. . "13.-"^^ . . . " 13.-NORMAS PARA LA ELABORACION DEL REGLAMENTO DE TRABAJO A BORDO DE LOS BARCOS PESQUEROSEl se\u00F1or CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- \n \n Corresponde tratar, a continuaci\u00F3n, el proyecto de ley, originado en una moci\u00F3n, que establece normas para la elaboraci\u00F3n del Reglamento de Trabajo a bordo de los barcos pesqueros. \nDiputado informante de la Comisi\u00F3n de Trabajo y Seguridad Social es el se\u00F1or Figueroa. \nEl proyecto, impreso en el bolet\u00EDn N\u00BA 210-69-2, es el siguiente: \nArt\u00EDculo 1\u00BA Der\u00F3gase el Reglamento de Trabajo a Bordo de los Barcos Pesqueros, N\u00BA 214, de 30 de junio de 1965, del Ministerio del Trabajo y Previsi\u00F3n Social. \nArt\u00EDculo 2\u00BA Constit\u00FAyase una Comisi\u00F3n Tripartita, formada por dos representantes de los Armadores pesqueros, dos representantes de los trabajadores pesqueros que ser\u00E1n nominados por la Federaci\u00F3n de Sindicatos Profesionales de Pescadores de Chile y un representante del Ministerio del Trabajo y Previsi\u00F3n Social que la presidir\u00E1, para que dentro del t\u00E9rmino de noventa d\u00EDas, contados desde la fecha de promulgaci\u00F3n de la presente ley, estudien, propongan y resuelvan acerca del Reglamento definitivo del Trabajo a Bordo de los Barcos Pesqueros. Este Reglamento deber\u00E1 ser publicado en el Diario Oficial. a m\u00E1s tardar, dentro de 15 d\u00EDas desde la toma de raz\u00F3n del Decreto respectivo. \nArt\u00EDculo 3\u00BA La Comisi\u00F3n mencionada en el art\u00EDculo anterior tendr\u00E1 facultades solamente para fijar las condiciones de vida y de trabajo a bordo de dichas naves. Los sistemas de remuneraciones, horarios de trabajo, descansos diarios, sistemas de pagos de sobretiempos, etc., ser\u00E1n regulados por lo que disponga el C\u00F3digo del Trabajo y leyes complementarias, o por lo que se exprese en las respectivas actas de avenimiento, contratos colectivos o fallos arbitrales, suscritos por los trabajadores y los armadores. Las dotaciones de trabajo de cada nave, ser\u00E1n fijadas de com\u00FAn acuerdo entre la Empresa y el Sindicato que corresponda. \n \n \n \nEl se\u00F1or CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- \n \n Ofrezco la palabra. \n \nEl se\u00F1or ARNELLO.- \n \n Pido la palabra. \n \nEl se\u00F1or CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- \n \n Tiene la palabra el se\u00F1or Amello. \n \nEl se\u00F1or ARNELLO.- \n \n Se\u00F1or Presidente, respecto a este proyecto, en primer lugar, quiero indicar una norma de car\u00E1cter general. No me parece que un reglamento, dictado en virtud de la facultad potestativa del Presidente de la Rep\u00FAblica, pueda ser objeto de una ley para su modificaci\u00F3n o alteraci\u00F3n. \nTengo entendido que puede haber habido alg\u00FAn problema pol\u00EDtico y que tal vez los Diputados patrocinantes de este proyecto quisieron forzar a la modificaci\u00F3n de un reglamento, ya que no eran parlamentarios de Gobierno. En la actualidad lo son. Creo, en consecuencia, que por la v\u00EDa de la potestad presidencial, podr\u00EDan modificar el reglamento en cuesti\u00F3n, sin que necesitaran ley alguna. A mi juicio,... \n \nEl se\u00F1or CERDA, don Eduardo (Vicepresidente).- \n \n Ha llegado la hora de t\u00E9rmino de la sesi\u00F3n. \nSe levanta. \n \n \n " . . . . . . . . . "NORMAS PARA LA ELABORACION DEL REGLAMENTO DE TRABAJO A BORDO DE LOS BARCOS PESQUEROS"^^ . . . .