. . . . . . . " El se\u00F1or PONTIGO.- \n \n Estaba manifestando que la Agrupaci\u00F3n de Juntas de Vecinos estima que ese edificio debe ser entregado a ella para que pueda ser administrado directamente, sobre todo porque las juntas de vecinos tienen personalidad jur\u00EDdica y, adem\u00E1s, porque se ha planteado en Chile la necesidad de la incorporaci\u00F3n plena del pueblo a la administraci\u00F3n de sus propias cosas. En las condiciones en que est\u00E1 planteado este proyecto de ley, ocurrir\u00EDa que la Municipalidad tendr\u00EDa tuici\u00F3n sobre las juntas de vecinos en una serie de problemas que ellas mismas tienen que examinar y resolver y actividades que deben realizar, con lo que se obstruir\u00EDa el desarrollo de los planes de estas organizaciones populares que nosotros conocemos. \nPor esa raz\u00F3n, nosotros vamos a votar en contra de este proyecto de ley. \n \n " . .