior. Esto nos da a entender que no ha habido informe de la Comisión de Hacienda, en circunstancias que tradicionalmente los proyectos por los que se autoriza a las municipalidades para contratar empréstitos, son vistos por esta Comisión, y la Cámara, generalmente y en esto ha sido bastante estricta ha autorizado la contratación de empréstitos, siempre y cuando estén holgadamente financiados.
El señor KLEIN.-
Señor Presidente, pido la palabra.
El señor ACEVEDO.-
Aquí se habla de 600 mil escudos. ¿Con qué se financian? ¿Cuánto rinde el uno por mil que está señalado en el artículo 4º, que es el que ha leído el colega Klein? No conocemos el avalúo de la comuna; en consecuencia, no conocemos el rendimiento. Y además, satisfaciendo una petición de la Municipalidad, el colega Klein »ha presentado una indicación...
El señor KLEIN.-
¡Los tres parlamentarios!
El señor ACEVEDO.-
Perdón, los tres parlamentarios, que aumenta el préstamo. Si aquí no se trata de llegar y llevar, de pedir así, de hacer indicaciones a tontas y a locas.
El señor KLEIN.-
Pido la palabra.
El señor ACEVEDO.-
Se trata de un proyecto que debe estar debidamente financiado.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
¿Me excusa, señor Diputado? El señor Klein le solicita una interrupción.
El señor ACEVEDO.-
¡Con el mayor gusto!
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Con la venia del señor Acevedo, puede hacer uso de la interrupción el señor Klein.
El señor KLEIN.-
Señor Presidente, quiero manifestar al señor Acevedo que este proyecto fue presentado en la Cámara por el colega González, de Magallanes, sin consultar a la Municipalidad. Siempre que se presenta un proyecto de empréstito se hace con la anuencia o proposición de la municipalidad respectiva, en que por acuerdo municipal se sabe en que se van a invertir los pesos.
Como la Municipalidad no había sido consultada, pedí a la Comisión de Gobierno Interior que lo hiciera por oficio, y lo que leí denantes es la respuesta. Por eso, los tres parlamentarios de la zona, los colegas Espinoza y Páez y el que habla, presentamos las dos indicaciones, que concuerdan con lo quiere la Municipalidad de Fresia.
Ahora, en cuanto a lo de la Comisión de Hacienda, por la experiencia que tengo sobre otros proyectos, lo que ha acordado la Comisión de Gobierno Interior no ha pasado a la de Hacienda, porque se financia con la letra e) del artículo tanto y de la ley tanto, como se hace con todos los empréstitos municipales, y como cada año los bienes raíces tienen un reavalúo automático, en los 10 años los 600 mil escudos van a pasar del millón.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
¿Me permite, señor Klein? Ha llegado a su término el tiempo de la Tabla de Fácil Despacho.
"
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