REPUBLICA DE CHILE CAMARA DE DIPUTADOS LEGISLATURA ORDINARIA Sesión 32ª, en martes 7 de septiembre de 1971 (Ordinaria: de 16 a 20,57 horas) Presidencia de los señores Sanhueza, don Fernando; Cerda, don Eduardo; y Fuentes, don César Raúl. Secretario Subrogante, el señor Guerrero, don Raúl Prosecretario Subrogante, el señor Valdés, don Ricardo INDICE GENERAL DE LA SESION I.- SUMARIO DEL DEBATE II.- SUMARIO DE DOCUMENTOS III.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA IV.- ASISTENCIA V.- TEXTO DEL DEBATE. I.- SUMARIO DEL DEBATE 1.- Se califican las urgencias hechas presentes para el despacho de diversos proyectos 2943 2.- Se prorroga el plazo a las Comisiones para informar diversos proyectos 2943 3.- Se autoriza a una Comisión para sesionar simultáneamente con la Sala el día de mañana 2943 4.- Se otorga el permiso constitucional a un señor Diputado para ausentarse del territorio nacional 2943 5.- Se acuerda rendir homenaje, en la sesión de mañana, al ex Subsecretario de Relaciones Exteriores, don Alcides Leal y a la República de Bulgaria 2943 6.- Se acuerda preferencia para usar de la palabra 2944 7.- Los señores Atencio, Guerra, Recabarren, Concha, Clavel y Fuentealba, don Clemente y la señora Lazo, doña Carmen, rinden homenaje al equipo chileno vencedor del Campeonato Mundial de Caza Submarina, efectuado en Iquique 2944 8.- El señor Cardemil, solicita preferencia para el despacho de un proyecto de ley 2948 9.- El señor Sepúlveda, propone el despacho de diversos proyectos en la presente sesión 2948 FACIL DESPACHO: 10.- La Cámara se ocupa del informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, recaído en una consulta de un señor Diputado respecto de la actuación de Parlamentarios abogados en causas por infracción a la ley Nº 12.927, sobre Seguridad Interior del Estado, y queda pendiente el debate 2950 11.- Se acuerda preferencia para el despacho de diversos proyectos de ley 2957 ORDEN DEL DIA: 12.- La Cámara despacha, en quinto trámite constitucional, el proyecto que modifica la ley Nº 11.622, sobre arrendamiento de habitaciones y locales comerciales 2957 13.- Se despacha, en tercer trámite constitucional, el proyecto que otorga franquicias tributarias en favor de los automóviles armados o fabricados en el país y destinados a taxis 2965 14.- La Sala despacha, en tercer trámite constitucional, el proyecto que reajusta las pensiones concedidas por la Sección Tripulantes de la Caja de Previsión de la Marina Mercante Nacional 2982 15.- La Cámara despacha, en segundo trámite constitucional, el proyecto que autoriza la construcción de locales escolares en diversas zonas de Punta Arenas ' 2983 16.- Se despacha, en segundo trámite constitucional, el proyecto que extiende los efectos de la ley 16.346, sobre legitimación adoptiva, a las personas que hayan inscrito como propio a un hijo ajeno 2984 17.- La Sala despacha el proyecto que transfiere un inmueble fiscal a la Federación Provincial de Valparaíso de la Confederación Mutualista de Chile 2984 18.- La Cámara despacha el proyecto que destina a la Municipalidad de Castro el impuesto de herencia que debe pagar la sucesión del ex Regidor don Luis Jiménez Pérez 2985 19.- La Sala se ocupa del proyecto que crea un fondo para la construcción, equipamiento y funcionamiento de hogares para hijos de campesinos y mapuches y se envía a Comisión para segundo informe 2987 INCIDENTES: 20.- El señor Penna, se ocupa de la requisición de la Industria de Aguas Minerales Cachantún, provincia de O'Higgins 2987 21.- El mismo señor Diputado se refiere a la compra por el Gobierno de las instalaciones de la Empresa Minera Betlehem Chile Iron Mine Company" 2988 22.- El señor Lorenzini, se refiere al término del incidente provocado por la publicación de Revista del Ministerio de Educación 2991 23.- El señor Mosquera, se refiere a la paralización del Liceo de Tomé, debido a las tomas 2992 24.- El señor Pérez, se refiere a las críticas de la Asociación de Medianos y Pequeños Industriales y Artesanos de Magallanes a la Corporación de Magallanes 2993 25.- El señor Marín, se ocupa de la escasez de oficiales de la Marina Mercante Nacional 2994 26.- Se anuncia la Tabla de Fácil Despacho para las próximas sesiones. 2995 27.- El señor Frías, se refiere a las dificultades en el abastecimiento de los empleados y obreros del Mineral de Chuquicamata 2995 28.- El señor Mekis, se ocupa de la situación gremial de los supervisores de la Gran Minería del Cobre, en relación con la política del actual Gobierno 2995 29.- El señor Tapia, se refiere a la "Operación Saltamontes" en Chiloé . 2998 30.- El mismo señor Diputado se refiere al incendio de la Gobernación de Castro 3000 31.- El señor Rodríguez, se refiere a una denuncia en contra del Gobernador de San Javier, Linares 3000 32.- El señor Giannini formula alcance a dos modificaciones aprobadas en el proyecto que beneficia a los dueños de taxis 3001 33.- El mismo señor Diputado, se refiere al costo operacional de la plaza de peaje de Zapata, Valparaíso 3003 34.- El señor Ríos, don Héctor, se refiere a la preocupación del gremio de practicantes con motivo de un proyecto que da calidad profesional a los auxiliares de enfermería 3003 35.- El señor Lorenzini hace uso de la palabra por aplicación del artículo 19 del Reglamento 3005 II.- SUMARIO DE DOCUMENTOS 1/2.- Mensajes de S. E. el Presidente de la República, con los que somete a la consideración del Congreso Nacional, los siguientes proyectos de acuerdo: El que aprueba el Convenio Cultural suscrito con el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en Santiago el 13 de noviembre de 1988 2913 El que aprueba el Convenio sobre sustancias sicotrópicas, suscrito en Viena el 19 de febrero de 1971 2914 3.- Oficio de S. E. el Presidente de la República con el que comunica que ha resuelto hacer presente la urgencia para el despacho de los siguientes proyectos de ley: El que beneficia, por gracia, a don Edgardo Garrido Merino 2915 El que aprueba el Protocolo relativo a la enmienda del artículo 50 a) del Convenio de Aviación Civil Internacional 2915 El que aprueba el protocolo de enmienda del artículo 56 del Convenio Civil Internacional 2915 4/7.- Oficios del Senado con los que comunica que ha aprobado, en los mismos términos en que lo hizo esta Cámara, los proyectos que se indican: 2915 El que cambia de nombres de diversas calles de la ciudad de Linares 2915 El que incluye en el sistema de financiamiento y construcción de la Carretera Panamericana al tramo que se extiende desde la provincia de Llanquihue hasta Tierra del Fuego 2915 El que desafecta de su calidad de bien nacional de uso público el terreno denominado "Parque La Estrella", de la comuna de Las Barrancas 2916 El que condona deudas que con la Corporación de Servicios Habitacionales mantiene el Cuerpo de Bomberos y el Club de Leones de Coihaique 2916 8/11.- Oficios del Senado con los que devuelve con modificaciones los proyectos que se mencionan: El que faculta al Presidente de la República para transferir a sus actuales ocupantes los terrenos fiscales que indica de la ciudad de San Carlos 2916 El que modifica la ley Nº 17.169, para aumentar el tiempo de funcionamiento del Casino de Puerto Varas 2916 El que modifica las normas sobre préstamos para electrificación de predios agrícolas 2917 El que crea la comuna subdelegación de Pueblo Hundido 2918 12.- Oficio del Senado con el que devuelve en quinto trámite constitucional los proyectos que modifican la ley Nº 11.622, sobre arrendamiento de habitaciones y locales comerciales 2920 13/14.- Oficios del Senado con el que comunica que ha aprobado las modificaciones introducidas por la Cámara a los proyectos que se indican: El que sanciona a quienes adquieran, a título oneroso, los artículos distribuidos en forma gratuita por los Servicios del Estado 2920 El que beneficia a don Manuel Huidobro Gutiérrez 2920 15.- Oficio del Senado con el que comunica que ha accedido al retiro de la observación formulada por S. E. el Presidente de la República al proyecto que beneficia a doña Isabel Lolas Nazrala 2920 16/20.- Oficios del Senado con los que remite los proyectos de ley que se mencionan: El que autoriza la construcción de edificios destinados a fines educacionales en ciertas zonas de la ciudad de Punta Arenas 2921 El que modifica la Planta de la Redacción de Sesiones del Senado 2921 El que faculta a la Corporación de Servicios Habitacionales para entregar, en comodato precario, los terrenos declarados en situación irregular 2921 El que extiende los efectos de la ley Nº 16.346, sobre legitimación adoptiva a las personas que hayan inscrito, como propio, a un hijo ajeno 2922 El que beneficia a don Arnaldo Alarcón Araya 2922 21.- Oficio del Senado con el que remite la moción la que dada las disposiciones que contiene, debe tener su origen en esta Cámara de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Constitución Política del Estado: Del Senador señor Lorca, que modifica la ley Nº 10.107, que estableció un impuesto a las ostras extraídas en la Comuna de Ancud 2923 22/23.- Informes de la Comisión de Gobierno Interior, recaído en los siguientes proyectos: El que autoriza a la Municipalidad de Talca para contratar empréstitos a la construcción de una Vega Modelo y de Mercados Periféricos en esa comuna (803- 71- 2) 2923 El que autoriza a la Municipalidad de Cisnes para contratar empréstitos. (739- 71- 2) 2924 24/31.- Informes de la Comisión de Hacienda recaídos en los proyectos que se indican: El que modifica la ley Nº 16.813, sobre Corporación de Magallanes, en el sentido de permitir depositar los ingresos consultados, en los Bancos Regionales de la provincia de Magallanes(14469- 2) 2926 El que establece un descuento en las remuneraciones de los obreros de la Empresa Portuaria de Chile que pertenezcan a la Unión de Obreros Portuarios de Valparaíso, para la adquisición de clínicas dentales, rayos x y dos ambulancias. (11.196) 2926 El que establece que los créditos en cuentas corrientes y sobre- giros podrán alcanzar hasta medio sueldo vital, escala A, del departamento de Santiago. (323-692) 2927 El que destina al Asilo de Ancianos de Temuco el monto de los premios de las boletas de compraventas no cobrados, extendidas en la provincia de Cautín. (382- 79- 2) 2928 El que autoriza a la Junta de Adelanto de Arica para transferir gratuitamente a la Municipalidad de Arica el Matadero de su propiedad. (73-69-2) 2929 El que condona las deudas que por consumo de agua potable tengan los habitantes de la provincia de Antofagasta al 31 de diciembre de 1969. (363-70-2) 2929 El que aclara la ley Nº 16.724, con el objeto de establecer que el sentido de su artículo 15 es el de eximir a las escuelas gratuitas del pago de deudas de pavimentación. (11.194), y 2930 El que fija el plazo dentro del cual deberán pagarse a las Municipalidades los porcentajes de los impuestos recaudados por el Fisco, correspondientes a la participación municipal. (11.195). 2931 32.- Informes de la Comisión de Salud Pública: el primero, recaído en el proyecto que denomina "Augusto Techner Yukle" al Hospital de Contulmo, (434- 70- 2) y el segundo, por el que propone el archivo del proyecto que indica 2932 33/34.- Informes de la Comisión de Economía, Fomento y Reconstrucción por el cual propone el archivo de los proyectos que indica. (11.193) 2932 y 2933 35.- Un oficio de la Comisión de Gobierno Interior por el cual solicita la prórroga del plazo para evacuar el primer informe del proyecto de ley, iniciado en un Mensaje con urgencia calificada de "simple", que crea el Ministerio del Mar 2934 36/40.- Mociones, con las cuales los señores Diputados que se indican inician los siguientes proyectos de ley: La señora Allende, doña Laura, que autoriza al Presidente de la República para establecer una plaza de peaje en el camino de Santiago a Farellones 2934 El señor Jaramillo, que autoriza a la Municipalidad de El Carmen para contratar empréstitos 2935 Los señores Sepúlveda, Valenzuela, Alamos e Iglesia, que modifica la legislación relativa a las Cooperativas 2936 El señor Valenzuela, que modifica la Constitución Política del Estado, en relación a las causales de cesación en el cargo de Diputado o Senador 2939 Los señores Iglesias y Sepúlveda, que faculta al Presidente de la República para transferir a sus actuales ocupantes las viviendas de propiedad fiscal que indica, ubicadas en las provincias de Valparaíso y Aconcagua 2941 Además se dio cuenta de los siguientes documentos: Un oficio de la Comisión de Hacienda por el cual comunica que ha elegido al señor Patricio Phillips, como Presidente de ella. Tres oficios del señor Ministro del Interior, con los que da respuesta a los que se le enviaran en nombre de los señores Diputados que se señalan: Del señor Koenig, sobre la posibilidad de instalar una Central Telefónica Automática en la localidad de Paillaco, provincia de Valdivia (6395); Del mismo señor Diputado, acerca de la necesidad de elevar a la categoría de Tenencia, al Retén de Carabineros de Máfil (6423); y Del señor Garcés, respecto de la concesión de personalidad jurídica al Centro de Madres de Navidad, provincia de Curicó (6647). Tres oficios del señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, con los que se refiere a los que se le dirigieran en nombre de los señores Diputados que se mencionan, referentes a las materias que se expresan: Del señor Klein, relacionado con la posibilidad de reanudar el poder comprador de madera en Llanquihue (6363); Del señor Garcés, acerca de la instalación de un Matadero de Aves en la ciudad de Curicó (6155); y De los señores Guerra y Palza, relativo a la instalación definitiva de la Estación Transmisora de Televisión Nacional en Iquique (6294). Dos oficios del señor Ministro de Educación Pública, con los que responde a los que se le remitieron en nombre de los señores Diputados que se señalan, respecto de las materias que se indican: Del señor Koenig, sobre la construcción de un nuevo edificio para el funcionamiento de la Escuela Nº 1 de La Unión (5880). Del señor Muñoz, referente a la edificación de un local para la Escuela Consolidada de Curacautín (5865). Tres oficios del señor Ministro de Justicia, con los que da respuesta a los que se le dirigieran en nombre de los señores Diputados que se indican acerca de las materias que se mencionan: Del señor Alvarado, sobre el funcionamiento de la Oficina de Registro Civil e Identificación de Toltén y la creación de esas mismas Oficinas en la localidad de Tirúa (6464 y 6443). Del señor Garcés, relacionado con la creación de una oficina del Servicio de Registro Civil e Identificación en la localidad de Cordillerilla (6100); y Del señor Valdés, acerca de la posibilidad de trasladar la Oficina del Servicio de Registro Civil desde la localidad de Tanhuao a la comuna de Toconey (6477). Un oficio del señor Ministro de Defensa Nacional, con el que se refiere al que se le enviara en nombre del señor Pérez, respecto del reajuste de las pensiones de los jubilados y montepiados de la Marina Mercante Nacional de la ciudad de Punta Arenas (6413). Ocho oficios del señor Ministro de Salud Pública con los que responde a los que se le enviaran en nombre de los señores Diputados que se indican, relacionados con las materias que se señalan: Del señor Monckeberg y de los señores Diputados pertenecientes al Comité Parlamentario del Partido Nacional, respecto del encasillamiento del personal del Instituto Traumatológico (6488). Del señor Tudela, relativo a ciertas deficiencias que afectarían al Hospital de Rancagua (6796); Del señor Tejeda, referente a la necesidad de prestar atención médica en la Hacienda Canteras, provincia de Biobío (6235); De los señores Muñoz y Temer, acerca de la falta de personal médico y paramédico en el Hospital de Los Sauces (6196); Del señor Castilla, respecto de la creación de Postas de Primeros Auxilios en Palmilla y Paso Cuñao, provincia de Linares (6070). Del señor Koenig, sobre la posibilidad de construir, en la localidad de Paillaco, un nuevo Hospital (6397); Del mismo señor Diputado, relacionado con diversas deficiencias que afectan al Hospital de Futrono (5011); y Del señor Valdés, acerca de la habilitación y funcionamiento de la Posta de Primeros Auxilios de la localidad de Chovellén, provincia de Maule (5308). Un oficio de la Corte Suprema con el que da respuesta al que se le dirigiera en nombre de los señores Merino y Jáuregui y de los señores Diputados pertenecientes al Comité Parlamentario del Partido Democratacristiano, referente a ocupaciones ilegales de predios agrícolas que se producirían en la provincia de Cautín (6608). Tres comunicaciones: Con la primera el señor Edgardo de la Cerda, Presidente de la Federación de Sindicatos de Empleadores Agrícolas de Nuble, con la cual pone en conocimiento de la Corporación sobre la situación del agro en esa provincia. Con la siguiente, doce señores Diputados ponen en conocimiento de la Cámara que han formado el Comité del Movimiento Radical Independiente de Izquierda. Con la última, cinco señores Diputados ponen en conocimiento de la Corporación que han renunciado al Comité Comunista. Una presentación por la cual el señor Pareto solicita permiso para ausentarse del país por un lapso superior a treinta días. III.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA 1.- MENSAJE DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA "Conciudadanos del Senado y de la Cámara de Diputados: El 13 de noviembre de 1968, en Santiago, nuestro Gobierno suscribió con el del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte un Convenio Cultural. La concertación de este acuerdo, el primero de este tipo entre los dos Gobiernos, cuyas relaciones se remontan al nacimiento mismo de nuestro país como nación independiente, vino a cumplir con una necesidad impostergable, ya que regulará el intenso intercambio cultural que nos une con el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. Por otra parte, ha sido inspirado también por la Declaración de Principios de la Cooperación Cultural Internacional, adoptada por la Conferencia General de la Organización para la Educación, la Ciencia y la Cultura, de las Naciones Unidas, en noviembre de 1966. El Convenio contiene amplias y muy interesantes posibilidades para el efectivo intercambio en la materia; considera el establecimiento de centros culturales y educacionales -entre las que se incluyen algunas binacionales- sobre la base de términos y condiciones que deberán ser convenidos en cada caso y para cada caso, de acuerdo con las leyes y prácticas del país en que se establecieren. Esta y todas las cláusulas contenidas en su articulado han sido materia de detenido estudio por parte de nuestras autoridades educacionales, las que han expresado su amplia aprobación a las mismas, a la par que han destacado las ventajas que reportará la aplicación del Convenio para nuestro país. El compromiso que hoy someto a la consideración de Vuestras Señorías, fomenta el desarrollo de una estrecha cooperación entre las sociedades profesionales, oficialmente reconocidas y las organizaciones educacionales de sus respectivos territorios para los efectos de llevar a la práctica el Convenio. Propone la colaboración, en virtud de acuerdos especiales aplicables a cada caso, de planes destinados a lograr la permanencia de su herencia cultural y civilización. Contempla el intercambio de visitas de profesores universitarios, instructores y personas dedicadas a la investigación científica y técnica, incluido el suministro o concesión de las facilidades necesarias y de los medios adecuados. Las Partes Contratantes se comprometen a considerar los alcances y las condiciones bajo las cuales los Grados, Diplomas y Certificados otorgados en el territorio de una Parte, podrán ser aceptados como equivalentes en la otra Parte para fines académicos y, en casos calificados, para fines profesionales. El Convenio contempla un considerable intercambio de material didáctico, de grupos artísticos, de deportistas juveniles y de documentación cultural. Los organismos educaciones, y el Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas, han hecho presente al Gobierno de la República las positivas ventajas que la aplicación del Convenio Cultural con el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña y de Irlanda del Norte reportará a nuestro país, conceptos que comparto ampliamente. Por lo tanto, y en cumplimiento de los artículos 43 Nº 5 y 72 Nº 16 de la Constitución Política del Estado, tengo el honor de someter a la consideración de Vuestras Señorías el siguiente Proyecto de acuerdo: "Artículo único.- Apruébase el Convenio Cultural suscrito con el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en Santiago el 13 de noviembre de 1968". (Fdo.): Salvador Allende Gossens.- Clodomiro Almeyda Medina." 2.- MENSAJE DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA "Conciudadanos del Senado y la Cámara de Diputados: La Organización Mundial de la Salud, en el curso de la Asamblea realizada en Viena a comienzos del presente año, haciéndose eco de la honda preocupación de todos los Estados por el alarmante aumento de la toxicomanía y el tráfico ilegal de drogas y estupefacientes, adoptó un nuevo Convenio Internacional sobre Sustancias Sicotrópicas (documento de las Naciones Unidas E/CONF. 58/6, del 19 de febrero de 1971), en el cual se establecen diversas y amplias medidas destinadas a facilitar una más estricta y efectiva acción para combatir ese grave problema que amenaza con la destrucción de la salud de todos los pueblos del mundo. Con ocasión de la mencionada reunión internacional, Chile suscribió el Convenio teniendo en cuenta la difusión cada vez mayor que tiene el abuso de drogas nocivas en nuestro país, con los consiguientes perjuicios para la salud de nuestro pueblo y, en especial, de la juventud chilena, y como un aporte más a la colaboración que, en la lucha contra el mal, ha prestado siempre. En la 24ª, Asamblea Mundial de la Salud sobre "Farmacodependencia", realizada en mayo último, la Organización Mundial reiteró (documento WHA24.57) su convicción en el sentido de que no se encontrarán soluciones eficaces para la solución de este problema sin una acción coordinada de las organizaciones y entidades internacionales, de los Estados Miembros, de las autoridades regionales y locales y de la población del mundo entero. Tuvo en cuenta las Resoluciones WHA23.42 y A/RES/7219 (XXV) de la Asamblea General de las Naciones Unidas y acordó reiterar su exhortación a los países signatarios para que, si sus respectivas legislaciones lo permiten, apliquen provisionalmente las medidas de fiscalización previstas en el Convenio. Asimismo, formuló un urgente llamamiento a las naciones que aún no lo han suscrito para que lo hagan a la brevedad. Como es del conocimiento de Vuestras Señorías, Chile suscribió en 1961, la "Convención Única sobre Estupefacientes", a la que el Honorable Congreso Nacional dio su aprobación en septiembre de 1967. Esta Convención unificó las disposiciones que contenían los documentos internacionales suscritos dentro del marco de la Sociedad de las Naciones y de la Organización de las Naciones Unidas, a la par que se complementó con diversos acuerdos paralelos sobre la materia; sustituyó los diez tratados multilaterales que existían a la fecha sobre el asunto y que habían sido adoptados desde 1912 hasta 1953, por un solo instrumento internacional, que pudiera cumplir con la misión de resguardar la salud pública. El nuevo Convenio sobre Sustancias Sicotrópicas que ahora someto a la consideración de Vuestras Señorías, ha ampliado aún más las disposiciones que permitirían controlar la venta y tráfico de drogas, de la misma forma como acentúa las restricciones y prohibiciones legales para la importación y exportación de las mismas y tiende a hacer más estrecha y efectiva la colaboración de los Estados y las organizaciones nacionales e internacionales en su control. En efecto, el Convenio considera medidas aplicables a la fiscalización detallada y estadística de las sustancias nocivas y establece normas básicas aconsejables para su aplicación; recomienda sanciones penales severas para la represión de las infracciones a las leyes o reglamentos sobre la materia; fija limitaciones del uso de las sustancias sicotrópicas para fines médicos y científicos de acuerdo con una lista elaborada al efecto. Señala claras disposiciones para el despacho y tráfico legal de drogas y su comercio internacional; establece la necesidad de que los Estados y los organismos nacionales e internacionales intercambien informes sobre el tráfico ilícito de sustancias sicotrópicas, con indicación de las características de los decomisos que se efectúen. Compromete a los países signatarios a llevar a cabo una intensa y constante lucha contra el tráfico de drogas, tanto interno como internacional y los conmina a ayudarse recíprocamente, por la vía diplomática o por otros conductos competentes, en la investigación, análisis, intercambio de informaciones, etcétera., que permitan identificar las fuentes ilegales de suministros y del tráfico ilegal, y la aplicación de las medidas y sanciones correspondientes. El Convenio entrará en vigencia el nonagésimo día siguiente a la fecha en que cuarenta Estados lo hayan firmado sin reserva de ratificación, o hayan depositado sus instrumentos de ratificación o de adhesión. Por las razones expuestas, y como una medida eficaz de cooperar en la lucha internacional contra el uso ilegal de drogas en la que Chile está empeñado, y de acuerdo con las disposiciones de los artículos 43 Nº 72 Nº 16 de la Constitución Política del Estado, vengo en someter a la consideración de Vuestras Señorías el siguiente Proyecto de acuerdo: "Artículo único.- Apruébase el Convenio sobre sustancias sicotrópicas, suscrito en Viena el 19 de febrero de 1971." (Fdo.): José Tohá González.- Clodomiro Almeyda Medina." 3.- OFICIO DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA "Nº 11488.- Santiago, 3 de septiembre de 1971. Pongo en conocimiento de V. E. que, en uso de la facultad que me confiere el artículo 46 de la Constitución Política del Estado, he resuelto hacer presente la urgencia para el despacho de los siguientes proyectos de ley: 1.- El que beneficia, por gracia, a don Edgardo Garrido Merino; 2.- El que aprueba el Protocolo relativo a la enmienda del artículo 50 a) del Convenio de Aviación Civil Internacional. (Boletín Nº 758- (71)- 1 de la Honorable Cámara de Diputados), y 3.- El que aprueba el Protocolo de enmienda del artículo 56 del Convenio Civil Internacional. (Boletín Nº 807- (71)- l de la Honorable Cámara de Diputados). Saluda fraternalmente a V. E. (Fdo.): José Tohá González.- Pedro Vuskovic Bustos." 4.- OFICIO DEL SENADO "Nº 11487.- Santiago, 6 de septiembre de 1971. El Senado ha tenido a bien aprobar, en los mismos términos en que lo ha hecho esa Honorable Cámara, el proyecto de ley que cambia el nombre a diversas calles en la ciudad de Linares. Lo que tengo a honra comunicar a V. E., en respuesta a vuestro oficio Nº 1.134, de fecha 4 de agosto de 1971. Devuelvo los antecedentes respectivos. Dios guarde a V. E. (Fdo.): Ricardo Ferrando Keun.- Daniel Egas Matamala." 5.- OFICIO DEL SENADO "Nº 11496.- Santiago, 6 de septiembre de 1971. El Senado ha tenido a bien aprobar, en los mismos términos que lo ha hecho esa Honorable Cámara, el proyecto de ley que incluye el tramo caminero comprendido entre las provincias de Llanquihue y Aisén, en la Carretera Panamericana. Lo que tengo a honra comunicar a V. E., en respuesta a vuestro oficio Nº 2.870, de fecha 11 de septiembre de 1968. Devuelvo los antecedentes respectivos. Dios guarde a V. E: (Fdo.): Ricardo Ferrando Keun,.- Daniel Egas Matamala." 6.- OFICIO DEL SENADO "Nº 11499.- Santiago, 6 de septiembre de 1971. El Senado ha tenido a bien aprobar, en los mismos términos en que lo ha hecho esa Honorable Cámara, el proyecto de ley que desafecta de su calidad de bien nacional de uso público el terreno denominado "Parque La Estrella", de Barrancas, y faculta al Presidente de la República para transferirlo al Servicio Nacional de Salud. Lo que tengo a honra comunicar a V. E., en respuesta a vuestro oficio Nº 1.158, de fecha 12 de agosto de 1971. Devuelvo los antecedentes respectivos. Dios guarde a V. E. (Fdo.): Ricardo Ferrando Keun.- Daniel Egas Matamala." 7.- OFICIO DEL SENADO "Nº 11498.- Santiago, 6 de septiembre de 1971. El Senado ha tenido a bien aprobar, en los mismos términos en que lo ha hecho esa Honorable Cámara, el proyecto de ley que condona las deudas contraídas por el Cuerpo de Bomberos y el Club de Leones de Coihaique con la Corporación de Servicios Habitacionales. Lo que tengo a honra comunicar a V. E., en respuesta a vuestro oficio Nº 1.157, de fecha 11 de agosto de 1971. Devuelvo los antecedentes respectivos Dios guarde a V. E. (Fdo.): Ricardo Ferrando Keun.- Daniel Egas Matamala." 8- OFICIO DEL SENADO "Nº 11511.- Santiago, 6 de septiembre de 1971. El Senado ha tenido a bien aprobar el proyecto de ley de esa Honorable Cámara que faculta al Presidente de la República para transferir a sus actuales ocupantes los terrenos y casas fiscales que indica, en la ciudad de San Carlos, con la sola modificación que consiste en consultar el siguiente artículo 3°, nuevo: "Artículo 3º- Autorízase al Presidente de la República para que, por intermedio del Ministerio de Tierras y Colonización, transfiera gratuitamente a sus actuales ocupantes el dominio de los sitios fiscales ubicados en el villorrio denominado "Buli Estación", en el departamento de San Carlos. El Ministerio de Tierras y Colonización inscribirá el dominio de los sitios a nombre del Fisco de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo 58 del Reglamento del Conservador de Bienes Raíces y lo transferirá a los pobladores dentro del plazo de un año contado desde la respectiva solicitud.". Lo que tengo a honra comunicar a V. E., en respuesta a vuestro oficio Nº 1.159, de fecha 12 de agosto de 1971. Acompaño los antecedentes respectivos. Dios guarde a V. E. (Fdo.): Ricardo Ferrando Keun.- Daniel Egas Matamala." 9.- OFICIO DEL SENADO "Nº 11510.- Santiago, 6 de septiembre de 1971. El Senado ha tenido a bien aprobar el proyecto de esa Honorable Cámara que modifica la ley Nº 17.169, que creó los Consejos Regionales de Turismo, en lo relativo al período de funcionamiento del Casino de Puerto Varas, con las siguientes modificaciones: Artículos 1º y 2º Han sido sustituidos por los siguientes: "Artículo 1º- Agregar como inciso segundo del artículo 12 de la ley Nº 17.169 el siguiente, nuevo: "Los establecimientos a que se refiere el inciso precedente funcionarán, además del tiempo en él señalados, los días viernes, sábados y domingos, así como también los días festivos y sus vísperas, en el período que media entre los días 16 de marzo y 14 de septiembre de cada año.". Artículo 2º- Las sumas que se recauden, en la temporada indicada en el inciso segundo del artículo 12 de la ley Nº 17.169, por concepto de venta de entradas de acceso a los establecimientos señalados en dicho artículo, como asimismo de los carnés y tarjetas, establecidos en el decreto supremo Nº 1.258, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, de 26 de noviembre de 1969, se destinarán al Consejo Regional de Turismo de Llanquihue, Chiloé y Aisén, el que deberá invertirlos íntegramente en las finalidades indicadas en el artículo 3º de la ley Nº° 17.169.". Artículo 3º Ha reemplazado su encabezamiento por el siguiente: Artículo 3º- Las utilidades líquidas que se obtengan por los establecimientos referidos en la temporada indicada en el inciso segundo del artículo 12 de la ley Nº 17.169, se destinarán por el Consejo Regional de Turismo de Llanquihue, Chiloé y Aisén, como sigue:". Artículo 4º Ha sustituido la parte final del artículo, que dice: "artículo 12 de la ley Nº 17.169, y otro, correspondiente al período indicado en la presente ley.", por lo siguiente: "inciso primero del artículo 12 de la ley Nº 17.169, y otro, correspondiente al período indicado en el inciso segundo de la misma disposición legal." Artículo 5º En su inciso primero, ha reemplazado las palabras "en la presente ley" por la frase "en el inciso segundo del artículo 12 de la ley Nº 17.169". Artículo 6º Ha sustituido las palabras "en la presente ley" por la frase "en el inciso segundo del artículo 12 de la ley Nº 17.169", y el guarismo "1971" por "1970". Lo que tengo a honra comunicar a V. E., en respuesta a vuestro oficio Nº 1.192, de fecha 19 de agosto de 1971. Acompaño los antecedentes respectivos. Dios guarde a V. E. (Fdo.): Ricardo Ferrando Keun.- Daniel Egas Matamala." 10.- OFICIO DEL SENADO Nº 11509.- Santiago, 6 de septiembre de 1971. El Senado ha tenido a bien aprobar el proyecto de ley de esa Honorable Cámara que establece normas aplicables a los préstamos que la Corporación de Fomento de la Producción y otros organismos de crédito otorgan a los agricultores para electrificar sus predios, con las siguientes modificaciones: Artículo único Ha pasado a ser artículo 1º, con la sola enmienda de sustituir su inciso primero por el siguiente: "Artículo 1º- Reajustase la cantidad de Eº 10.000 referida en el artículo 2º de la ley Nº 16.568, de 9 de noviembre de 1966, en el porcentaje que hubiere aumentado el índice de precios al consumidor desde el 1º de enero de 1967 al 31 de diciembre de 1970 y, anualmente, en lo sucesivo, a partir desde el 1º de enero de 1972, en el mismo porcentaje en que dicho índice hubiere subido en el año inmediatamente anterior.". A continuación, ha consultado los siguientes artículos, nuevos: "Artículo 2º- El Instituto CORFO del Norte destinará en sus presupuestos de los años 1972 y siguientes los recursos necesarios para la electrificación de las parcelas ubicadas en los sectores de Alto Hospicio, en el departamento de Iquique. Los préstamos que otorgue con tal objeto dicho Instituto se regirán por las mismas modalidades de los establecidos en el artículo 2º de la ley Nº 16.568, aclarado por el artículo 164 de la ley Nº 16.840 y complementado por la presente ley. Artículo 3º- La Corporación de Fomento de la Producción otorgará préstamos a las Municipalidades para que éstas financien su incorporación a Cooperativas de Electrificación Rural con el objeto de dotar de alumbrado público a los pueblos o villorrios que carecen de él. Estos préstamos se sujetarán a las mismas modalidades que rigen para los que se otorgan en conformidad al artículo 2º de la ley Nº 16.568, aclarado por el artículo 164 de la ley Nº 16.840 y complementado por la presente ley.". Lo que tengo a honra comunicar a V. E., en respuesta a vuestro oficio Nº 1.147, de fecha 9 de agosto de 1971. Acompaño los antecedentes respectivos. Dios guarde a V. E. (Fdo.): Ricardo Ferrando Keun.- Daniel Egas Matamala. 11.- OFICIO DEL SENADO "Nº 11508.- Santiago, 6 de septiembre de 1971. El Senado ha tenido a bien aprobar el proyecto de ley de esa Honorable Cámara que crea la comuna subdelegación de Pueblo Hundido, en el departamento de Chañaral, con las siguientes modificaciones: Artículo 3º Ha redactado su inciso final en los siguientes términos: "La Municipalidad de Pueblo Hundido no podrá reclamar a la Municipalidad de Chañaral ninguna suma de dinero devengada con anterioridad a la fecha de vigencia de esta ley, ni tampoco podrá pagar deudas contraídas por esta última Municipalidad.". Artículo 4º Ha reemplazado la frase "en forma ordinaria de acuerdo a la Ley de Elecciones" por esta otra otra: "en la próxima elección general de parlamentarios". Artículo 5º Ha sido sustituido por el siguiente: "Artículo 5º- La Municipalidad de Pueblo Hundido tendrá derecho a gozar y percibir, al igual que las demás Municipalidades de la provincia de Atacama, los fondos que le correspondan de acuerdo a las normas legales referidas en la letra 1) de la disposición decimoséptima transitoria de la Constitución Política del Estado de Chile, agregada por el artículo 2º de la ley Nº 17.450, de 16 de julio de 1071.". En seguida, ha consultado el siguiente artículo 6º, nuevo: "Artículo 6º- Sustitúyese en el inciso primero del artículo 15 de la ley Nº 16.723, el guarismo "1,7" por "2,7". Los recursos que se obtengan por el aumento del impuesto referido en el inciso anterior incrementarán el patrimonio de la Corporación de Fomento y Desarrollo de Atacama y Coquimbo, la que deberá invertirlos exclusivamente en el desarrollo del departamento de Chañaral. La Empresa Nacional de Minería deberá comprar los concentrados que produzcan las personas referidas en el artículo 15 de la ley Nº 16.723.". Artículo 6º Ha pasado a ser artículo 7º, con la sola enmienda que consiste en suprimir la frase "sin que esto importe la creación de nuevas plazas" y la coma (,) que la anteceden. Artículo 7º Ha pasado a ser artículo 8º, sin modificaciones. Artículo 8º A pasado a ser artículo 9º, con la sola enmienda de sustituir la expresión ", contados desde" por la preposición "a)". "Artículo 1º- Facúltase al Presidente de la República para que durante un año presupuestario, contado desde la fecha de vigencia de esta ley, distribuya entre las Municipalidades de Chañaral y Pueblo Hundido, en la forma que al efecto determine, los recursos que a éstas les corresponde en virtud de lo dispuesto en el artículo 27 de la ley Nº 16.624.". Ha suprimido su inciso segundo. Artículo 2º Ha sido redactado en los siguientes términos: "Artículo 2º- Tendrán prioridad para ingresar a las respectivas plantas del personal de la Municipalidad de Pueblo Hundido, los actuales empleados y obreros de la Municipalidad de Chañaral que solicitaren su traslado a aquella Municipalidad.". A continuación, ha consultado el siguiente artículo 10, nuevo: "Artículo 10.- De los fondos provenientes de la explotación por la Empresa Nacional de Minería de los relaves del Río Salado y que se asignen al desarrollo del departamento de Chañaral, se destinará un diez por ciento (10%) en favor de la Municipalidad de la comuna de Chañaral. Este porcentaje será depositado en la Tesorería Comunal de Chañaral en una cuenta especial como fondos del Presupuesto Ordinario de esa Municipalidad, la que deberá invertir anualmente un cuarenta por ciento de dichos ingresos en la ejecución de obras nuevas dentro del territorio de su jurisdicción.". Artículos transitorios Artículo 1º Ha sustituido su inciso primero por el siguiente: En seguida, ha consultado el siguiente artículo 3º transitorio, nuevo: "Artículo 3º- No obstante la creación de la Municipalidad de Pueblo Hundido, la Municipalidad de Chañaral sólo procederá a la reducción de sus plantas de empleados y obreros a medida de que en éstas se produzcan vacantes. Para el solo efecto del cumplimiento de lo establecido en este artículo, no afectarán a la Municipalidad de Chañaral las limitaciones contenidas en los artículos 35 de la ley Nº 11.469 y 109 de la ley Nº 11.860.". Artículo 3º Ha pasado a ser artículo 4º transitorio, sustituido por el siguiente: "Artículo 4º- No obstante lo dispuesto en el inciso final del artículo 3º permanente de esta ley, los préstamos obtenidos por la Municipalidad de Chañaral antes de la vigencia de la presente ley, financiados con el rendimiento del uno por mil del impuesto territorial, serán servidos por la Municipalidad mencionada y la de Pueblo Hundido en proporción al ingreso que a cada una corresponda percibir por concepto del impuesto referido.". Artículo 4º Ha sido suprimido. Lo que tengo a honra comunicar a V. E., en respuesta a vuestro oficio Nº 911, de fecha 24 de diciembre de 1970. Acompaño los antecedentes respectivos. Dios guarde a V. E. (Fdo.): Ricardo Ferrando Keun.- Daniel Egas Matamala." 12.- OFICIO DEL SENADO "Nº 11475.- Santiago, 3 de septiembre de 1971. El Senado ha tenido a bien no insistir en la aprobación de las enmiendas que introdujo a los proyectos que modifican la ley Nº 11.622, sobre arrendamiento de habitaciones y locales comerciales, que esa Honorable Cámara ha rechazado, con excepción de las siguientes, en cuya aprobación ha insistido: Artículo 1º (Oficio Nº 993) La que consiste en agregar un Nº 5º, nuevo, al artículo 22 de la ley Nº 11.622. Artículo 2º (Oficio Nº 993) La que tiene por objeto rechazar el artículo 35, nuevo, que se propone agregar a la ley Nº 11.622. La que consiste en intercalar, después de la palabra "procuradores", la frase "judiciales de la Dirección de Industria y Comercio" en el artículo 41, nuevo, que se propone agregar a la ley Nº 11.622. Lo que tengo a honra comunicar a V. E., en respuesta a vuestro oficio Nº 1.119, de fecha 28 de julio de 1971. Acompaño los antecedentes respectivos. Dios guarde a V. E. (Fdo.): Ricardo Ferrando Keun.- Pelagio Figueroa Toro." 13.- OFICIO DEL SENADO "Nº 11497.- Santiago, 6 de septiembre de 1971. El Senado ha tenido a bien aprobar la modificación introducida por esa Honorable Cámara el proyecto de ley que sanciona a quienes adquieran a título oneroso, los artículos distribuidos en forma gratuita por los Servicios del Estado. Lo que tengo a honra comunicar a V. E., en respuesta a vuestro oficio Nº 1.086, de 8 de julio de 1971. Devuelvo los antecedentes respectivos. Dios guarde a V. E. (Fdo.): Ricardo Ferrando Keun.- Daniel Egas Matamala." 14.- OFICIO DEL SENADO "Nº 11489.- Santiago, 6 de septiembre de 1971. El Senado ha tenido a bien aprobar la modificación que esa Honorable Cámara introdujo al proyecto de ley que aumenta, por gracia, la pensión de que actualmente disfruta don Manuel Huidobro Gutiérrez. Lo que tengo a honra comunicar a V. E., en respuesta a vuestro oficio Nº 1.135, de fecha 5 de agosto de 1971. Devuelvo los antecedentes respectivos. Dios guarde a V. E. (Fdo.): Ricardo Ferrando Keun.- Daniel Egas Matamala. 15.- OFICIO DEL SENADO "Nº 11468.- Santiago, 3 de septiembre de 1971. El Senado ha tenido a bien acceder al retiro de la observación formulada por Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto de ley que beneficia a doña Isabel Lolas Nazrala. Lo que tengo a honra comunicar a V. E., en respuesta a vuestro oficio Nº 1.238, de fecha 30 de agosto de 1971. Devuelvo los antecedentes respectivos. Dios guarde a V. E. (Fdo.): Ricardo Ferrando Keun.- Pelagio Figueroa Toro." 16.- OFICIO DEL SENADO "Nº 11493.- Santiago, 6 de septiembre de 1971. Con motivo de la moción e informe que tengo a honra pasar a manos de V. E., el Senado ha tenido a bien aprobar el siguiente Proyecto de ley: "Artículo único.- Declárase que en las áreas contempladas por el plano regulador de la ciudad de Punta Arenas como zonas comerciales y/o residenciales podrán construirse o ampliarse los edificios de los establecimientos educacionales actualmente existentes y llevarse a cabo las construcciones anexas a éstos que sean necesarias para atender las necesidades de la población estudiantil.'. Dios guarde a V. E. (Fdo.): Patricio Aylwin Azócar.- Daniel Egas Matamala." 17.- OFICIO DEL SENADO "Nº 11486.- Santiago, 6 de septiembre de 1971. Con motivo de la moción, informe y antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V. E., el Senado ha tenido a bien aprobar el siguiente Proyecto de ley: "Artículo único.- Reemplázase en el artículo 1º de la ley Nº 16.365, en la línea correspondiente a "Subjefe de la Redacción" el guarismo "1)" por "(2)"; en la correspondiente a "Redactor 3º", el guarismo "(2)" por "(3)", y en la correspondiente a "Taquígrafo 3º", el guarismo "(2)" por "(3)". Traspásase desde el ítem 03/01/01.003 "Sobresueldos" del Poder Judicial, a los ítem 02/01/01.001 y 02/01/01.002, "Sueldos" y "Sobresueldos" del Senado de la República, todos del Presupuesto de la Nación para el año 1971, las sumas que sean necesarias para financiar esta ley.". Dios guarde a V. E. (Fdo.): Ricardo Ferrando Keun.- Daniel Egas Matamala." 18.- OFICIO DEL SENADO "Nº 11472.- Santiago, 3 de septiembre de 1971. Con motivo del Mensaje, informe y antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V. E., el Senado ha tenido a bien aprobar el siguiente Proyecto de ley: "Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley Nº 16.741, de 8 de abril de 1968: a) Reemplázase, en los números 1º y 2º del artículo 2º, la expresión "lº de enero de 1967" por "9 de julio de 1971". b) Intercálase, en el número 3º del artículo 2º, a continuación de "mencionados en el Nº 1", lo siguiente: "y le fuere exi- gible de acuerdo con ellos". c) Agréganse los siguientes incisos al artículo 25: "La Corporación de Servicios Habitacionales podrá, sin perjuicio de los derechos que le correspondan ejercer de conformidad al inciso anterior, pedir al Tribunal de la causa que se le adjudiquen, sin previa licitación, todos o algunos de los sitios que resten vacantes o disponibles una vez terminado el proceso de verificación. La adjudicación que se efectúe en tal caso, se hará por el valor de tasación que les fije el Director del Servicio de Impuestos Internos. En contra de esta resolución podrán interponerse los recursos que franquea el artículo 139 del D.F.L. 190, de 5 de mayo de 1960, sujetos en su tramitación al procedimiento que contemplan los artículos 139 a 148 del referido decreto con fuerza de ley. La Corporación de Servicios Habitacionales consignará de contado el valor de adjudicación de los sitios respectivos, con cargo a cuyos fondos sólo podrá girarse para financiar la ejecución de obras de urbanización. El remanente, si lo hubiere una vez terminadas dichas obras, pertenecerá al propietario.", y d) Intercálase, a continuación del inciso tercero del artículo 29, el siguiente inciso cuarto: "Con todo, perderá el derecho de preferencia el poblador que tuviere, además, derechos acreditados en forma exclusiva sobre otro u otros sitios de la misma población, o fuere dueño, con anterioridad, de un bien raíz. Sin embargo, si se encontrare en posesión material del terreno, por haber edificado o encontrarse viviendo en él, mantendrá su preferencia, pero se entenderán disponibles el o los sitios en que también hubiere registrado su opción exclusiva para el solo efecto de entregarlos en dominio al o los pobladores que, careciendo de derechos sobre otros sitios determinados, resultaren postergados por aquél.". Dios guarde a V. E. (Fdo.): Patricio Aylwin Azócar.- Daniel Egas Matamala 19.- OFICIO DEL SENADO "Nº 11492.- Santiago, 2 de septiembre de 1971. Con motivo de la moción, informe y antecedente que tengo a honra pasar a manos de V. E., el Senado ha tenido a bien aprobar el siguiente Proyecto de ley: "Artículo único.- Extiéndense los efectos del inciso primero del artículo segundo transitorio de la ley Nº 16.346, de 20 de octubre de 1965, sobre Legitimación Adoptiva, a aquellas personas que hubiesen cometido el delito de inscribir como propio a un hijo ajeno, entre la fecha de vigencia de la ley Nº 16.346 y el 20 de agosto de 1971.". Dios guarde a V. E. (Fdo.): Patricio Aylwin Azócar.- Daniel Egas Matamala." 20.- OFICIO DEL SENADO "Nº 11488.- Santiago, 6 de septiembre de 1971. Con motivo de la moción, informes y antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V. E., el Senado ha tenido a bien aprobar el siguiente Proyecto de ley: "Artículo único.- Otórgasele, por gracia, a don Amoldo Alarcón Araya, una pensión equivalente a la remuneración íntegra de un Cabo 2º de Ejército, sin quinquenios. El gasto que demande la aplicación de esta ley será de cargo del ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.". Dios guarde a V. E. (Fdo.): Ricardo Ferrando Keun.- Daniel Egas Matamala." 21.- OFICIO DEL SENADO "Nº 11495.- Santiago, 6 de septiembre de 1971. En sesión de fecha 2 del actual, se dio cuenta de una moción suscrita por el H. Senador señor Alfredo Lorca, con la cual inicia un proyecto que modifica la ley Nº 10.107, que estableció un impuesto a las ostras extraídas en la comuna de Ancud, el que, dadas las disposiciones que contiene, debe tener su origen en esa H. Cámara, en conformidad a lo establecido en el artículo 45 de la Constitución Política del Estado. En consecuencia, remito a V. E. el referido proyecto de ley, a fin de que algún señor Diputado, si lo estima conveniente, le otorgue el patrocinio constitucional correspondiente. Dios guarde a V. E. (Fdo.): Ricardo Ferrando Keun.- Daniel Egas Matamala." 22.- INFORME DE LA COMISION DE GOBIERNO INTERIOR "Honorable Cámara: La Comisión de Gobierno Interior pasa a informar el proyecto de ley, de origen en una moción del señor Rodríguez, sobre la materia indicada. Por regla general, la venta de productos alimenticios perecibles se hace mediante el funcionamiento de vegas libres. Con este sistema se abaratan los precios pero se desmejora notablemente todo aquello que dice relación con las condiciones mínimas de sanidad. El pequeño comerciante que trabaja en ellas puede ver resentida su salud, en razón de que su trabajo lo hace a la intemperie, al contacto con la humedad y en general, en condiciones inhumanas. Se señaló que generalmente se faculta la instalación de estas ferias porque ello constituye un buen ingreso municipal. El proyecto en informe tiene por objeto obtener recursos para la construcción de una Vega Modelo y dos nuevos mercados periféricos en la ciudad de Talca, para evitar los problemas mencionados y hacer más eficaz la labor de los pequeños comerciantes. El artículo 1º señala que todos los derechos que la Municipalidad de Talca recaude, por cualquier concepto en las actuales Ferias Libres o Mercados, deberán depositarse en una cuenta especial en el Banco del Estado de Chile. El artículo 2º faculta al Banco del Estado de Chile para otorgar un crédito de hasta Eº 5.000.000 a la Municipalidad de Talca. El artículo 4º establece que estos fondos deberán ser invertidos en la construcción de una Vega Modelo en el sector nororiente de la ciudad. El artículo 5º señala que cumplida la construcción de la Vega mencionada anteriormente, la Municipalidad deberá invertir el saldo del préstamo o los derechos que continúe recaudando en la construcción de dos nuevos mercados periféricos, en el mejoramiento de los actuales Mercados Municipales y en la construcción de la prolongación de la actual Alameda Bernardo O'Higgins, con doble vía, hasta el camino longitudinal. Por las razones expuestas y las que dará oportunamente el señor Diputado informante, la Comisión de Gobierno Interior solicita a la H. Cámara la aprobación del siguiente Proyecto de ley: "Artículo 1º- Todos los derechos que la Ilustre Municipalidad de Talca recaude, por cualquier concepto en las actuales Ferias Libres o Mercados, deberán depositarse en una cuenta especial del Banco del Estado de Chile, con el solo propósito de dar cumplimiento a los objetivos de la presente ley. Artículo 2º- Facúltase al Banco del Estado de Chile, u otra de las instituciones bancarias estatizadas, para otorgar un crédito de hasta Eº 5.000.000 a la Ilustre Municipalidad de Talca, a un interés no superior al 12% anual sin reajuste, sin impuestos a los intereses ni de ninguna otra naturaleza y con una amortización que extinga la deuda en un plazo máximo de diez años. Artículo 3º- Facúltase a la Ilustre Municipalidad de Talca para contratar en forma directa el préstamo señalado en el artículo anterior y hasta por la suma indicada, el que deberá ser cancelado con los ingresos que recaude de acuerdo a lo establecido en el artículo 1º. Artículo 4º- El producto de los derechos que la Ilustre Municipalidad de Talca obtenga, o del préstamo señalado, deberá invertirlo, en primer término, en la construcción de una Vega Modelo en el sector nororiente de la ciudad. Artículo 5°- Cumplida la construcción de la Vega Modelo mencionada en el artículo anterior, la Ilustre Municipalidad deberá invertir el saldo del préstamo, o los derechos que continúe recaudando, en la construcción de dos nuevos Mercados periféricos en las ubicaciones que su Arquitecto Urbanista, de común acuerdo con los Ediles, señale: en el mejoramiento de los actuales Mercados Municipales y en la construcción de la prolongación de la actual Alameda Bernardo O'Higgins, con doble vía, hasta el camino longitudinal con todas sus obras de arte. Artículo 6º- Una vez cumplidos los objetivos señalados en la presente ley, previamente comprobado por la Contraloría General de la República a petición de la Ilustre Municipalidad de Talca, los derechos que se sigan recaudando por los conceptos señalados y después de cubrir el préstamo indicado en el artículo 3º, ingresarán nuevamente, a las arcas generales de la mencionada Municipalidad. Sala de la Comisión, a 2 de septiembre de 1971. Acordado en sesión de fecha 2 de septiembre de 1971, con asistencia de los señores Tudela (Presidente accidental); Agurto; Cabello; Carrasco; De la Fuente; Rodríguez; Klein; Monckeberg; Ramírez don Gustavo; señora Baltra doña Mireya y señorita Saavedra doña Wilna. Se designó Diputado informante al señor Rodríguez. (Fdo.): Fernando Errázuriz Guzmán, Secretario de Comisiones." 23.- INFORME DE LA COMISION DE GOBIERNO INTERIOR "Honorable Cámara: La Comisión de Gobierno Interior pasa a informar el proyecto de ley, remitido por el H. Senado sobre la materia indicada. Frecuentemente el legislador ha dictado normas que permiten a los Municipios contratar créditos destinados a financiar realizaciones indispensables para el progreso comunal. El proyecto en informe tiende a otorgar créditos a la Municipalidad de Cisnes, la que se ve afectada por los problemas que son comunes a todas las Municipalidades agudizados por su aislamiento geográfico. La Comisión de Gobierno Interior estuvo de acuerdo con la iniciativa en informe y solicita a la H. Cámara la aprobación, en los mismos términos en que lo hizo el H. Senado, del siguiente Proyecto de ley: "Artículo 1º- Autorízase a la Municipalidad de Cisnes para contratar uno o más empréstitos directamente con el Banco del Estado de Chile, la Corporación de Fomento de la Producción u otra institución de crédito, que produzcan hasta la suma de doscientos, mil escudos, al interés corriente bancario y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de diez años. Artículo 2º- Facúltase al Banco del Estado de Chile y demás instituciones de crédito para tomar el o los empréstitos a que se refiere el artículo anterior. Para este efecto, no regirán las restricciones impuestas a dichas entidades en virtud de sus respectivas leyes orgánicas. Artículo 3º- El producto de los empréstitos que se contraten en uso de las autorizaciones que confiere la presente ley, deberá ser invertido en las obras de progreso comunal que acuerde la Municipalidad de Cisnes por los dos tercios de sus Regidores en ejercicio. Artículo 4º- La Municipalidad de Cisnes servirá los empréstitos que se autoriza contratar con el producto de la tasa parcial señalada en la letra e) del artículo 16 de la ley Nº 17.235, que provenga del impuesto territorial que grava a los inmuebles de la comuna. Asimismo, podrá disponer para este objeto de los recursos indicados en las letras c) y d) del citado artículo, una vez satisfechas las necesidades para las que están específicamente destinados. Si los recursos señalados en el presente artículo fueren insuficientes para el servicio de la deuda, la Municipalidad de Cisnes completará la cantidad necesaria con cualquiera clase de fondos de sus rentas ordinarias, con excepción de los destinados al pago de sueldos o remuneraciones de cualquiera naturaleza de su personal de empleados y obreros. Artículo 5º- Autorízase, en caso de no contratarse los empréstitos referidos en el artículo 1º, la inversión directa en la ejecución de las obras indicadas en el artículo 3º de las tasas parciales a que se refiere el artículo anterior, y su percepción por la Municipalidad. Artículo 6º- El pago de intereses y amortizaciones ordinarias y extraordinarias de los empréstitos se hará por intermedio de la Caja Autónoma de Amortización de la Deuda Pública, para cuyo efecto la Tesorería Comunal de Cisnes, por intermedio de la Tesorería General de la República, pondrá oportunamente a disposición de dicha Caja los fondos necesarios para cubrir estos pagos, sin necesidad de decreto del Alcalde en el caso de que éste no haya sido dictado en la debida oportunidad. La Caja citada atenderá el pago de estos servicios de acuerdo con las normas establecidas por ella para el servicio de la deuda interna. Artículo 7º- La Municipalidad de Cisnes depositará en la cuenta de depósito fiscal "F- ,26 ¡Servicio de Empréstitos y Bonos", los recursos que destina esta ley al servicio de los préstamos, hasta la cantidad a que ascienda dicho servicios por los intereses y amortizaciones ordinarias. Asimismo, la Municipalidad referida deberá consultar en su presupuesto anual, en la partida de ingresos extraordinarios, los recursos que produzca la contratación del o los empréstitos, y en la partida de egresos extraordinarios, las inversiones proyectadas de acuerdo con lo dispuesto en la presente ley. Artículo 8º- El Instituto Corfo Aisén destinará anualmente un medio por ciento, a lo menos, dé los recursos que le asignen su Ley Orgánica y leyes especiales a obras de progreso local de la comuna de Cisnes, en especial las que digan relación con su desarrollo pesquero y agropecuario. Dicho instituto determinará dentro del mes de enero de cada año las inversiones a realizar en cumplimiento de la dispuesto en el inciso anterior, previo informe de la Municipalidad de Cisnes.". Sala de la Comisión, a 2 de septiembre de 1971. Acordado en sesión de igual fecha, con asistencia de los señores Tudela (Presidente accidental); Agurto; Cabello; Carrasco; De la Fuente; Rodríguez; Klein; Monckeberg; Ramírez don Gustavo; señora Baltra doña Mireya y señorita Saavedra doña Wilna. Se designó Diputado informante al señor Carrasco. (Fdo.): Fernando Errázuriz G., Secretario de Comisiones." 24.- INFORME DE LA COMISION DE HACIENDA "Honorable Cámara: La Comisión de Hacienda pasa a informar un proyecto de ley, originado en una moción del señor González, que modifica la ley Nº 16.813, que creó la Corporación de Magallanes, en el sentido de permitir que determinados ingresos se depositen en Bancos Regionales de esa provincia. El artículo 45 de la ley Nº 16.813 dispone que las cantidades que el Fisco perciba en virtud de lo establecido en la ley Nº 14.824 -que fija normas sobre internación y exportación de mercaderías en la provincia de Magallanes, entre otras, y establece impuestos cuyo rendimiento deberá invertirse en obras públicas y de desarrollo de esa provincia- deberán ser depositados en una cuenta especial en la Tesorería Provincial de Magallanes, institución que, a su vez, los entregará posteriormente a la Corporación de Magallanes. Ahora bien, según cálculos efectuados a mediados del año 1969, ocasión en que se presentó la moción que dio origen al proyecto de ley en informe, se estimó que los recursos que se obtienen por este concepto, alcanzan a una suma aproximada de Eº 20.000.000 anuales. Con estos antecedentes, se propone, que los depósitos a que alude el artículo 45 de la ley 16.813 puedan ser también depositados en los diversos Bancos Regionales de la Provincia de Magallanes, con la condición de que éstos deberán destinar un 80% de esos fondos, por lo menos, al desarrollo de la industria y de la agricultura de dicha provincia. De esta manera, se obtendría "un mayor interés en los capitales regionales por intervenir en la zona, evitando así la huida actual que es tan frecuente y, a la vez, se obtendría una tonificación de los recursos que se dispone para el desarrollo de la industria y agricultura magallánicas." Por estas razones, la Comisión de Hacienda concordó con los propósitos de fomento regional que animan al proyecto en informe y le prestó su aprobación unánime, en los mismos términos propuestos, que son los siguientes Proyecto de ley: "Artículo único.- Agrégase al final del inciso primero del artículo 45 de la ley Nº 16.813, después de la frase "... de la Cuenta Única Fiscal en el Banco del Estado de Chile.", la siguiente frase que será precedida de un punto y coma: "o también se podrán depositar en los Bancos Regionales de la Provincia de Magallanes, los que serán destinados en su totalidad al fomento y desarrollo de la industria, de la agricultura y ganadería.". Sala de la Comisión, a 6 de septiembre de 1971. Acordado en sesión de fecha 30 de agosto, con asistencia de los señores Phillips (Presidente), Carrasco, Cerda, Frías y Páez. Se designó Diputado informante al señor Carrasco. (Fdo.): Carlos Olivares Santa Cruz, Secretario de la Comisión." 25.- INFORME DE LA COMISION DE HACIENDA "Honorable Cámara: La Comisión de Hacienda pasa a informar un proyecto de ley, de origen en una moción de la señorita Lacoste, que establece un descuento en las remuneraciones de los obreros de la Empresa Portuaria de Chile, que pertenezca a la Unión de Obreros Portuarios de Valparaíso, para la adquisición de una clínica dental, un aparato de Rayos X y dos ambulancias. La Unión de Obreros Portuarios de Valparaíso, se encuentra autorizada por el artículo 169 de la ley Nº 16.840, de 24 de mayo de 1968, para importar, liberados de todo derecho o gravamen, una clínica dental, un aparato de Rayos X y dos ambulancias, que deberán destinarse al Servicio de Bienestar de dicha institución. Según se informa en la exposición de motivos del proyecto de ley que dio origen a la iniciativa en informe, el elevado costo de estos equipos indujo a dichos obreros portuarios a hacer un aporte de un uno por ciento de sus sueldos, durante dos años, con el objeto de financiar esa adquisición, tal como habían hecho en otras ocasiones con fines sociales similares. La iniciativa legal en estudio acoge esta inquietud y la materializa en una norma legal, razón por la cual la Comisión de Hacienda le prestó su aprobación unánime, con la sola enmienda de modificar los plazos respectivos, con el objeto de ponerlos al día. En consecuencia, recomienda a la H. Cámara la aprobación del siguiente Proyecto de ley "Artículo único.- A contar del 1º de enero de 1972 y hasta el 31 de diciembre de 1973, se descontará mensualmente el 1% sobre las remuneraciones que perciban los obreros de la Empresa Portuaria de Chile, que pertenezcan a la "Unión Obreros Portuarios de Valparaíso", valores que se destinarán a la adquisición de las Clínicas Dentales, Rayos X y dos ambulancias, y sus respectivos instrumentales y accesorios.". Sala de la Comisión, a 6 de septiembre de 1971. Acordado en sesión de fecha 30 de agosto, con asistencia de los señores Phillips (Presidente); Carrasco; Cerda; Frías y Páez. Se designó Diputado informante al señor Frías. (Fdo.): Carlos Olivares Santa Cruz, Secretario de la Comisión." 26.- INFORME DE LA COMISION DE HACIENDA "Honorable Cámara: La Comisión de Hacienda pasa a informar un proyecto de ley, originado en una moción de los señores Lorca; Mekis; Alessandri don Gustavo; Godoy y Scarella, que establece que los créditos en cuentas corrientes y sobregiros podrán alcanzar hasta medio sueldo vital, Escala A, del Departamento de Santiago. Como se indica en la exposición de motivos de la moción que dio origen al proyecto en informe, con fecha 18 de junio de 1965, la Superintendencia de Bancos acordó aprobar el acuerdo adoptado por el Directorio del Banco Central de Chile en sesión Nº 2.022, extraordinaria, de 22 de abril, en el que se estableció que, a partir del 1º de octubre de ese año, las empresas bancarias no podrían conceder créditos en cuenta corriente ni consentir sobregiros en dichas cuentas, por una cantidad que excediera de cien escudos. Con el objeto de actualizar esa cantidad, en proporción a la desvalorización que desde esa fecha ha experimentado nuestra moneda por causa del proceso inflacionario, el proyecto primitivo proponía aumentar esa suma a medio sueldo vital Escala A, del departamento de Santiago. La Comisión de Hacienda le prestó su aprobación unánime, con la sola enmienda de elevar dicha cantidad a un sueldo vital. En consecuencia, recomienda a la H. Cámara la aprobación del siguiente Proyecto de ley "Artículo único.- Establécese que los créditos en cuenta corriente y sobregiros en dichas cuentas podrán alcanzar hasta un sueldo vital, Escala A, del Departamento de Santiago.". Sala de la Comisión, a 3 de septiembre de 1971. Acordado en sesión de fecha 30 de agosto, con asistencia de los señores Phillips (Presidente); Carrasco; Cerda; Frías y Páez. Se designó Diputado informante al señor Frías. (Fdo.): Carlos Olivares Santa Cruz, Secretario de la Comisión." 27.- INFORME DE LA COMISION DE HACIENDA "Honorable Cámara: La Comisión de Hacienda pasa a informar un proyecto de ley, originado en una moción del señor Schleyer, que consulta recursos para el Asilo de Ancianos de Temuco. El Asilo de Ancianos de Temuco cumple su misión humanitaria con extraordinaria abnegación, por que ha concitado el unánime reconocimiento de los vecinos de esa zona. Desgraciadamente, carece de los recursos económicos suficientes, razón por la cual la continuidad de su funcionamiento se encuentra habitualmente amenazada. Con el objeto de proporcionarle la necesaria estabilidad económica, el proyecto en estudio dispone que las boletas de compraventa que en cada sorteo, dentro de la provincia de Cautín, resulten premiadas y no sean cobradas dentro de los plazos correspondientes, incrementarán una Cuenta Especial que abrirá la Tesorería General de la República y que se denominará "Fondos Alimentación Asilo de Ancianos de Temuco". Aún cuando no se proporcionaron a la Comisión antecedentes que permitan calcular el rendimiento de la medida propuesta, cabe estimar que, sin significar éste una suma muy elevada, será suficiente para contribuir, en un porcentaje muy apreciable, al financiamiento de dicha institución. Por estas razones, la Comisión de Hacienda le prestó su aprobación unánime, con la sola enmienda de rechazar el artículo 3º del proyecto primitivo, que establecía una multa a los electores de la provincia de Cautín que, en cualquier acto eleccionario, no concurrieran a las urnas sin causa justificada, disposición que se estimó inconveniente. En consecuencia, la Comisión recomienda a la Honorable Cámara la aprobación siguiente Proyecto de ley: "Artículo 1º- Las boletas de compraventa que en cada sorteo, dentro de la provincia de Cautín, resulten premiadas y no sean cobradas dentro de los plazos legales estipulados, pasarán a formar parte de una Cuenta Especial para el Asilo de Ancianos de Temuco. Artículo 2º- La Dirección Nacional de Impuestos Internos elevará mensualmente a la Tesorería General de la República, una vez efectuado cada sorteo, una cuenta detallada de las boletas no cobradas, pertenecientes a la provincia de Cautín. Artículo 3º- La Tesorería General de la República abrirá una Cuenta Especial que se denominará "Fondos Alimentación Asilo de Ancianos de Temuco. Artículo 4º- La presente ley empezará a regir de la fecha de su promulgación en el Diario Oficial.". Sala de la Comisión, a 3 de septiembre de 1971. Acordado en sesión de fecha 30 de agosto, con asistencia de los señores Phillips (Presidente); Carrasco; Cerda; Frías y Páez. Se designó Diputado informante al señor Frías. (Fdo.): Carlos Olivares Santa Cruz, Secretario de la Comisión." 28.- INFORME DE LA COMISION DE HACIENDA "Honorable Cámara: La Comisión de Hacienda pasa a informar el proyecto de ley, originado en una moción de los señores Atencio, Carvajal y Palza, que autoriza a la Junta de Adelanto de Arica para transferir gratuitamente a la Municipalidad de Arica el Matadero de su propiedad. En el año 1962, la Municipalidad de Arica cedió gratuitamente a la Junta de Adelanto el predio en que estaba construido el Matadero Municipal, en razón de que estos terrenos estaban ubicados en el centro de la ciudad y, de acuerdo con lo consultado en el plan de remodelación urbano, en ese lugar debía construirse un local para el funcionamiento del Colegio Medio de Niñas. Por su parte, la Junta de Adelanto construyó, en terrenos propios, un matadero moderno "que vino a reemplazar con ventaja al inadecuado y antihigiénico establecimiento de propiedad municipal que había sido demolido." No obstante, la administración de este matadero escapa a las funciones de la Junta de Adelanto de Arica y, en cambio, es propio y adecuado que sea realizada por la Municipalidad de ese lugar. El proyecto de ley en informe, tiene por objeto disponer el control municipal dehese establecimiento, para lo cual se transfiere gratuitamente su dominio a la Municipalidad de Arica. Por estas razones, la Comisión de Hacienda prestó su aprobación unánime al proyecto, en los mismos términos propuestos, que son los siguientes Proyecto de ley: "Artículo único.- Autorízase a la Junta de Adelanto de Arica para transferir gratuitamente a la Municipalidad de Arica el dominio del Matadero y los terrenos en que se levanta, de una superficie aproximada de 1.000 metros cuadrados y los siguientes deslindes: Norte: en 200 metros, con terrenos de Radio El Morro. Sur: en 200 metros, con Ganadera Portales. Oriente: en 50 metros, con calle Diego Portales. Poniente: en 50 metros, con Avenida Alejandro Azola. Autorízase a la Municipalidad de Arica para aceptar la transferencia a que se refiere el inciso anterior y adquirir el dominio sobre el Matadero y los terrenos antes individualizados. La transferencia que se autoriza en el inciso primero no requerirá del trámite de la insinuación judicial.". Sala de la Comisión, a 6 de septiembre de 1971. Acordado en sesión de fecha 30 de agosto, con asistencia de los señores Phillips (Presidente); Carrasco; Cerda; Frías y Páez. Se designó Diputado informante al señor Páez. (Fdo.): Carlos Olivares Santa Cruz, Secretario de la Comisión." 29.- INFORME DE LA COMISION DE HACIENDA "Honorable Cámara. Con motivo de haberse comprobado la existencia de arsénico en el agua potable de la ciudad de Antofagasta, que provenía de la bocatoma de Toconce y como una manera de evitar el daño que produciría a la población el consumo de agua contaminada, la Dirección General de Obras Públicas y la Dirección de Obras Sanitarias dispusieron la instalación de estanques en diversos puntos de la ciudad, los que fueron alimentados con agua de otra bocatoma y, asimismo, ordenaron el retiro de todos los medidores de agua potable de las casas, por estimarse que se encontraban contaminados. No obstante, se continuó el envío de facturas por el consumo de agua de cañería y, como se carecía de medidor, éstas se confeccionaron sobre la base del mayor consumo producido con anterioridad al retiro de los aparatos de medición, en circunstancia que dicho elemento sólo podía usarse en los servicios de alcantarillado, con lo que, indudablemente, se había reducido considerablemente su gasto. Asimismo, se ha notificado a quienes mantienen cuentas impagas que se procederá a cortarles el agua de cañería y a cobrar judicialmente las sumas adeudadas. Con el fin de evitar esta injusticia, el proyecto en informe propone condonar dichas deudas. La Comisión apreció el espíritu de equidad que anima a esta iniciativa legal y le prestó su aprobación unánime, con la sola enmienda de prorrogar hasta el 31 de diciembre de 1970 el plazo de la condonación. En consecuencia, recomienda a la H. Cámara la aprobación del proyecto en estudio, redactado en los siguientes términos. Proyecto de ley: "Artículo único.- Condónanse las deudas pendientes que por concepto de consumo de agua potable, tengan los habitantes de Antofagasta al 31 de diciembre de 1970.". Sala de la Comisión, a 31 de agosto de 1971. Acordado en sesión de fecha 30 del presente, con asistencia de los señores Phillips (Presidente); Carrasco; Cerda; Frías y Páez. Se designó Diputado informante al señor Frías. (Fdo.): Carlos Olivares Santa Cruz, Secretario de la Comisión. 30.- INFORME DE LA COMISION DE HACIENDA "Honorable Cámara: La Comisión de Hacienda pasa a informar un proyecto de ley, originado en una moción de los señores Jerez; Cerda don Carlos; Sanhueza; Saavedra doña Wilna; Pereira; Pareto y Valdés don Manuel; que aclara la ley Nº 16.724, con el objeto de establecer que el sentido de su artículo 19 es el de eximir a las escuelas gratuitas del pago de deudas de pavimentación. El artículo 19 de la ley 16.724 exime a las escuelas gratuitas "del pago de los impuestos fiscales y municipales que gravan su construcción y de las deudas fiscales o municipales de pavimentación." No obstante que dicho texto legal está redactado en términos amplios y sin restricciones, se ha entendido en la práctica que se refiere únicamente a las deudas que se contraigan con motivo de las obras de pavimentación que hayan sido terminadas o totalmente ejecutadas con posterioridad a la fecha de vigencia de dicha ley. El proyecto en informe tiene por objeto aclarar que el sentido del citado artículo 19 es el de eximir a las escuelas gratuitas del pago de todas las deudas de pavimentación y que, por tanto, comprende a las que se hayan contraído con anterioridad a la dictación de ese texto legal. Por estas razones, la Comisión de Hacienda aprobó, por unanimidad, el proyecto en estudio, con la sola enmienda de suprimir la frase "por la vía de la interpretación auténtica", por estimarla innecesaria. En consecuencia, recomienda a la Honorable Cámara, la aprobación del siguiente Proyecto de ley: "Artículo único.- Declárase que el alcance del inciso primero del artículo 19 de la ley Nº 16.724, de 16 de diciembre de 1967, es el de eximir a las escuelas gratuitas del pago de todas las deudas de pavimentación, tanto de las provenientes por obras ejecutadas con posterioridad a la dictación de dicha ley, como de las terminadas con anterioridad a dicha fecha, debiendo, por lo tanto, entenderse éstas como condonadas y totalmente extinguidas.". Sala de la Comisión, a 3 de septiembre de 1971. Acordado en sesión de fecha 30 de agosto, con asistencia de los señores Phillips (Presidente); Carrasco; Cerda; Frías y Páez. Se designó Diputado informante al señor Páez. (Fdo.): Carlos Olivares Santa Cruz, Secretario de la Comisión." 31.- INFORME DE LA COMISION DE HACIENDA "Honorable Cámara: La Comisión de Hacienda pasa a informar el proyecto de ley, originado en una moción de los señores Guastavino, Carvajal y Acevedo, que fija un plazo dentro del cual deberán pagarse a las Municipalidades los impuestos recaudados por el Fisco, que correspondan a participación municipal. Como se establece en la exposición de motivos de la iniciativa legal que dio origen al proyecto en informe, uno de los factores que ocasiona mayores dificultades a las Municipalidades del país para el cumplimiento oportuno de sus compromisos financieros, es el atraso habitual con que reciben los porcentajes que les corresponden de aquellos impuestos que recauda el Fisco. Con el objeto de solucionar este problema, el proyecto en estudio establece que el Tesorero General de la República dispondrá que dichos porcentajes les sean pagados a las Municipalidades dentro del plazo de 10 días siguientes al mes de su percepción, con lo cual se asegura que esas Corporaciones Edilicias podrán contar con estos fondos en una época fija y con un plazo prudencial. La Comisión de Hacienda, por las razones señaladas, prestó su aprobación unánime al proyecto en informe, en los mismos términos propuestos, que son los siguientes: Proyecto de ley: "Artículo único.- El Tesorero General de la República dispondrá que los porcentajes correspondientes a la participación municipal de todos aquellos impuestos que recaude el Fisco, sean cancelados a las Municipalidades dentro de los 10 días siguientes al mes de su percepción. El cumplimiento de esta disposición legal hará responsable al Tesorero General de la República en los términos contemplados en el Título 4? del D.F.L. 338, de 1960, Estatuto Administrativo.". Sala de la Comisión, a 3 de septiembre de 1971. Acordado en sesión de fecha 30 de agosto, con asistencia de los señores Phillips (Presidente); Carrasco; Cerda; Frías y Páez. Se designó Diputado informante al señor Cerda. (Fdo.): Carlos Olivares Santa Cruz, Secretario de la Comisión." 32.- INFORME DE LA COMISION DE SALUD PÚBLICA "Honorable Cámara: La Comisión de Salud Pública pasa a informar el proyecto de ley, de origen en una moción del señor Huepe, que denomina "Augusto Techner Yukle", al Hospital de Contulmo. La localidad de Contulmo careció, por muchos años, de un centro asistencial en el cual sus habitantes pudieran recibir la asistencia médica que requerían. La cristalización de este anhelo sólo fue posible gracias al aporte valioso de un antiguo vecino de dicha localidad, don Augusto Techner Yukle. En efecto, fue este distinguido ciudadano quien donó los terrenos en que hoy se levanta el Hospital de Contulmo, siendo también su generoso aporte económico lo que permitió que se pudieran iniciar los trabajos de construcción de este centro asistencial. Como un reconocimiento de la comunidad mencionada por esta brillante labor altruista, se ha presentado un proyecto de ley tendiente a que ese hospital lleve el nombre de tan relevante hombre de bien. En mérito de lo anteriormente expuesto, la Comisión de Salud Pública, por unanimidad, ha acordado recomendar a la Honorable Corporación, la aprobación de esta iniciativa, redactada en los siguientes términos: Proyecto de ley: "Artículo único.- Denomínase "Augusto Techner Yukle", al Hospital de Contulmo." Acordado en sesión de fecha 23 de junio de 1971, con asistencia de los señores Ferreira (Presidente); Agurto; Alessandri doña Silvia; Frei; Jáuregui; Monckeberg; Orteza; Palza; Scarella y Tudela. Se designó Diputado informante al señor Frei. (Fdo.): Eugenio Yávar Vallebuona, Secretario de la Comisión." 33.- INFORME DE LA COMISION DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION "Honorable Cámara: La Comisión de Economía, Fomento y Reconstrucción pasa a informar una proposición de archivo respecto de diversos proyecto de ley que se encontraban pendientes para su consideración. De tales iniciativas, hay algunas respecto de las cuales las materias a que ellas se refieren han sido encomendadas en otros proyectos despachados por la Comisión, como es el caso de los proyectos sobre comercialización y distribución del petróleo y sus derivados. Por otra parte, con motivo de la vigencia de nuevas disposiciones constitucionales respecto de la iniciativa parlamentaria, a contar desde el 4 de noviembre de 1970, las normas esenciales contenidas en algunas mociones han pasado a ser de aquellas que la Carta Fundamental entrega privativamente al Presidente de la República. Por último, se incluyen proyectos de interés regional, que deberían obedecer a una planificación integral de la política económica a seguir en las zonas correspondientes. Por estas consideraciones, la Comisión de Economía, Fomento y Reconstrucción acordó, por unanimidad, proponer el archivo de los siguientes asuntos, y recomienda a la Honorable Cámara que acceda a ello: 1.- De 30 de junio de 1965. Moción del señor Téllez, que consulta normas para el desarrollo y fomento de las industrias ganadera y pesquera de las provincias de Llanquihue y Aisén. 2.- De 10 de mayo de 1966. Moción de los señores Valente y Guastavino, que establece que la Empresa Nacional de Petróleo adquirirá todas las instalaciones y bienes de empresas nacionales o extranjeras distribuidoras de petróleo, subproductos y derivados. 3.- De 19 de julio de 1966. Moción de los señores Aguilera Báez, Silva Ulloa y Fuentealba, que establece un impuesto por tonelada larga de minerales de hierro que se destinará a financiar la instalación de plantas pelletizadoras, en las provincias de Atacama y Coquimbo y a la ejecución de obras de adelanto local en las comunas productoras de hierro. 4.- De 12 de julio de 1967. Moción de los señores Aylwin, Demarchi, "Videla, Lorca, don Alfredo; Ballesteros y señora Dip, que condona el préstamo otorgado al Consejo Obrero Ferroviario de la Maestranza de San Bernardo, de acuerdo con el artículo 231 de la ley Nº 16.464. 5.- De 10 de septiembre de 1968. Moción de los señores Papic, Sepúlveda, don Eduardo; Maira, Garay, Pareto, Stark, Jerez, Sanhueza, Montt e Iglesias, que establece normas sobre distribución y comercialización de combustibles derivados del petróleo. 6.- De 1º de julio de 1969. Moción del señor González, que modifica el artículo 3º de la ley Nº 9.618, que creó la Empresa Nacional del Petróleo (ENAP), y establece normas sobre distribución y comercialización de combustibles. 7.- De 2 de julio de 1969. Moción de la señorita Lacoste, doña Graciela, que autoriza la creación de Cooperativas de Abastecimiento por parte de las Cámaras de Comercio Detallista. 8.- De 9 de septiembre de 1969. Moción de los señores Mercado y Penna, que establece un régimen especial para la exportación, importación y fomento del departamento de Coquimbo. 9.- De 18 de junio de 1970. Moción del señor Núñez, que establece normas que favorecen la instalación de nuevas industrias en diversos departamentos de la provincia de Santiago. 10.- De 14 de julio de 1970. Moción de los señores Cantero, Pontigo y Fuentealba Medina, que establece normas para la renovación de los vehículos destinados al servicio de taxis y otorga franquicias para su importación. Sala de la Comisión, a 19 de agosto de 1971. Acordado en sesiones de fechas 4 y 11 del mes en curso, con asistencia de los señores Guastavino (Presidente); Buzeta; Fuentes don César Raúl; Lavandero; Páez; Rodríguez; Sanhueza; Sepúlveda y Torres. Se designó Diputado informante al señor Sepúlveda. (Fdo.): Manuel Rengifo Eckart, Secretario de la Comisión." 34.- INFORME DE LA COMISION DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION "Honorable Cámara: La Comisión de Economía, Fomento y Reconstrucción pasa a informar la proposición de archivo respecto del proyecto de ley de origen en un mensaje, que crea el Registro Nacional de los Pequeños Industriales y Artesanos de Chile. La Corporación, en sesión 20ª, celebra da el día 10 del mes en curso, aprobó las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto que modifica la ley número 17.066, con el objeto de otorgar previsión a los comerciantes. Las referidas modificaciones consistían, fundamentalmente, en incorporar al Registro Nacional de Comerciantes y conceder previsión, entre otros sectores, a los pequeños industriales y artesanos. Con ello, la idea básica del proyecto respecto del cual se propone el archivo quedó contemplada en el otro, cuya tramitación se encuentra más avanzada. Por otra parte, resulta más expedito el procedimiento para que los pequeños industriales y artesanos puedan recibir los beneficios que se pretende, mediante su anexión a un Registro que está actualmente en funciones, en lugar de crear un organismo nuevo que tendría que iniciar sus labores. Por estas consideraciones, la Comisión de Economía, Fomento y Reconstrucción acordó, por unanimidad, proponer el archivo de la iniciativa individualizada anteriormente, y recomienda a la Honorable Cámara que acceda a ello. Sala de la Comisión, a 27 de agosto de 1971. Acordado en sesión de fecha 18 del mes en curso, con asistencia de los señores Guastavino (Presidente); Buzeta; Lorenzini; Salinas don Anatolio; Sepúlveda y Torres. Se designó Diputado informante al señor Salinas, don Anatolio. (Fdo.): Manuel Rengifo Eckart, Secretario de la Comisión." 35.- OFICIO DE LA COMISION DE GOBIERNO INTERIOR "Santiago, 2 de septiembre de 1971. La Comisión de Gobierno Interior acordó solicitar a V. E., si lo tiene a bien, se sirva recabar de la Corporación la prórroga del plazo para evacuar el primer informe del proyecto de ley, iniciado en un Mensaje con urgencia calificada de "simple", que crea el Ministerio del Mar. Lo que tengo a honra poner en conocimiento de V. E., en virtud del referido acuerdo y por orden del señor Presidente de la Comisión. Dios guarde a V. E. (Fdo.): Fernando Errázuriz Guzmán, Secretario de Comisiones." 36.- MOCION DE LA SEÑORA ALLENDE "Honorable Cámara: Chile, por sus características geográficas, debe impulsar el aprovechamiento de su cordillera en la práctica de deportes invernales como una forma de desarrollar físicamente a su población. En este aspecto ha faltado una acción coordinada de los organismos del Estado, lo que ha provocado que el deporte del sky se haya limitado a las capas sociales más altas. Sin embargo, la atracción de este deporte se ha despertado también en el resto de la población, que cada año en mayor número llega a los principales centros invernales. Pocas capitales tiene el privilegio de la nuestra de contar con centros de deportes invernales de categoría internacional como los de Farellones, La Parva, etc., a escasos minutos del centro de la ciudad. No obstante, son pocos los habitantes de Santiago que conocen o aprovechan de estos lugares, en parte por una inadecuada información y propaganda, pero principalmente por su difícil acceso. El camino que une la localidad de El Arrayán, en la comuna de Las Condes, con Farellones aún no se pavimenta, lo que entorpece el tráfico y lo dificulta aún más como consecuencia de la nieve y del agua. Es indispensable, a la vez, ensanchar y pavimentar esta ruta caminera. Es natural que los que aprovechen de estos centros turísticos contribuyan a su formación y mejoramiento de rutas de acceso. Por esto, en el proyecto de ley que someto a vuestra consideración, establezco una plaza de peaje en dicho camino, con el objeto de recaudar recursos para financiar estas obras y, al mismo tiempo, para crear un fondo que permita facilitar el acceso a este tipo de deportes a escolares de escasos recursos mediante la construcción de refugios adecuados donde recibirán la instrucción que se precisa para practicar sky y otros deportes invernales. Por las consideraciones expuestas, vengo en someter a la consideración del Honorable Senado, el siguiente Proyecto de ley: "Artículo único.- Autorízase al Presidente de la República para establecer una plaza de peaje en el camino de Santiago a Farellones, cuyo producido se destinará en un 50% a su mejoramiento y ampliación y en el 50% restante, a la construcción y mantención de refugios para escolares de escasos recursos de la zona de Farellones y adyacentes, así como para la instrucción de éstos en deportes invernales. Los recursos que se obtengan en virtud del peaje referido en el inciso anterior, se depositarán en dos cuentas especiales, subsidiarias de la Cuenta Única Fiscal. Una se abrirá a nombre del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, y a ella ingresarán los recursos destinados al mejoramiento y ampliación del camino a Farellones, no pudiéndose girar sobre ella sino para este objeto; y la otra estará a nombre del Ministerio de Educación Pública, el que girará exclusivamente para la construcción y mantención de los refugios indicados y para la instrucción de escolares en deportes invernales. Los saldos no invertidos de las cuentas indicadas en el inciso anterior al término del ejercicio presupuestario, no ingresarán a rentas generales de la Nación. La Contraloría General de la República llevará contabilidad separada de la inversión de los fondos que se recauden en cada una de las cuentas especiales que se crean en virtud de este artículo.". (Fdo.): Laura Allende G.". 37.- MOCION DEL SEÑOR JARAMILLO "Honorable Cámara: La Municipalidad de El Carmen, provincia de Ñuble, con el fin de impulsar el progreso de la comuna, acordó, en la sesión extraordinaria del 18 de agosto de 1971, solicitar un préstamo directamente con el Banco del Estado de Chile, la Corporación de Fomento de la Producción u otras instituciones bancarias hasta por la suma de Eº 600.000 (seiscientos mil escudos). Estos fondos serán para la instalación del alcantarillado en el pueblo de El Carmen, obra importantísima para la salud, higiene y bienestar de la población. Además, serviría para dar trabajo a muchos obreros, actualmente cesantes. En consideración a este acuerdo municipal, presento el siguiente Proyecto de ley: "Artículo 1º- Autorízase a la Municipalidad de El Carmen para contratar uno o más empréstitos directamente con el Banco del Estado de Chile, la Corporación de Fomento de la Producción u otras instituciones bancarias o de créditos que produzcan hasta la suma de seiscientos mil escudos (Eº 600.000), a un interés no superior al corriente bancario y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de diez años. Artículo 2º- Facúltase al Banco del Estado de Chile, a la Corporación de Fomento de la Producción u otras instituciones de crédito bancarias para tomar el o los empréstitos a que se refiere el artículo anterior. Artículo 3º- El producto del o de los empréstitos serán destinados por la Municipalidad de El Carmen para la construcción e instalación de la red de alcantarillado en el pueblo de El Carmen. Artículo 4º- Destínase con el exclusivo objeto de atender el servicio del o los empréstitos autorizados, el rendimiento de la tasa parcial del uno por mil sobre el avalúo imponible de los bienes raíces de la comuna de El Carmen, y se efectuará por intermedio de la Caja Autónoma de Amortización de la Deuda Pública, para cuyo efecto la Tesorería Comunal respectiva, por intermedio de la Tesorería General de la República pondrá oportunamente a disposición de dicha Caja los fondos necesarios para el servicio, sin necesidad de decreto del Alcalde, si éste no se dictare en la oportunidad debida. La Caja de Amortización atenderá el pago de este servicio de acuerdo a las normas por ella establecida para el pago de la deuda interna. Artículo 5º- La Municipalidad de El Carmen depositará en la cuenta del depósito fiscal F- 26 Servicios de Empréstitos y Bonos los recursos que destine esta ley al servicio del o los empréstitos y hasta la cantidad que asciende dicho servicio por intereses y amortizaciones ordinarias. Asimismo, la Municipalidad mencionada deberá consultar en sus respectivos presupuestos anuales, en la partida de Extraordinarios, los recursos que produzcan la contratación del o los empréstitos, y en la partida de Egresos Extraordinarios, las inversiones proyectadas de acuerdo con lo expuesto en el artículo 3º de la presente ley. (Fdo.): Alberto Jaramillo Bórquez." 38.- MOCION DE LOS SEÑORES SEPULVEDA, VALENZUELA, ALAMOS E IGLESIAS "Honorable Cámara: Desde hace ya algún tiempo, el sistema cooperativo ha venido incrementándose exitosamente en nuestro país, y cada vez más, un mayor número de nuestros conciudadanos tiene una relación directa o indirecta con el movimiento. La legislación que existe sobre cooperativa está contenida básicamente en el D.F.L. 326, cuyo texto definitivo fue fijado en 1963, por medio del D.R.R.A. Nº 20. Con posterioridad, numerosas leyes han ido perfeccionando dicho texto legal y en esta oportunidad, tras diversos estudios hechos por especialistas y fundamentalmente por la Confederación General de Cooperativas de Chile, presento a la consideración de la Honorable Cámara, el presente proyecto de ley. Este proyecto contiene dos tipos fundamentales de materias. La primera de ellas se refiere al perfeccionamiento del movimiento cooperativo chileno, acorde con sus requerimientos, con el proceso social y económico que vive el país y con las normas más avanzadas de los otros movimientos del resto del mundo. Es así como los tres primeros artículos del proyecto se refieren a la eliminación del voto por poder, a fin de establecer un sistema de elecciones directo. En diversos casos que el proyecto propone, se debe realizar por medio de delegados. Lo anterior significa profundizar y mejorar el principio del control democrático que inspira el movimiento cooperativo y que la legislación vigente consagra en el artículo 1º del D.R.R.A. Nº 20. Se consagran otras disposiciones que modifican la ley de cooperativas, a fin de posibilitar una acción más rápida y expedita de estas entidades, modernizando la legislación, especialmente en el artículo 4º del proyecto, que modifica el artículo 117 del D.R.R.A. Nº 20 y los artículos 7º, 13 y 14 del proyecto, que modifican los artículos 97 y 102 del D.R.R.A. Nº 20, referente a cooperativas de viviendas. El otro tipo de materias que contiene el proyecto de ley que se pretenda a nuestra consideración, se refiere a materias de índole de fomento y económicos en beneficio de las cooperativas de viviendas. Cabe señalar que nuestro país ha llegado a cifras realmente importantes de inversión habitacional cooperativa, al haber logrado realizar aproximadamente un 15% de este gasto a través del cooperativismo de viviendas. Es nuestro interés que ello prosiga, elevando los porcentajes, ya que la vivienda cooperativa es de bajo costo, al no tener comercialización, ya que estas entidades no persiguen fines de lucro y sus costos administrativos y operacionales son realmente muy bajos. Debe destacarse que el rendimiento de invertir escudos en viviendas para cooperativas produce más viviendas que en los otros sistemas. Esta afirmación puede comprobarse al analizar los créditos del SINAP, al obtener como promedio que la inversión en escudo por casa es mayor en un 54,60% para las otras viviendas en relación a las viviendas cooperativas (1970, septiembre, Eº 24.480 en viviendas cooperativas y Eº 37.840 en otras viviendas). Asimismo, el metro cuadrado en vivienda cooperativa resultó un 36% menos que el metro cuadrado de otras viviendas. (Documentos II Congreso Interamericano de Cooperativas de Viviendas). Chile, en construcción habitacional cooperativa, es uno de los pioneros de América Latina y se ha caracterizado por la fuerza de este sector cooperativo de raigambre netamente popular. Para ello es menester reforzar en primer lugar el sistema mismo de las cooperativas de viviendas y en segundo lugar establecer normas claras en los esquemas impositivos y financieros con respecto a estas cooperativas. Creemos que el proyecto contiene normas en tal sentido. Pero hay más aún. La Honorable Cámara ha terminado de discutir el proyecto de ley sobre reconstrucción. El proyecto que presentamos, refuerza y materializa las normas contenidas en la futura ley de Reconstrucción, fundamentalmente en beneficio de las cooperativas de viviendas. Finalmente, destacamos que este proyecto ha sido elaborado con el concurso de la Confederación General de Cooperativas y de los organismos de carácter habitacional cooperativo que se relacionan con él. Muchos de nuestros conciudadanos serán beneficiados con sus normas, además de que un importante sector de nuestras estructuras sociales y económicas colaborarán al desarrollo de Chile. Por estas consideraciones es que sometemos a la Honorable Cámara el proyecto de ley sobre Reformas a la Ley General de Cooperativas y sobre disposiciones de fomento cooperativo que señalamos: Proyecto de ley: "Artículo 1º- Reemplázase el artículo 41 del D.R.R.A. Nº 20, de 1963, por el siguiente: Artículo 41.- Las Juntas Generales serán ordinarias y extraordinarias, y su constitución y atribuciones se regirán por lo que dispongan los respectivos estatutos, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo siguiente. Artículo 2º- Reemplázase el artículo 42 del D.R.R.A. Nº 20, de 1963, por el siguiente: Artículo 42.- En las Juntas Generales cada socio tendrá derecho a un voto, tanto en lo que se refiere a la elección de personas, cuanto en lo relativo a las proposiciones que se formulen. No existirá el voto- poder, pero se podrá establecer en los estatutos el sistema de votación por medio de delegados. Las Juntas Generales deberán constituirse por delegados en los casos siguientes: a) Cuando la cooperativa actúe en diversas secciones territoriales del país; b) Cuando las cooperativas tengan más de 2.000 socios; c) Cuando las cooperativas realicen sus actividades a través de sucursales; y d) Cuando los sectores de socios sean de distinta naturaleza. En casos calificados, las cooperativas podrán prescindir del sistema de delegados con autorización especial de la División de Cooperativas. El número de delegados y la forma de elegirlos se establecerán en los estatutos de cada cooperativa y la División de Cooperativas velará por que dichos sistemas contemplen una debida representatividad de los socios o de los diferentes sectores y, a la vez, un buen funcionamiento de la Junta. Artículo 3º- Agrégase el siguiente artículo transitorio al D.R.R.R. Nº 20, de 1963: "Artículo 5º- Las cooperativas deberán modificar sus estatutos para incorporar los sistemas señalados en los artículos 41 y 42 dentro de los 18 meses siguientes a la publicación de la presente ley. Cumplido que sea dicho plazo, la celebración de las Juntas hechas en contravención a lo dispuesto en este artículo, por las cooperativas, adolecerá de nulidad." Artículo 4°- Agrégase el siguiente nuevo inciso al artículo 117 de D.R.R.A. número 20, de 1963: "Sin perjuicio de lo anterior, podrán ingresar como socios a las Uniones y Federaciones, además de las cooperativas, las personas jurídicas de derecho público o privado que de acuerdo con objeto no persigan fines de lucro. Artículo 5º- Se considerará como parte del ahorro previo que exigen las Asociaciones de Ahorro y Préstamo en la zona damnificada por el terremoto, los terrenos que las cooperativas hayan adquirido, en un valor que no será inferior al 50% que les hubiera correspondido efectuar. El ahorro en dinero que deban enterar las cooperativas, será rebajado en un 50%. Este saldo será enterado transitoriamente por un mayor aporte que deberá efectuar la Caja Central de Ahorros y Préstamos. En las amortizaciones a los créditos se considerará la devolución de dicho aporte transitorio en un plazo máximo de cinco años, contados desde la fecha del mutuo hipotecario respectivo. Para estos efectos no regirán los límites de renta establecidos en las leyes. Las normas contenidas en este artículo sólo serán aplicables a las cooperativas que construyen hasta 70 metros cuadrados de superficie por vivienda, sin incluir espacios comunes cuando se trate de edificación en altura. Artículo 6º- El seguro colectivo de desgravamen de las cooperativas de viviendas en la zona afectada por el sismo, no tendrá límites de edad de ninguna especie y sus giros serán los que corresponda cancelar como si todos los socios tuvieren la edad promedio que se establezca, sin considerar aquellas personas mayores de 60 años. Artículo 7º- Dentro del plazo de 30 días de publicada la presente ley, la División de Cooperativas establecerá un promedio breve y sumario para la constitución de cooperativas de viviendas en la zona afectada por el sismo, el que deberá concluir con la dictación del decreto supremo que autoriza la existencia legal de la cooperativa y aprueba su estatuto social en un plazo no mayor de 90 días. Artículo 8º- La Corporación de Servicios Habitacionales deberá abrir una línea de créditos, de a lo menos un 15% del presupuesto total de dicha Corporación, destinado a otorgar créditos de urbanización y construcción a las Cooperativas de Viviendas y Servicios Habitacionales, ubicadas en las zonas afectadas por los sismos del 8 de julio de 1971. Estos créditos se otorgarán por un monto no inferior a 4.500 cuotas de ahorro para la vivienda, por socio, a fin de que las cooperativas urbanicen y construyan sus terrenos y viviendas. Para este efecto, bastará con la presentación de título de dominio debidamente inscrito a nombre de la cooperativa, con los proyectos de urbanización aprobados en principio por las respectivas reparticiones municipales y/o públicas. En ningún caso se exigirá ahorro previo. El orden de procedencia para el otorgamiento de estos créditos en caso de producirse una gran demanda, será el de la inscripción del título de domicilio respectivo. Esta línea de crédito deberá estar abierta hasta el 8 de julio de 1976. En el caso de no comprometerse el presupuesto correspondiente dentro del año presupuestario, pasará a incrementar los ingresos generales de la Corporación. Artículo 9º- Agrégase la siguiente frase al inciso primero del artículo 102 del D.R.R.A. Nº 20, de 1963: "En todo caso, el arrendamiento de la vivienda será efectuado por la cooperativa, teniendo prioridad los familiares propuestos por el socio al Consejo de Administración, hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad inclusive. La renta de arrendamiento será cancelada a la cooperativa, la que abonará dichas cantidades a la respectiva cuenta del socio, hasta por el monto de las obligaciones que éste tenga con aquella. La diferencia restante, si existiere, pasará a formar el fondo de mantenimiento de la cooperativa, aplicándose de preferencia a la vivienda que lo genere. La contravención a lo dispuesto será causal de expulsión del socio de la cooperativa. Artículo 10.- Agrégase el siguiente nuevo inciso al artículo 102 del D.R.R.A. Nº 20, de 1963: "El acuerdo de expulsión de un socio de una cooperativa de viviendas, sólo podrá ser apelado ante el Juzgado de Policía Local correspondiente, sometiéndose en todo lo demás al procedimiento común de dichos tribunales.". (Fdo.): Eduardo Sepúlveda, M.- Héctor Valenzuela V.- Hugo Alamos V.- Ernesto Iglesias C". 39.- MOCION DEL SEÑOR VALENZUELA. VALDERRAMA, DON HECTOR "Honorable Cámara: 1.- Recientemente el país ha tomado conocimiento de segregaciones y divisiones producidas en varios de los Partidos Políticos que integran las representaciones parlamentarias en el Congreso Nacional. El mecanismo de nuestro sistema electoral tiene por objeto garantizar la generación de los Poderes Públicos electivos, a través de un proceso democrático que se exprese en el cauce de grandes corrientes de opinión pública, agrupadas en los Partidos Políticos. Una reciente reforma constitucional confirmó lo que puede llamarse el Estatuto Jurídico de los Partidos Políticos, los que han sido dotados de personalidad jurídica para todos los efectos legales y constitucionales. En determinados países se contempla la posibilidad de revocar el mandato parlamentario, idea que no tiene asidero dentro de nuestra estructura institucional actual. Este problema adquiere relevancia si se tiene presente que ha habido connotados personeros de Partidos Políticos que han abandonado la tienda que los propuso e inscribió como candidatos para los comicios en que resultaron elegidos, y que en programas de televisión han expresado pública y abiertamente que les parece lógico renunciar al cargo parlamentario que ocupan, si ello fuere procedente, y que si no lo hacen es porque las reglas legales y constitucionales vigentes se lo impiden, al tenor de lo previsto en el artículo 26 de la Carta Fundamental y lo establecido en los Reglamentos Internos de la Cámara de Diputados y del Senado y los dictámenes de las Comisiones de Constitución, Legislación y Justicia de ambas Ramas del Congreso Nacional. Por la presente moción se propone una reforma constitucional en virtud de la cual se establece que, en el futuro, los parlamentarios -sean Diputados o Senadores- que renunciaren al Partido que los inscribió en sus listas de candidatos para los comicios en que resultaron elegidos al Congreso Nacional, cesarán en el cargo que ocupan y se procederá a su reemplazo por quien le siga en el orden de preferencia de votos en la lista del Partido Político al que pertenecía el renunciado. Este hecho deberá ser proclamado por el Tribunal Calificador de Elecciones a solicitud del Partido Político interesado, dentro de un plazo de treinta días (modificación al artículo 31, C. P. del E.). Asimismo se aplicará igual procedimiento en el caso de fallecimiento de algún parlamentario o de cesación en el cargo por haber sido designado Ministro de Estado, conforme lo señala la Carta Fundamental (modificación al artículo 36, C. P. del Estado). Cuando debiere operar el reemplazo por la persona correspondiente de la lista del Partido Político que inscribió al Diputado o Senador renunciado, fallecido o que hubiere cesado en sus funciones, por cualquier causa, y en dicha lista no hubiere ninguna persona legal y constitucionalmente hábil para asumir el cargo en ese momento, o simplemente no hubiere ningún otro inscrito en ella, no se procederá a llenar la vacante producida sino hasta la próxima elección general ordinaria de parlamentarios que se realice en el país. 2.- Las razones tenidas en vista para proponer una reforma constitucional que regule la situación que se crea por el hecho de la renuncia de un Diputado o Senador al Partido Político en que milita, de fallecimiento o de cesación en su cargo, son también plenamente aplicables a los Regidores, quienes en el correspondiente plano municipal representan la voluntad de la opinión pública de agruparse en los grandes cauces que significan los Partidos Políticos (modificación al artículo 104, C. P. del E.). El sistema electoral vigente otorga a dichos Partidos la facultad de proponer a la ciudadanía, para los comicios municipales, a destacados militantes de sus filas a quienes inscribe en las listas de candidatos que declara ante las autoridades electorales. Así, la confianza que reciben del electorado, expresada en votos, arranca esencialmente -y sin que ello signifique desconocer las cualidades personales de cada uno- de su condición de militantes del Partido que los inscribió, y del hecho de ser exponentes de la doctrina y programa de ese Partido. Allí se halla la fuente de razones de índole morad que los liga a su Partido. Todo candidato a un cargo de elección popular -Diputado, Senador o Regidor- inscrito por un Partido Político, lo representa tan genuinamente que es a través de él como el Partido recibe la adhesión de la ciudadanía. Por ello resulta natural y lógico que cuando renuncia a su colectividad política, o cuando fallece o cuando cesa en su cargo, esa confianza que el electorado otorgó al Partido a través del candidato, vuelva al mismo Partido, el que mediante el mecanismo propuesto en el presente proyecto podrá mantener de esta manera, sin alteración, la cuota de poder y responsabilidad que el pueblo libremente quiso entregarle por un período determinado. Por las razones expuestas tengo el honor de proponer, para la consideración de la H. Cámara de Diputados, el siguiente proyecto de Reforma Constitucional "Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones al texto actual de la Constitución Política del Estado: a) Agréganse al artículo 31 los siguientes incisos nuevos: "Cesará también en el cargo el Diputado o Senador que renunciare al Partido Político que lo inscribió como candidato para los comicios en que resultó elegido al Congreso Nacional. "En los casos señalados en los tres incisos anteriores, el Tribunal Calificador de Elecciones procederá a proclamar como Diputado o Senador, por el término que falte del período constitucional, al candidato de la respectiva lista que siga al que hubiere cesado en su cargo en el orden de preferencia de votos de la lista del Partido Político al que éste pertenecía. Si aquel se hallare inhabilitado por causa legal o constitucional para asumir el cargo de Diputado o Senador, el Tribunal proclamará al siguiente, y así sucesivamente. En caso de que en la lista respectiva no hubiere ninguna persona legal y constitucionalmente hábil para asumir el cargo, se procederá a llenar la vacante en la próxima elección general ordinaria de Diputados y Senadores. "La proclamación a que se refiere el inciso anterior la efectuará el Tribunal Calificador de Elecciones dentro de los treinta días siguientes a la presentación de la solicitud fundada, hecha por el Partido que corresponda". b) Suprímese en el artículo 36, inciso primero, las frases "antes del último año de su mandato" y "en la forma que determine la ley de elecciones.". c) Agréganse al artículo 36 los incisos siguientes: "En ambos casos se aplicará lo dispuesto en los dos incisos finales del artículo 31. "En el caso de fallecimiento, dimisión o cesación en el cargo del Diputado o Senador cuya inscripción se hubiere efectuado de acuerdo a la ley de elecciones como candidato independiente, se procederá a llenar la vacante en la próxima elección general ordinaria de Diputados y Senadores". d) Agrégase al artículo 104 el inciso siguiente : "Las disposiciones contenidas en los incisos tercero, cuarto y quinto del artículo 31 y las del artículo 36, relativas a los Diputados y Senadores; se aplicarán también a los Regidores en cuanto corresponda". Artículo transitorio.- "Las modificaciones introducidas por las letras a), b), c) y d), regirán desde la fecha de publicación de esta reforma constitucional". (Fdo.): Héctor Valenzuela Valderrama. 40.- MOCIONES DE LOS SEÑORES IGLESIAS Y SEPULVEDA Con motivo del sismo del 8 de julio, que afectó gravemente a miles de viviendas de las provincias de Valparaíso y Aconcagua, entre las que fueron dañadas muchas viviendas de propiedad fiscal, que se arriendan en la mayoría de los casos a grupos familiares de bajos ingresos. El Proyecto de Reconstrucción que se viene estudiando, lamentablemente no consideró estos casos, en tal forma que los afectados no pueden conseguir préstamos para reparar o reconstruir, ni tampoco pueden reparar por sus propios medios porque no son propietarios, por lo cual es indispensable y urgente buscar una solución para estos casos. Igualmente se debe considerar la situación de algunas escuelas particulares gratuitas ubicadas en la misma zona que recibieron préstamos de reconstrucción con motivo del sismo de 1965 que han sido nuevamente afectadas con el sismo del 8 de julio, por lo que deberán nuevamente disponer de recursos para reparaciones o construcciones. Por estos motivos venimos a presentar el siguiente Proyecto de ley: Artículo 1º- Facúltase al Presidente de la República para que transfiera directamente a sus actuales ocupantes las viviendas de propiedad fiscal que se encuentran arrendadas y ubicadas en las provincias de Valparaíso y Aconcagua, para lo cual será condición indispensable estar al día en el pago de sus rentas de arrendamiento y contribuciones y tener un avalúo no superior a 4 sueldos vitales anuales, escala A), del departamento de Santiago. El Presidente de la República, en un plazo no superior a 60 días fijará las condiciones y plazos en que se efectuará esta transferencia. (Fdo.): F. Ernesto Iglesias Cortés.- Eduardo Sepúlveda M.". IV.- ASISTENCIA Sesión 32ª, Ordinaria, en martes 7 de septiembre de 1971. Presidencia de los señores Sanhueza don Fernando y Fuentes don César Raúl. Se abrió a las 16 horas, y asistieron los señores: Acevedo Pavez, Juan Acuña Méndez, Agustín Alamos Vásquez, Hugo Alessandri de Calvo, Silvia Alvarado Páez, Pedro Allende Gossens, Laura Amunátegui Johnson, Miguel Luis Andrade Vera, Carlos Araya Ortiz, Pedro Atencio Cortez, Vicente Aylwin Azócar, Andrés Baltra Moreno, Mireya Barahona Ceballos, Mario Barrionuevo Barrionuevo, Raúl Basso Carvajal, Osvaldo Bulnes Sanfuentes, Jaime Buzeta González, Fernando Cabello Pizarro, Jorge Campos Pérez, Héctor Cantero Prado, Manuel Cardemil Alfaro, Gustavo Carrasco Muñoz, Baldemar Castilla Hernández, Guido Clavel Andón, Eduardo Concha Barañao, Jaime De la Fuente Cortés, Gabriel Del Fierro Demartini, Orlando Espinoza Carrillo, Gerardo Frías Morán, Engelberto Fuentealba Caamaño, Clemente Fuentes Andrades, Samuel Fuentes Venegas, César García Sabugal, René Giannini Iñiguez, Osvaldo Godoy Matíe, Domingo Guastavino Córdoba, Luis Guerra Cofré, Bernardino Huepe García, Claudio Hurtado Chacón, Mario Ibáñez Vergara, Jorge Iglesias Cortés, Ernesto Irribarra de la Torre, Tomás Jaramillo Bórquez, Alberto Jarpa Vallejos, Abel Klein Doerner, Evaldo Koenig Carrillo, Eduardo Laemmermann Monsalves, Renato Lavandera Illanes, Jorge Lazo Carrera, Carmen Lorenzini Gratwohl, Emilio Magalhaes Medlin, Manuel Maira Aguirre, Luis Marín Socías, Oscar Maturana Erbetta, Fernando Mekis Spikin, Patricio Merino Jarpa, Sergio Millas Correa, Orlando Momberg Roa, Hardy Monares Gómez, José Monckeberg Barros, Gustavo Mosquera Roa, Mario Muñoz Barra, Roberto Naudon Abarca, Alberto Núñez Malhue, Matías Olave Verdugo, Hernán Ortega Rodríguez, Leopoldo Páez Verdugo, Sergio Palestro Rojas, Mario Palza Corvacho, Humberto Penna Miranda, Marino Pérez Soto, Tolentino Phillips Peñafiel, Patricio Pontigo Urrutia, Cipriano Ramírez Vergara, Gustavo Recabarren Rojas, Floreal Riesco Zañartu, Germán Ríos Ríos, Héctor Riquelme Muñoz, Mario Robles Robles, Hugo Rodríguez Villalobos, Silvio Ruiz-Esquide Jara, Mariano Sabat Gozalo, Jorge Salinas Navarro, Anatolio Salvo Inostroza, Camilo Sanhueza Herbage, Fernando Señoret Lapsley, Rafael Sepúlveda Muñoz, Eduardo Sharpe Carte, Mario Silva Solar, Julio Solís Nova, Tomás Enrique Tagle Valdés, Manuel Tagle Salgado, René Tavolari Vásquez, Antonio Tejeda Oliva, Luis Toledo Obando, Pabla Toro Herrera, Alejandro Tudela Barraza, Ricardo Urra Veloso, Pedro Valenzuela Valderrama, Héctor Vargas Peralta, Fernando Vega Vega, Osvaldo Vergara Osorio, Lautaro Videla Riquelme, Pedro Zaldívar Larraín, Alberto. El Secretario Subrogante señor Guerrero Guerrero, don Raúl, y Prosecretario, señor Valdés Z., Ricardo, Prosecretario Subrogante. Se levantó la sesión a las 20 horas 57 minutos. V.- TEXTO DEL DEBATE Se abrió la sesión a las 16 horas. El señor SANHUEZA (Presidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión. Las actas de las sesiones 19ª, 20ª y 21ª están a disposición de los señores Diputados. Se va a dar lectura a la Cuenta. El señor Valdés, don Ricardo (Prosecretario subrogante), da cuenta de los asuntos recibidos en la Secretaría. 1.- CALIFICACIONES DE URGENCIAS El señor SANHUEZA (Presidente).- Su Excelencia el Presidente de la República ha hecho presente la urgencia para el despacho de los siguientes asuntos: 1º- Proyecto de ley que beneficia, por gracia, a don Edgardo Garrido Merino; 2º- proyecto de acuerdo que aprueba el Protocolo relativo a la enmienda del artículo 50 a) del Convenio de Aviación Civil Internacional, y 3º- Proyecto de acuerdo que aprueba el Protocolo de enmienda del artículo 56 del Convenio Civil Internacional. Si le parece a la Sala, se calificarán de "simples" las urgencias hechas presentes. Acordado. 2.- PRORROGA DE PLAZO PARA INFORMAR PROYECTOS El señor SANHUEZA (Presidente).- Solicito el acuerdo de la Sala para prorrogar, hasta el día 15 del presente, el plazo de que disponen las Comisiones respectivas para informar los siguientes proyectos: 1°- Proyecto de acuerdo que aprueba el convenio sobre azúcar; 2º- Proyecto de ley que faculta a Su Excelencia el Presidente de la República para promulgar el Estatuto de la Universidad Técnica del Estado; 3º- proyecto que modifica la ley Nº 17.335, con el objeto de favorecer a los trabajadores de la Gran Minería del Cobre; 4°- Proyecto de ley que establece un régimen de seguridad social para los independientes, y 5º- Proyecto de ley que crea el Minis terio del Mar. Si le parece a la Sala, se accederá a estas prórrogas. Acordado. 3.- AUTORIZACION A LA COMISION DE CONSTITUCION, LEGISLACION T JUSTICIA PARA SESIONAR SIMULTANEAMENTE CON LA SALA El señor SANHUEZA (Presidente).- El señor Presidente de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia ha requerido el acuerdo de la Sala con el objeto de que ésta autorice a dicha Comisión para sesionar, en el día de mañana, simultáneamente con la Cámara a contar de las 19 horas. Si le parece a la Sala, se accederá a esta petición. Acordado. 4.- PERMISO CONSTITUCIONAL El señor SANHUEZA (Presidente).- Solicito el acuerdo unánime de la Sala para acceder al permiso requerido por el señor Pareto para ausentarse del territorio nacional por un período superior a treinta días. Si le parece a la Sala, así se acordará. Acordado. 5.- HOMENAJE, AL EX SUBSECRETARIO DE RELACIONES EXTERIORES, DON ALCIDES LEAL, Y A LA REPUBLICA DE BULGARIA El señor SANHUEZA (Presidente).- Si le parece a la Sala, se acordará destinar tiempo, en la sesión de mañana, después de la cuenta, para rendir homenaje al ex Subsecretario de Relaciones Exteriores, don Alcides Leal, y a la República de Bulgaria. Acordado. 6.- PREFERENCIA PARA USAR DE LA PALABRA El señor SANHUEZA (Presidente).- Se ha solicitado a la Mesa que pida el asentimiento de la Sala para que el señor Guerra pueda usar de la palabra, por tres minutos, con el objeto de rendir homenaje al equipo chileno vencedor del reciente Campeonato Mundial de Caza Submarina. .. La señora LAZO.- Señor Presidente, solicito que los tres minutos sean concedidos a los Comités que lo pidan. El señor SANHUEZA (Presidente).- Si le parece a la Sala, se acordará conceder el mismo tiempo a los Comités que desean referirse a la misma materia. Acordado. El señor Cardemil solicita dos minutos... El señor CARDEMIL.- ¡Medio minuto! El señor SANHUEZA (Presidente).- ... medio minuto para referirse a un tema que quiere que sea tratado; lo mismo el señor Sepúlveda, respecto de una materia relacionada con Valparaíso; y el señor Frías, 3 minutos. Si le parece a la Sala, se otorgarán los tiempos solicitados. Acordado. 7.- HOMENAJE AL EQUIPO CHILENO VENCEDOR DEL CAMPEONATO MUNDIAL DE CAZA SUBMARINA. OFICIOS El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Guerra. El señor GUERRA.- Señor Presidente, como es de dominio público, entre el 1º y el 6 de este mes sé llevó a efecto en Iquique el Campeonato Mundial de Caza Submarina, cuya realización fue posible gracias al empeño y empuje de las autoridades de la ciudad y al apoyo del Gobierno. Desde un principio manifesté en esta Honorable Cámara que tenía plena fe en el equipo chileno, porque conocía la eficiencia y, sobre todo, el dominio del mar de nuestra representación compuesta por dos iquiqueños y un coquimbano. Es así como tuvimos la grata satisfacción de ser campeones mundiales de caza submarina, por equipo. Por otra parte, don Raúl Choque se clasificó también campeón individual. De tal manera, que nos sentimos orgullosos, como representantes de la provincia de Tarapacá, de que nuestros coterráneos hayan obtenido este triunfo que les da jerarquía mundial en el deporte de la caza submarina; mucho más, de que ellos sean nortinos que con esfuerzo, tesón y dedicación han ganado este gran galardón para nuestra patria. Señor Presidente, como los componentes de este equipo son dos mariscadores iquiqueños de modestos recursos y un ingeniero coquimbano, solicito que la Honorable Cámara envíe al señor Ministro de la Vivienda para que arbitre todos los medios necesarios a fin de que se les dé una vivienda a estos campeones mundiales que tanto han prestigiado a nuestra patria en el deporte de la caza submarina. Asimismo, como dos de ellos son modestos mariscadores que se ganan la vida con el producto de la pesca, pido que la Honorable Cámara envíe oficio al señor Ministro de Economía para que la CORFO les preste los medios económicos necesarios con el objeto de que puedan adquirir una embarcación y ganarse en forma más aliviada su vida. Señor Presidente, debo destacar también la eficiente preparación del equipo que estuvo a cargo de don Federico Schaeffer. Gracias al consejo de este profesional nuestro equipo pudo obtener una mayor pesca. Destaco, asimismo, el trabajo que realizaron todas las entidades deportivas de Iquique, en forma muy especial los representantes de la Municipalidad, que no escatimaron ningún esfuerzo para que este campeonato se realizara en ese puerto y fuera posible obtener para nuestra patria el galardón que todo Chile conoce. En consecuencia, reitero mi petición de envío de los oficios que he señalado y solicito, asimismo, que la Honorable Cámara haga llegar a nuestros representantes, que tuvieron esta destacada actuación, una nota de felicitación, porque muy bien se la merecen. Nada más. El señor SANHUEZA (Presidente).- Solicito el asentimiento unánime de la Sala para enviar los oficios a que ha hecho mención el señor Guerra. Acordado. La señora LAZO.- Pido la palabra. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra la señora Lazo, doña Carmen; a continuación, el señor Atencio; después, el señor Recabarren. La señora LAZO.- Señor Presidente, los Diputados socialistas nos asociamos al homenaje que se rinde esta tarde al equipo chileno que obtuvo el Campeonato Mundial de Caza Submarina. Y nos asociamos con legítimo orgullo, particularmente por el hecho de que los integrantes son trabajadores; como aquí se ha dicho, dos de ellos, son mariscadores, y uno es ingeniero de Coquimbo. Adherimos también, porque nos consta que tanto el Alcalde como el Intendente realizaron inmensos esfuerzos para que este campeonato fuera de gran lucimiento. Fue así como las delegaciones extranjeras que a él concurrieron, recibieron atención de las autoridades y el afecto del pueblo de Iquique. Nosotros no sólo participamos del júbilo que el país debe haber sentido, sino que nos sentimos muy orgullosos de que, al cumplirse el 4 de septiembre el aniversario del triunfo popular, que fue de alborozo para todo el país, recibiéramos este galardón que vino a aumentar la alegría que había en los sectores de trabajadores. Especialmente, deseamos expresar nuestra felicitación pública al señor Raúl Choque, porque sabemos muy bien que, siendo muy humilde, Con sus grandes dotes y talento naturales, supo vencer las profundidades y condiciones del mar en Iquique. Hemos sabido, por técnicos que participaron en este campeonato, que las condiciones no son las mejores, porque las aguas no sólo son frías, sino que, además, turbias; de manera que la pesca es sumamente desfavorable. Pero ahí, como ya se ha dicho en otra ocasión, probó el roto chileno lo que es capaz de hacer cuando se tiene que ver enfrentado, solo, a su valor, a su capacidad, a su audacia y a su destreza. Señor Presidente, nos asociamos a este homenaje en nombre de los trabajadores de nuestro país, en nombre del Partido Socialista y, desde luego, aceptamos que, en nombre de la Cámara de Diputados, se envíe una nota de felicitación tanto al señor Choque como a los demás integrantes del equipo chileno, y a las autoridades que, con su trabajo y esfuerzo, hicieron posible el brillo de este campeonato. Gracias. El señor SANHUEZA (Presidente).- Si le parece a la Sala, se enviarán los oficios a que ha hecho mención la señora Carmen Lazo. Acordado. Tiene la palabra el señor Atencio. El señor ATENCIO.- Señor Presidente, si tuviéramos que ser justos para dar nuestro reconocimiento a todas las personas que hicieron posible el triunfo del equipo chileno, en Iquique, tendríamos qué usar largo tiempo para relatar fielmente quiénes y cuáles, con sus esfuerzos, lograron configurar lo que ha sido este triunfo que a todos nos enaltece; más cuando los integrantes del equipo son trabajadores, como lo ha dicho la colega Lazo. Se trata de que Iquique pudo lograr ser sede del Campeonato Mundial de Caza Submarina, porque el Gobierno popular prestó toda su atención a este interés de los nortinos. Con este hecho se está demostrando que los trabajadores, cuando se les da la posibilidad de participar en eventos tan importantes como éste, pueden enarbolar y representar con brillo los colores nacionales. Recuerdo perfectamente cuando la Federación Nacional de Pesca Submarina vino a conversar con nosotros para darnos a conocer el déficit económico que tenía para llevar a cabo este importante torneo. El colega Guastavino fue designado por nuestro Comité para participar en una conversación con el Presidente de la República, compañero Salvador Allende. En esa entrevista, a la que concurrieron, también, el Subsecretario de Obras Públicas, compañero Roberto Cuéllar, y el Director de Turismo, Carlos Lizama, se obtuvo un millón ochocientos mil escudos como aporte, entre otros, para dar forma a la realización de este importante torneo cuyos resultados hoy nos llena de orgullo a los nortinos ya los chilenos, en general. Indudablemente, aquí está también el papel preponderante del gobierno comunal de Iquique, gobierno comunal que está en manos de la Unidad Popular y que practica la política de impulsar el deporte, fundamentalmente, en la clase trabajadora, lo que se hace presente, en este caso, en forma nítida. De tal modo que este homenaje, este reconocimiento al equipo chileno le pertenece, desde luego, al grupo que allí nos representó; pero, junto a ellos, está también demostrado el interés del Gobierno popular por entregarles a los trabajadores la posibilidad de que practiquen y representen a nuestra patria en diversos torneos deportivos. Nosotros, Diputados por Tarapacá, representantes del Partido Comunista, hacemos nuestros los conceptos que se han vertido y solicitamos que, en nombre nuestro, a nombre de la Cámara, se envíen oficios a todas las autoridades de Iquique manifestándoles nuestra alegría y reconocimiento a estos deportistas y al pueblo de esa ciudad que, de una u otra forma, contribuyó a configurar este triunfo. He dicho. El señor SANHUEZA (Presidente).- Solicito el asentimiento unánime de la Sala para enviar los oficios a que ha hecho mención el señor Atencio. Acordado. Tiene la palabra el señor Recabarren, don Florea. El señor RECABARREN.- Señor Presidente, siempre se" dice que los chilenos le hemos dado la espalda al mar; y la verdad es ésa, porque si uno observa cómo están construidas nuestras ciudades marítimas, vemos que a lo largo de todo Chile hemos tratado de tapar el mar. Por eso, creo que el campeonato de caza submarina que hemos ganado ha tenido un poco la virtud de ampliar al chileno esta perspectiva nueva, esta perspectiva de que el mar es una posibilidad inmensa para el país y una riqueza muy grande de la cual no puede estar ausente. Esto como una cosa importante que quería decir. Los campeones nuestros, estos hombres que han ganado en la profundidad y han ganado en profundidad, que nos han dado un estímulo extraordinario, no pertenecen a las clases altas; son hombres que se han criado, que han vivido y que han estado cerca del mar. Muchos de ellos son modestos, la mayoría, diría yo; muchos de ellos son pescadores, pescadores que han visto la posibilidad de ganarse la vida usando técnicas modernas, nuevas. Por eso, este éxito de Chile es un éxito aún mayor, porque es el éxito del pueblo. También quisiera decir que, en la hora de los éxitos, lo más grave que le puede ocurrir a un pueblo es caer en la mezquindad: atribuirse parcialmente el éxito obtenido. El Partido Demócrata Cristiano, el Gobierno de ese entonces, del Presidente Frei, tuvo su participación, como este Gobierno, porque en cualquiera empresa de dignidad y de bien para Chile que se emprende, indudablemente que los gobiernos tienen que estar presentes. Por eso, no quiero hablar esta tarde con mezquindad, sino que representando un poco a los nortinos, a los chilenos y a los parlamentarios de estos bancos, para pedir que se envíen las felicitaciones correspondientes a cada uno de los hombres que participaron en este evento. Y, como el señor Guerra ha dicho esta tarde, espero que este homenaje no solamente se traduzca en palabras de estímulo, sino en una cosa que beneficie a los hombres que participaron en este torneo. Por eso, adhiero a la idea de entregar a esta gente, que ha logrado tanto éxito para Chile, una casa que sea de su propiedad, como reconocimiento del pueblo de Chile a este tipo de héroes, tan importantes en nuestro tiempo. Eso es todo, Presidente. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Concha, don Jaime. El señor CONCHA.- En nombre de los Diputados de la Izquierda Cristiana, señor Presidente, queremos expresar nuestra adhesión y reconocimiento a los chilenos, a los hombres del norte, que han obtenido para Chile el título de Campeón Mundial de Caza Submarina. Esto es importante porque, sin duda alguna, demuestra, en primer lugar, que el esfuerzo, el sacrificio y la constancia de un grupo de hombres pueden dar frutos y hasta llegar a obtener para Chile un título mundial. Es un ejemplo para los demás deportes, porque, así como hemos conseguido un título mundial en la caza submarina, también podríamos obtener un título mundial en cualquier otro deporte si aplicáramos la misma constancia, la misma dedicación, el mismo esfuerzo y sacrificio que hemos empleado en esta ocasión. Es importante, porque es un ejemplo para los demás chilenos y para todos los deportistas del país. A este respecto, quiero hacer hincapié en un proyecto de ley que acaba de ser presentado a la consideración de la Cámara de Diputados con las firmas de nuestro colega Fernando Buzeta y del Presidente de esta Corporación, colega Fernando Sanhueza, proyecto que establece que todos los chilenos, desde los seis años y hasta los treinta y cinco, están obligados a hacer deportes como una contribución al país. Este proyecto, de extraordinaria importancia, que luego será sometido a la consideración de la Cámara, creo que, después de este título de campeón mundial de caza submarina que hemos obtenido, contará con la aprobación unánime de todos los sectores de esta Corporación. En nombre de la Izquierda Cristiana, adherimos a todas las expresiones aquí vertidas y a los oficios solicitados; sobre todo, queremos felicitar a los componentes de este equipo de caza submarina y a sus dirigentes, que han permitido este extraordinario triunfo, y desearles que sigan adelante para que, en el futuro, ojalá el deporte chileno pueda contar con otros triunfos de similar resonancia, como éste que se ha obtenido. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Clavel, don Eduardo. El señor CLAVEL.- Señor Presidente, nosotros creemos que el hecho de que los deportistas chilenos hayan ganado un campeonato mundial, constituye, por sí solo, un motivo más que suficiente para que la Cámara les rinda este justo homenaje. No siempre logramos una satisfacción tan grande como ésta en el campo deportivo. Para nosotros, el hecho de que este equipo haya estado integrado por auténticos hombres de nuestro pueblo adquiere un significado que no podría silenciarse. Por esta causa, adherimos a este homenaje tan merecido. También debemos manifestar que esta satisfacción va más lejos del homenaje que estamos rindiendo; estos hombres, como a mi me consta, entrenaban con sacrificio días y noches en la rada de Iquique para participar en este campeonato que tuvo, como justo término, la satisfacción que un grupo de trabajadores del mar dio a Chile. Quiero ampliar mis palabras de homenaje a Raúl Choque, gran deportista; a Schaeffer, que en todo momento estuvo al lado de ellos, y también, hay que ser justos, al Alcalde señor Soria y al Intendente de Tarapacá, quienes salvaron todos los problemas para que el trabajo eficiente y abnegado del equipo, junto a la labor de estos hombres que administran la ciudad, uno como Alcalde y el otro como Intendente, dieran a Chile la satisfacción que nos ha movido esta tarde a rendir este sentido homenaje. Nada más, y muchas gracias. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Fuentealba, don Clemente. El señor FUENTEALBA (don Clemente).- Señor Presidente, los Diputados radicales no podemos sustraernos esta tarde del homenaje que se está rindiendo a estos chilenos que obtuvieron el título mundial de caza submarina; y tampoco puede la Cámara estar ausente frente a los resultados de un evento tan importante como éste. La verdad es que nos sentimos orgullosos de tener representantes que, en el trabajo cotidiano, han adquirido una práctica que les permite competir con otros elementos que son campeones mundiales, como es el caso de los italianos. Hay en el equipo dos iquiqueños, Raúl Choque y Pedro Rozas, y nosotros, los coquimbanos, nos sentimos orgullosos porque Fernando Sánchez fue desde el puerto de Coquimbo a competir a Iquique y nos trajo estos laureles. El gran esfuerzo que desarrollan los pescadores profesionales y su perseverancia en el ejercicio de este deporte han permitido, en esta ocasión, colocar a Chile en el primer lugar en este magnífico deporte que es la caza submarina. Los Diputados radicales suscribimos todas las peticiones que se han formulado aquí y rendimos el homenaje que se merece a esta gente que conquistó este triunfo extraordinario. 8.- PREFERENCIA PARA DESPACHAR UN PROYECTO DE LEY El señor SANHUEZA (Presidente).- Por medio minuto tiene la palabra el señor Cardemil, don Gustavo, para solicitar que se incluya un asunto en la Tabla. El señor CARDEMIL.- Es para solicitar del señor Presidente que recabe el asentimiento unánime de la Sala para despachar hoy, al término del tiempo del Orden del Día, sin discusión, el proyecto que figura en la Tabla con el número 13 y cuyo informe está impreso en el boletín Nº 667- 71- S, por el cual se reajustan las pensiones concedidas por la Sección Tripulantes de la Caja de Previsión de la Marina Mercante Nacional. Eso es todo. El señor SANHUEZA (Presidente).- Si le parece a la Sala, se aprobará lo solicitado por el señor Cardemil, don Gustavo. Acordado. 9.- PROPOSICIONES PARA DESPACHAR VARIOS PROYECTOS DE LEY El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Sepúlveda, don Eduardo. El señor SEPULVEDA (don Eduardo).- Señor Presidente, el Diputado Cardemil ha abreviado en parte lo que quiero decir, porque también iba a pedir que se tratara ese proyecto, que viene en tercer trámite constitucional. Solicito que, a continuación, se despache el proyecto que figura con el número 16, en un segundo informe de la Comisión de Economía, sobre participación de los obreros en las cooperativas. Además, pido que se trate un proyecto que favorece a la provincia de Valparaíso, impreso en el boletín Nº 793- 71- 2, por el que se faculta al Presidente de la República para entregar un inmueble a la Federación Provincial Mutualista de Valparaíso. Son viejas aspiraciones, estudiadas suficientemente en Comisiones, que conocen todos los señores Diputados y los respectivos Comités. Por eso le ruego al señor Presidente requerir el asentimiento unánime para tratar este proyecto en esas condiciones. El señor SANHUEZA (Presidente).- Solicito el asentimiento unánime de la Sala para tratar estos proyectos, sin debate, al final del Orden del Día. El señor PONTIGO.- No lo conocemos exactamente. El señor SANHUEZA (Presidente).- No hay acuerdo. El señor SEPULVEDA (don Eduardo).- ¡Cómo es posible! El señor PONTIGO.- ¡Hay que leerlos primero, compañero! El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Frías, don Engelberto. El señor FRIAS.- El personal de la Sindicatura General de Quiebras atraviesa por una grave situación económica, con ocasión de ser éste, tal vez, uno de los servicios más deteriorados. No sólo ahora, sino desde hace muchísimo tiempo, este personal está empeñado en que se despache algún proyecto de ley que ponga remedio a esta situación que no le permite vivir con la dignidad que el cargo requiere. Los señores parlamentarios seguramente tienen en su poder una minuta en la que este personal hace la exposición de sus problemas. Me informan que ya se ha llegado a un acuerdo para contemplar, en una iniciativa del Ejecutivo, la solución de estos problemas, pero, por razones que no es del caso analizar, este proyecto no ha llegado todavía a esta Corporación. Mi petición, señor Presidente, consiste exclusivamente en que le enviemos un oficio al señor Ministro de Hacienda, a fin de que, a la brevedad posible, remita este proyecto de ley, en la confianza y en la seguridad de que, con su sola presentación, ese conflicto, que tiene paralizado a un servicio tan importante, va a quedar solucionado. De tal manera que le ruego solicitar el asentimiento unánime de la Cámara para enviar el oficio en los términos que he expresado. El señor SANHUEZA (Presidente).- Solicito... El señor MILLAS.- No, señor. El señor SANHUEZA (Presidente).- No hay acuerdo. El señor FRIAS.- ¡Es para que envíe el proyecto! El señor SANHUEZA (Presidente).- Solicito acuerdo unánime de la Sala... El señor MILLAS.- ¡El Gobierno sabrá cuándo envía el proyecto! El señor AMUNATEGUI.- Pero se puede pedir. El señor SANHUEZA (Presidente).- Se hizo la petición y no hubo acuerdo, señores Diputados. Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor SANHUEZA (Presidente).- Ruego evitar los diálogos. El señor AMUNATEGUI.- ¡Están negando el derecho de petición! El señor SANHUEZA (Presidente).- Se hizo la petición, señor Diputado, y no hubo acuerdo. El señor SANHUEZA (Presidente).- Solicito el acuerdo unánime de la Sala para eximir del trámite de Comisión y despachar en la presente sesión, al final del Orden del Día, los siguientes proyectos de ley, en segundo trámite constitucional: El que extiende los efectos del inciso primero del artículo 2º, transitorio, de la ley Nº 16,346, sobre legitimación adoptiva, aprobado unánimemente por el Senado, y El que establece la posibilidad de construir o ampliar edificios escolares en la ciudad de Punta Arenas en las áreas contempladas como comerciales y/o residenciales en el respectivo plano regulador. El señor SEPULVEDA (don Eduardo).- No hay acuerdo. El señor SANHUEZA (Presidente).- No hay acuerdo. FACIL DESPACHO 10- ACTUACION DE PARLAMENTARIOS ABOGADOS EN CAUSAS POR INFRACCION A LA LEY Nº 12.927, SOBRE SEGURIDAD INTERIOR DEL ESTADO. INFORME DE LA COMISION DE CONSTITUCION, LEGISLACION Y JUSTICIA El señor SANHUEZA (Presidente).- Entrando a la Tabla de Fácil Despacho, corresponde ocuparse, en primer término, del informe emitido por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, recaído en una consulta formulada por el Diputado don Víctor Carmine Zúñiga, acerca de si puede actuar en calidad de abogado en causas por infracción a la ley Nº 12.927, sobre Seguridad Interior del Estado. El señor TEJEDA.- Que se lea, señor Presidente. El señor SANHUEZA (Presidente).- Diputado informante es el señor Frías, don Engelberto. El señor TEJEDA.- Se podría leer. El señor SANHUEZA (Presidente).- El informe está impreso en el boletín Nº 11.179, que está a disposición de los señores Diputados. Tiene la palabra el señor Tejeda, don Luis. El señor TEJEDA.- Sólo quiero pedir que se lea el informe, porque es de alto interés para la Cámara saber qué pueden hacer los Diputados que son abogados y qué no pueden hacer; no es una cosa así no más, porque lo tenemos impreso. Quiero que se lea para que el debate sea muy claro y muy elevado. El señor PONTIGO.- Y para que quede en la versión. El señor SANHUEZA (Presidente).- Si le parece a la Cámara, se dará lectura al informe. Acordado. El señor Secretario le dará lectura. El señor GUERRERO (Secretario subrogante).- El informe dice: "Honorable Cámara: Vuestra Comisión de Constitución, Legislación y Justicia pasa a informaros la consulta formulada por el señor Diputado don Víctor Carmine Zúñiga acerca de si puede actuar en calidad de abogado en causas por infracción a la ley Nº 12.927, sobre Seguridad Interior del Estado. Hace presente el señor Diputado que, de acuerdo con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 31 de la Constitución Política del Estado, cesará en el cargo el Diputado o Senador que actuare como abogado o mandatario en cualquier clase de juicios pendientes contra el Fisco. Expresa que, en su concepto, la prohibición no impediría a los parlamentarios actuar como abogados o mandatarios de personas procesadas por infracción a la ley de Seguridad Interior del Estado, por cuanto, cuando el Estado requiere la acción de la justicia para poder dar lugar al proceso, este hecho no constituye por sí solo un proceso de carácter penal en un juicio pendiente contra el Fisco, por cuanto no es el Fisco el que actúa sino el Poder Ejecutivo, que representa al Estado. Vuestra Comisión, atendida la naturaleza de la consulta, su urgencia e importancia, dedicó una sesión especial por entero al estudio y análisis del problema; planteado. En primer término, cabe hacer presente que el artículo 31 de la Carta Fundamental, en su inciso segundo prescribe: "Cesará también en el cargo el Diputado o Senador que, durante su ejercicio, celebrare o caucionare contratos con el Estado; y el que actuare como abogado o mandatario en cualquier clase de juicios pendientes contra el Fisco, o como procurador o agente en gestiones particulares de carácter administrativo.". Del análisis de la disposición se desprende que comprende tres situaciones perfectamente claras y diferenciadas: Prohíbe a los Diputados y Senadores en el ejercicio de su cargo, celebrar o caucionar contratos con el Estado; Les prohíbe actuar como abogado o mandatario en, cualquier clase de juicios pendientes contra el Fisco; y Les impide actuar corno procurador o agente en gestiones particulares de carácter administrativo. Esta disposición guarda concordancia con el artículo 28 de la Carta Fundamental que impide ser elegido Senador o Diputado a las personas naturales y a los gerentes o administradores de personas jurídicas o de sociedades que tienen o caucionan contratos con el Estado. Doctrinariamente esto constituye lo que se llama una inhabilidad preexistente. Si no pueden ser elegidas esas personas como parlamentarios, tampoco pueden realizar dichos actos quienes tienen la calidad de tales. Las situaciones contempladas en el artículo 31 de la Constitución Política del Estado se conocen con el nombre de inhabilidades sobrevinientes, cuyo conocimiento y calificación le corresponde a la respectiva Cámara y que pueden traer aparejada la cesación en el cargo. La filosofía que inspira esta disposición, al igual que el artículo 28 Nº 4, es evitar que los parlamentarios puedan interponer o ejercer su influencia en beneficio de sus intereses o de los de las personas que representen, en perjuicio del Estado o del Fisco. Es importante precisar que los elementos que se conjugan en las situaciones previstas en el inciso segundo del artículo 81 de la Constitución Política del Estado son el Estado y el Fisco. El Estado de acuerdo con la doctrina de derecho constitucional y del derecho administrativo, puede ser considerado, en términos generales, en dos sentidos, en razón de sus elementos constitutivos, a saber: en sentido material, como el pueblo que constituye una unidad jurídica dentro de un territorio determinado, unidad organizada bajo el imperio de la ley, con el objeto de realizar fines públicos de orden jurídico y social; en sentido formal, considerado como organización jurídica de la sociedad, es decir, como el conjunto de instituciones jurídicas dentro de un ordenamiento político y administrativo, con un sistema jerárquico de normas y de órganos. (Rafael Bielsa, Derecho Constitucional, Editorial Depalma, edición año 1959, página 146). Por otro lado, tenemos el concepto de Fisco, o sea, el Estado concebido como persona jurídica que actúa dentro del plano del Derecho Privado, como sujeto activo o pasivo de acciones, derechos y obligaciones de carácter y contenido patrimonial. El problema planteado en la consulta se circunscribe específicamente a la situación contemplada en el inciso segundo del artículo 31 de la Constitución Política del Estado, y lo que es más aún, a determinado tipo de juicios, aquellos regidos por la ley Nº 12.927, sobre Seguridad Interior del Estado. En el seno de la Comisión se expresó por algunos miembros de ella que, en general, sería recomendable que la Carta Fundamental impidiere actuar como abogados en causas judiciales ante los Tribunales a los parlamentarios, por la influencia política que ellos pueden tener o ejercer en función del cargo que ocupan y porque, eventualmente, podrán el día de mañana verse en la situación de tener que pronunciarse en un juicio político, a través del mecanismo de la acusación constitucional, en contra de los Ministros de los Tribunales Superiores de Justicia. Con todo, quedó claramente de manifiesto que ello constituiría una aspiración programática en ciertos sectores para una futura enmienda de la Carta Fundamental; pero que, en todo caso, dicho razonamiento no era aplicable al tenor literal del precepto constitucional vigente. Entrando al análisis exegético del precepto constitucional en cuestión, debemos dejar constancia que para que opere la situación planteada en la consulta, debe tratarse de actuaciones profesionales como abogado o mandatario y no cuando el parlamentario actúa en nombre propio, ejerciendo sus propios derechos o acciones, porque en tal caso actúa como parte. En segundo lugar, que el juicio debe ser con el Fisco, en oposición a él, sea como demandante o demandado. Debe tratarse de juicios, contra el Fisco, o sea, como expresa el profesor Silva Bascuñán, en su Tratado de Derecho Constitucional (Página 51, tomo III), debe tratarse de cuestiones de carácter patrimonial. La ley de Seguridad Interior del Estado es un conjunto de normas jurídicas que tiene por objeto prestar al Estado una protección jurídica más eficaz que las normas de derecho común contenidas en el Código Penal, en todos aquellos actos que atenten contra la existencia del Estado, su subsistencia, su normalidad, su institucionalidad y normal desenvolvimiento. Constituyen técnicamente, en la esencia, delitos políticos; delitos de peligro, en que no es necesario que se produzca un resultado dañoso. Las normas contenidas en la ley Nº 12.927, que señalan las figuras delictivas,, contienen técnicamente una pluralidad de hipótesis, esto es, que en una misma disposición específica se pueden configurar diversas figuras tipos. Esta última circunstancia movió a la Comisión a efectuar un somero examen casuístico de las figuras delictivas descritas en los artículos 4° y 6º de la ley Nº 12.927, sobre Seguridad Interior del Estado. Por ejemplo, la letra a) del artículo 6º, describe como delito contra el orden público, a los que provoquen desórdenes o cualquier acto de violencia destinado a alterar la tranquilidad pública. Supongamos, por la vía hipotética, que hay numerosas manifestaciones estudiantiles callejeras, en las que se producen desórdenes en los cuales resultan daños a vehículos particulares, vitrinas de locales comerciales, casetas policiales, bancos municipales y semáforos destinados a regular el tránsito carretero. Ante la conducta reiterada de los estudiantes, el Gobierno resuelve poner en movimiento las disposiciones de la ley de Seguridad Interior del Estado. En este caso ocurre que, con motivo del resultado dañoso de la acción punible cometida por los estudiantes, se han causado daños a bienes particulares, fiscales y municipales. La letra c) del mismo artículo sanciona a los que inciten a destruir o paralizar las instalaciones públicas de alumbrado, energía eléctrica, agua potable, etc. En cambio, la letra b) sanciona como delito, también contra el orden público, las injurias, calumnias, difamación contra el Presidente de la República, Ministros de Estado, Ministros de los Tribunales Superiores de Justicia, etc. En estos delitos no están comprometidos o lesionados bienes, derechos o intereses patrimoniales del Fisco; hay otros valores o bienes jurídicos tutelados comprometidos. Se expresó en el seno de la Comisión que el tenor literal de la Constitución Política del Estado no podía impedir, en términos generales, a los parlamentarios, para intervenir en su calidad de abogados en juicios de esta naturaleza, ya que los abogados y parlamentarios, presumiblemente, podrían encontrarse en mejores condiciones que otras personas para defender profesionalmente causas de esta naturaleza, atendida las funciones fiscalizadoras que pueden desarrollar como Diputados. Los Intendentes y Gobernadores son los órganos del Ejecutivo que ponen en movimiento las acciones de la ley de Seguridad Interior del Estado y que pueden lograr la detención de los implicados. Resulta lógico que quienes tienen por misión velar por el respeto de las garantías constitucionales, ya que incluso podrían acusar constitucionalmente a los agentes del Ejecutivo cuando éstos se excedieren de sus funciones, puedan intervenir en defensa de los particulares cuando se encuentran procesados por causas de esta naturaleza, de carácter eminentemente político. Lo que se pretende con la prohibición constitucional no es impedir a un parlamentario el ejercicio de su profesión, sino un enriquecimiento ilegítimo a costa o en perjuicio del Fisco. El señor Diputado don Luis Tejeda expresó su opinión de que los parlamentarios no deberían actuar como abogados ante los Tribunales de Justicia y que sería conveniente una reforma constitucional que así lo estableciere. Frente al problema debatido formuló la siguiente proposición que, por asentimiento unánime, se acordó insertar en el presente informe: "a) En las causas por infracción a la ley de Seguridad Interior del Estado, los parlamentarios no pueden actuar como abogados ni mandatarios, cuando se trate de delitos en que por su naturaleza puede estar comprometido el interés patrimonial del Estado; y b) Tampoco pueden actuar, en los demás delitos regulados por la misma ley, desde que el Estado haga valer una acción civil." Esta tesis del señor Tejeda fue sometida a votación y desechada por 5 votos contra 1. La Comisión, por la misma votación, aprobó frente a la consulta planteada, la siguiente conclusión: "Los parlamentarios pueden intervenir profesionalmente como abogados o mandatarios de las personas que se encuentren inculpadas, detenidas o procesadas, por infracción a la Ley de Seguridad Interior del Estado, a menos que conste en la causa que el Fisco ejercita la acción civil en relación a esos mismos hechos." Por las razones expuestas precedentemente y las que os dará el señor Diputado informante, vuestra Comisión evacúa la consulta formulada en los términos señalados en la conclusión precedente. Sala de la Comisión, a 8 de enero de 1971. Acordado en sesión de fecha 7 del presente, con asistencia de los señores Fuentes don César Raúl (Presidente); Alessandri doña Silvia; Arnello; Concha; Frías; Lavandero; Tejeda y Zaldívar. Se designó Diputado informante al señor Frías, don Engelberto. Firmado: Clodomiro Bravo Michell, Secretario de la Comisión.". El señor SANHUEZA (Presidente).- En discusión general y particular el informe. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. El señor TEJEDA.- Señor Presidente,... El sentir SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Tejeda. El señor TEJEDA.- El Diputado informante primero... El señor SANHUEZA (Presidente).- No ha solicitado la palabra, señor Diputado. El señor FRIAS.- Pido la palabra. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Frías. El señor FRIAS.- Señor Presidente, yo asistí a esa sesión de la Comisión en forma muy ocasional, como le consta al señor Tejeda. El me advirtió, antes que me retirara, que iba a proponer mi nombre como Diputado informante; pero la verdad de las cosas es que me vengo a dar cuenta de que soy Diputado informante de la Comisión, porque el acuerdo se adoptó una vez que me había retirado. No obstante, puedo decirle al señor Tejeda que concuerdo plenamente con el informe que se ha leído en la Sala, por cuanto contempla los puntos de vista que expusimos en esa ocasión. Creo que el informe es bastante profundo y claro. Se contemplan las posibilidades de que el Fisco tenga o no tenga acciones patrimoniales que ejercer. Cuando el Fisco tiene estas acciones judiciales, es lógico que el parlamentario no puede intervenir, y así concluye el acuerdo adoptado. De tal manera que creo que no hay necesidad de ahondar más en esto. Estoy naturalmente, por la aprobación del informe de la Comisión. Eso es todo, señor Presidente. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Tejeda. El señor TEJEDA.- Señor Presidente, aquí hay un problema moral junto con un problema jurídico. El problema moral, a mi juicio, consiste en que los parlamentarios, en realidad, no deberían ejercer ante los Tribunales de Justicia. Y no deben hacerlo, porque nosotros tenemos, querámoslo o no, cierta influencia, a diferencia de los abogados que no son parlamentarios. Esta influencia emana de la circunstancia de que nosotros somos un Poder que puede fiscalizar al Poder Judicial, un Poder que puede acusar al Poder Judicial. Los Diputados podemos acusar; los Senadores - es más importante- pueden juzgar, actuando como jurado, y pueden resolver la destitución de algún Ministro de Corte de Apelaciones o de la Corte Suprema. Esto, a mi juicio, obliga a que los parlamentarios no ejerzan la profesión de abogado ante los Tribunales. Como, a pesar de eso, se ejerce, debemos tratar, a mi juicio, mientras la Constitución no se reforme, de que la ejerzan lo menos posible. De aquí, entonces, la proposición mía, que es más restrictiva que el texto aprobado por la Comisión. Lo que yo expuse allí concuerda con el pensamiento expresado por el señor Frías; pero no concuerda con la conclusión a que arribó la Comisión. ¿Qué nos dijo el señor Frías? Nos dijo que apareciendo comprometido el interés fiscal, no debe actuar el parlamentario como abogado en tal juicio. Es, precisamente, lo que yo propuse. ¿Y qué dijo la Comisión? La Comisión dijo que aunque aparezca ese interés -eso no está dicho en forma explícita, pero está implícito- , aunque aparezca ese interés, por la naturaleza del asunto -y esto fue lo que se rechazó de mi proposición- , el parlamentario puede actuar, siempre que el Fisco no hubiera hecho efectiva la acción civil. A mí me parece que no es necesario que el Fisco haya ejercido la acción civil para que el parlamentario esté inhabilitado. Tenemos, por ejemplo, la reciente huelga de los supervisores del cobre. Indiscutiblemente, aunque no se ejercita allí una acción civil del Fisco, los intereses fiscales están comprometidos, y habría sido indecoroso, indebido y, a mi juicio, ilegal e inconstitucional que un parlamentario hubiera podido actuar como abogado en defensa de los supervisores, sin perjuicio del derecho que los supervisores tienen a hacerse defender por quien les plazca, pero no por un parlamentario. Tenemos, por ejemplo, la letra g) del artículo 4º de la Ley de Seguridad Interior del Estado, que castiga a los que por cualquier medio envíen al exterior noticias o informaciones tendenciosas o falsas, destinadas a perturbar el régimen económico o monetario, la normalidad de los precios, la estabilidad de los valores y efectos públicos. Yo digo: cómo se va a poder entender que eso no afecta al Pisco, aunque no se ejerza la acción civil. Es evidente, entonces, que son mucho más claras las conclusiones propuestas por el Diputado que habla, en que se deja establecido que cuando, por la naturaleza del delito, como serían los de la letra g), por ejemplo, pueda estar comprometido el interés patrimonial del Estado, el parlamentario no puede, de ninguna manera, actuar como abogado procurador, porque sería violar la Constitución. Y tampoco, por supuesto, podría actuar en los demás delitos, que son delitos en que no aparece claro el interés patrimonial, cuando el Fisco se haya hecho parte o haya hecho valer la acción civil. De tal manera que la posición nuestra es la misma que tuvimos en la Comisión. A mí me parece que la Cámara haría bien en aprobar el informe de la Comisión, más la letra a) de las conclusiones propuestas por mí en la discusión que hubo en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia. El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).- ¿Me da una interrupción? El señor TEJEDA.- Con todo gusto. Le doy todo lo que quiera... El señor SANHUEZA (Presidente).- Con la venia del señor Tejeda, tiene la palabra el señor Valenzuela, don Héctor. El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).- Señor Presidente, creo que al señor Tejeda se le fueron algunas palabras y, como tengo respeto por él, quisiera advertírselo, para evitar que quedara en la versión algo que incluso lo puede perjudicar a él mismo. Planteó que, en su criterio, los parlamentarios que son abogados no deberían actuar como tales ante los Tribunales de Justicia y que sería conveniente incluso una reforma constitucional que así lo estableciera. Dijo que esto sería por razones de orden moral. El señor TEJEDA.- Sí. El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).- Creo, señor Tejeda, que realmente aquí hay algo que habría que aclarar. Si no, usted mismo podría quedar en mala situación, porque tengo entendido que usted ejerce como abogado en Los Ángeles. Entonces, si hay razones de orden moral, que usted invoca, quiere decir que usted está actuando en forma inmoral, lo que no creo. Por eso le hago la advertencia, para que lo pueda aclarar y no quede usted mismo en mal pie. El señor SANHUEZA (Presidente).- Puede continuar el señor Tejeda. El señor TEJEDA.- Le voy a dar en el gusto al señor Valenzuela Valderrama. Sigo sosteniendo que éste es un problema de carácter moral más que jurídico; sigo afirmando que los abogados no debemos ejercer la profesión ante los Tribunales de Justicia, He dicho que mientras no se modifique la Constitución y mientras esto ocurra, debemos limitar lo más posible este ejercicio, en los términos que señala la indicación que propuse en el informe y que es más restrictiva que la conclusión que aprobó la Comisión. Ahora, el señor Valenzuela Valderrama quiere saber si ejerzo o no ejerzo la profesión. El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).- No es mi intención. El señor TEJEDA.- Se lo voy a decir: la ejerzo. Y le voy a decir que la ejerzo, si no en un ciento por ciento, en un 99,99% en forma gratuita, defendiendo a los trabajadores que no tienen abogado y defendiéndolos también de las partes contrarias cuando éstas tienen abogados Diputados, para neutralizar esa influencia. Pero no somos obstáculo; al contrario, auspiciamos y propiciamos una reforma constitucional que lo impida totalmente. Entre tanto, creo que deberíamos limitarlo en absoluto. Por ejemplo, a mí me parece inmoral que, al tramitar una posesión efectiva de la herencia, un abogado pida la liquidación de la contribución de herencia. De allí que siempre que haya intervenido solicitando una posesión efectiva, he renunciado al poder y al patrocinio cuando ha llegado el momento de liquidar la contribución de herencia. Porque es evidente que hay interés fiscal y que la influencia del parlamentario puede hacer que se obtenga un impuesto o una contribución mucho más baja que la que realmente corresponde. Estamos en Chile; aquí nos conocemos todos. Sabemos lo que pesa la opinión de un Diputado y la influencia de un Diputado. A mí me parece que debemos ir, francamente, a la reforma constitucional, aunque si por el Reglamento se nos pudiera impedir, sería mucho más rápido, o nos pusiéramos de acuerdo para acabar con el ejercicio de la profesión ante los Tribunales de Justicia. Porque no voy al punto de que un abogado no pueda redactar una escritura social o un contrato, o ser arbitro entre partes. El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).- ¿Me concede una interrupción? El señor TEJEDA.- Sí. Le sigo dando en el gusto al señor Valenzuela. El señor SANHUEZA (Presidente).- Con la venia del señor Tejeda, puede hacer uso de la palabra el señor Valenzuela, don Héctor. El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).- Pienso que las mismas razones que usted invoca en el caso de los abogados, también jugarían en el caso de los médicos, de los ingenieros, de los contadores y, en general, de cualquier profesional. Él señor AMUNATEGUI.- De todas las profesiones. El señor VALENZUELA VALDERRA (don Héctor).- De tal manera que aquí, o está hilando muy delgado, o está haciendo una discriminación odiosa en contra de la profesión de abogado. El señor TEJEDA.- No, señor, porque nosotros... El señor SANHUEZA (Presidente).- ¿Ha terminado el señor Tejeda? El señor TEJEDA.- No, no he terminado. Había dado una interrupción no más. El señor SANHUEZA (Presidente).- Puede continuar, señor Tejeda. Le ruego evitar los diálogos y dirigirse a la Mesa. El señor TEJEDA.- El caso de los médicos es muy distinto. Nosotros vamos a ejercer ante los tribunales, a los cuales podemos juzgar, a los cuales podemos acusar. Ese es el problema grave que veo. Muy fundamentalmente, es ése. Si a mí no se me da la razón, si no se me da esto o lo otro, si no tengo ciertas garantías, ciertas simpatías del Tribunal, el día de mañana puedo perturbar mi criterio para acusar; y si procedo de mala fe, puedo acusar sin fundamento a un funcionario judicial. Nosotros no podemos ser fiscalizadores de ellos y estar sometidos a lo que ellos resuelvan sobre los intereses ajenos que nosotros defendemos. Distinto es el caso cuando defendamos los propios intereses; cada uno verá cómo se defiende. Pero, tratándose de actuar por un pago, por un honorario, para defender a una persona, a mí me parece inmoral. Creo que sería una sana práctica establecer definitivamente esa incompatibilidad. Y me parece más: que hay también una competencia desleal. He terminado, señor Presidente. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Frías, don Engelberto. El señor FRIAS.- Señor Presidente, quiero decirle al señor Tejeda que las afirmaciones que él hace constituyen, naturalmente, aspiraciones de carácter programático, pero que la Comisión ha tenido que evacuar un informe al tenor de las disposiciones legales vigentes. Nos parece que en el acuerdo que hemos propuesto están consideradas las situaciones más importantes. Hemos dicho que, cuando el Estado ejercita la acción civil, naturalmente el abogado queda inhabilitado para actuar, porque lo que la Constitución persigue es que los parlamentarios no se enriquezcan ilegítimamente. Creo que con el ejemplo que ha puesto el señor Tejeda, o con la tesis que él sustenta, se podría hilar tan delgado, que se llegaría prácticamente a la inhabilidad total del parlamentario, porque si bien es cierto que todos los juicios se tramitan ante los Tribunales de Justicia, así también todas las actuaciones del abogado tienen que llegar, alguna vez, a algún organismo estatal, llámese Dirección de Impuestos Internos, Superintendencia de Seguridad Social, Superintendencia de Sociedades Anónimas, Sindicatura de Quiebras, Superintendencia de Bancos, etcétera. De tal manera que si aprobáramos el informe en la forma propuesta por el señor Tejeda, los parlamentarios que son abogados deberían despedirse definitivamente de su profesión. Eso es todo, Presidente. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Maira, don Luis. El señor MAIRA.- Señor Presidente, a nuestro juicio, la consulta del Diputado señor Carmine plantea un tema de indudable importancia, no sólo constitucional, sino también moral. En este sentido, nos felicitamos... El señor SANHUEZA (Presidente).- ¿Me permite, señor Diputado? Ha llegado a su término la Tabla de Fácil Despacho. Queda con la palabra Su Señoría. 11.- PREFERENCIA PARA DESPACHAR PROYECTOS El señor SANHUEZA (Presidente).- Se ha hecho presente a la Mesa que se retiró la oposición para tratar sin informe, en segundo trámite constitucional, los siguientes proyectos de ley: El que extiende los efectos del inciso primero del artículo 2º transitorio de la ley Nº 16.346, sobre legitimación adoptiva; y El que establece la posibilidad de construir o ampliar edificios escolares en la ciudad de Punta Arenas, en las áreas consideradas comerciales y/o residenciales en el respectivo plano regulador. Por lo tanto, se tratarán al final del Orden del Día, en la presente sesión. Si le parece a la Sala, así se acordará. Acordado. Asimismo, se me ha hecho presente que también se retiró la oposición para tratar, al final de la Tabla del Orden del Día, el informe de la Comisión de Agricultura y Colonización, recaído en el proyecto de ley originado en una moción, que faculta al Presidente de la República para transferir gratuitamente a la Federación Provincial de Valparaíso de la Confederación Mutualista de Chile, el inmueble fiscal que se señala en el boletín Nº 793- 71- 2. Si le parece a la Sala, se tratarán, sin debate, los proyectos mencionados. Acordado. ORDEN DEL DIA. 12.- MODIFICACION DE LA LEY Nº 11.622, SOBRE ARRENDAMIENTO DE HABITACIONES Y LOCALES COMERCIALES. QUINTO TRAMTE CONSTITUCIONAL El señor SANHUEZA (Presidente).- En la Tabla del Orden del Día, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 288 del Reglamento Interior, corresponde discutir y votar las insistencias del Honorable Senado en la aprobación de las modificaciones rechazadas por la Cámara al proyecto que modifica la ley Nº 11.622, sobre arrendamiento de habitaciones y locales comerciales. Las insistencias del Honorable Senado están impresas en el boletín Nº 367- 70- S bis. El señor SANHUEZA (Presidente).- En discusión la insistencia del Senado en la aprobación de la modificación rechazada por la Cámara, que consiste en agregar un número 5º nuevo, al artículo 22 de la ley Nº 11.622, al que dará lectura el señor Secretario. El señor FRIAS.- ¿Hay boletín, señor Presidente? El señor SANHUEZA (Presidente).- Hay boletín a disposición de los señores Diputados. El señor GUERRERO, don Raúl (Secretario subrogante).- El Senado ha insistido en aprobar, como número 5º del artículo 22 de la ley Nº 11.622, el siguiente texto: "5º- A los bienes raíces urbanos que se "arrienden a embajadas, consulados u organismos internacionales, y a las habitaciones arrendadas a los funcionarios de las mimsas entidades cuyas remuneraciones sean pagadas en moneda extranjera, y". El señor SANHUEZA (Presidente).- Ofrezco la palabra. El señor MILLAS.- Pido la palabra. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Millas, don Orlando. El señor MILLAS.- Señor Presidente, los parlamentarios comunistas, con ocasión del tercer trámite constitucional de este proyecto, expresamos nuestra oposición a este Nº 5 que se trata de incorporar al artículo 22 de la ley sobre arrendamientos, que contiene los casos a los que no se aplican las disposiciones generales de la ley. A nosotros nos parece que el establecimiento de cualquier excepción significa, por una parte, una situación de privilegio para determinados propietarios que quedan al margen de las normas generales de derecho y, por otra, significa en este caso una situación desdorosa para el país, en el sentido de declarar una especie de libertad de especulación en relación a aquellos bienes raíces que sean arrendados a extranjeros y que los paguen en moneda extranjera. La disposición no solamente se refiere a bienes raíces arrendados a embajadas, consulados u organismos internacionales sino que, en términos amplísimos, a habitaciones arrendadas a cualquier funcionario; no dice, incluso, que sea a un funcionario extranjero de cualquier embajada, consultado u organismo internacional. Entonces, podrían reservarse determinadas habitaciones con algún determinado rango, alguna determinada condición, ubicadas en algún barrio preciso, para ser arrendadas sólo en moneda extranjera a funcionarios que reciban remuneraciones en moneda extranjera y puedan por lo tanto, pagar ese arriendo. Ellos, en consecuencia, por estar remunerados en moneda extranjera, quedarían sujetos a un statutos especial. Y podría llegarse a crear en la ciudad barrios que fueran una especie de barrios para extranjeros o barrios para funcionarios de organismos internacionales o de representaciones extranjeras. Estimamos que el hecho de que alguien reciba remuneraciones de organismos internacionales en moneda extranjera o sea funcionario de embajadas o consultados no permite establecer un status especial para él, no puede significar que quede al margen de las disposiciones normales del país. Tampoco ese tipo de viviendas puede convertirse en un barrio privilegiado, diferenciado, dentro de una ciudad como Santiago. Los parlamentarios comunistas somos partidarios de que rijan estas normas en forma precisa para todos los casos; en especial nos preocupa a nosotros el hecho de que esto signifique introducir excepciones que puedan permitir un trato casuístico en relación a contratos de arrendamiento. Nosotros hemos sido partidarios de que estas normas sean generales, de que las normas de la ley de arrendamientos se extiendan absolutamente a todos los casos de arrendamientos y que se rijan todos por las disposiciones legales vigentes en el país. Nosotros nos felicitamos, señor Presidente, de que a través de los trámites de este proyecto de ley se hayan reducido, en alguna cuantía, las excepciones introducidas inicialmente. En todo caso, hacemos esta salvedad con mayor peso, considerando que el asunto es más claro aún en cuanto a que no se debe hacer excepción en otro de los números incorporados al artículo 22, a través de la tramitación de este proyecto de ley, pero manteniendo nuestro criterio general. Por lo demás, insistiremos en la eliminación de este número, que efectivamente se refiere a casos más excepcionales, que no adquieren la amplitud de las otras excepciones, pero respecto del cual nosotros mantenemos nuestro criterio general. He dicho, señor Presidente. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Maturana, don Fernando. El señor MATURANA.- Señor Presidente, cuando este artículo se discutió en la Cámara de Diputados, yo, personalmente, y los demás Diputados nacionales que estuvimos en la Comisión votamos como votó la Cámara; pero la verdad es que, al escuchar las discusiones que hubo en el Senado y las razones dadas, nosotros hemos rectificado nuestro criterio. Y quizás la forma en que el Diputado Orlando Millas, que también es miembro de la Comisión de Constitución, ha planteado este problema, demuestra que puede ser enfocado desde dos aspectos. Desde luego, cuando yo voté como la Cámara lo hizo, fue por una razón, y voy a explicar aquí en qué consiste. El Diputado Orlando Millas ha planteado, en primer lugar, que habría aquí una especie de inmoralidad al permitir que a ciertos extranjeros se les pudiera "cogotear" en materia de arrendamientos, al cobrarles rentas excesivas. De manera que con ese primer planteamiento, esta disposición perjudicaría a los miembros de embajadas o consulados de países extranjeros y a funcionarios internacionales, porque dios no tendrían la protección general de la ley en esta materia. Sin embargo, en la segunda parte de su argumentación, él enfoca una posibilidad totalmente distinta, cual es que tales personas se conviertan en una especie de casta privilegiada, que podrían tener sectores o barrios de uso exclusivo para ellos. Esto demuestra que no es nada claro que la disposición esté hecha ni en favor ni en contra de estos funcionarios, sino que yo creo que tiene una razón pragmática. Esta razón se dio en el Senado. Se dijo, en el evento de la teoría de la protección: "señores, ¿por qué vamos a proteger a funcionarios de países donde no existe reciprocidad para con los miembros de embajadas o de organismos chilenos acreditados en dicho país?" Primera razón. Creo que es importante. No vemos por qué vamos a ser más papistas que el Papa. Segundo, aun cuando aparentemente se les perjudicara al permitir que les cobren precios más caros, quizás se les perjudicaría mucho más si se les sometiera a la legislación común, porque tendrían el serio problema de que muy difícilmente encontrarían casas adecuadas para el tipo de vida que llevan y que es, en realidad, bastante distinta de la del común de los mortales. ¿Por qué? Porque como su función es de relaciones públicas básicamente, requieren casas que se presten para ello, con grandes recibos, de un status mayor que el común, y estas casas, no abundan mucho, en general, en nuestro país. En seguida, existe una inmensa dificultad para arriendos de propiedades de esta especie. De manera que esta gente que viene, a veces, por plazos limitados, que no tiene vínculos ni relaciones personales, en general, podría verse en una situación mucho más difícil si no se permite que, por lo menos, los prefieran por el hecho de pagar un precio superior. Por eso nosotros creemos que ha llegado el momento de rectificar el criterio que, "prima facie", nos pareció el más justo: no establecer ningún tipo de discriminación. Pero resulta que no está claro que la discriminación sea a favor o en contra, y, por el contrario, al querer favorecer a estos funcionarios para que no sean víctimas del cobro de un precio muy alzado, podríamos crearles un daño mucho más grave y ponerlos en situación de no encontrar vivienda. De manera que, en primer lugar, para que haya legislación, y por tratarse de un caso excepcional, de gente que viene de países donde no se ofrece reciprocidad a los funcionarios chilenos, estimamos que el criterio del Senado es menos malo de lo que habíamos acordado en el primer trámite, en la Cámara, y por eso vamos a votar con el Senado. El señor SANHUEZA (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. Si le parece a la Sala y no se pide votación, se aprobará la insistencia del Senado. El señor MILLAS.- ¡Hablé muy largo! La señora BALTRA.- Votación. El señor SANHUEZA (Presidente).- En votación. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 23 votos; por la negativa, 32 votos. El señor SANHUEZA (Presidente).- La Cámara acuerda no insistir. En discusión la segunda insistencia del Senado al artículo 2º. En el artículo 35, nuevo, el Senado rechaza el predicamento de la Cámara. El señor Secretario le va a dar lectura. El señor GUERRERO, don Raúl (Secretario subrogante).- El artículo dice como sigue: "Artículo 35.- Cualquiera falsedad que se cometiere en los contratos o recibos de arrendamiento en perjuicio del arrendatario o subarrendatario respecto al monto de la renta, hará incurrir al arrendador o subarrendador en la pena de prisión en su grado máximo. En estos casos tendrá lugar lo dispuesto en el artículo 198 del Código Penal. La Dirección de Industria y Comercio podrá denunciar ante la justifica del crimen los delitos a que se refiere el inciso» primero de este artículo, e incluso, podrá querellarse en contra de los responsables de esos delitos." El Senado ha insistido en el rechazo de este artículo. El señor MATURANA.- Pido la palabra. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor MATURANA.- Señor Presidente, nosotros fuimos partidarios siempre del rechazo de este artículo, porque tiene dos inconvenientes legales o jurídicos de bastante bulto. El primero consiste en lo siguiente: La redacción del artículo, al hablar de "contratos de arrendamiento", no habla en absoluto de que sean contratos que se celebrarán en el futuro; de suerte que, como los contratos de arrendamiento son de trato sucesivo y se van renovando por el solo hecho de no desahuciarse, perfectamente podría ocurrir que una persona que estuviera otorgando recibos desde la dictación de la ley hacia adelante, cayera plenamente dentro de las disposiciones de la ley. En forma legítima, por el punto de vista de los recibos, podría incurrir en una falsedad o en un delito, con pena de prisión, por un contrato celebrado con anterioridad. Pero, además de eso, que significaría una aberración jurídica, pues se aplicarían penas a hechos cometidos con anterioridad a la dictación de la ley, porque perfectamente pudiera no ser ése el alcance de la interpretación que los tribunales dieran a este artículo, hay un hecho que es bastante claro. La actual Ley de Arrendamiento establece una sanción de multa, que es perfectamente adecuada, a las falsedades o vicios que se puedan cometer en este tipo de documentación, y no una pena de prisión. Y en este caso, la sanción se hace extremadamente grave. ¿Por qué? Porque los recibos de arrendamiento los da el arrendador, pero los tiene en su poder el arrendatario. Y podría el arrendatario adulterarlos, por sí o por terceras personas, para prefabricar una causal de prisión contra su arrendador, para defenderse de cualquiera acción que pudiera interponer en contra de él y ofrecerlo como una especie de compensación o de presión para no ser desahuciado. De manera que el inconveniente práctico, la posibilidad de constituir un semillero de juicios penales artificiales que contiene esta disposición, hacen aconsejable el rechazo que el Senado le ha acordado a esta disposición. Si los recibos de arrendamiento estuvieran en poder de una tercera persona, en poder de una autoridad pública, donde prácticamente no hubiera la menor duda de que los recibos otorgados no pueden ser objeto de adulteración por las partes. Quizás fuera perfectamente posible establecer que, si se incurre en una falsedad, se apliquen las disposiciones que sobre estas faltas o delitos contempla la ley. Pero un documento que va a estar en poder de una de las partes, de un posible querellante, que puede dar origen a un proceso criminal por falsificación en el cual será extraordinariamente difícil determinar quién incurrió en la falsificación, parece un riesgo extraordinario ; sobre todo cuando si no se legisla sobre esta materia, no se está estableciendo una impunidad para la infracción de la ley, sino que siguen rigiendo las disposiciones que sancionan este tipo de falsedad en una forma que el Congreso estimó conveniente al dictar la ley respectiva. Es por eso que vamos a votar de acuerdo con el Senado. El señor SANHUEZA (Presidente).- Ofrezco la palabra. El señor MILLAS.- Pido la palabra. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Millas. El señor MILLAS.- Señor Presidente, yo creo que las argumentaciones del señor Maturana no son convincentes. En primer lugar, él dice de que se podría establecer esta penalidad para delitos que, de acuerdo con la figura jurídica que aquí se configura o en relación a una infracción que aquí se pena, se hubieren cometido antes de la promulgación de esta ley. Ello no podría de ninguna manera ocurrir, y eso es sabido absolutamente por todos los parlamentarios y por todos los habitantes del país: que no hay absolutamente ninguna posibilidad de que ello pueda suceder, porque, al respecto, rige la norma según la cual en esto se aplicaría la disposición legal más favorable en materia penal para el reo. O sea, en ninguna forma podría ser retroactiva la pena, así que eso queda clarísimo. Es decir, que en esto no hay ninguna razón, no hay ningún peligro. Su alarma es absolutamente infundada. En segundo lugar, el señor Maturana se preocupa de la posibilidad de que quien tenga en su poder el recibo pudiera adulterarlo. Eso podría ocurrir con cualquier recibo, con cualquier documento, público o privado, con cualquier contrato, salvo con aquéllos de que haya constancia en un protocolo notarial; porque, incluso, aquéllos que están autorizados por la firma de un notario podrían ser adulterados, señor Maturana. Porque eso es algo que podría suceder y que daría lugar a las sanciones correspondientes. Ahí se incurre en un delito, si se adultera el recibo, por el arrendatario que lo adultera. Pero eso podría suceder exista o no esta disposición, si a fin de invocar los diversos derechos que tiene el arrendatario, etcétera, éste lo adulterara. Si nos colocamos en este caso, señor Presidente, evidentemente que todas las disposiciones legales sobre esta o sobre cualquiera otra materia, quedan sujetas a ciertos riesgos de que alguien pueda hacer alguna adulteración. Por eso es que en la ley penal se contemplan sanciones por si alguien comete una adulteración. Pero, bien, señor Presidente; aquí de lo que se trata es de que la base de esta ley reside en el hecho de que se establecen ciertas rentas máximas, autorizadas por la ley; y de que hay el peligro de que se incurra en falsedad y se establezca en el recibo de arriendo una renta que quede comprendida dentro del margen autorizado por la ley, pudiéndose comprobar fehacientemente que se ha incurrido al respecto en falsedad. En este caso, señor Presidente, se trata de algo muy grave. Se trata de que maliciosamente se ha burlado todo el cuerpo legal, se le ha dejado prácticamente inaplicable, de hecho. Se usa un subterfugio de una gravedad extrema, que, por lo demás, pudiera tener cierta ocurrencia. No se trata de un caso extravagante y absurdo; sino del procedimiento del que puede esperarse que haga uso algún arrendador inescrupuloso. Por eso, señor Presidente, es que algunas disposiciones sobre pago de salarios y en otras disposiciones de carácter legal en el terreno laboral, que presentan algunas similitudes con ésta, se han establecido ciertas sanciones excepcionales para el caso de falsedad en los documentos que acreditan la relación, el cumplimiento del contrato y las modalidades del contrato, en el aspecto sustantivo. Esto es indispensable en esta ley; porque, si no, sujeto solamente a una pequeña multa, es lógico suponer que cualquier arrendador inescrupuloso podría recurrir a este expediente, ya que el riesgo que correría es extremadamente mínimo. Por lo demás, señor Presidente, de lo que se trata aquí no es de que haya una sanción expresa de multa en otra de las disposiciones; sino que se trata de que podría alcanzarle y, de hecho, quedar esta falsedad en la impunidad más absoluta, al eliminarse la penalidad establecida en el artículo 35 incorporado por la Cámara. Por eso, la Cámara, en el primer y en el tercer trámite constitucional, ha insistido, con la opinión de muchos parlamentarios de diferentes tiendas, y ha tenido mayoría en ambos trámites, primero y tercero, en el sentido de mantener esta disposición. A estas alturas, la insistencia de la Cámara no va a conseguir que haya ley sobre la materia. Sin embargo, los parlamentarios comunistas queremos dejar estampada nuestra protesta por la actitud de la mayoría del Senado que, a nuestro juicio, hace prácticamente inaplicables aspectos sustanciales de la ley, al dejar sin la adecuada penalidad la falsedad cometida en el recibo de arriendo. Así, cualquiera podrá firmar un recibo de arriendo, por un determinado monto que quede dentro de los márgenes legales, aunque, en la práctica, esté cobrando muchísimo más. Esta es la fórmula de más extraordinaria peligrosidad, en cuanto al procedimiento que se pueda emplear, para hacer que toda la ley se convierta en un volador de luces y se desprestigie, por lo demás, un instrumento jurídico como el que estamos discutiendo. Por eso, aun a sabiendas de que, en este momento, nuestra votación no podría influir en el texto del proyecto que el Parlamento despachará, nosotros salvamos nuestra responsabilidad y votaremos insistiendo en el texto aprobado en el segundo trámite constitucional anterior, respecto del artículo 35 que aprobó esta Corporación. He dicho. El señor TEJEDA.- Pido la palabra. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Tejeda. El señor TEJEDA.- Señor Presidente, a lo expuesto por el colega Millas, quiero agregar lo siguiente. Este artículo de ninguna manera se refiere a los contratos anteriores. No castiga realmente la redacción de un contrato falso anterior; pero, sí, las nuevas falsedades que se cometen en el otorgamiento de los recibos. En segundo lugar, la pena que impone es bastante pequeña: prisión en su grado máximo, de 40 a 61 días de prisión. En tercer lugar, si el juez tuviere dudas acerca de si es justo o no aplicar la ley, tiene el mecanismo de la suspensión de la pena, que le da la ley Nº 7.821. Y, por último, con respecto a esas terceras personas que pudieran verse envueltas, sin haber participado directamente, la ley hace una referencia expresa al artículo 198, que castiga al que maliciosamente hiciere uso de un instrumento falso. Si falta la malicia, si se es inocente, si no se tiene responsabilidad, tampoco se tiene pena. Eso es lo que quería aclarar. Nada más. El señor SANHUEZA (Presidente).- Ofrezco la palabra. El señor MERINO.- Pido la palabra. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Merino. El señor MERINO.- Señor Presidente, es solamente para expresar mi opinión personal, en el sentido de que estoy en desacuerdo con el texto de este artículo, especialmente por las razones que daba aquí el colega Maturana. Encuentro altamente peligroso que un medio de prueba, el cual puede tener consecuencias no sólo pecuniarias, sino aun respecto de la libertad personal de las partes, y está exclusivamente en manos de una de ellas, desde el momento en que es otorgado al arrendatario, quien mantiene en su poder el recibo de arrendamiento y que, eventualmente, puede hacer uso de alguna falsedad, para, a través de ella, chantajear al arrendador. Máxime, si tomamos en cuenta que en un contrato de arrendamiento, las partes no son siempre personas de cierta solvencia económica y cierta cultura. Acordémonos que vamos a aplicar esta ley a toda clase de arrendamientos, incluso al arrendamiento de piezas, en el que tanto el arrendador como el arrendatario son a menudo personas muy humildes, que tienen pocos conocimientos y que incluso dan como recibo, no el mismo ejemplar visado por Impuestos Internos para los impuestos, sino un simple papel. Entonces, esa gente va a estar expuesta a que un arrendatario mal intencionado pueda adulterar el recibo, para sancionar al arrendador. La prueba va a ser muy difícil, porque bastará cambiar un número o agregarle un palito a un número cualquiera, para que, después, a través de una prueba pericial, no se logre saber quién es el autor de esa falsedad. En cuanto a lo que se dice de que este delito pudiera no quedar sancionado, cabe recordar que en la Ley actual de Arrendamiento, en su artículo ¡25, establece que "todas las infracciones de la presente ley no tuvieren señalada una sanción especial, serán castigadas con una multa de hasta tres meses de renta, la que se aplicará con el solo mérito que arrojen los autos seguidos en conformidad a esta ley." De tal manera, que si se comete un delito, aunque el artículo fuera rechazado, siempre va a ser sancionado; pero no con pena privativa de libertad, que pudiera afectar a una persona muy humilde que debería estar presa durante 60 días, sino con una pena de multa, que es lo que corresponde a la naturaleza de las razones que tiene esta ley. El señor CABELLO.- Pido la palabra. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Cabello. El señor CABELLO.- Señor Presidente, nosotros vamos a votar con el Honorable Senado, coincidiendo en su rechazo de esta disposición, debido a que consideramos que hay otras formas de controlar este problema, con el objeto de que podamos darle garantías al arrendador. De ahí, señor Presidente, que en este caso estemos de acuerdo con el Senado. El señor SANHUEZA (Presidente).- Ofrezco la palabra. El señor TEJEDA.- Pido la palabra. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Tejeda, en el tiempo de su segundo discurso. El señor TEJEDA.- Señor Presidente, este proyecto de ley que estamos discutiendo da a los arrendadores que cometan estas falsedades, penas que se pueden aplicar con mayor facilidad que ahora; pero penas mucho menores, porque, en la actualidad, la falsedad en el recibo de arrendamiento se castiga de acuerdo con el artículo 194 del Código Penal con la pena de presidio menor en su grado medio a máximo, o sea, de ©41 días a 5 años. La ley facilita su aplicación, la hace más rápida y permite elegir; pero rebaja la pena a 40 días de prisión; de tal manera que no se están dando mayores garantías, digamos, a los arrendatarios al rechazar esta disposición, porque, al contrario, van a obligar a aplicarles una pena mucho más drástica. Nada más, señor Presidente. Un señor DIPUTADO.- Votemos, señor Presidente. El señor SANHUEZA (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 18 votos; por la negativa, 40 votos. El señor SANHUEZA (Presidente).- La Cámara acuerda no insistir. En discusión del Senado al artículo 41, a la cual va a dar lectura el señor Secretario. El señor GUERRERO (Secretario Subrogante).- El Senado ha insistido en intercalar en el artículo 41, a continuación de la palabra "procuradores", la frase "judiciales de la Dirección de Industrias y Comercio". El señor SANHUEZA (Presidente).- Ofrezco la palabra. El señor MERINO.- Pido la palabra. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor MERINO.- Señor Presidente, es sólo para explicar que los procuradores son empleados por los abogados y las partes en los juicios. Y, de acuerdo con este artículo, cuando se es vencido en un juicio, se condena con costas. Tal como la disposición está redactada por la Cámara, los procuradores no responden ellos, personalmente, del pago de las costas, Nosotros somos partidarios, en la Cámara, de que esta disposición se aplique en general a todos los procuradores. El criterio del Senado es que solamente se aplique a los procuradores judiciales de la Dirección de Industria y Comercio. No vemos la razón por la cual quede restringido este sistema y el alcance de este artículo 41 solamente a los procuradores de la Dirección de Industria y Comercio. Donde hay una misma razón, rige la misma disposición. Por eso, estamos de acuerdo con el criterio de la Cámara, y votaremos así para que esta disposición tenga aplicación general a todos los procuradores, cualesquiera que ellos sean. El señor FUENTES (don César Raúl).- Pido la palabra. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría, El señor FUENTES (don César Raúl).- Señor Presidente, en verdad, cualquiera que sea la decisión que nosotros adoptemos, ya este precepto, en el que pretende insistir la Cámara de Diputados, no tiene ningún resultado práctico. En efecto, esta expresión no será incorporada en el texto por el juego de la insistencia entre la Cámara y el Senado. En todo caso, quisiéramos advertir que, si en las observaciones del Presidente de la República se incluyera como veto aditivo el criterio de la Cámara, nosotros estaríamos llanos a aprobar este predicamento, con el objeto de que se transformara en ley, ya que hemos obtenido, no sólo en este proyecto, sino que en otros, que los procuradores no deben responder, en estos casos, de las multas o de las costas judiciales. Nada más. El señor MILLAS.- Pido la palabra. El señor TEJEDA.- Pido la palabra. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Millas; y, a continuación, el señor Tejeda. El señor MILLAS.- Señor Presidente, hago notar que, en verdad, el colega César Raúl Fuentes ha incurrido en un error. En efecto, de lo que se trata, a diferencia del artículo anterior, es que el Senado insiste en la incorporación de un determinado texto; y al aprobar la Cámara su incorporación, precisamente, presenta interés el quinto trámite constitucional, pues está concebido para esto. Por lo tanto, ello depende de la votación actual; porque si la Cámara no insiste, prevalece el texto que ha aprobado el Senado. He dicho. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Tejeda. El señor TEJEDA.- Señor Presidente, la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, en todo proyecto que ha aprobado y que ha ratificado esta Cámara, ha establecido el concepto de que los procuradores no responden personalmente por las costas, salvo en las diligencias a ellos encomendadas. Este es el criterio general y esa misma norma consagra el artículo 41 aprobado por la Cámara; de tal manera que hacemos bien al insistir en dicho artículo, pues corresponde al predicamento que la Cámara ha venido sosteniendo, por lo menos, durante estos últimos seis años. Nada más. El señor FUENTES (don César Raúl).- Pido la palabra. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Fuentes. El señor FUENTES (don César Raúl).- Señor Presidente, es para ratificar que el señor Millas tiene razón. Y nosotros vamos a insistir en el criterio de la Cámara. Yo había calificado mal el resultado de la votación; pero ahora lo estoy interpretando correctamente. El señor SANHUEZA (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación. Si le parece a la Sala, se insistirá en el criterio de la Cámara respecto del artículo 41, por lo cual se rechazará la frase que ha incluido el Senado. Acordado. Despachadas las modificaciones del Senado al proyecto de ley. 13.- FRANQUICIAS TRIBUTARIAS EN FAVOR DE LOS AUTOMOVILES ARMADOS Y/O FABRICADOS EN EL PAIS Y DESTINADOS A TAXIS.- TERCER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. El señor SANHUEZA (Presidente).- Corresponde, en seguida, ocuparse del proyecto, en tercer trámite constitucional, que establece franquicias tributarias en favor de los automóviles armados y/o fabricados en el país y destinados a taxis. Las modificaciones del Senado, impresas en el boletín Nº 646- 71- S, son las siguientes: Artículo 1º Letra b) Ha sustituido su inciso primero por el siguiente: "b) Sustitución del impuesto a la primera transferencia establecido en el artículo 4º bis de la ley Nº 12.120 por un impuesto único de un 4% sobre el precio de venta de dicho vehículo al taxista.". Artículo 2º Ha reemplazado su inciso primero por el siguiente: "Artículo 2º- Sólo podrán acogerse a las franquicias del artículo anterior, las industrias que hayan obtenido u obtengan la calidad de industria nacional de vehículos motorizados, incluyéndose aquéllas instaladas o que se instalen en zonas de tratamiento aduanero especial y siempre que el porcentaje de integración de partes y piezas, conjuntos y subconjuntos nacionales destinados a emplearse en la fabricación de automóviles de alquiler, no sea inferior al 40% del valor FOB del vehículo original extranjero terminado.". Ha sustituido sus incisos tercero y cuarto por el siguiente: "El Presidente de la República, previo informe de la Comisión para el Fomento de la Industria Automotriz, podrá aumentar el porcentaje indicado en el inciso primero de integración de partes, piezas, conjuntos y subconjuntos nacionales.". En seguida, ha consultado el siguiente artículo, nuevo: "Artículo 3º- El Presidente de la República, por intermedio de la Subsecretaría de Transportes del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, determinará, en el mes de septiembre de cada año, el número de automóviles que deberán armarse o fabricarse en Chile para destinarlos al servicio de alquiler. Asimismo, fijará, previo informe de cada una de las Municipalidades del país, el número de patentes de automóviles de alquiler que podrá otorgarse por cada comuna en el año siguiente. Podrá prescindirse del informe municipal si éste no fuere evacuado dentro del plazo de 30 días de requerido por la mencionada Subsecretaría, pero, en tal caso, el número de patentes a fijarse a la respectiva Municipalidad no podrá ser inferior al vigente para el año en el cual se dicta la resolución.". Artículo 3º Ha pasado a ser artículo 4º. En su inciso primero, ha suprimido las palabras "y ratificación" y la oración final que comienza con los vocablos "En caso de...". Artículo 4º Ha pasado a ser artículo 5º, sustituido por el siguiente: "Artículo 5º- Si el ingreso principal de un taxista fallecido hubiere sido la explotación de un automóvil de alquiler, su viuda será considerada como su Sucesora legal y tendrá derecho a renovar dicho vehículo de acuerdo a esta ley.". Artículo 5º Ha pasado a ser artículo 6º. Ha reemplazado su inciso primero por el siguiente: "Artículo 6º- Los chassis de buses, de taxibuses y de autobuses, destinados al transporte colectivo de pasajeros, armados o fabricados en Chile por industrias que tengan la calidad de industria nacional de vehículos motorizados incluyendo aquéllas ubicadas en zonas de tratamiento aduanero especial, podrán acogerse a las franquicias establecidas en el artículo 1º de la presente ley, siempre que el porcentaje de integración de partes, piezas, conjuntos y subconjuntos nacionales destinados a emplearse en la armaduría o fabricación de dichos vehículos no sea inferior al 15% del valor FOB del vehículo original extranjero terminado.". En su inciso segundo, ha sustituido las palabras "agregar determinadas" por la expresión "aumentar el porcentaje de". Ha rechazado su inciso tercero. Artículo 6º Ha pasado a ser artículo 7º, reemplazado por el siguiente: "Artículo 7º- Exímese del impuesto de compraventa a la primera transferencia de las carrocerías nuevas para chassis de buses, taxibuses y autobuses a que se requiere el artículo anterior. Artículo 7º Ha pasado a ser artículo 8º, sustituido por el siguiente: Artículo 8º- Las empresas que no dieren cumplimiento a los porcentajes mínimos de integración de piezas, partes, conjuntos y subconjuntos nacionales, establecidos en los artículos 2º y 6º de la presente ley, quedarán afectas al pago de impuestos especial establecido en el artículo 11 de la ley Nº 12.084 y sus modificaciones posteriores y de todos los demás derechos, impuestos y gravámenes de que hayan sido liberadas. Artículo 8º Ha pasado a ser artículo 9º, reemplazado por el siguiente: Artículo 9º- Prohíbese, por el término de cuatro años, el uso de los vehículos adquiridos de acuerdo con la presente ley para un destino diferente del transporte colectivo de pasajeros o del servicio de alquiler, según corresponda. La infracción a esta prohibición será penada como delito de fraude aduanero y sancionada, en todo caso, con el comiso del vehículo. El vehículo decomisado será rematado por el Servicio de Aduanas, destinándose un 20% de su producto como galardón al denunciante y el 80% restante será de beneficio fiscal, a menos que hubiere un saldo de precio pendiente del vehículo, en cuyo caso se pagará éste con antelación. Los propietarios de automóviles de alquiler, además de las sanciones indicadas, deberán integrar en la Tesorería Comunal respectiva las diferencias de valor que hubiere entre la patente de alquiler y la particular, incluidos los recargos legales, a contar del año en que se cometió la infracción. Las denuncias por infracciones a lo dispuesto en el inciso primero, serán presentadas a la Subsecretaría de Transportes, organismo que remitirá los antecedentes debidamente informados a la Superintendencia de Aduanas. Sin perjuicio de lo dispuesto en la letra d) del artículo 3º de la Ordenanza de Aduanas, los vehículos que por accidente, dejen de ser aptos para el servicio, serán desafectados por resolución de la Subsecretaría de Transportes. La desafección excluirá al vehículo de las prohibiciones señaladas en los incisos anteriores y en el artículo 10. Artículo 9º Ha pasado a ser artículo 10, sustituido por el siguiente: Artículo 10.- Los vehículos beneficiados con las franquicias de la presente ley, que no hayan sido desafectados en conformidad al inciso final del artículo anterior, no podrán ser transferidos, dados en arrendamiento, ni a su respecto podrá celebrarse ninguna clase de contrato que signifique su explotación por cuenta de otra persona, ni la celebración de contratos de promesa de esos actos, sin autorización de la Subsecretaría de Transportes, la que la otorgará siempre que los vehículos continúen destinados al transporte colectivo de pasajeros. La Subsecretaría deberá pronunciarse respecto de la autorización a que se refiere el inciso anterior, en el plazo de 30 días, contado desde aquél en que se le entreguen los antecedentes respectivos. En caso de incumplimiento de lo establecido en el inciso primero de este artículo dentro de los cuatro años siguientes a la fecha de facturación de la primera adquisición del vehículo, deberá enterarse en arcas fiscales el monto de los derechos, impuestos, tributos aduaneros y demás gravámenes de que hayan sido liberados de conformidad a la presente ley. Quedan solidariamente obligadas a este pago las personas naturales o jurídicas que intervengan en los actos o contratos respectivos. Se exceptúan de lo dispuesto en este artículo las adjudicaciones efectuadas en pública subasta a raíz de juicios iniciados como consecuencia del cobro ejecutivo de préstamos otorgados para la adquisición del vehículo por el Banco del Estado de Chile u otros organismos fiscales, semifiscales o de administración autónoma. Artículo 10 Ha pasado a ser artículo 11, reemplazado por el siguiente: Artículo 11.- No se aplicará lo dispuesto en los artículos 9º y 10 de la presente ley en caso de fallecimiento del adquiren- te del vehículo. En este evento, acreditado el hecho, la Subsecretaría de Transportes autorizará la transferencia y/o desafectación del vehículo con respecto a su destino.". Artículo 12 Ha pasado a ser artículo 13. Ha sustituido su inciso primero por el siguiente: "Artículo 13.- Los taxis y los chassis de buses, autobuses y taxibuses de la locomoción colectiva y carrocerías a que se refiere la presente ley podrán ser objeto del contrato de prenda industrial con el fin de garantizar créditos otorgados por el Banco del Estado de Chile u otros organismos fiscales, semifiscales o de administración autónoma. Quien adquiera cualquiera de los bienes mencionados en pública subasta, en juicio iniciado por los acreedores antedichos o por los cesionarios o endosatarios de dichos contratos de prenda, podrá destinarlos a cualquier uso sin incurrir en ninguna de las sanciones o impuestos establecidos en esta ley.". Ha rechazado su inciso segundo. Ha reemplazado su inciso tercero por el siguiente: "Mientras no haya fallo en los juicios de prenda industrial a que se refiere el inciso anterior, los vehículos gravados con ella quedarán en depósito en poder de sus presuntos propietarios, quienes no podrán ocuparlos sino en el servicio al cual está destinado el vehículo.". Artículo 13 Ha pasado a ser artículo 14, sustituido por el siguiente: "Artículo 14.- Destínase el 50% de los recursos que se encuentren empozados en la Caja de Previsión de Empleados Particulares, con motivo de la aplicación del artículo 11 de la ley Nº 15.722, a inversiones de construcción y habilitación que la Federación Nacional de Sindicatos Profesionales de Choferes de Taxis de Chile señale para sede, bodegas y estaciones de servicio de ésta y de sus sindicatos bases. La Caja de Previsión de Empleados Particulares depositará, dentro del plazo de 90 días contado desde la fecha de publicación de la presente ley, los fondos referidos en el inciso anterior en una cuenta que a nombre de la Federación Nacional de Sindicatos Profesionales de Choferes de Taxis de Chile abra en la Corporación de la Vivienda. La referida Federación podrá girar los fondos mencionados contra estados de pagos de obras previamente aprobadas por la Corporación de la Vivienda.". Artículo 14 Ha pasado a ser artículo 15. En su inciso primero, ha sustituido la expresión "automóviles destinados al servicio de taxis" por esta otra: "vehículos de transporte colectivo de pasajeros o de alquiler". En su inciso segundo, ha reemplazado la forma verbal "cubrirán" por los vocablos "podrán cubrir". En su inciso tercero, ha sustituido la expresión "valor de compra del vehículo" por el término "préstamo". Artículo 15 Su inciso primero ha pasado a ser artículo 6º transitorio, sin modificaciones. Ha rechazado su inciso segundo. Artículos 16 y 17 Han pasado a ser artículo 16, refundidos en los siguientes términos: "Artículo 16.- Autorízase la importación y libérase del pago de los derechos de internación, de almacenaje y, en general, de todos los derechos e impuestos que se perciban por las aduanas, así como de los impuestos adicionales y depósitos de internación, a las partes ¡y piezas, conjuntos y subconjuntos destinados a la armaduría de radio-teléfonos y a la adquisición de marcadores de tarifas denominados "taxímetros", que importe la Federación Nacional de Sindicatos Profesionales de Choferes de Taxis de Chile (FENATACH) para dotar de estos implementos a los automóviles que se asignen de acuerdo a esta ley.". Artículo 20 Ha pasado a ser artículo 19, con la sola modificación de sustituir el guarismo "14.283" por "14.824". Artículo 21 Ha pasado a ser artículo 20. Ha sustituido su inciso segundo por el siguiente: "Dicho fondo se formará con un aporte mensual de los taxistas cuyo monto será fijado por la Comisión Automotriz de la Corporación de Fomento de la Producción, previa consulta al gremio, el que será depositado directamente en el Banco del Estado de Chile, de acuerdo con el mecanismo que establezcan ese Banco y la mencionada Comisión.". Artículo 22 Ha pasado a ser artículo 21, sustituido por el siguiente: "Artículo 21.- Autorízase la creación de una Central Nacional de Abastecimiento y Servicios, dependiente de la Federación Nacional de Sindicatos Profesionales de Choferes de Taxis de Chile, y los Economatos de Distribución y Servicio de los Sindicatos bases de esta Organización. La Central y los Economatos tendrán los mismos beneficios de las cooperativas y se regirán por el Estatuto que el Presidente de la República dictará para tales efectos, previo informe de la Subsecretaría de Transportes.". En seguida, ha consultado los siguientes artículos, nuevos: "Artículo 22.- Derógase la letra b) del inciso tercero del artículo 1º de la ley Nº 17.381. Artículo 23.- Las facturas de vehículos adquiridos con las franquicias de esta ley, indicarán que están sujetos a las prohibiciones establecidas en los artículos 9º y 10 de la presente ley. Los Conservadores de Bienes Raíces al inscribir las facturas indicadas en el inciso anterior, anotarán las prohibiciones señaladas en los artículos 9º y 10, quedando obligados a indicarlas en cualquier certificación solicitada en relación a los vehículos beneficiados por la presente ley. Los Notarios Públicos, que sean requeridos para autorizar cualquiera de los contratos señalados en el artículo 10, respecto de vehículos aptos para el transporte colectivo de pasajeros y para automóviles con patente de alquiler, con menos de 4 años de fabricación, exigirán a los interesados un certificado del Conservador de Bienes Raíces acreditando que los vehículos no están sujetos a las prohibiciones de los artículos 9º y 10. En caso de estar sujetos a las prohibiciones señaladas, deberán acompañar copia de la resolución de la Subsecretaría de Transportes en que se autoriza la celebración del contrato. Los notarios dejarán constancia en la respectiva escritura del cumplimiento de este requisito, sin lo cual ésta no será autorizada. Artículo 24.- Autorízase la creación de servicios especiales de transporte turístico terrestre, mediante automóviles y autocares que reúnan los requisitos y características adecuadas, según lo establezcan conjuntamente la Subsecretaría de Transportes del Ministerio de Obras Públicas y Transportes y la Dirección de Turismo dependiente del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Articulo 25.- Modifícase la ley número 16.602 en el sentido de que los automóviles de alquiler que presten servicios funerarios y de turismo deberán estar pintados con un color distintivo y standard conforme lo determine la Subsecretaría de Transportes del Ministerio de Obras Públicas y Transportes. En igual forma los autocares que se dediquen a esta actividad deberán tener características y color standard. Artículo 26.- La Subsecretaría de Transportes establecerá distintivos especiales a los taxis colectivos, para diferenciarlos de los demás automóviles de alquiler. Con este fin podrá incluso establecer un color diferente al exigido por la ley Nº 16.602. Los automóviles que sean autorizados para efectuar servicio colectivo deberán ser destinados exclusivamente a este fin, no podrán tener taxímetro y llevarán en su parachoques delantero una placa que los identifique como taxi colectivo. Esta placa será fabricada por la Casa de Moneda de Chile, de acuerdo con las características que fije la Subsecretaría de Transportes. Autorízase a la Subsecretaría de Transportes para eximir de la obligación de pintar de color amarillo los taxis destinados al servicio especial en los aeropuertos de Pudahuel y Cerrillos disponiendo que estos vehículos puedan mantener íntegramente su color negro. Esta misma autorización podrá ejercerla la Subsecretaría de Transportes en casos especiales, cuando se trate de recorridos o servicios debidamente calificados por dicha Subsecretaría. Artículo 27.- Dentro de los treinta días siguientes a la promulgación de la presente ley, los Institutos CORFO de Chiloé y de Aisén y la Corporación de Magallanes, establecerán líneas de crédito en favor de los afiliados a los respectivos Sindicatos de Dueños de Camiones para la importación de camiones y taxibuses destinados a la renovación e incremento del material rodante con que atienden las necesidades de esas provincias, en condiciones similares a las establecidas para créditos otorgados por los mismos Institutos a otras actividades productivas. Artículo 28.- Agrégase, en el inciso quinto del artículo 5º de la ley Nº 14.824, a continuación de la expresión "los vehículos", lo siguiente: "y taxibuses".". Artículos transitorios. Artículo 1º Ha sustituido el guarismo "60" por "180". Ha consultado el siguiente inciso segundo, nuevo: "Los taxistas no propietarios que no dispongan de los medios económicos para solventar la importación y que se habían inscrito en la Subsecretaría de Transportes del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, podrán optar a la adquisición de un automóvil armado o fabricado en el país, para lo cual se les reconocerá su mejor derecho y preferencia para la entrega.". Artículo 2º Ha puesto en plural la palabra "importarlo" y ha sustituido el guarismo "60" por "180". Artículo 3º En su inciso segundo, ha reemplazado la frase "puntaje de estos postulantes" por la siguiente: "antigüedad del vehículo". Artículo 4º Ha sustituido el guarismo "180" por "300". Artículo 5º Ha reemplazado la frase "Dicho valor podrá aumentarse hasta en un 5% por concepto de comisión", por la siguiente: "Dicho valor podrá recargarse en el monto de la comisión de importación que el Sindicato acuerde con el importador habitual en el momento de encargarle y convenir la importación". En seguida, como se dijo anteriormente, como artículo 6º transitorio ha consultado el inciso primero del artículo 15 del proyecto de esa H. Cámara, sin enmiendas. A continuación, ha agregado los siguientes artículos transitorios, nuevos: "Artículo 7º.- Los automóviles de alquiler importados por taxistas propietarios o por taxistas no propietarios, con las franquicias establecidas en el artículo 1º transitorio de la ley Nº 16.426, que al 1º de julio de 1971 realizaban transporte turístico, quedan excluidos de las prohibiciones establecidas en el inciso cuarto del artículo 14 de la ley Nº 17.203, para el solo efecto de continuar en dicha actividad. Articulo 8º.- Los dueños de vehículos señalados en los artículos 1° y 2º transitorios de la ley Nº 16.426, que hayan transferido estos vehículos antes de la publicación de la presente ley, sin autorización previa de la Subsecretaría de Transportes, podrán solicitarla con posterioridad a la celebración del respectivo contrato, siempre que lo hagan dentro de 6 meses a contar de la publicación de la presente ley. Artículo 9º.- Lo dispuesto en los artículos 1º y 2º transitorios se aplicará también a las personas domiciliadas en las zonas donde rijan las leyes Nºs. 12.008, 13.039, 14.824 y 16.894 que hayan sido autorizadas por la Subsecretaría de Transportes, antes del 4 de febrero de 1971, para importar un vehículo destinado al servicio de alquiler.". El señor SANHUEZA (Presidente).- En virtud del acuerdo adoptado por la Corporación, este proyecto deberá ser despachado en la presente sesión. En discusión las modificaciones introducidas por el Senado al artículo 1º del referido proyecto. El señor Secretario va a dar lectura a la primera de las modificaciones. El señor GUERRERO, don Raúl (Secretario subrogante).- El Senado, en el artículo 1º, ha sustituido, en la letra b), su inciso primero, por el siguiente: "b) Sustitución del impuesto a la primera transferencia establecido en el artículo 4º bis de la ley Nº 12.120 por un impuesto único de un 4% sobre el precio de venta de dicho vehículo al taxista". El señor SANHUEZA (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. Si le parece a la Sala y no se pide votación, se aprobará la primera modificación del Senado. Aprobado. Se va a dar lectura a la segunda de las modificaciones, correspondiente al artículo 2°. El señor GUERRERO, don Raúl (Secretario subrogante).- El Senado ha reemplazado el inciso primero del artículo 2°, por el siguiente: "Artículo 2º- Sólo podrán acogerse a las franquicias del artículo anterior, las industrias que hayan obtenido u obtengan la calidad de industria nacional de vehículos motorizados, incluyéndose aquellas instalas o que se instalen en zonas de tratamiento aduanero especial y siempre que el porcentaje de integración de partes y piezas, conjuntos y subconjuntos nacionales destinados a emplearse en la fabricación de automóviles de alquiler, no sea inferior al 40% del valor FOB del vehículo original extranjero terminado". El señor SANHUEZA (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación. Si le parece a la Sala, se aceptará la modificación del Senado. El señor ACEVEDO.- Que se vote. El señor SANHUEZA (Presidente).- En votación. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 28 votos; por la negativa, 18 votos. El señor SANHUEZA (Presidente).- Aprobada la modificación del Senado. En discusión la tercera modificación del Senado, la que consiste en sustituir los incisos tercero y cuarto por el que va a dar lectura el señor Secretario. El señor MONARES.- ¿Por qué no omitimos la lectura de las modificaciones? El señor GUERRERO, don Raúl (Secretario subrogante).- El Senado ha sustituido los incisos tercero y cuarto del artículo 2º, por el siguiente: "El Presidente de la República, previo informe de la Comisión para el Fomento de la Industria Automotriz, podrá aumentar el porcentaje indicado en el inciso primero de integración de partes, piezas, conjuntos y subconjuntos nacionales." El señor SANHUEZA (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación. Durante la votación: El señor CARDEMIL.- Señor Presidente, omitamos la lectura de las modificaciones del Senado. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 29 votos; por la negativa, 21 votos. El señor SANHUEZA (Presidente).- Aprobada la modificación del Senado. Corresponde, a continuación, despachar la cuarta modificación del Senado, que consiste en agregar un artículo nuevo. Si le parece a la Sala, se omitirá la lectura, por parte del señor Secretario, de las modificaciones del Senado. Acordado. El señor ACEVEDO.- Pido la palabra. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Acevedo, don Juan. El señor ACEVEDO.- Señor Presidente, en relación con este artículo nuevo, propuesto por el Senado, los dirigentes de la Federación Nacional de Sindicatos Profesionales de Choferes de Taxis de Chile nos han solicitado que pidamos la división de la votación. Se trata de votar, separadamente, la frase que dice "en el mes de septiembre de..."; y, a continuación, votar también separadamente, después del punto seguido, "Asimismo, fijará, previo informe de cada una de las Municipalidades...", etcétera. Esta segunda parte está consultada ya en las disposiciones que regulan a las municipalidades en materia de otorgamiento de patentes. De manera que, cumpliendo con esta petición - entiendo que se la han formulado a los demás Comités, pues... El señor AMUNATEGUI.- Exacto. El señor ACEVEDO.- ... diviso a algunos colegas con las carpetas de la Federación de Taxistas- la votaremos en las condiciones que he propuesto. Eso es todo. El señor MOSQUERA.- Pido la palabra. El señor GUERRA.- Pido la palabra. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Mosquera; y, a continuación, el señor Guerra. El señor MOSQUERA.- Señor Presidente, para no repetir, baste señalar que los Diputados democratacristianos vamos a votar en la misma forma que ha explicado el colega Acevedo. Sin embargo, es importante agregar por qué se suprimen las palabras "en el mes de septiembre de cada año". Ello se debe a que si, en esta ocasión, la ley no se tramita en el mes de septiembre, no se podrá determinar, para este año, el número de automóviles. Por eso, es importante votar favorablemente la petición hecha por el gremio de taxistas, y nosotros la vamos a votarla en ese sentido. Nada más. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Guerra, quien la había solicitado anteriormente. El señor GUERRA.- Señor Presidente, los Diputados nacionales vamos a votar también por suprimir la frase "en el mes de septiembre de", por las consideraciones que se han mencionado aquí en la Sala. Esto es, más que todo, para que, en este año, se puedan fijar también las cuotas de vehículos correspondientes al año 1971. Nada más. El señor SANHUEZA (Presidente).- Ofrezco la palabra. El señor ANDRADE.- Pido la palabra. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor ANDRADE.- Señor Presidente, es sólo para indicar que ha habido algunas variaciones en cuanto a las palabras que deben ser eliminadas. Son, me parece, sólo cinco palabras, esto es: "el mes de septiembre de". Así la oración quedaría con continuidad. El señor SANHUEZA (Presidente).- La Mesa ha tomado nota, señor Diputado. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación. Si le parece a la Sala, se aprobará por unanimidad el artículo 3º, nuevo, sin la frase "en el mes de septiembre de". El señor KLEIN.- No: "el mes de septiembre de". El señor SANHUEZA (Presidente).- "El mes de septiembre de". El señor KLEIN.- ¡Esa es la cosa! El señor SANHUEZA (Presidente).- Es que hay que hacer dos votaciones, señores Diputados. Y si me excusan, la Mesa está tratando de dirigir el debate en la mejor forma posible. ¿Habría acuerdo para aprobar el artículo nuevo sin la frase: "el mes de septiembre de"? Si le parece a la Sala, así se aprobará. Aprobado. En votación el artículo sin la frase "podrá prescindirse del informe municipal..." El señor AMUNATEGUI.- Desde "Asimismo" adelante. El señor ACEVEDO.- Después de "alquiler" hay un punto seguido. El señor SANHUEZA (Presidente).- El señor Secretario dará lectura a la frase que debe votarse. El señor GUERRERO, don Raúl (Secretario subrogante).- Corresponde votar la siguiente oración final: "Asimismo, fijará, previo informe de cada una de las Municipalidades del país, el número de patentes de automóviles de alquiler que podrá otorgarse por cada comuna en el año siguiente. Podrá prescindirse del informe municipal si éste no fuere evacuado dentro del plazo de 30 días de requerido por la mencionada Subsecretaría; pero, en tal caso, el número de patentes a fijarse a la respectiva Municipalidad no podrá ser inferior al vigente para el año en el cual se dicta la resolución". El señor SANHUEZA (Presidente).- En votación la frase leída. Si le parece a la Sala y no se pide votación, se rechazará. Rechazada. En discusión la modificación que consiste en suprimir en el artículo 3º, que ha pasado a ser 4º, las palabras "y ratificación". Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. Si le parece a la Sala, y no se pide votación, se acordará suprimirlas. Acordado. En discusión la modificación que consiste en suprimir la expresión final "En caso de...", del mismo artículo. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. Si le parece a la Sala y no se pide votación, se aprobará. Aprobada. En discusión la modificación introducida al artículo 4º, que ha pasado a ser 5º, con el nuevo texto que figura en el boletín. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. Si le parece a la Sala y no se pide votación, se aprobará. Aprobada. En discusión la modificación al artículo 5º, que ha pasado a ser 6º, que consiste en reemplazar su inciso primero. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Si le parece a la Sala... El señor ACEVEDO.- Es mejor el de la Cámara. El señor SANHUEZA (Presidente).- En votación. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 33 votos; por la negativa, 20 votos. El señor SANHUEZA (Presidente).- Aprobada la modificación del Senado. En discusión la modificación al inciso segundo del mismo artículo, que consiste en sustituir las palabras "agregar determinadas", por la expresión "aumentar el porcentaje de". Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación. Efectuado la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 30 votos; por la negativa, 21 votos. El señor SANHUEZA (Presidente).- Aprobada la modificación del Senado. En discusión la modificación que consiste en rechazar el inciso tercero del mismo artículo. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. Si le parece a la Sala... El señor ANDRADE.- Votación. El señor SANHUEZA (Presidente).- En votación. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 32 votos; por la negativa, 20 votos. El señor SANHUEZA (Presidente).- Aprobada la modificación. En discusión la modificación al artículo 6º, que ha pasado a ser 7º, con el nuevo texto que figura en el boletín. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. Si le parece a la Sala... El señor ACEVEDO.- Votación. El señor SANHUEZA (Presidente).- En votación. Efectuada lo, votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 32 votos; por la negativa, 20 votos. El señor SANHUEZA (Presidente).- Aprobada la modificación. En discusión la modificación al artículo 7°, que ha pasado a ser 8°, sustituido por el texto que figura en el boletín. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. Si le parece a la Cámara,... El señor ANDRADE.- Votación. El señor SANHUEZA (Presidente).- En votación. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 30 votos; por la negativa, 20 votos. El señor SANHUEZA (Presidente).- Aprobada la modificación. En discusión la modificación al artículo 8º, que ha pasado a ser 9?, reemplazado por el que figura en el boletín. El señor MOSQUERA.- Pido la palabra. El señor ACEVEDO.- Pido la palabra. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Mosquera; a continuación, el señor Acevedo. El señor MOSQUERA.- Señor Presidente, nosotros vamos a votar por el criterio de la Cámara, porque con la modificación del Senado quedan liberadas de esta prohibición aquellas importaciones que se han hecho en virtud de otras leyes, porque afecta sólo a las hechas de acuerdo a la que está en discusión. Insistiremos en lo propuesto por la Cámara. Nada más. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Acevedo. El señor ACEVEDO.- Señor Presidente, la Federación Nacional de Dueños de Taxis nos han pedido, en la nota a que he hecho referencia, que en este artículo 8º, que ha pasado a ser 9º por las modificaciones del Senado, rechacemos el inciso primero y aprobemos los cuatro restantes. Si así lo hacemos, este artículo quedaría con el inciso primero del artículo 8º de la Cámara, completado con los cuatro incisos finales de la modificación que ha introducido el Senado. Esa es la petición que nos ha hecho la Federación de Dueños de Taxis y así la vamos a votar los Diputados comunistas. El señor MOSQUERA.- Pido la palabra. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Mosquera. El señor MOSQUERA.- Señor Presidente, sólo para aclarar que nosotros vamos a votar en contra del inciso primero del Senado y a favor los otros cuatro. El señor FUENTEALBA (don Clemente).- Pido la palabra. El señor GUERRA.- Pido la palabra. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Fuentealba, don Clemente; y, a continuación, el señor Guerra. El señor FUENTEALBA (don Clemente).- Señor Presidente, en esta forma habría que votar por inciso en el artículo 8º, que ha pasado a ser 9º. Nosotros, los Diputados radicales, aceptaremos la petición que nos formuló la Federación de Taxistas, insistiendo en el inciso 1° de la Cámara y aceptando los otros cuatro propuestos por el Senado. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Guerra. El señor GUERRA.- Igualmente los Diputados nacionales vamos a votar en la forma que se ha indicado: insistiendo en el inciso 1º de la Cámara y aceptando los otros cuatro incisos del Senado. El señor ACEVEDO.- Pido la palabra. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Acevedo. El señor ACEVEDO.- He pedido la división de la votación. El señor SANHUEZA (Presidente).- Así lo ha entendido la Mesa, señor Diputado. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación. Si le parece a la Sala, se acordará insistir en el criterio de la Cámara en el inciso 1° del artículo 8°. ¿Habría acuerdo? Acordado. Si le parece a la Sala, se acordará aprobar los otros cuatro incisos del Senado. Aprobados. En discusión la modificación al artículo 99, que ha pasado a ser 10, que consiste en sustituir su texto. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación. Si le parece a la Sala y no se pide votación, se aprobará. Aprobada. En discusión la modificación al artículo 10, que ha pasado a ser 11, que consiste en sustituir su texto. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación. Si le parece a la Sala y no se pide votación, se aprobará. Aprobada. En discusión la modificación al artículo 12, que ha pasado a ser 13, que consiste en sustituir su inciso primero. El señor ACEVEDO.- Pido la palabra. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor ACEVEDO.- Señor Presidente, nosotros estamos por la aprobación de la sustitución del Senado en lo que se refiere al inciso primero del artículo 12; y por la mantención de lo aprobado por la Cámara respecto de su inciso segundo, que el Senado ha rechazado. De tal manera que aquí también pediríamos división de la votación para votar, en primer lugar, el inciso primero propuesto por el Senado; a continuación, el rechazo del Senado al inciso segundo; y, por último, el reemplazo del inciso tercero que propone el Senado, al cual le daríamos nuestra aprobación. El señor SANHUEZA (Presidente).- ¿Me permite, señor Diputado? Se va a votar separadamente la sustitución del inciso primero, y, posteriormente, el rechazo del inciso segundo. Está en discusión la sustitución del inciso primero. El señor MOSQUERA.- Pido la palabra. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor MOSQUERA.- Señor Presidente, nosotros vamos a votar en la forma en que nos lo ha solicitado el gremio de taxistas, es decir, por la aprobación de las modificaciones del Senado. Nada más. El señor SANHUEZA (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación la modificación del Senado al inciso primero del artículo 12. Si le parece a la Sala, se aprobará. Aprobada. Señores Diputados, ha llegado a su término el tiempo del Orden del Día. Por lo tanto, el resto de los artículos de este proyecto se despachará sin debate. El señor ACEVEDO.- Hemos pedido división de la votación... El señor SANHUEZA (Presidente).- En el momento oportuno se recabará el acuerdo para ello, señor Diputado. El señor MOSQUERA.- Señor Presidente, ¿por qué no se acuerdan dos minutos por Comité...? El señor GIANNINI.- Sí, para fundar las peticiones de división de la votación. El señor SANHUEZA (Presidente).- Si le parece a la Sala, se acordaría un tiempo de hasta dos minutos por Comité para formular las observaciones pertinentes en los casos de petición de división de la votación. El señor GIANNINI.- En cada caso. El señor SANHUEZA (Presidente).- Acordado. Corresponde votar la segunda modificación del Senado al artículo 12, que consiste en rechazar su inciso segundo. El señor ACEVEDO.- Que se vote. El señor SANHUEZA (Presidente).- En votación. Si le parece a la Cámara, y no se pide votación, se rechazará. El señor MOSQUERA.- No. Nosotros estamos con la modificación del Senado. El señor SANHUEZA (Presidente).- En votación. Durante la votación. El señor ACEVEDO.- Hay que mantener el inciso segundo de la Cámara. El señor PONTIGO.- Hay que rechazar la modificación que suprime el inciso segundo. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 32 votos; por la negativa, 20 votos. El señor SANHUEZA (Presidente).- Aprobada la modificación del Senado. En votación la modificación del Senado que consiste en reemplazar el inciso tercero. Si le parece a la Sala, se aceptará la modificación del Senado. Aprobada. En votación la modificación del Senado al artículo 13, que ha pasado a ser artículo 14 y cuyo texto ha sido sustituido por el que tienen a su vista los señores Diputados en la página 12 del boletín. El señor MOSQUERA.- Pido la palabra. El señor SANHUEZA (Presidente).- ¡Sin debate, señor Diputado! El señor MOSQUERA.- ¡Se acordó un tiempo de dos minutos por Comité! El señor SANHUEZA (Presidente).- ¿Me excusa, señor Diputado? El tiempo se concedió para hacer indicaciones respecto a la votación, no para fundamentar el voto. Es para formular observaciones sobre la votación. El señor ACEVEDO.- Pido la palabra. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor ACEVEDO.- Señor Presidente, en el último inciso que comienza diciendo: "La referida Federación...'", etcétera, solicito que se voten separadamente las palabras "estados de", que vienen después de "contra" y las palabras "de obras", que vienen en seguida del término "pagos". En consecuencia, este inciso quedaría así: "La referida Federación podrá girar los fondos mencionados contra pagos previamente aprobados por la Corporación de la Vivienda". Esa es la petición que hace la Federación. El señor CARDEMIL.- Ahora todo se cancela con estados de pagos. El señor ACEVEDO.- Y respecto del inciso primero, habría que votarlo separadamente. El señor BARAHONA.- Por la Cámara. El señor MOSQUERA.- Pido la palabra. El señor ACECEDO.- El inciso primero con la Cámara, señor Presidente. El señor SANHUEZA (Presidente).- Ofrezco la palabra sólo para formular observaciones en cuanto a la votación. El señor MOSQUERA.- Pido la palabra. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Diputado. El señor MOSQUERA,- Señor Presidente, los Diputados democratacristianos vamos a votar el inciso primero del artículo 13 según el criterio de la Cámara y el resto, de acuerdo a lo propuesto por el Senado. El señor SANHUEZA (Presidente).- Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. Se ha pedido división de la votación. En votación el inciso primero del artículo 13, propuesto por el Senado y que ha pasado a ser 14. Si le parece a la Cámara, Se rechazará el inciso primero propuesto por el Senado. Acordado. Si le parece a la Cámara, se insistirá, en forma unánime, en el criterio de la Cámara. Acordado. En votación el inciso segundo. Si le parece a la Sala y no se pide votación, se aprobará la modificación del Senado. Aprobado. En votación el inciso tercero sin las palabras "estado de" y "de obras". Si le parece a la Sala, se aprobará el inciso sin las palabras antes mencionadas. Acordado. Si le parece a la Cámara, se rechazarán las palabras "estado de" y "de obras". Acordado. En votación las modificaciones del Senado al artículo 14, que ha pasado a ser 15, que consisten en sustituir, en el inciso primero, la expresión "automóviles destinados al servicio de taxis" por "vehículos de transporte colectivo de pasajeros o de alquiler". Durante la votación: El señor ACEVEDO.- La Federación ha pedido que se rechace. El señor SANHUEZA (Presidente).- Si le parece a la Sala, se rechazará la modificación del Senado al inciso primero. Acordado. En votación la modificación del Senado al inciso segundo. El señor ACEVEDO.- Al segundo y al tercero, señor Presidente. El señor SANHUEZA (Presidente).- Si le parece a los señores Diputados se votarán en conjunto las modificaciones a los incisos segundo y tercero, que consisten en reemplazar, en el inciso segundo, las palabras "cubrirán" por "podrán cubrir" y en el inciso tercero, la expresión "valor de compra de un vehículo" por el término "préstamo". Si le parece a la Sala y no se pide votación, se aprobarán las modificaciones del Senado. Aprobadas. Corresponde a continuación votar la modificación del Senado al artículo 15, cuyo inciso primero ha pasado a ser artículo 6º transitorio sin modificación, pero oportunamente se va a ver. En votación la modificación al inciso segundo del mencionado artículo, que ha sido rechazado por el Senado. Si le parece a la Sala y no se pide votación, se aprobará la modificación del Senado. Acordado. En votación las modificaciones a los artículos 16 y 17, que han pasado a ser artículo 16, refundidos en los términos que se indican en el boletín comparado. Si le parece a la Sala y no se pide votación El señor GIANNINL- Votación. El señor SANHUEZA (Presidente).- En votación. Durante la votación. El señor PAEZ.- Si le parece,... El señor SANHUEZA (Presidente).- Se ha pedido votación, señor Diputado. El señor AMUNATEGUI.- Hagamos votación nominal entonces. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 52 votos; por la negativa, 2 votos. El señor SANHUEZA (Presidente).- Aprobada la modificación del Senado. Corresponde a continuación votar la modificación del Senado al artículo 20, que ha pasado a ser artículo 19, con la sola modificación de sustituir el guarismo "14.284" por "14.824". Si le parece a la Sala, se aprobará la modificación del Senado. Aprobada. En votación las modificaciones al artículo 21, que ha pasado a ser artículo 20, y cuyo inciso segundo ha sido sustituido por el que figura en el boletín comparado que los señores Diputados tienen a su disposición. Si le parece a la Sala y no se pide votación, se aprobará la modificación del Senado. Aprobada. En votación la modificación del Senado al artículo 22, que ha pasado a ser artículo 21, y cuyo texto figura en el boletín comparado. Si le parece a la Sala, se aprobará la modificación del Senado. Aprobada. En seguida, el Senado ha consultado varios artículos nuevos. En votación el artículo 22 nuevo, propuesto por el Senado. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 31 votos; por la negativa, 23 votos. El señor SANHUEZA (Presidente).- Aprobado el artículo nuevo introducido por el Senado. En votación el artículo 23, nuevo, que figura en la página 17 del boletín comparado. Si le parece a la Sala, se aprobará. Aprobado. En votación el artículo 24, nuevo, introducido por el Senado. Si le parece a la Sala... Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor SANHUEZA (Presidente).- En votación. Durante la votación: El señor AMUNATEGUI.- La referencia está errada. El señor ACEVEDO.- La Confederación pide que se rechace. El señor MOSQUERA.- La Confederación pide que se vote favorablemente. El señor ACEVEDO.- No. Aquí está la circular. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 14 votos; por la negativa, 38 votos. El señor SANHUEZA (Presidente).- Rechazado el artículo. En votación el artículo 25, nuevo. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 6 votos; por la negativa, 47 votos. El señor SANHUEZA (Presidente).- Rechazado el artículo. En votación el artículo 26, nuevo. El señor FRIAS.- Pido la palabra. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Frías. El señor FRIAS.- Señor Presidente, nada más que para pedir división de la votación de este artículo por inciso. En vista de la petición de la Federación nosotros vamos a aprobar el inciso primero y a rechazar los dos siguientes. El señor SANHUEZA (Presidente).- Se hará la votación por incisos, tal como ha sido solicitada por el señor Diputado. El señor ACEVEDO.- Pido la palabra. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Acevedo. El señor ACEVEDO.- Señor Presidente, quiero abundar en lo que ha dicho el colega Frías. El inciso primero lo votaremos a favor, a petición de la Federación, pero votando separadamente la frase que está a continuación del primer punto seguido: "Con este fin podrá incluso establecer un color diferente al exigido por la ley Nº 16.602." Respecto de los incisos segundo y tercero, también separadamente, porque, a petición de la Federación, los vamos a rechazar. El señor MOSQUERA.- Pido la palabra. El señor SANHUEZA (Presidente).- ¿Sobre la manera de votar, señor Mosquera? El señor MOSQUERA.- Sí, señor Presidente. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor MOSQUERA.- Señor Presidente, los democratacristianos vamos a votar favorablemente las modificaciones del Senado, menos las del inciso tercero. El señor SANHUEZA (Presidente).- En votación el inciso primero del artículo 26, nuevo, sin la frase: "Con este fin podrá incluso establecer un color diferente al exigido por la ley Nº 16.602". El señor MONARES.- Señor Presidente, ¿la frase se vota en forma separada? El señor SANHUEZA (Presidente).- Primero se vota el inciso sin la frase, señor Diputado, y después se vota la frase. Si le parece a la Cámara, se aprobará el inciso primero del artículo 26, nuevo, sin la frase antes mencionada. Aprobado. En votación la frase a que se dio lectura. Efectuada la votación en forma económica., dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 29 votos; por la negativa, 19 votos. El señor SANHUEZA (Presidente).- Aprobada la frase. En votación el inciso segundo. Si le parece a la Cámara... El señor ACEVEDO.- Votación. El señor SANHUEZA (Presidente).- En votación. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 44 votos; por la negativa, 16 votos. El señor SANHUEZA (Presidente).- Aprobada la modificación del Senado. En votación el inciso tercero. Si le parece a la Sala, se rechazará. Rechazado. En votación el artículo 27, nuevo. Durante la votación: El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).- Contra los trabajadores votan Sus Señorías. Hablan varios señores Diputados a la vez. Efectuada la votación en forma económica., dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 32 votos; por la negativa, 22 votos. El señor SANHUEZA (Presidente).- Aprobado el artículo 27, nuevo, del Senado. En votación el artículo 28, nuevo. Durante la votación: El señor ACEVEDO.- Es inconstitucional. Risas. Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor ACEVEDO.- Están aumentando el veto. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 31 votos; por la negativa., 21 votos. El señor SANHUEZA (Presidente).- Aprobado el artículo 28, nuevo, del Senado. En votación la modificación del Senado al artículo 1º transitorio, que consiste en sustituir el guarismo "60" por "180". Si le parece a la Sala, se aprobará. Aprobada. En votación la modificación del Senado que consiste en consultar un inciso segundo, nuevo, en el artículo 1º transitorio. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 31 votos; por la negativa, 18 votos. El señor SANHUEZA (Presidente).- Aprobada la modificación del Senado. En votación la modificación del Senado al artículo 2º transitorio, que consiste en poner en plural la palabra "importarlo" y en sustituir el guarismo "60" por "180". Si le parece a la Sala, se aprobará. Aprobada. En votación la modificación al inciso segundo del artículo 3º transitorio, que consiste en reemplazar la frase "puntaje de estos postulantes" por la siguiente: "antigüedad del vehículo". Si le parece a la Sala, se rechazará. Rechazada. En votación la modificación al artículo 4º transitorio, que consiste en sustituir el guarismo "180" por "300". Durante la votación: El señor PHILLIPS.- Lo pidió la Federación, colegas. El señor ACEVEDO.- ¡Generosos con el dinero ajeno! El señor RODRIGUEZ.- Si lo pagan; no es gratis. El señor ACEVEDO.- Los taxistas no lo piden. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 30 votos; por la negativa, 23 votos. El señor SANHUEZA (Presidente).- Aprobada la modificación del Senado. En votación la modificación al artículo 5º transitorio, que consiste en reemplazar la frase "Dicho valor podrá aumentarse hasta en un 5% por concepto de comisión", por la siguiente: "Dicho valor podrá recargarse en el monto de la comisión de importación que el Sindicato acuerde con el importador habitual en el momento de encargarle y convenir la importación". El señor ALAMOS.- Pido división de la votación. El señor SANHUEZA (Presidente).- Señor Diputado, tenga la bondad de explicarla. El señor ALAMOS.- Señor Presidente, se trata de suprimir la última parte, desde "habitual en el momento de encargarle y convenir la importación". El señor SANHUEZA (Presidente).- ¿Desde habitual? El señor ALAMOS.- Desde "...habitual en el momento de encargarle y convenir la importación". Todas estas palabras de la frase. El señor MOSQUERA.- Pido la palabra. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Mosquera. El señor MOSQUERA.- Señor Presidente, la semana pasada se pidió anticipadamente la división de la votación, y las cosas que se han solicitado deben darse a conocer por la Mesa. Por esa razón, quería llamar la atención del señor Presidente. Quisiera explicar la razón de esta petición, pero no dispongo de tiempo. Reitero que se solicitó oportunamente la eliminación de la frase "habitual en el momento de, encargarle y convenir la importación", tal como ha indicado el colega Alamos. El señor SANHUEZA (Presidente).- Lamentablemente no consta en el expediente del proyecto la petición de división de la votación que ha mencionado Su Señoría. El señor ACEVEDO.- Pido la palabra. El señor SANHUEZA (Presidente).- Tiene la palabra el señor Acevedo. El señor ACEVEDO.- Señor Presidente, los dirigentes nos han planteado, y entiendo que a los demás sectores también, que la idea primitiva de ellos consistiría en rechazar la modificación del Senado. Pero en el supuesto de que los colegas estén por aceptarla, que en todo caso se produzca la división de la votación que ha señalado el colega Alamos; o sea, votar separadamente la frase que ya se ha indicado "habitual en el momento de encargarle y convenir la importación", con el objeto de rechazarla. Ahora, si el ánimo es rechazarlo todo... El señor MOSQUERA.- No hay ánimo de eso. El señor SANHUEZA (Presidente).- En votación la frase propuesta por el Senado, sin la parte que dice "...habitual en el momento de encargarle y convenir la importación". Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 30 votos; por la negativa, 18 votos. El señor SANHUEZA (Presidente).- Aprobada la frase modificatoria del Senado. Se va a votar la frase final. Si le parece a la Sala se rechazará. El señor MOSQUERA.- Que se rechace. El señor SANHUEZA (Presidente).- Rechazada. Corresponde votar el artículo 7º, transitorio, nuevo, propuesto por el Senado. El señor ACEVEDO.- Que se vote. El señor SANHUEZA (Presidente).- En votación. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 5 votos; por la negativa, 42 votos. El señor SANHUEZA (Presidente).- Rechazado el artículo. Corresponde votar el artículo 8º, transitorio, nuevo, propuesto por el Senado. El señor MOSQUERA.- Que se rechace. El señor SANHUEZA (Presidente).- Si le parece a la Sala, se rechazará. Rechazado. Corresponde votar el artículo 9º transitorio nuevo, propuesto por el Senado. Si le parece a la Sala, se aprobará. Aprobado. Despachado el proyecto. Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Ruego a los señores Diputados tomar asiento y guardar silencio porque, según acuerdo adoptado por la Corporación, hay otros proyectos que deben despacharse ahora. El señor CARDEMIL.- Sin discusión. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Reglamentariamente deben votarse en general dos proyectos, de origen en un Mensaje, que otorgan pensión a doña Silvia Pastora Manríquez y a doña Elena Guillermina Montalva Ariztía. Con el objeto de no constituir la Sala en sesión secreta, y faltando otros proyectos por despachar, propongo que los mencionados anteriormente se dejen para el final del Orden del Día. Acordado. 14.- REAJUSTE DE LAS PENSIONES CONCEDIDAS POR LA SECCION TRIPULANTES DE LA CAJA DE LA MARINA MERCANTE NACIONAL. TERCER TRAMITE CONSTITUCIONAL El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- En conformidad con un acuerdo adoptado por la Corporación, corresponde pronunciarse sobre las modificaciones introducidas por el Senado en el proyecto que reajusta las pensiones concedidas por la Sección Tripulantes de la Caja de Previsión de la Marina Mercante Nacional. Las modificaciones del Senado, impresas en el boletín Nº 667-71-S, son las siguientes: Artículo único. Ha sustituido el inciso primero por los siguientes: "Artículo único.- Reajústanse por una sola vez todas las pensiones - excluidas las de gracia- , que cancela la Sección Tripulantes de Naves y Operarios Marítimos de la Caja de Previsión de la Marina Mercante Nacional, en la siguiente forma: a) Las pensiones a las cuales una vez aplicado el reajuste del 29,4%, queden en un valor inferior al monto de la Pensión Mínima del año 1971, se les elevará a dicho monto, y se les aplicará además, un reajuste complementario de 10,5%; b) Las pensiones a las cuales una vez aplicado el reajuste del 29,4% queden entre el monto de la Pensión Mínima e inferiores o igual al monto del sueldo vital mensual escala "A" del departamento de: Santiago, se les aplicará un reajuste adicional de 10,5%; c) Las pensiones a las cuales una vez aplicado el reajuste del 29,4% queden en un monto entre uno y dos sueldos vitales mensuales escala "A" del departamento de Santiago, se les aplicará un reajuste adicional de 8,5%, y d) Las pensiones a las cuales una vez aplicado el reajuste del 29,4% queden en un monto superior a dos sueldos vitales mensuales escala A del departamento de Santiago, se les aplicará un reajuste adicional del 5,5%. Los reajustes que concede la presente ley se cancelarán en el complemento que medie entre el límite máximo de reajuste de cada letra de este artículo y el 29,4% ya pagado por la Sección. No se imputará a dicho complemento la mayor suma o porcentaje en que hayan aumentado las pensiones mínimas canceladas por la Sección al 31 de diciembre de 1970 -por sobre dicho 29,4%- , hasta alcanzar su valor mínimo actualizado para el presente año, conforme al texto vigente del inciso final del artículo 31 de la ley Nº 10.662. Si por efecto de una reliquidación anterior o posterior a la cancelación del reajuste que otorga la presente ley, alguna pensión se elevase de cualquiera de los tramos consultados en las escalas de las letras a), b), c) y d) de este artículo a uno superior, el reajuste que le corresponderá por el presente año sólo será el relativo al tramo en que, se ubique definitivamente la pensión reliquidada.". Varios señores DIPUTADOS.- Sin debate. El señor ACEVEDO.- Está acordado despacharlo sin debate. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Es tercer trámite constitucional, señores Diputados... Varios señores DIPUTADOS.- Sin debate. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- El proyecto tiene modificaciones del Senado. El señor CARDEMIL.- Sin discusión. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Se ha sustituido el inciso primero del artículo único del proyecto por otros que los señores Diputados manifiestan conocer. Habría acuerdo para, en una sola votación, pronunciarse respecto de lo propuesto por el Senado. Acordado. En votación. Si le parece a la Cámara, se aprobará la modificación propuesta por el Senado. Aprobada. Despachado el proyecto. 15.- CONSTRUCCION DE EDIFICIOS DESTINADOS A FINES EDUCACIONALES EN DETERMINADAS ZONAS DEL PLANO REGULADOR DE LA CIUDAD DE PUNTA ARENAS (MAGALLANES). SEGUNDO TRAMITE CONSTITUCIONAL El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Corresponde, a continuación, tratar otros proyectos a los cuales dará lectura el señor Secretario. El señor GUERRERO, don Raúl (Secretario Subrogante).- La Cámara acordó tratar sin debate, omitiendo el trámite de Comisión, el proyecto originado en el Senado que autoriza la construcción de edificios destinados a fines educacionales en zonas declaradas comerciales y/o residenciales por el plano regulador de la ciudad de Punta Arenas. Es un artículo único que dice así: "Artículo único.- Declárase que en las áreas contempladas por el plano regulador de la ciudad de Punta Arenas como zonas comerciales y/o residenciales podrán construirse o ampliarse los edificios de los establecimientos educacionales actualmente existentes y llevarse a cabo las construcciones anexas a éstos que sean necesarias para atender las necesidades de la población estudiantil". El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Este proyecto, recibido del Senado, se acordó despacharlo sin debate. El señor KLEIN.- ¿Se pueden hacer indicaciones? El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- No se puede, porque reglamentariamente está cerrado el debate. En votación general el proyecto. Si le parece a la Sala, se aprobará en general. Aprobado. Como no ha sido objeto de indicaciones, queda también aprobado en particular. Despachado el proyecto. Í6.- EXTENSION DE LOS EFECTOS DE LA LEY Nº 16.346, SOBRE LEGITIMACION ADOPTIVA, A LAS PERSONAS QUE HAYAN INSCRITO COMO PROPIO A UN HIJO AJENO. SEGUNDO TRAMITE CONSTITUCIONAL. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- El señor Secretario va a dar lectura a otro proyecto de ley que debe despacharse. El señor GUERRERO, don Raúl (Secretario Subrogante).- En seguida, la Cámara acordó tratar sin debate el proyecto, originado en el Senado, que extiende los efectos de la ley Nº 16.346, sobre legitimación adoptiva, a las personas que hayan inscrito como propio a un hijo ajeno. El proyecto de ley dice así: "Artículo único.- Extiéndense los efectos del inciso primero del artículo 2º transitorio de la ley Nº 16.346, de 20 de octubre de 1965, sobre Legitimación Adoptiva, a aquellas personas que hubiesen cometido el delito de inscribir como propio a un hijo ajeno, entre la fecha de vigencia de la ley Nº 16.346 y el 20 de agosto de 1971". El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- En votación general el proyecto. Si le parece a la Sala, se aprobará en general. Aprobado. Como no ha sido objeto de indicaciones, queda también aprobado en particular. Despachado el proyecto. 17.- TRANSFERENCIA GRATUITA A LA FEDERACION PROVINCIAL DE VALPARAISO DE LA CONFEDERACION MUTUALISTA DE CHILE, DEL INMUEBLE FISCAL QUE SEÑALA El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- El señor Secretario va a dar lectura a otro proyecto. Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- ¡Señor Cardemil, llamo al orden a Su Señoría! El señor GUERRERO, don Raúl Secretario Subrogante).- En seguida, la Cámara acordó tratar, sin debate, el proyecto que faculta al Presidente de la República para transferir gratuitamente a la Federación Provincial de Valparaíso de la Confederación Mutualista de Chile, el inmueble fiscal que señala. El artículo único dice así: "Artículo único.- Facúltase al Presidente de la República para transferir gratuitamente a la Federación Provincial de Valparaíso de la Confederación Mutualista de Chile, la propiedad fiscal ubicada en calle Independencia Nº 2187, de la ciudad, comuna, departamento y provincia de Valparaíso, inscrita a fojas 776, número 2641 del Registro de Propiedades del año 1907, en el Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso, de una superficie aproximada de 1.293 metros cuadrados e individualizada en el plano número 638 y deslinda: Norte, Plaza Parque Italia de la Municipalidad de Valparaíso, en 28,05 metros; Este, calle General Cruz, en 56,15 metros; Sur, calle Independencia, en 23,25 metros, y Plaza Parque Italia de la Municipalidad de Valparaíso, en 6,60 metros, y Oeste, Plaza, Parque Italia de la Municipalidad de Valparaíso en línea quebrada de 34,05¡ metros y 21,15 metros. "La Federación Provincial de Valparaíso de la Confederación Mutualista de Chile deberá destinar la propiedad individualizada en el inciso anterior directa, y exclusivamente al cumplimiento de sus fines propios." Hay una indicación de los señores Cardemil y Sepúlveda, para sustituir en el artículo único la expresión "Facúltase al Presidente de la República para", por la siguiente: "El Fisco deberá". El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- En votación general el proyecto. Si le parece a la Cámara, se aprobará, en general. Aprobado. Hay una indicación, de manera que se votará el artículo con la indicación. El señor ACEVEDO.- No, que se lea la indicación. La señora ALLENDE.- Ya la escuchamos El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Se va a dar lectura nuevamente a la indicación. El señor GUERRERO, don Raúl (Secretario subrogante).- Indicación para sustituir en el artículo único la expresión "Facúltase al Presidente de la República para", por la siguiente: "El Fisco deberá". Quedaría el artículo único... El señor ACEVEDO.- ¡Ah!, para modificar el artículo. El señor GUERRERO, don Raúl (Secretario subrogante).- El artículo único se iniciaría en la siguiente forma: "El Fisco deberá transferir gratuitamente...", etcétera. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Algo que está en términos facultativos, se hace imperativo, señores Diputados. En votación el artículo con la indicación. Si le parece a la Cámara, se aprobará el artículo con la indicación. Aprobado. Despachado el proyecto. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- El Diputado señor Baldemar Carrasco ha solicitado que se recabe el asentimiento de la Cámara, lo que la Mesa hace ahora, para que se pueda tratar el proyecto de ley que destina a la Municipalidad de Castro el impuesto de la herencia que debe pagar la sucesión de un ex Regidor de esa Municipalidad. El señor ACEVEDO.- No se nos ha consultado. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- No hay acuerdo. Se va a constituir la Sala en sesión secreta. Se suspende la sesión por un minuto.- Se suspendió la sesión a las 19 horas 1 minuto. Se constituyó la Sala en sesión secreta a las 19 horas 2 minutos. Se constituyó la Sala en sesión pública a las 19 horas 44 minutos. 18.- DESTINACION DE RECURSOS A LA MUNICIPALIDAD DE CASTRO (CHILOE) PARA LA ADQUISICION DEL TEATRO "REX", DE ESA CIUDAD. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Se constituye la Sala en sesión pública. Corresponde votar el informe de la Comisión de Gobierno Interior recaído en el proyecto de ley que destina a la Municipalidad de Castro el impuesto de herencia que debe pagar la sucesión del ex Regidor don Luis Jiménez Pérez. El proyecto, impreso en el boletín Nº 766- 71- 2, es el siguiente: "Artículo 1º- Destínase a la Municipalidad de Castro el producto del impuesto de herencia que debe pagar la sucesión del ex Regidor de esa Municipalidad, don Luis Jiménez Pérez, por los bienes quedados a su fallecimiento ocurrido el 10 de junio de 1971. La mencionada Municipalidad deberá invertir íntegramente los recursos otorgados en el inciso anterior exclusivamente en la adquisición y gastos de mejoras y reparaciones del inmueble en que funciona el Teatro Rex, de la ciudad de Castro, de propiedad de la sucesión antes, nombrada. Artículo 2º- En sesiones de la Municipalidad citadas especialmente para el cumplimiento de las finalidades establecidas en el artículo anterior, y por acuerdo de los dos tercios de sus regidores en ejercicio, se fijarán el precio de compra del inmueble señalado precedentemente y las demás condiciones del respectivo contrato. En esta misma forma, deberán adoptarse los acuerdos relativos a las mejoras, reparaciones o ampliaciones que esa Municipalidad estime conveniente introducir a dicho inmueble. Artículo 3º- Autorízase a la Municipalidad de Castro para contratar uno o más empréstitos directamente con el Banco del Estado de Chile, la Corporación de Fomento de la Producción, la Corporación de Servicios Habitacionales, la Dirección de Planificación de Equipamiento Comunitario del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo u otras instituciones de crédito públicas o privadas, que produzcan una suma equivalente a la diferencia entre el producto del impuesto a que se refiere el artículo 1º y el precio de compra del inmueble que se fije de acuerdo con lo establecido en el artículo 2º. Dicha cantidad no podrá exceder de Eº 500.000. Artículo 4°- Facúltase a las entidades señaladas en el artículo anterior para tomar el o los empréstitos a que se refiere ese precepto, para lo cual no regirán las restricciones impuestas a dichos organismos en virtud de sus respectivas leyes orgánicas. Artículo 5º- El monto de los empréstitos que la Municipalidad de Castro contrate en virtud de la autorización a que se refiere el artículo 3º, se destinará exclusivamente al pago de la adquisición, alhajamiento y reparaciones o mejoras que sea necesario introducir al Teatro Rex, de la ciudad de Castro. Artículo 6º- La Municipalidad de Castro servirá los empréstitos que se autoriza contratar con el producto de la tasa parcial señalada en la letra e) del artículo 16 de la ley Nº 17.235, que provenga del impuesto territorial que grava a los inmuebles de la comuna. Asimismo, podrá disponer para este objeto de los recursos indicados en las letras c) y d) del citado artículo, una vez satisfechas las necesidades para las que están específicamente destinados. Si los recursos señalados en el presente artículo fueren insuficientes para el servicio de la deuda, la Municipalidad de Castro completará la cantidad necesaria con cualquiera clase de fondos de sus rentas ordinarias, con excepción de los destinados al pago de sueldos o remuneraciones de cualquiera naturaleza de su personal de empleados y obreros. Artículo 7°- La Municipalidad de Castro depositará en la cuenta de depósito fiscal "F- 26 Servicio de Empréstitos y Bonos", los recursos que destina esta ley al servicio de los préstamos, hasta la cantidad a que ascienda dicho servicio por los intereses y amortizaciones ordinarias. Asimismo, la referida Municipalidad deberá consultar en su presupuesto anual, en la partida de ingresos extraordinarios, los recursos que produzca la contratación del o los empréstitos, y en la partida de egresos extraordinarios, las inversiones proyectadas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5º de la presente ley. Artículo 8º- El pago de intereses y amortizaciones ordinarias y extraordinarias de los empréstitos se hará por intermedio de la Caja Autónoma de Amortización de la Deuda Pública, para cuyo efecto la Tesorería Comunal de Castro, por intermedio de la Tesorería General de la República, pondrá oportunamente a disposición de dicha Caja los fondos necesarios para cubrir estos pagos, sin necesidad de decreto del Alcalde en el caso de que éste no haya sido dictado en la debida oportunidad. La citada Caja atenderá el pago de estos servicios de acuerdo con las normas establecidas por ella para el servicio de la deuda interna.". El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- En votación general el proyecto. Si le parece a la Sala y no se pide votación, se dará por aprobado en general. Aprobado. Señores Diputados, la Mesa entiende que no hay indicaciones. No hay expediente a mano, porque ésta ha sido una petición reciente. En el entendido de que no hay indicaciones a este proyecto, queda también despachado en particular. Terminada la discusión del proyecto. El señor ACEVEDO.- Y en el caso de haber indicaciones, quedan todas rechazadas. Es fundamental. El señor KLEIN.- No las hay. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Si hubiera indicaciones, se darán por rechazadas. Rechazadas. 19.- CREACION DE UN FONDO ESPECIAL PARA LA CONSTRUCCION, EQUIPAMIENTO Y FUNCIONAMIENTO DE HOGARES Y OTORGAMIENTO DE BECAS PARA LOS HIJOS DE CAMPESINOS Y DE MAPUCHES El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Corresponde ahora votar, en general, el proyecto de ley que crea un fondo especial para la construcción, equipamiento y funcionamiento de hogares y otorgamiento de becas para hijos de campesinos y de mapuches. El proyecto, impreso en el boletín Nº 545 (70) 2, aparece en la versión oficial de la sesión 31ª, ordinaria. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- El proyecto, como lo señalé denantes, fue conocido por la Cámara y se ha acordado ahora despacharlo en general. Tiene indicaciones del Diputado señor Fuentes, don Samuel, y de la Comisión de Hacienda. Si le parece a la Cámara y no se pide votación, se dará por aprobado en general. Aprobado. El proyecto debe volver a Comisión para segundo informe. ¿Habría acuerdo para otorgarle un plazo a la Comisión para que informe el proyecto, de cinco días? Un plazo hasta el martes próximo, para que sea despachado en segundo informe en la Comisión de Hacienda, y tratarlo en el Orden del Día de esa sesión. ¿Habría acuerdo? El señor ACEVEDO.- No. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- No hay acuerdo. El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).- ¿Por qué se opone, señor Acevedo? El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- En consecuencia, se enviará el proyecto a Comisión. Terminado el Orden del Día. INCIDENTES 20.- REQUISICION DE LA INDUSTRIA AGUAS MINERALES CACHANTUN, DE COINCO, PROVINCIA DE O'HIGGINS El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- En la Hora de Incidentes, corresponde el primer turno al Comité Demócrata Cristiano; Ofrezco la palabra. El señor PENNA.- Pido la palabra. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor PENNA.- Le he cedido una interrupción de tres minutos al señor Tudela. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Puede hacer uso de la palabra el señor Tudela, por la vía de la interrupción. El señor TUDELA.- Señor Presidente, en el diario "La Segunda" del día de hoy aparece una noticia que dice: "Requisada la planta de Cachantún de Coinco" y se refiere al procedimiento que el personal de DIRINCO efectuó en la industria de Aguas Minerales Cachantún, ubicada en Coinco, departamento de Caupolicán, de la provincia de O'Higgins. La medida se adoptó al tomar en cuenta que la industria paralizó la producción, y provocó problemas de desabastecimiento. La resolución fue enviada al Diario Oficial y comienza a regir de inmediato, sin perjuicio de su posterior toma de razón por la Contraloría General de la República. Como interventor fue designado Exequiel Rodríguez, ingeniero comercial que desempeña similares funciones en la Compañía de Cervecerías Unidas, también requisada. Este procedimiento de requisar industrias por paralización de su producción irrita por su injusticia y descaro en torcer la nariz a la ley. Conozco perfectamente la situación de esta industria, pues está ubicada en mi provincia. Si está paralizada es porque el sindicato de trabajadores marxistas la paralizó, sin otra causa que la solidaridad con los trabajadores de las Cervecerías Unidas y sin existir problemas sociales, ni pliego de peticiones ni nada anormal que lo justificara. Este es un hecho más que se suma a la larga cadena de arbitrariedades que este Gobierno está llevando a cabo desde el Ministerio de Economía. Para nadie era un misterio, en Coinco y en la zona, que la industria Cachantún iba a ser requisada para traspasarla al área social. Si este Gobierno deseaba hacerlo, debió solicitarlo, sin la hipócrita razón de aducir desabastecimiento, sin nombrar interventores marxistas, ya que sabemos que, a la larga, significará el despido de todos los trabajadores democratacristianos o que no manifiesten muy alto que son marxistas. Y esto significaría también que la producción va a peligrar, como sucede en todas las industrias que están siendo dirigidas con afán sectario político- partidista. Esto me preocupa, señor Presidente, porque existe una ley de excepción, de iniciativa de los parlamentarios democratacristianos, que grava la botella de Cachantún a beneficio municipal y que ya está dando sus frutos. Precisamente en la Comisión de Gobierno Interior se aprobó, el pasado jueves, una modificación a dicha ley, de iniciativa mía, que modifica el presupuesto extraordinario que dan estos fondos para pasarlos al presupuesto ordinario de la Municipalidad, y que fija el reajuste de estos fondos... Seguramente me van a calificar de "momio" porque estoy protestando por lo expuesto hoy en esta Sala. No me importa, no me preocupa. No conozco a los dueños de Cachantún, pero soy muy amigo del administrador, el señor Murillo, y de muchos trabajadores de esa industria y sé que no están de acuerdo con esta medida hipócrita de requisición. Me preocupa, el progreso del pueblo de Coinco, que se beneficia directamente con la industria Cachantún, y por eso protesto enérgicamente por el procedimiento empleado en la requisición de la industria. Cada Diputado debe cumplir con su conciencia y con su obligación de defender los intereses de la provincia que representa. Yo lo hago ahora porque, si me callara, estaría faltando a esa obligación y no estaría tranquilo con mi conciencia de hombre libre. Nada más. Agradezco mucho la interrupción del Diputado señor Penna. 21.- COMPRA POR EL GOBIERNO CHILENO DE LAS INSTALACIONES DE LA EMPRESA MINERA "BETHLEHEM CHILE IRON MINE COMPANY" El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Puede continuar el Diputado señor Penna. El señor PENNA.- Señor Presidente, a comienzos de este año, el señor Ministro de Minería, don Orlando Cantuarias, dio a conocer al país la noticia de que se habían nacionalizado las instalaciones mineras de propiedad de la empresa minera Bethlehem Chile Iron Mine Company. Se llamó a esto una clara decisión del Gobierno de traspasar a manos del Estado de Chile la gran minería del fierro. Han pasado varios meses, y recientemente se empieza a despejar una serie de incógnitas que habían rodeado esta decisión del Gobierno de Chile. Como se sabe, a través de este convenio, la Compañía de Acero del Pacífico compra a nombre de Chile las instalaciones de El Tofo y El Romeral, ambos minerales situados en la provincia de Coquimbo, a escasos kilómetros de la ciudad de La Serena, que tienen una producción conjunta de alrededor de 3 millones de toneladas anuales de mineral de hierro, de los cuales 2 millones 500 mil, aproximadamente, son del Romeral y 500 mil son del Tofo. Este último mineral está prácticamente agotado y, según opiniones optimistas, tiene reservas sólo para un año más. Este acuerdo fue firmado en marzo de 1971 y concurrieron por parte de Chile el señor Ministro de Minería, don Orlando Cantuarías, y don Carlos Matus, en representación de la Compañía de Acero del Pacífico, y en representación de Bethlehem, don Eugene Buchanan. El valor de compra se determinó en 22.352.740 dólares. De éstos, 1.063.338 dólares corresponden al precio de "El Tofo", incluidas las instalaciones del puerto de Cruz Grande; y las instalaciones de Guayacán se adquirieron en 2.094.032 dólares. El valor del resto, El Romeral, se determinó en alrededor de 18 millones. Creo que en esta negociación, como nunca en la historia de Chile, los gringos de la Bethlehem se han "pasado por el aro" a los negociadores chilenos, porque ellos, en un contrato leonino, han puesto condiciones a Chile para devolverle sus riquezas básicas. Al examinar el convenio -tengo una copia fiel de él- se puede observa lo siguiente. La firma del convenio fue al 31 de marzo de 1971, y en el contrato se estipula que el valor de libros que se establece para la negociación es a esa misma fecha. Por lo tanto, como las conversaciones se iniciaron dos o tres meses antes, los negociadores chilenos les dieron oportunidad a los gringos para arreglar los libros. Distinta fue la tan criticada nacionalización pactada de Frei, que se hizo en junio de 1969, pero se puso como valor de libros el que tenía al 31 de diciembre de 1968, o sea, seis meses antes de iniciar las conversaciones. En segundo lugar, se establece que las deudas que CAP tenga con Bethlehem al 31 de marzo tiene que pagarlas encima del valor de libros, y el dinero que tenga en caja o saldos a favor que tenga en Bancos siguen en manos de la empresa norteamericana. Pues bien, el documento que da base al acuerdo dice: "También se excluirán de la compraventa los bienes de capital, servicios de ingeniería y materiales -tanto para el plan de expansión como para las operaciones normales- adquiridos o contratados con terceros por o para Bethlehem y cuyo pago no se hubiere completado a la fecha del balance de término, sea que se trate de contrataciones en el extranjero o en el mercado local. "CAP asumirá desde la fecha señalada la responsabilidad por el pago oportuno y total de esas contrataciones otorgando todas las garantías usuales que permitan a Bethlehem liberarse de tales compromisos y reembolsará a Bethlehem su costo en la misma forma en que ésta lo haya contratado o pagado. Además, se excluirán los bienes de capital y materiales pagados por Bethlehem que se encuentren en trásito a la fecha del balance de término. CAP adquirirá estos bienes pagando su precio en la misma forma que Bethlehem los haya contratado o pagado." En el artículo 3º se establece, y esto es muy importante, que el precio definitivo, incluyendo las existencias de minerales en cancha, será determinado por una compañía de auditores. En este caso, fueron extranjeros los que actuaron como terceros designados por las partes. Quiero hacer presente que en la nacionalización pactada, que fue tan criticada en el Gobierno de Frei, no se aceptó que fuera una compañía extranjera ni tampoco otra institución nacional que no fuera Impuestos Internos la que determinara el valor de libros, porque era la única institución chilena a la que le correspondía esta operación. El precio determinado por los auditores fue de 22,3 millones de dólares. Y en el artículo 4º se establece que el 65%, o sea, 14,3 millones de dólares, debe pagarse en siete años. Esta es, prácticamente, una compra al contado, en términos internacionales, que con sus intereses representa 21 millones de dólares para pagar estos 14,3 millones. En seguida, el interés anual es de 5,75%, pero en caso de retardo sube a 7,75%. Además, se establecen, a mi juicio, cláusulas escandalosas que hieren la nacionalidad chilena, como los artículos 5º y 17 del convenio, que dicen a la letra: "Si se elevara la tasa vigente de impuestos que grava dichos intereses o se establecieran nuevos tributos sobre los mismos intereses, los porcentajes de interés señalados se aumentarán en la medida necesaria para absorber la mayor carga que afectare al acredor". O sea, tiene una condición especial. Si al 5,75% de interés, que por una ley de la República afecta la tasa de todos los intereses ganados en Chile, se le pusiera un 1% de interés, prácticamente este interés que está ganando la Bethlehem, en este caso, sube a 6,75%, mayor que el que pone el Gobierno chileno, lo que, a mi juicio, es atentar contra la integridad nacional. Y el artículo 17 dice, a la letra: "El retardo por más de 90 días en el pago de una cuota del precio de venta y/o de sus intereses o en el pago de alguna otra obligación que emane del contrato de compraventa y de su documentación complementaria dará derecho a Bethlehem para exigir el total de sus créditos como si fueran todos de plazo vencido." Yo creo que los gringos de la Bethlehem zapatearon encima de los chilenos, puesto que, una vez firmado el contrato el 31 de marzo, se han negado a adquirir para sus plantas en Estados Unidos una sola tonelada de fierro, pese a que había un compromiso con el Banco Central en que ellos se comprometían a adquirir 1.500.000 toneladas. Después del 31 de marzo, no ha entrado ni un solo barco a la dársena de' Cruz Grande; ahí están las pilas de mineral, esperando que alguien las embarque por Guayacán, que es el puerto de embarque del mineral El Romeral, y tampoco se ha embarcado ni una sola tonelada rumbo a Estados Unidos. El Tofo está prácticamente paralizado, y la CAP está preparando el ambiente entre los trabajadores para convencerlos de que El Tofo paralizará definitivamente y el personal deberá ser distribuido en otras faenas mineras. Como dije al principio, se ha agotado el mineral en El Tofo y, sin embargo, se ha pagado por las instalaciones en un mineral agotado, donde hay una planta eléctrica instalada en 1908, y un ferrocarril de corriente continua, que no es de trocha angosta ni ancha, una trocha especial, y que sirve nada más que para venderlo a precio de fierro viejo, y una dársena donde entran solamente barcos de 30 mil toneladas, en circunstancias que en el mercado mundial hoy se trata de abaratar los costos de transporte utilizando barcos de 100 mil toneladas. Una dársena con capacidad para barcos de 30 mil toneladas "no tiene razón de ser en este tiempo. Por último, señor Presidente, la Bethlehem hizo a Chile un traspaso de sus contratos con Japón. La verdad es que no sabemos en qué condiciones, porque parece que se los vendió. Esto significaba que Japón estaba comprometido a comprarle a la Bethlehem, en virtud de estos contratos que ha adquirido el Gobierno chileno, alrededor de un millón de toneladas anuales. Sin embargo, Chile ha estado, todo este tiempo, tratando de renegociar directamente con las compañías japonesas. Y las informaciones recogidas en el diario especializado "Japón Commerce Tron and Steel", no son halagadoras. Creemos, señor Presidente, que es conveniente que se dé una explicación al país, porque del estudio del convenio, a nuestro juicio, se deduce que no se han resguardado suficientemente los intereses de Chile y, especialmente, de los 7 mil trabajadores y sus familias que laboran en la minería del hierro, sobre los cuales se cierne, en este momento, el fantasma de la cesantía. El afán electoralista de aquella época anterior al 4 de abril, les imponía presentar ante el país una decisión nacionalizante a cualquier precio, y no se dieron siquiera el tiempo, ni el estudio suficiente, para defender los intereses profundos del país. Nada más. 22.- TERMINO DE INCIDENTE PROVOCADO POR PUBLICACION DE REVISTA DEL MINISTERIO DE EDUCACION. OFICIO. El señor MOSQUERA.- Pido la palabra. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Puede hacer uso de la palabra el Diputado señor Mosquera. El señor MOSQUERA.- Señor Presidente, ¿cuántos minutos le quedan a la Democracia Cristiana? El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- 10 minutos, señor Diputado. El señor MOSQUERA.- Señor Presidente, voy a conceder una interrupción al colega Lorenzini. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Puede hacer uso de la interrupción el Diputado señor Lorenzini. El señor LORENZINI.- Señor Presidente, se ha puesto término satisfactorio al incidente provocado por la portada de la Revista del Ministerio de Educación, con el siguiente oficio que hemos recibido con fecha 30 de agosto de 1971: "Señor Presidente: "Acuso recibo del Oficio Nº 6.527, del 29 de julio de 1971, que, a petición de los Diputados señores Emilio Lorenzini Gratwohl; Eduardo Koenig Carrillo; Mario Mosquera Roa; Manuel Tagle Valdés; Bernardino Guerra Cofré; Tolentino Pérez Soto; Luis Undurraga Correa; Luis Pareto Gonzáles; Lautaro Vergara Osorio y de los señores Diputados pertenecientes al Comité Parlamentario del Partido Demócrata Cristiano, hizo llegar a esta Secretaría de Estado, relativo a las observaciones formuladas por el señor Diputado Emilio Lorenzini Gratwohl que aparecen insertas en la versión oficial de la sesión 16ª, de la Cámara de Diputados. "Al respecto, puedo manifestar a usted que la publicación aparecida en la Revista de Educación, evidentemente es un desatino de los responsables directos de ella y en ningún caso representa el criterio del Ministro ni de las autoridades educacionales. "Por otra parte, tengo el agrado de informar a usted que se han tomado las medidas pertinentes con el Director de la revista y se ha ordenado que en el futuro el material que ella contenga, sea seleccionado con criterio técnico-pedagógico, exclusivamente. "Lo saluda muy atentamente, Mario Astorga Gutiérrez, Ministro de Educación Pública." Señor Presidente, yo quisiera que se le enviara un oficio, en mi nombre, al señor Ministro, acusando el recibo de su carta y manifestándole que ésta ha sido una feliz terminación para un incidente que fue muy desagradable para los cristianos y mujeres de Chile. El señor MOSQUERA.- Y en mi nombre. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Se enviará el oficio solicitado por Su Señoría, en nombre de los señores Lorenzini y Mosquera. El señor MOSQUERA.- En nombre del Comité Demócrata Cristiano, señor Presidente. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- En nombre del Comité Demócrata Cristiano. El señor FRIAS.- Y en nombre del Comité Nacional. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- También en nombre del Comité Nacional. 23.- PARALIZACION DEL LICEO DE TOME (CONCEPCION) DEBIDO A LAS TOMAS. OFICIO. El señor MOSQUERA.- Señor Presidente, me voy a referir, -es la primera vez que lo hago- a problemas de persecución política. No es mi ánimo. Pero como he visto, con mucha alarma, en la provincia de Concepción, concretamente en el Liceo de Tomé, del departamento de Tomé, que prácticamente durante todo el año se han estado paralizando las clases, de "toma" en "toma"; primero, por un grupo que quiere que salga el Director, don Edmundo Caríkio; después, por otro, que presiona para que llegue un Inspector- Visitador a hacer un sumario al Director del establecimiento. Y todo porque es militante de la Democracia Cristiana. ¿Quién es Edmundo Caríkio? Un profesor de castellano, Doctor en Filosofía de la Universidad de Madrid, con dos obras literarias y con tres años de leyes; Rector del Liceo Coeducacional de Tomé; fundador y Rector del Liceo Vespertino de Tomé, éste último gratuito; Rector del Liceo de Coelemu, también gratuito, y de un Liceo Vespertino gratuito, formado también en la localidad de Coelemu, provincia de Concepción. Es un distinguido hombre que ha sido respaldado por la inmensa mayoría del profesorado y, además, por los estudiantes que, en los últimos días, se han tomado el colegio en defensa del Rector. En entrevistas que he sostenido personalmente, en compañía de mi colega Mariano Ruiz-Esquide, con el Gobernador del departamento, para plantearle este problema en qué se fundan los cargos contra el camarada de mi Partido, Edmundo Caríkio, nos encontramos con que no hay motivo para sumario administrativo. Sin embargo, se insiste en trasladarlo. Hemos llegado hasta el Ministerio de Educación Pública, y el secretario privado del señor Ministro se ha comprometido a solucionar este problema. Los alumnos, dada esta promesa, entregaron el colegio; pero, hasta el día de hoy, no llega este Inspector- Visitador. Pues bien, el colegio está tomado ahora por el Gobernador del departamento -¡escuchen bien colegas!- por el Gobernador del departamento, que le puso carabineros para que no se lo tome nadie más. Pero el Rector del Liceo no puede llegar a su colegio, y el colegio sigue cerrado, sin clases. ¿Es posible, señor Presidente y Honorable Cámara, que puedan suceder estas cosas? Esta es nuestra advertencia. Y ante la gravedad de los hechos, yo quiero solicitar, a través de la Cámara, que en mi nombre se oficie al señor Ministro de Educación, con el objeto de que él tome medidas urgentes para que se solucione, de una vez por todas, este problema; problema que no puede continuar, dado que no hay ningún motivo para que hombres que sirven gratuitamente, como apostolado, a la educación pública, estén hoy día siendo vejados, humillados, agredidos en sus propios domicilios, amenazados de muerte por teléfono todos los días, día y noche. Es una situación inconfortable. Lo hemos planteado en todos los tonos, pero no hay ninguna posibilidad de solución. Por eso, señor Presidente, la última toma del colegio fue en respaldo del Rector. Pero, hoy día, el Gobernador tiene tomado el colegio -¡escúchenlo bien, y lo repito!- para evitar que otros se tomen el establecimiento. Esta vez deben ser los profesores o los padres que defienden a un brillante Rector del colegio. He querido llamar la atención a los partidos de la Unidad Popular, que no pueden estar solicitando los cargos de un establecimiento con el propósito de servirlo políticamente. Y no importa lo que haya sucedido allí; pero yo quisiera que se le dé una solución definitiva a este problema. Como el tiempo es muy corto y quiero que el colega Tolentino Pérez también diga algunas cosas, que también interesan, le he concedido una interrupción. 24.- CRITICAS DE LA ASOCIACION DE MEDIANOS Y PEQUEÑOS INDUSTRIALES Y ARTESANOS DE MAGALLANES A LA CORPORACION DE MAGALLANES. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Puede hacer uso de una interrupción el señor Pérez. El señor PEREZ.- Señor Presidente, la Asociación de Medianos y Pequeños Industriales y Artesanos de Magallanes, que agrupa a más de 500 socios, con un poder ocupacional sobre las 2.500 personas, hizo público, hace poco, un planteamiento que, por su seriedad y gravedad, he estimado necesario que sea conocido por esta Corporación. La Asociación de Medianos y Pequeños Industriales y Artesanos de Magallanes, después de un análisis de la actual realidad industrial de la zona, centra sus observaciones en la conducta operativa de la Corporación de Magallanes. Vale decir, al respecto, que la Corporación de Magallanes, organismos de operación descentralizada y cuyo espíritu es promover el desarrollo integral de la provincia, debiera tener en el área de la pequeña industria y artesanado una de sus funciones preferentes. Sin embargo, la organización de pequeños industriales y artesanos dice en su exposición pública: "1º- La Corporación de Magallanes no ha cumplido adecuadamente con el cometido que la ley le impuso, es decir, no ha entregado preferentemente la ayuda técnica y crediticia a los industriales y artesanos de Magallanes. No ha tenido siquiera la deferencia de estudiar, analizar y discutir los planes y todo el trabajo entregado por los propios técnicos de la Unidad Popular en lo que a industria se refiere. "2º.- La distribución del presupuesto de Ingresos de la Corporación de Magallanes no ha favorecido la industria regional en la medida que ésta lo exige, perjudicando el primer pensamiento que se tuvo en vista y que no fue otro que el de solucionar los problemas de la industria establecida, vigorizándola. "3º.- Lo prueba el hecho, entre otros aspectos que el presupuesto del año 1971 es inferior en 3.000.000 de escudos al del año 1970 para la industria y sin considerar otros agravantes, como cabe el caso señalar que parte del presupuesto del año 1971 estaba comprometido por créditos que se habían aprobado en el año anterior, y que por falta de medios económicos, no aportados por el Fisco, quedaron pendientes de pago para el presente año, disminuyendo de este modo, en forma considerable, el aporte para la industria. "4º.- Por otra parte -dicen los artesanos de Magallanes- es necesario señalar con toda franqueza, la inquietud de muchos industriales de la zona respecto de la política negativa que ha tenido la Corporación de Magallanes, al desconocer la capacidad empresarial del magallánico, favoreciendo a elementos foráneos mediante la adquisición de bienes que se producen en la zona, o de otro modo, patrocinando la instalación de industrias nuevas que provocan el derrumbamiento de las existentes, desvirtuando así los claros preceptos de la ley que creó dicha Corporación. Con esta clara denuncia, la pequeña industria y artesanía magallánica expresa su frustración por la orientación que actualmente se le está dando a la Corporación de Magallanes, desnaturalizando claros objetivos que tuvimos presentes los magallánicos cuando impulsamos esta importante herramienta de desarrollo integral de la provincia. En mi calidad de participante en el equipo que estudió y redactó e1 proyecto que posteriormente se convirtió en la ley que creó la Corporación de Magallanes, estoy autorizado para señalar que uno de sus propósitos más in- discutidos era proteger, defender y estimular la pequeña industria establecida. Esto, principalmente, porque se reconoce en el industrial o artesano magallánico un espíritu de valioso pionero, que ha vencido el rigor climático, la lejanía geográfica y el aislamiento debido a los ineficientes sistemas de comunicación y transporte, que han afligido tradicional- mente a la provincia de Magallanes. Se trataba no tan sólo de premiar este aporte humano al desarrollo de la región, sino de aprovechar su capacidad para ser los verdaderos pilares en cualquier plan de promoción artesano industrial... El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Perdón, señor Diputado. Le pide una interrupción el señor Marín. El señor PEREZ.- Con el mayor agrado. ¿Cuántos minutos me quedan? El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Tres minutos. El señor PEREZ.- En medio minuto termino. He traído este problema a esta Corporación, porque es inaceptable que a un grupo que tanto ha dado a Magallanes, se le tramite en forma tan injusta, cuando, en realidad, deberían ser los primeros favorecidos por un organismo que pretende ser la palanca del progreso regional. ¿Cuál es el propósito de mis palabras? Primero, respaldar ampliamente a los pequeños y medianos industriales de Magallanes, porque su planteamiento es serio, claro y no envuelve intenciones políticas. Prueba de ello es que, si revisamos la lista de los firmantes del documento, veremos que en la mayoría de los casos son destacados dirigentes de la Unidad Popular. En segundo término, pretendo que los ejecutivos de la actual Corporación de Magallanes, escuchando el clamor gremialista de los industriales y artesanos magallánicos, rectifiquen su errada política hacia este importante sector de la economía regional. 25.- ESCASEZ DE OFICIALES DE LA MARINA MERCANTE NACIONAL El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Puede usar de la palabra el Diputado Oscar Marín. El señor MARIN.- Señor Presidente, en Valparaíso, la Marina Mercante Nacional atraviesa por una situación de escasez de oficiales tremenda, lo que está produciendo un problema para los barcos que atracan en Valparaíso.". Hablan varios señores Digitados a la vez. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Puede continuar el señor Diputado. El señor RIQUELME.- Estoy protestando por el tiempo de más que se le está dando. El señor MARIN.- Los oficiales de la Marina Mercante, que se acogieron a jubilación por incapacidad física. Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor MARIN.- Entonces, no voy a poder hablar. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- El señor Marín no puede hacer uso de la palabra con tranquilidad, si lo interrumpen. Puede continuar el señor Diputado. Le ruego no hacer caso de las interrupciones que se le hagan de viva voz. Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor MARIN.- Decía, señor Presidente, que hay una escasez de oficiales en la Marina Mercante Nacional, lo que está produciendo una situación muy difícil en los barcos que atracan, en Valparaíso, al molo, porque no hay oficiales de relevo. Existen, sin embargo, muchos oficiales que están jubilados por incapacidad física; pero que podrían cumplir funciones en buques que están atracados en los sitios del puerto... El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- ¿Me permite, señor Diputado? Ha terminado el tiempo del Comité Demócrata Cristiano. 26.- TABLA DE FACIL DESPACHO DE LA PROXIMA SESION El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Se va a anunciar la Tabla de Fácil Despacho de la sesión ordinaria de mañana, miércoles 8. El señor Secretario tiene la palabra. El señor VALDES (Prosecretario subrogante).- Se anuncia la siguiente Tabla de Fácil Despacho para la próxima sesión ordinaria: 1.- Proyecto que establece normas en beneficio de los pequeños agricultores para la electrificación rural; 2.- Moción que establece normas sobre el dominio de concentrados de cobre que se obtengan del Río Salado; 3.- Proyecto de ley que establece que el Servicio Nacional de Salud venderá a la Caja de Carabineros de Chile los terrenos y edificaciones del Hospital San Luis, de Santiago; 4.- Observaciones de Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto de ley que autoriza a la Municipalidad de La Florida para contratar empréstitos; 5.- Informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia recaído en una consulta formulada por el Diputado don Víctor Carmine, acerca de si puede actuar como abogado en causas por infracción a la Ley de Seguridad del Estado; y 6.- Moción que autoriza a la Municipalidad de Talca para contratar empréstitos destinados a la construcción de una vega modelo y mercados periféricos en dicha comuna. 27.- DIFICULTADES EN EL ABASTECIMIENTO DE LOS EMPLEADOS Y OBREROS DEL MINERAL DE CHUQUICAMATA. OFICIO (Vicepresidente).- El turno siguiente le corresponde al Comité Nacional. El señor FRIAS.- Pido la palabra. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor FRIAS.- Señor Presidente, la Compañía Minera de Chuquicamata tiene instaladas, en la mina, algunas pulperías para abastecer a sus obreros y empleados. Esas pulperías adquieren, por intermedio de la Compañía, grandes cantidades de productos a precios muy ventajosos, por cuanto en esta Compañía era tradicional pagarles a los proveedores al contado, lo que permitía obtener precios muy rebajados. Los proveedores me han informado -esto ha sido corroborado por los obreros- que, en la actualidad, los pagos se están haciendo en forma extraordinariamente dilatada, llegando a plazos que superan los 90 y los 120 días. Esto está provocando una grave crisis en el abastecimiento en la mina, y la gente no se explica si acaso esto se debe a la tramitación burocrática a que los han sometido los nuevos dirigentes o, sencillamente, la falta de fondos de la Compañía. Existen proveedores que, en estas condiciones, se niegan a seguir enviando productos a las pulperías. Solicito que se envíe, en nombre del Comité Nacional, un oficio al señor Ministro de Minería, a fin de que nos explique, previa la investigación de rigor, qué está ocurriendo en esa mina. Nada más. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- En nombre del Comité Nacional, se enviará el oficio solicitado por el señor Diputado. 28- SITUACION GREMIAL E IMPORTANCIA DE LOS SUPERVISORES DE LA GRAN MINERÍA DEL COBRE, EN RELACION CON LA POLITICA DEL ACTUAL GOBIERNO. OFICIOS El señor FUENTES, don César Raúl El señor MEKIS.- Pido la palabra. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- En el tiempo del Comité Nacional, tiene la palabra Su Señoría. El señor MEKIS.- Señor Presidente, la opinión pública ha conocido las numerosas alternativas derivadas de la huelga declarada, días atrás, por los supervisores de las empresas de la gran minería del cobre. Se ha querido presentar este movimiento gremial como un acto antipatriótico y se ha lanzado sobre sus dirigentes acusaciones sin fundamento, con el propósito manifiesto de distorsionar y ocultar la verdadera razón por la cual estos funcionarios debieron ir a la huelga. La mayoría de los supervisores del cobre cumplen una labor eminentemente técnica, y su capacidad, conocimientos y experiencias son factores muy determinantes para la eficiente explotación de las empresas mineras. Su presencia pasa inadvertida para el público cuando las faenas productoras se desarrollan normalmente, lo que ha sido la regla general. Pero cuando surge algún inconveniente serio, el supervisor se transforma, entonces, en un elemento cuya actitud de inmediato se pone en tela de juicio. Durante lo sanos en que las empresas de la gran minería mantuvieron sus actividades en nuestro país, la existencia de los supervisores no llamó la atención. Se suponía que cumplían sus funciones a satisfacción y que sus relaciones contractuales con las compañías se desenvolvieron sin dificultades. Sólo con ocasión de recientes disposiciones legales que afectan directamente el status de estos funcionarios, en especial en materias tributarias y previsionales, los supervisores emergieron a la luz pública y formaron su Asociación Nacional. El proceso de nacionalización de la gran minería trajo también consecuencias a estos funcionarios, que vieron afectado considerablemente su patrimonio. Sin embargo, las medidas aplicadas eran razonables y debían adoptarse tarde o temprano, y los propios interesados así lo comprendieron. Su situación privilegiada dentro del común de los trabajadores chilenos desapareció, acordándose un trato equitativo que, a pesar de ser oneroso, fue aceptado sin resistencias. Los supervisores expresaron su deseo de colaborar en la nueva etapa de la política cuprera que se inició, años atrás, con la Chilenización de las compañías, y no formularon más exigencias que las mínimas que todo individuo desea tener para trabajar en paz. Sin embargo, desde que el actual Gobierno asumió la dirección de las empresas nacionalizadas, comenzaron a notarse numerosos trastornos: descenso en la producción, fallas graves en algunos equipos y materiales, aumento del costo de explotación, etcétera. Todas estas deficiencias fueron cargadas a la responsabilidad de los supervisores, los cuales comenzaron a ver disminuida su autoridad, interferidas sus recomendaciones técnicas y dificultadas sus labores por consideraciones eminentemente políticas. La sólida unidad de los supervisores, inspirados en todo momento por motivos exclusivamente gremiales, comenzó a ser vulnerada. La culminación de este proceso fue la medida por la cual, al margen del escalafón y reiterados acuerdos en este sentido, se designó en el mineral de Chuquicamata a tres ejecutivos, saltándose todos los procedimientos normales a este efecto. La huelga fue declarada y concitó, desde el primer momento, la solidaridad de la casi totalidad de los supervisores que trabajan en las diversas empresas mineras del país. Por su parte, el Gobierno y, en especial, algunas autoridades que debieron haber mantenido una actitud más serena para tratar de resolver este conflicto, se propusieron quebrar este movimiento gremial, no corrigiendo la causa que le dio origen, sino que promoviendo una campaña de difamación contra estos profesionales, mediante el expediente de lanzar contra sus dirigentes toda clase de imputaciones calumniosas, calificándolos de saboteadores, antipatriotas, sediciosos o antichilenos. Sin embargo, el país sabe que las razones que motivaron la huelga de los supervisores se derivan de la actitud del Gobierno de insistir en el nombramiento de esas tres personas al margen del escalafón, a que debían haberse ajustado tales designaciones. La opinión pública está consciente de que este gremio lo componen, en su mayoría, individuos de alta capacidad técnica y que, al igual que lo que está ocurriendo en casi todas las actividades del país, la idoneidad, la experiencia y los conocimientos ya no son suficientes para mantener la autoridad de una persona en su trabajo, pues ahora es necesario tener una militancia política activa en algunos de los partidos de la Unidad Popular, para conservar el empleo o para ejercerlo plenamente. Los supervisores se han defendido utilizando los medios que todos los trabajadores han empleado en este país para defender sus derechos y, lo que es más, han agotado todas las posibilidades para encontrar un entendimiento aceptable con las autoridades gubernativas, antes de acordar la paralización de sus labores. Estos compatriotas nuestros ven con inquietud el porvenir. Son profesionales y técnicos altamente especializados, que no encuentran campo fácil en otras actividades en las cuales poder ocuparse. Son personas que han visto seriamente afectadas sus condiciones de vida y que, no obstante, están dispuestas a entregar su colaboración, generosa y patriótica, sin más condiciones que las que se deriven de un trato equitativo, compatible con la enorme responsabilidad que les cabe por la índole misma de las funciones que desarrollan en el proceso productor del cobre chileno. Por lo demás, es suficiente haber conocido a algunos de estos técnicos, haber presenciado sus esfuerzos de superación profesional, su inquietud por estar siempre al día en las nuevas tecnologías para aplicarlas en sus funciones, su vida de ciudadanos cumplidores de sus obligaciones, su espíritu de colaboración en las tareas comunitarias en las zonas donde trabajan, para rechazar airadamente los calificativos con que han sido tratados durante este conflicto. Cuando se aprobó en el Congreso Pleno la Reforma Constitucional a través de la cual el Estado tomaba el dominio total de las empresas mineras, hicimos presente nuestro temor de que esta iniciativa pudiera malograrse como consecuencia de introducir factores y consideraciones políticas en la explotación y administración de estas empresas. Por desgracia, estas prevenciones se están cumpliendo, y el país está sufriendo ya sus perniciosos resultados. El compromiso de aumentar la producción de cobre y de cumplir con el país, haciendo que los beneficios derivados de la propiedad chilena de estas minas aumenten en forma, considerable, requiere, antes que nada, de un amplio espíritu de colaboración entre todos los que participan en estas tareas. Los supervisores han estado dispuestos a ello. La politiquería no puede llegar a extremos de anular esta buena disposición y de transformar a los trabajadores de las minas en enemigos irreconciliables. El interés de todos los chilenos debe primar por sobre factores partidistas pasajeros, y la solidaridad nacional, que se ha pregonado en forma insistente, debe ser realidad, aplicada, en primer término, por quienes tienen la obligación, como gobernantes, de dar ejemplo de tolerancia, solidaridad y eficiencia. Debe terminarse con las acusaciones infundadas, con la torpe suposición de intenciones, con los calificativos calumniosos y el desprestigio hacia quienes, en un momento determinado, discrepan de la opinión sustentada por algunas autoridades ejecutivas. Los supervisores del cobre son trabajadores dispuestos a continuar entregando su colaboración al país, tal como lo han estado haciendo desde hace muchos años; y estimamos que el Gobierno debe considerar la reincorporación de los funcionarios cuyos contratos fueron caducados y crear un ambiente de comprensión y respeto, en el cual se encuentre la fórmula más satisfactoria para la solución definitiva de situaciones ingratas como la planteada. Lo expreso en nombre de mi colega Domingo Godoy, de los bancos nacionales y del mío propio, con la petición de que estas observaciones sean transcritas al Presidente de la República y al Ministro de Minería. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- En nombre del Comité Nacional, se enviarán las observaciones de Su Señoría al señor Presidente de la República y al Ministro de Minería. 29.- INVESTIGACION SOBRE "OPERACION SALTAMONTES" (CHILOE). OFICIOS. El señor TAPIA.- Pido la palabra. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- En el tiempo del Comité Nacional, tiene la palabra Su Señoría. El señor TAPIA.- Señor Presidente, quiero señalar algunos entretelones de lo que se ha dado en llamar "operación saltamontes", organizada por elementos de la Unidad Popular, a través de la Oficina de Desarrollo Social, la que, en el pasado Gobierno democratacristiano, se denominara Oficina de Promoción Popular. Casi en su totalidad, este movimiento está integrado por elementos ultra violentistas de varias nacionalidades. Entre los chilenos, hay miristas, vopistas y miembros de otros grupúsculos similares. Por los extranjeros, actúan brasileños, argentinos, tupamaros, cubanos y hombres de otras nacionalidades. Todos estos elementos consideran al actual Gobierno de la Unidad Popular como otro gobierno burgués más, por lo que, en el fondo, están en contra del Gobierno constitucional de la República. De aquí que no nos expliquemos cómo el señor Ministro del Interior, que conoce las actividades de estos ultra violentistas, no proceda a disolverlos, permite que se les dé financiamiento y les autorice, con su silencio, sus múltiples actividades negativas en contra de la patria. Estas personas actúan a plena luz del día, en presencia de Carabineros de Chile, los cuales sólo proceden a cruzarse de brazos ante sus desmanes, como pude verlo personalmente en Ancud, mientras rayaban las paredes del Obispado con pintura, pese a las reclamaciones que, por estos hechos, hacían los religiosos. No me explico, tampoco, que el Presidente de la República, que también debe haber sido informado de estas actividades, se haya indignado porque cierta prensa ha denunciado estas actividades de extranjeros; esta intromisión en nuestros asuntos públicos, que considero de tanta gravedad y que nunca había sucedido en Chile, pues los asilados políticos nunca se inmiscuían en nuestra política. Dicha "operación saltamontes" no persigue otra cosa que preparar el material humano, que, infiltrándose en las poblaciones - lugar donde estos elementos actúan- destruya el concepto de familia, de matrimonio, de los padres; torpedee los valores morales y, sobre todo, los valores humanos de la colectividad, levantando barreras de odio entre los diversos sectores de nuestra nacionalidad. Tengo conocimiento de que estas actividades se han estado desarrollando en la provincia de Osorno y que fueron denunciadas, el domingo antepasado, en una concentración efectuada en el Teatro "Rahue" de esa ciudad sureña. Asimismo, me consta cómo en la provincia de Chiloé, en las ciudades de Castro y Ancud, se han estado desempeñando elementos de esta misma oficina de Desarrollo Social, entre los que participan ciudadanos brasileños, argentinos, peruanos y holandeses, junto a catorce chilenos, de los cuales tres son damas. Hospedados en la Escuela Hogar de Castro y en el Centro Comunitario de la población "Caracoles", en Ancud, ocupan dos vehículos nuevos Land Rover de propiedad de la CORHABIT, con patentes AA-84 de Santiago y BN-41, del mismo municipio, uno de ellos con equipo de amplificadores. Su misión ha sido conversar con los pobladores para impulsar tomas, como la de Saesa en Castro y la cuasi toma del Municipio de la misma ciudad, cuyo Alcalde es un socialista, todo ello mientras el Gobierno sostiene, desde hace meses, que reprimirá esta clase de actos. Además, les inyectan odio para que éste sea proyectado en las diversas colectividades en que actúan con la pantalla de que desean solucionar problemas de abastecimiento de carne, de leña, de energía eléctrica, etcétera. En su acción, no han vacilado ni siquiera en insultar y enlodar la reputación de funcionarios de Gobierno. Esto sucedió, el sábado 08 de agosto, en Ancud, nada menos que con la representante directa del Presidente de la República, la Intendencia de Chiloé, señora Alicia Falbaum, quien, muy puesta en su cargo, procedió a disolver dicho comicio, que se efectuaba sin permiso de la autoridad competente, y a requisar los dos vehículos fiscales por ser día sábado y no contar con autorización de CORHABIT para dicha comisión. Uno de estos vehículos huyó, pero como el chofer parece ignoraba que estaba en una isla, fue detenido por carabineros en Chacao. Yo me pregunto: ¿cómo es posible que con fondos fiscales se pague a extranjeros, seguramente exilados por actividades violentistas y acogidos por nuestra Patria -que para ellos sí que es "la copia feliz del Edén"- que actúan en nuestra política tratando de quebrar el sistema democrático del país y disociando aún más a sus gentes, predicando el odio, echando más leña a estas calderas y levantando más presión para enemistar a los chilenos? ¿Cómo es posible que se entreguen cargos rentados a extranjeros mientras existe tan alto nivel de cesantía, como que el Gobierno está creando, con una interpretación muy especial de la Ley de Reforma Agraria, los centros de reforma agraria para absorber el que hay en los campos? ¿Cómo es posible que se empleen vehículos fiscales con estos fines en circunstancias que en los hospitales de esa provincia apenas se cuenta con los más elementales medios de transporte para el servicio de postas y, lo que es más grave, para el traslado de los propios enfermos? En el de Castro tenemos la ambulancia más moderna, del año 1961, llegada poco después del terremoto. Desvencijada como está sigue sirviendo; en muy mala forma, pero sirve. Basado en estos antecedentes, pido se oficie al señor Ministro del Interior solicitando que se investigue en qué condición se encuentran estos ciudadanos extranjeros en nuestro país -suponemos que varios de ellos han entrado clandestinamente- ; se expulse del territorio a quienes no tengan sus documentos de acuerdo lo exigen nuestras leyes y a los que han sido sorprendidos actuando en actividades políticas, como éstas, objetos de esta denuncia, ya individualizados por los Carabineros de Chile. Y al señor Ministro de la Vivienda, para que se sirva individualizar qué jefe de servicio entregó esos Land Rover a los miembros de la operación "Saltamontes", que nada tiene que hacer, como se ha visto, con los planes habitacionales, y se aplique sobre él medidas administrativas por autorizar el uso indebido de vehículos fiscales. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Se enviarán los oficios solicitados, en nombre de Su Señoría. 30.- INCENDIO DE LA GOBERNACION Y DE LOS EDIFICIOS PUBLICOS DE CASTRO (CHILOE). OFICIO El señor TAPIA.- En seguida, señor Presidente, voy a referirme a un hecho muy doloroso acaecido en la ciudad de Castro. Me refiero al incendio de la Gobernación y de los edificios públicos de ese departamento. En la madrugada del 4 de septiembre, se quemaron la Gobernación, el Juzgado, la Tesorería Comunal, la Inspección del Trabajo, DIRINCO, Vialidad, Tierras y Bienes Nacionales, Reclutamiento, Corporación de Obras Urbanas, Obras Sanitarias, Junta de Auxilio Escolar y Becas, Desarrollo Social, Dirección de Arquitectura y Alfabetización, y quedó parcialmente destruida la Oficina de Impuestos Internos y el Telégrafo, mientras el Correo resultó también con algunos daños. Pido que se oficie al señor Ministro del Interior para que, cuanto antes, con cargo a los fondos del 2% de calamidades públicas, entregue un aporte para la reconstrucción de estas oficinas que albergan servicios vitales para el departamento. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Se enviará al señor Ministro del Interior el oficio solicitado por Su Señoría. El señor TAPIA.- Además, que en el mismo oficio se solicite al señor Ministro del Interior que peritos del Laboratorio de Policía Técnica se trasladen hasta esa ciudad para determinar la causa del incendio, que, en realidad, se originó en forma muy sospechosa. Nada más. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Se enviará el oficio en los términos que Su Señoría ha indicado. 31.- ACTUACION DEL GOBERNADOR DE SAN JAVIER (LINARES). OFICIO El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Le quedan dos minutos al Comité Nacional. El señor RODRIGUEZ.- Pido la palabra. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor RODRIGUEZ.- Señor Presidente, dado el escasísimo tiempo de que dispongo, sólo voy a dejar constancia de una grave denuncia que ha llegado a mi poder en contra del Gobernador de San Javier. Esta denuncia proviene de dirigentes del Partido Nacional de esa localidad y destaca una censurable acción del Gobernador del departamento que llama realmente a indignación, porque supera todas las anteriores suyas en su línea de fomentar un clima de violencia y de intimidación en los sectores de trabajadores. La nueva actuación del Gobernador que comentamos dice relación con la toma del fundo Veragua, de la localidad de la Huerta de Maule, del departamento de Loncomilla. Dicho predio, de propiedad de la sucesión González, pequeños y modestos propietarios, los que en su mayoría residen en el predio, fue asaltado el día 19 de junio pasado, a las cinco y media de la mañana. Los moradores de las casas, de avanzada edad, fueron encañonados con armas, amenazados con palos y laques, sacados violentamente de su domicilio y expulsados del predio. Los hechores, encabezados por cinco vecinos del lugar, todos propietarios, eran unos 50 a 60 afuerinos, quienes, al decir de los propietarios, estaban asesorados por el funcionario de INDAP, Boris González, y el propio Gobernador del departamento, señor Perpetuo Labra San Martín. Esta gravísima afirmación sería digna de ponerla en duda si no se hubiese comprobado que antes de la toma del predio, tanto el Gobernador como el citado González visitaban a menudo el predio, y eran obsequiados con pavos, pollos y productos de chacarería. Por lo demás, es un hecho comprobado que últimamente el Gobernador ha ido a tomar once con los delincuentes en franca camaradería y apoyo. Son muchos más graves otros antecedentes que podría haber entregado; pero, en vista que se acaba el tiempo, termino pidiendo que la Cámara envíe, en su nombre, un oficio al Ministro del Interior, dándole a conocer estos antecedentes y solicitándole que instruya al Gobernador en el sentido de que mantenga una conducta acorde con la ley y la Constitución y que cumpla cabalmente con su cargo de representante del Ejecutivo. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Se enviará, el oficio al señor Ministro del Interior en nombre de Su Señoría, porque no hay quórum para hacerlo en nombre de la Cámara. Ha terminado el tiempo del Comité Nacional. El turno siguiente corresponde al Comité Comunista. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. El turno siguiente corresponde al Comité Socialista. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. 32.- ALCANCES DE DOS MODIFICACIONES APROBADAS EN EL PROYECTO QUE BENEFICIA A LOS DUEÑOS DE TAXIS. OFICIO El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- El turno siguiente corresponde al Comité de la Izquierda Cristiana. El señor GIANNINI.- Pido la palabra. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor GIANNINI.- Señor Presidente, me quiero referir en forma muy breve a dos materias. Creo que es inusual hacerlo en la Hora de Incidentes respecto a una de índole legislativa, pero en la tarde de hoy la Cámara despachó en tercer trámite el proyecto que establece franquicias tributarias en favor de los automóviles armados y/o fabricados en el país y destinados a taxis y por haber terminado el lapso correspondiente al Orden del Día, no pudo continuar el debate y nos vimos impedidos de hacer nuestras observaciones respecto a algunas modificaciones introducidas en el Senado. Respecto de una de estas modificaciones aprobadas, quisiera hacer dos o tres observaciones, con el objeto que sean hechas llegar al Ejecutivo para ser tomadas en cuenta en un posible veto. Se refieren mis observaciones a los artículos 16 y 17 de la Cámara, que pasaron a ser artículo 16, refundidos según las modificaciones despachadas esta tarde. La modificación del Senado aprobada por la Cámara autoriza la importación y libera del pago de los derechos de internación, de almacenaje y, en general, de todos los derechos e impuestos que se perciban por las aduanas, así como de los impuestos adicionales y depósitos de internación, a las partes y piezas, conjuntos y subconjuntos destinados a la armaduría de radio-teléfonos y a la adquisición de marcadores de tarifas denominados "taxímetros", que importe la Federación Nacional de Sindicatos Profesionales de Choferes de Taxis de Chile (FENATACH) para dotar de estos implementos a los automóviles que se asignen de acuerdo a esta ley. Ese es el texto de la disposición aprobada. Al efectuarse la votación, creo que, por inadvertencia de algunos señores parlamentarios, esta disposición fue aprobada. Y digo que por inadvertencia porque, de haberse tenido presentes las razones que nosotros tuvimos en la Cámara para aprobar el texto despachado en el primer trámite, creo que esta modificación debió haber sido rechazada. Las razones fundamentales, las podría sintetizar de la siguiente forma: primero: se trata de una disposición defectuosamente redactada, lo que no deja de tener alguna importancia cuando se trata de aplicar normas de carácter tributario. Efectivamente, dice que se libera de derechos de internación y demás gravámenes, etcétera, las piezas y partes, conjuntos y sub- conjuntos destinados a la armaduría de radio-teléfonos y a la adquisición de taxímetros. Hay una inconsecuencia. Las partes y piezas están destinadas a la armaduría, pero no pueden estar destinadas a la adquisición de taxímetros. Hay aquí una mala forma de expresarse, que, sin duda, de ser aprobada en estas condiciones, traería serias dificultades en la forma de aplicar la norma. En segundo lugar, se libera de las tasas de almacenaje. Creo que esta es una práctica totalmente inconveniente. Las tasas de almacenaje no son impuestos. Son, como su nombre lo índica, tasas. Corresponden, por lo tanto, a servicios prestados en este caso, por la Empresa Portuaria de Chile, y corresponden a costos operacionales de la Empresa. Creo que con este sistema -que, por lo demás, el Congreso hace mucho tiempo ha dejado de mano, se abstiene de establecerlo- de liberar de derechos de almacenaje, no sólo se priva a la Empresa del ingreso que corresponde a sus costos operacionales, sino que, además, se fomenta el atoche de mercaderías dentro de los recintos portuarios. Porque no hay razón para que una mercadería no sea despachada dentro de los términos normales. Si se la libera de los derechos de tasas de almacenaje, se está fomentando -como digo- la negligencia y el atoche de los recintos portuarios, que es grave en ciudades y puertos como Valparaíso. Por lo demás, si hubiera alguna razón especial para que determinadas mercaderías no puedan ser sacadas del recinto portuario dentro de los plazos que establece la ordenanza y el reglamento, la Junta General de Aduanas tiene facultades suficientes para liberar frente a casos concretos y fundados. Por otra parte, y esto quizás sea lo más grave de la disposición y es lo que motiva mi intervención ahora, es que en el artículo 16 aprobado por la Cámara en el primer trámite, se autorizaba la importación libre de derechos de aquellos aparatos llamados transreceptores para servicio de taxis, de acuerdo al Reglamento y programa de integración que dicte la Subsecretaría de Transportes. Esta disposición, que desaparece ahora en la modificación del Senado, tiene por objeto reglamentar la posible integración de estos aparatos; porque puede ocurrir -ignoro la situación actual- que existieran industrias nacionales -aunque no existan hoy, pero podrían existir mañana- que trabajen en la armaduría de estos aparatos. Hay una cantidad suficiente de taxis circulando en el país a los cuales se introducirían este aparato que conformarían un mercado aceptable como para que una industria grande se instalara en Chile y diera trabajo a obreros y capitales nuestros. En estas condiciones, la disposición primitiva aprobada por la Cámara deja la posibilidad para que el Ejecutivo vaya, a través del reglamento y programas de integración, estableciendo las partes importadas que deberán ser integradas a los aparatos y aquellas que deberán ser fabricadas en Chile. Con la disposición aprobada por el Senado sencillamente se liberan de derecho de internación los aparatos extranjeros imposibilitando o impidiendo absolutamente que estos pudieran fabricarse en Chile. Creo que esto no está de acuerdo con lo que se está tratando de hacer desde hace tiempo en Arica, por ejemplo, donde se ha impulsado se ha ayudado a una industria electrónica de alta calidad y donde la Universidad del Norte tiene laboratorios especiales para fomentarla. Por lo tanto, señor Presidente, creo que sería conveniente que estas observaciones se hicieran llegar -y así lo solicito- al Ejecutivo, para que, en el evento de haber veto al proyecto, fueran tomadas en cuenta en esa oportunidad. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Se transcribirán las observaciones de Su Señoría al Ejecutivo, concretamente al señor Ministro de Economía. 33.- COSTO OPERACIONAL DE LA PLAZA DE PEAJE DE ZAPATA (VALPARAISO). OFICIO El señor GIANNINI.- Quisiera, señor Presidente, hacer otra observación, más bien pedir una información. Quienes viajamos periódicamente de Valparaíso a Santiago podemos observar cómo avanza la instalación de una plaza de peaje en una zona que se llama Lo Aguirre. Me asalta una duda que asalta a mucha gente. Quisiera hacer la consulta a través de la Cámara acerca del costo operacional de la plaza de peaje de Zapata; es decir, saber cuánto cuesta la mantención de esta plaza de peaje en sueldos de los funcionarios, en horas extraordinarias, en viáticos, etcétera... El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Señor Diputado, ha terminado el tiempo del Comité Izquierda Cristiana. Se enviará el oficio solicitado por Su Señoría al señor Ministro de Obras Públicas y Transportes. El señor LORENZINI.- En mi nombre también. El señor RIOS (don Héctor).- Yo podría darle medio minuto. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- El turno siguiente corresponde al tiempo del Comité Radical. El señor Ríos ha manifestado cederle un minuto al señor Giannini. El señor RIOS (don Héctor).- Para que termine. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Puede hacer uso de la interrupción en el tiempo del Comité Radical. El señor GIANNINI.- Muy breve, señor Presidente. Yo quisiera hacer el siguiente análisis: si es demasiado alto el costo de operación de una plaza de peaje como la de Zapata, dado, vuelvo a expresar, que no conozco y por eso no hay cargos en mis palabras, sino solamente el deseo de solicitar una información; si fuese demasiado alto, parecería mal negocio establecer una nueva plaza de peaje para un mismo camino, porque, en ese caso, bastaría con aumentar la tasa de peaje en uno, lo que serviría para cobrar el paso por los dos túneles. Por eso, señor Presidente, insisto en que ésta es la única razón que me mueve a solicitar la información. Quisiera que fuera total, o sea, que se indiquen el número de funcionarios, sus sueldos, viáticos, horas extraordinarias, etcétera. Agradezco al Comité Radical la interrupción que me concedió. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Se enviará el oficio al señor Ministro de Obras Públicas y Transportes, conteniendo todas las observaciones de Su Señoría. 34.- PREOCUPACION DEL GREMIO DE PRACTICANTES CON MOTIVO DE UN PROYECTO DE LEY QUE DA CALIDAD PROFESIONAL A LOS AUXILIARES DE ENFERMERIA El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Puede continuar el señor Ríos, dentro del tiempo del Comité del Partido Nacional. El señor RIOS (don Héctor).- Señor Presidente, quiero recoger la inquietud de un respetable gremio de la Salud Pública, me refiero al de practicantes. Este gremio está sumamente inquieto por un proyecto de ley que pende de la consideración del Senado, en el que se trata de dar calidad profesional a los auxiliares de enfermería. Esto les permitiría ejercer su profesión en forma liberal. Se pretende hacer esto, no obstante que en el artículo 9º de la ley Nº 14.904, del año 1962, se establece que "se autorizará a las personas que reúnan los siguientes requisitos para desempeñarse como practicantes: 1.- Estar en posesión del título de auxiliar de enfermería; 2.- Tener tres años de práctica, a lo menos, en establecimientos hospitalarios del Servicio, y 3.- Rendir satisfactoriamente un examen práctico y de conocimientos ante una comisión formada por médicos- cirujanos del Servicio Nacional de Salud." Para dar mayores facilidades a este personal, incluso está descentralizada la referida comisión. Entonces, ellos pueden rendir sus exámenes siempre que cumplan con estos requisitos que están establecidos, vuelvo a repetir, en el artículo 9º de la ley Nº 14.904, del año 1962. La ley Nº 12.441, del año 1957, creó el Colegio de Practicantes y su reglamento orgánico es del Ministerio de Salud Pública. Este Colegio ha dejado de funcionar, y el Servicio Nacional de Salud, como una manera de atraer como colaboradores a la profesión paramédica, para la mejor atención de los enfermos, creó, como digo, estos cursos de auxiliares de enfermería Para ser auxiliar de enfermería, se requiere haber cursado primer año medio y seguir un curso de nueve meses de estudios especializados'. Pero, en ningún momento, quedan autorizados, porque no tienen un título, universitario, para ejercer en forma liberal. En el proyecto que pende de la consideración del Senado, se trataría de darle categoría a este personal auxiliar, que es digno de una gran suerte, porque hace muy buen servicio, por lo menos en la colaboración que presta; pero resulta que esto iría en perjuicio de los practicantes del Servicio, en general, que son más o menos 6.500 practicantes colegiados y de 12.000 enfermeras y matronas universitarias. En ningún momento, mi intervención tiene por objeto coartarles la carrera a estos auxiliares y colaboradores indispensables de los servicios hospitalarios, como también lo son en las enfermerías navales, militares y de carabineros; pero lo que deseo dejar establecido es que este proyecto de ley, que pende de la consideración del Senado, va a perjudicar a todo ese gremio de practicantes, enfermeras y matronas. El personal de auxiliares de enfermería puede acogerse perfectamente a las referidas disposiciones. Por lo demás, hay diferentes dictámenes de la Contraloría que no aceptan el ejercicio como profesión liberal de los auxiliares de enfermería. Reitero que el personal de auxiliares de enfermería puede perfectamente acogerse a las disposiciones del Colegio de Practicantes; por lo tanto, no requieren de una ley especial para tal objeto, sino que, sencillamente, dar el examen correspondiente y cumplir las otras exigencias allí establecidas. También quiero referirme al personal de practicantes desde un punto de vista más general, como lo hecho en sesiones anteriores. Considero que está muy mal pagado, como lo están todos los personales del Servicio Nacional de Salud. He dicho, en repetidas oportunidades, que este Servicio es, como se dice, la "Cenicienta" de la Administración Pública. Gana muy poco sueldo; tiene exceso de trabajo; debe realizar una labor muy intensa y abnegada, pero no está compensado debidamente. En general, sean practicantes, auxiliares de enfermería o personal de hospitales, está mal rentado. No así, los colegas médicos, que se rigen por el Estatuto del Colegio Médico y están mejor remunerados. Incluso, cuando prestan servicios de medicina curativa, a través del SERMENA, los médicos están bien remunerados, reciben en pago cheques-bonos, que les aumentan sus entradas mensuales. Esto no sucede con los practicantes, y auxiliares de enfermería y demás colaboradores médicos, que no reciben aliciente ni estímulo alguno. El señor PUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- Señor Diputado, ha terminado el tiempo del Comité Radical. El turno siguiente corresponde al Comité Independiente. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra al Comité Independiente de Izquierda. Ofrezco la palabra. 35.- ALUSION PERSONAL. APLICACION DEL ARTÍCULO 19 DEL REGLAMENTO El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- En conformidad al artículo 19 del Reglamento, le corresponde hacer uso de la palabra hasta por 5 minutos al Diputado señor Lorenzini. El señor LORENZINI.- Señor Presidente, condeno a los monopolios y también al capitalismo en todas sus formas: sea la estructura caduca del liberalismo o la nueva cara del capitalismo que es el estatismo. Por ningún motivo deseo que la empresa Sumar vuelva a manos de los patrones; lucharé para que ella sea de los trabajadores, porque estoy convencido de que es obligación del, Gobierno hacer el traspaso jurídico de manos de los actuales industriales a los trabajadores de la empresa. Quiero hacer presentes algunas reglas que hemos pensado al respecto. No aceptamos que los trabajadores sigan siendo explotados por los que controlan el capital, sean accionistas en las empresas liberales o políticos burócratas en las empresas estatizadas. El pueblo chileno quiere que, de una vez por todas, el poder de decisión y el fruto de las utilidades de las empresas, sean de sus propios trabajadores. La Democracia Cristiana lucha por una empresa de trabajadores, que termine para siempre con la explotación capitalista del hombre por los accionistas o por los políticos burócratas del Estado. Podemos describir el capitalismo como la apropiación por los capitalistas de la economía del producto y del poder. Nosotros luchamos contra el capitalismo, por la creación de una empresa comunitaria que signifique, que la economía, el producto y el poder, pertenezcan a los propios trabajadores. La empresa de los trabajadores es aquella en que el poder de decisión (directorio), los frutos (utilidades) son de los trabajadores, dentro del marco de una planificación nacional. En la empresa de trabajadores el poder de decisión y la gestión por los trabajadores se fundamenta en su condición de persona, independientemente de cualquier relación con la propiedad de los instrumentos que utiliza la empresa, porque es el trabajo humano y no el dominio sobre los instrumentos de producción, el verdadero poder creador de bienes y servicios. En la empresa de trabajadores hay que fijar reglas muy claras y precisas para evitar las discriminaciones, la creación de grupos u oligarquías minoritarias que usen las empresas en beneficio propio o para persecuciones sectarias, sean políticas sociales, raciales o religiosas. La única diferencia que aceptamos entre los trabajadores es la diferencia objetiva y real en la calidad del trabajo, en la cantidad de trabajo y en el tiempo de trabajo. Toda otra diferencia es inaceptable. Las utilidades reales se deberán repartir entre los trabajadores en relación al trabajo entregado a la empresa. Si por razones ajenas al trabajo de la empresa hay excedentes extraordinarios, deben ingresarse, de conformidad al nuevo derecho, a la comunidad nacional. También la comunidad nacional tiene derecho a que se le entreguen parte de las utilidades normales para impulsar sus fines propios, a través de la autoridad legítima. Queremos una sociedad de trabajadores plenamente responsable, sin niñeras impuestas por los accionistas o por los políticos-burócratas que controlan el capital de la empresa. No aceptamos niñeras interventores, ni niñeras patronales. Exigimos que los trabajadores de las empresas estatizadas se nombren sus propias autoridades, según reglas claras y justas, fijadas por la ley, para un libre y responsable acontecer democrático. Los trabajadores son hombres de pantalón largo, son personas responsables, no son niños ni retardados mentales que deben ser conducidos por guardianes, llámense capataces o la vanguardia de la clase trabajadora, quienes en definitiva son también explotadores con distinto nombre. Y los trabajadores, chilenos responsables, conscientes de que integran la comunidad nacional, comprenden la estricta necesidad de una guía general, de un marco dentro del cual actuar, de un sistema de planificación que ordene todo el proceso hacia el bien común. La planificación deberá hacerse a diversos niveles, generándose de la base, en forma democrática y seria y descentralizada, participando los cuerpos intermedios, para que el hombre no se encuentre solo, aislado, e indefenso frente al poder inmenso de la burocracia tecnocrática. Las unidades vecinales u otros organismos en representación de los consumidores deberán ser integrados en la planificación, para que la producción no degenere su misión de satisfacer las necesidades reales del pueblo y busque, como en la empresa liberal, sólo el lucro, aun atizando guerras para enriquecerse o desviando su poder a la fabricación de armamentos como en Jos países totalitarios. Los trabajadores comprenden y desean que la autoridad fije lo que debe producirse y los precios a que se deben vender los productos, dejando una ganancia lícita, porque de otra manera, estas sociedades de trabajadores caerían en algunos de los vicios del capitalismo y ellos no quieren convertirse en explotadores de sus hermanos, los consumidores. La nueva sociedad exige el poder para los trabajadores, pero el poder en serio. No el poder de juguete que se les está entregando ahora. El poder para los trabajadores debe ser una realidad y no puro teatro que esconde la dominación desde el exterior de la empresa, por politiqueros ajenos a ella. A este vicio lleva el anteproyecto, elaborado por la Comisión CUT- Gobierno, en el cual es posible advertir lo siguiente: Se mantiene una teoría o paternalismo del Estado. Se contradice fundamentalmente con las consideraciones que invoca como fundamento, en cuanto no les da a los trabajadores una participación real y efectiva, pues sólo les otorga una representación numérica mínima en los Consejos de Administración o Directorios. Se crean Comités Coordinadores de Producción que, en el hecho, en aquellas empresas en que ya se han establecido, se han transformado en Comités de soplona- je político y de persecución. No contienen normas que garanticen el libre ejercicio del derecho de petición y huelga por parte de los trabajadores. No podrá haber desarrollo social sin libertad sindical y participación predominante de los trabajadores en el proceso de cambios. Hasta ahora sólo he hablado del derecho de los trabajadores en cuanto a grupo, pero hay derechos que corresponden a la persona de cada uno de ellos en particular y a su familia. Cada hombre y cada mujer son seres humanos, con una personalidad propia, con un fin propio, por lo cual no puede ser usado como instrumento por grupos minoritarios o mayoritarios. Ni siquiera por el acuerdo unánime de la comunidad se pueden desconocer los derechos que emanan de la esencia del ser humano, a los que paso a referirme... El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- ¿Me permite, señor Diputado? Han terminado los cinco minutos. El señor MOSQUERA.- Le permitimos. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- No hay quórum. Ha terminado el tiempo de cinco minutos. En virtud de lo dispuesto en el Reglamento, se levanta la sesión. Se levantó la sesión a las 20 horas 57 minutos. Roberto Guerrero Guerrero, Jefe de la Redacción de Sesiones.