" 2.-INFORME DE LA COMISION DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION \n\"Honorable C\u00E1mara: La Comisi\u00F3n de Econom\u00EDa, Fomento y Reconstrucci\u00F3n pasa a informar el proyecto de ley de origen en un mensaje, con tr\u00E1mite de urgencia calificada de \"simple\", que define y regula el funcionamiento de las diversas \u00E1reas de la econom\u00EDa y la participaci\u00F3n de los trabajadores. \n'Concurrieron a la Comisi\u00F3n durante el estudio de la iniciativa y colaboraron con ella, los se\u00F1ores Pedro Vuskovic, Ministro de Econom\u00EDa, Fomento y Reconstrucci\u00F3n; Oscar Garret\u00F3n, Subsecretario de Econom\u00EDa, Fomento y Reconstrucci\u00F3n; Luis Figueroa y Hern\u00E1n del Canto, Diputado y Presidente y Secretario General de la Central Unica de Trabajadores, respectivamente ; Orlando S\u00E1enz, Hern\u00E1n Err\u00E1zuriz, Fernando de Ag\u00FCero, y Juan Videla, Presidente, Gerente General, Gerente T\u00E9cnico y Asesor de la Sociedad de Fomento Fabril, respectivamente; H\u00E9ctor Rubio y Pablo Rom\u00E1n, Presidente y Abogado de la Confederaci\u00F3n General de Cooperativas de Chile, respectivamente; Carlos Devivo y Renato Oneto, Presidente Nacional y Presidente Provincial de Santiago de la Asociaci\u00F3n de Medianos y Peque\u00F1os Industriales de Chile (AMPICH), respectivamente, y Mario Za\u00F1artu, Coordinador de Investigaciones del Instituto de Econom\u00EDa y Planificaci\u00F3n de la Universidad de Chile. \nLa Comisi\u00F3n solicit\u00F3 se le remitiera la n\u00F3mina de las empresas que al 31 de diciembre de 1969 ten\u00EDan un patrimonio (capital y reservas) de catorce o m\u00E1s millones de escudos, documento \u00E9ste que se agrega como anexo al presente informe. \nEl proyecto tiende a dar una nueva organizaci\u00F3n a la econom\u00EDa, mediante el establecimiento de tres \u00E1reas delimitadas que permiten la socializaci\u00F3n de las empresas que operan en actividades de importancia fundamental para la vida econ\u00F3mica del pa\u00EDs y dar garant\u00EDas y estimular el desarrollo de aquellas peque\u00F1as y medianas. \nEs as\u00ED como propicia la transferencia al conjunto de la sociedad, representada por el Estado, de empresas que signifiquen un aporte importante en el crecimiento del producto nacional y que impulsen la producci\u00F3n mediante una adecuada inversi\u00F3n de los excedentes y la utilizaci\u00F3n de tecno logias acordes con las necesidades actuales. \nEllo facilita una planificaci\u00F3n integral con el consiguiente mejor aprovechamiento, no s\u00F3lo de los recursos econ\u00F3micos, sino tambi\u00E9n humanos, al elevarse los requerimientos de mano de obra. \nAdem\u00E1s, debe entenderse que tales empresas han de constituir un complemento para las medianas y peque\u00F1as, por cuanto estas \u00FAltimas recibir\u00E1n de aquellas el abastecimiento de materias primas y asistencia t\u00E9cnica, y las primeras se podr\u00E1n encargar de la comercializaci\u00F3n. \nPor otra parte, la gran mayor\u00EDa de las empresas industriales, mineras, agr\u00EDcolas y de servicios quedan excluidas de la incorporaci\u00F3n al \u00E1rea de propiedad social, dadas las estipulaciones del proyecto. \nRespecto de los particulares a quienes se nacionalice el todo o parte de su propiedad, se contempla el derecho a recibir indemnizaci\u00F3n, la forma de determinarla, el sistema de pago y el Tribunal ante el cual podr\u00E1n reclamar con relaci\u00F3n a esta materia. \nContempla, tambi\u00E9n, la iniciativa los organismos de participaci\u00F3n de los trabajadores en las empresas de las \u00E1reas de propiedad social y mixta controladas por el Estado, y las informaciones que deber\u00E1n proporcion\u00E1rseles en las del \u00E1rea de propiedad privada y en las mixtas en que el Estado sea minoritario en la gesti\u00F3n. \nAhora bien, los dos primeros art\u00EDculos del proyecto crean las tres \u00E1reas de propiedad y determinan a quienes pertenecer\u00E1n. \nEl art\u00EDculo 3\u00BA define los rasgos fundamentales de las actividades que deben formar parte del \u00E1rea de propiedad social. \nEl art\u00EDculo 4\u00BA se\u00F1ala claramente las limitaciones que regir\u00E1n para los efectos de incorporar empresas al \u00E1rea de propiedad social. La primera de ellas es de car\u00E1cter patrimonial y las otras corresponden al tipo de labores que desarrollen las empresas, a\u00FAn cuando por su capital y reservas fueran de aquellas a las cuales no afectara la primera. \nEn el art\u00EDculo 5\u00BA se entrega al Presidente de la Rep\u00FAblica la facultad para nacionalizar las empresas que formar\u00E1n parte de la mencionada \u00E1rea de propiedad social, y se condiciona esta autorizaci\u00F3n, tanto a las limitaciones establecidas en el art\u00EDculo 4\u00B0, como a la que dispone el art\u00EDculo 6\u00BA, respecto de las empresas que suscriban determinado tipo de convenios con la Corporaci\u00F3n de Fomento de la Producci\u00F3n. \nPor los art\u00EDculos 8\u00BA y 9\u00BA se dispone la forma de determinar el monto de la indemnizaci\u00F3n, y en tal sentido se plantean diferentes posibilidades, dada la variedad de situaciones que existen en las distintas empresas del pa\u00EDs. Se se\u00F1alan, asimismo, las deducciones que deber\u00E1n efectuarse. \nEl art\u00EDculo 10 regula tal finalidad se autoriza la emisi\u00F3n de bonos reajustables de cuatro categor\u00EDa distintas, seg\u00FAn el plazo de amortizaci\u00F3n, los que podr\u00E1n liquidarse en un plazo menor, siempre que se destinen a ser invertidos en los rubros de las \u00E1reas de propiedad mixta o privada que la Corporaci\u00F3n de Fomento de la Producci\u00F3n determine. \nLa indemnizaci\u00F3n se pagar\u00E1 una parte al contado y el resto con los bonos, de acuerdo con la tabla que al efecto se establece. \nPor \u00FAltimo se dispone que no se podr\u00E1 constituir prenda sobre los bonos y s\u00F3lo podr\u00E1n entregarse en garant\u00EDa de la ejecuci\u00F3n de obras p\u00FAblicas en determinadas condiciones. \nEn el art\u00EDculo 11 se se\u00F1ala el Tribunal ante el cual se podr\u00E1 reclamar en relaci\u00F3n con la indemnizaci\u00F3n y la forma c\u00F3mo se sustanciar\u00E1n y fallar\u00E1n estas causas. \nEl art\u00EDculo 12 determina los organismos de participaci\u00F3n de los trabajadores. Es as\u00ED como se establecen diversas asambleas y comit\u00E9s y se contempla la representaci\u00F3n en el Consejo de Administraci\u00F3n, en cuanto se refiera a empresas de las \u00E1reas de propiedad social o mixta controladas por el Estado. \nAcerca de las \u00E1reas de propiedad privada y mixta con participaci\u00F3n minoritaria del Estado en la gesti\u00F3n, los trabajadores deber\u00E1n ser informados sobre distintos rubros expresamente determinados. \nEl art\u00EDculo 13 contiene normas sobre los derechos de los sectores laborales de las empresas nacionalizadas. \nPor el art\u00EDculo 14 se otorga un plazo al Presidente de la Rep\u00FAblica para dictar disposiciones complementarias respecto del \u00E1rea de propiedad social. \nEl art\u00EDculo 15 se\u00F1ala que en la Ley de Presupuestos de la Naci\u00F3n deber\u00E1n consultarse fondos para cubrir los gastos que se originan por aplicaci\u00F3n del art\u00EDculo 8\u00BA del proyecto. \nEl art\u00EDculo 1\u00B0 transitorio tiene por finalidad obviar la situaci\u00F3n que se podr\u00EDa producir en empresas incorporadas al \u00E1rea de propiedad social en las cuales reste alg\u00FAn particular que posea un peque\u00F1o n\u00FAmero de acciones, y que, por ese motivo, pudiera desvirtuar el car\u00E1cter de tal. \nEl art\u00EDculo 2\u00BA transitorio determina el r\u00E9gimen jur\u00EDdico y las normas aplicables a las empresas nacionalizadas mientras el Presidente de la Rep\u00FAblica no dicte las disposiciones complementarias a que se refiere el art\u00EDculo 14 del proyecto. \nEn conformidad con lo establecido en el art\u00EDcuo 153 del Reglamento Interior de la Corporaci\u00F3n, corresponde consignar expresamente: \nI) Los art\u00EDculos del proyecto que deban ser conocidos por la Comisi\u00F3n de Hacienda. \nCabe hacer notar que ninguno de los art\u00EDculos del proyecto se encuentra en esta situaci\u00F3n. \nII) Los art\u00EDculos que no hayan sido aprobados por unanimidad. \nLos art\u00EDculos 5\u00BA, 7\u00BA, 8\u00BA, 9\u00BA, 10 y 11, fueron aprobados por mayor\u00EDa de votos. \nIII) Las indicaciones rechazadas por la Comisi\u00F3n. \nLa Comisi\u00F3n rechaz\u00F3 la siguiente indicaci\u00F3n de los se\u00F1ores Godoy, Alamos y Riesco, para consultar un art\u00EDculo nuevo: \n \n\"Art\u00EDculo...- Las empresas del \u00E1rea de propiedad social, del \u00E1rea de propiedad mixta y del \u00E1rea de propiedad privada estar\u00E1n sometidas al mismo r\u00E9gimen tributario, y en ning\u00FAn caso el hecho de pertenecer una empresa a una \u00E1rea determinada ser\u00E1 causal de exenci\u00F3n tributaria para dicha empresa. \nToda legislaci\u00F3n vigente que se contraponga al principio de igualdad tributaria establecido en el inciso precedente queda de hecho derogada.\" \nPor ello la Comisi\u00F3n de Econom\u00EDa, Fomento y Reconstrucci\u00F3n acord\u00F3 recomendar a la Honorable C\u00E1mara la aprobaci\u00F3n de la iniciativa, concebida en los siguientes t\u00E9rminos: \n \nProyecto de ley: \n \nArt\u00EDculo 1\u00B0.- Por exigirlo el inter\u00E9s nacional y con el objeto de asegurar la funci\u00F3n social del dominio de los medios de producci\u00F3n y otros recursos econ\u00F3micos y financieros, existir\u00E1n tres \u00E1reas de propiedad : social, mixta y privada. \n \nArt\u00EDculo 2\u00BA.- Las empresas del \u00E1rea de propiedad social pertenecen a la sociedad en su conjunto y su \u00FAnico titular es el Estado o las personas administrativas que de \u00E9l dependan, quienes responden de su administraci\u00F3n dentro de un r\u00E9gimen de amplia participaci\u00F3n de los trabajadores. \nLas empresas del \u00E1rea de propiedad mixta pertenecen conjuntamente al Estado y a particulares, con un r\u00E9gimen de participaci\u00F3n de los trabajadores en caso de que el Estado tenga mayor\u00EDa en la administraci\u00F3n. \nLas dem\u00E1s empresas constituyen el \u00E1rea de propiedad privada, a la que el Estado garantiza condiciones adecuadas para el desarrollo de sus actividades. \n \nArt\u00EDculo 3\u00BA.- Formar\u00E1n parte del \u00E1rea de propiedad social empresas que operan en actividades de importancia preeminente para la vida econ\u00F3mica del pa\u00EDs, tales corno las que tengan significaci\u00F3n especial en el abastecimiento del mercado interno y en el comercio de exportaci\u00F3n e importaci\u00F3n y las que tengan incidencia importante en el cumplimiento de los planes econ\u00F3micos nacionales y en el desarrollo tecnol\u00F3gico cient\u00EDfico del pa\u00EDs. Comprender\u00E1, asimismo, aquellas empresas que por exigirlo la Defensa Nacional o Acuerdos Internacionales, se reservan al Estado. \n \nArt\u00EDculo 4\u00BA.- No podr\u00E1n incorporarse al \u00E1rea de propiedad social mediante los procedimientos de racionalizaci\u00F3n a que se refiere la presente ley, las empresas existentes al 31 de diciembre de 1969 y cuyo patrimonio (capital y reservas) haya sido inferior a 14 millones de escudos en esa misma fecha. \nNo podr\u00E1n incorporarse, igualmente, al \u00E1rea de propiedad social, las empresas que se pasan a indicar, a\u00FAn cuando su capital y reservas al 31 de diciembre de 1969, haya sido superior a catorce millones de escudos: Cooperativas, Empresas period\u00EDsticas y medios de difusi\u00F3n; Sociedades Inmobiliarias que no persigan fines de lucro; Empresas constructoras; Sociedades de Ahorro y Pr\u00E9stamo y Editoriales. \n \nArt\u00EDculo 5\u00BA.-Fac\u00FAtase al Presidente de la Rep\u00FAblica para que nacionalice el todo o parte de aquellas empresas o de sus acciones y bienes, a que se refiere el art\u00EDculo 3\u00BA, con la limitaci\u00F3n establecida en el art\u00EDculo 4\u00BA. \n \nArt\u00EDculo 6\u00BA.-No se aplicar\u00E1 la facultad a que se refiere el art\u00EDculo 5\u00BA a las empresas que suscriban convenios de inversi\u00F3n, producci\u00F3n o servicios con la Corporaci\u00F3n de Fomento de la Producci\u00F3n u otros organismos autorizados por el Presidente de la Rep\u00FAblica, mientras dure el plazo que dichos convenios se\u00F1alen y en tanto tales convenios se desarrollen de acuerdo a las condiciones pactadas. \n \nArt\u00EDculo 7\u00B0.- La toma de posesi\u00F3n material de los bienes nacionalizados podr\u00E1 efectuarse desde el momento mismo en que se dicte el decreto respectivo, el cual deber\u00E1 publicarse en el Diario Oficial. \n \nArt\u00EDculo 8\u00BA.- Los propietarios afectados por nacionalizaciones que se efect\u00FAen en conformidad con la presente ley, tendr\u00E1n como \u00FAnico derecho una indemnizaci\u00F3n que fijar\u00E1 el Presidente de la Rep\u00FAblica en el plazo de ciento veinte d\u00EDas, contado de la fecha de publicaci\u00F3n del decreto de nacionalizaci\u00F3n en el Diario Oficial, y que corresponder\u00E1 a uno de los siguientes valores, seg\u00FAn decida el Presidente: \n \nI.- El valor total de sus acciones, seg\u00FAn haya sido su cotizaci\u00F3n burs\u00E1til promedio en el a\u00F1o anterior a la fecha del decreto de nacionalizaci\u00F3n; \n \nII.- El valor de libros al 31 de diciembre del a\u00F1o anterior al de su nacionalizaci\u00F3n, deducida las revalorizaciones efectuadas por dichas empresas o sus antecesoras con posterioridad al 14 de febrero de 1964; o \n \nIII.- El promedio de los valores determinados conforme con los N\u00BAs. I y II que anteceden. \nPara determinar la indemnizaci\u00F3n, se descontar\u00E1 el valor de los bienes que el Estado no reciba sin sus derechos o servicios, ate aciones de reparaciones y repuestos. \nSe descontar\u00E1 igualmente la reserva necesaria para responder a las obligaciones por concepto de indemnizaci\u00F3n por a\u00F1os de servicios a los trabajadores, calculadas prudencialmente en relaci\u00F3n a los a\u00F1os de servicios de los trabajadores y a la posibilidad futura de pago de dichas indemnizaciones. \nLos terceros acreedores s\u00F3lo podr\u00E1n hacer valer sus derechos sobre el monto de la indemnizaci\u00F3n, en el caso de nacionalizaci\u00F3n de un establecimiento. \n \nArt\u00EDculo 9\u00BA.- En un plazo no mayor de noventa d\u00EDas, contado de la fecha de publicaci\u00F3n del decreto de nacionalizaci\u00F3n en el Diario Oficial, la Corporaci\u00F3n de Fomento de la Producci\u00F3n propondr\u00E1 al Presidente de la Rep\u00FAblica los descuentos a que se refiere el art\u00EDculo anterior, emitir\u00E1 un informe t\u00E9cnico sobre la situaci\u00F3n socioecon\u00F3mica de la empresa nacionalizada y, especialmente, sobre el cumplimiento de las leyes laborales y tributarias, el estado, financiero, el grado de eficiencia en la producci\u00F3n y el grado de organizaci\u00F3n. \n \nArt\u00EDculo 10.- La indemnizaci\u00F3n de la nacionalizaci\u00F3n se pagar\u00E1 con una parte al contado y el saldo mediante \"Bonos del \u00C1rea de Propiedad Social\", que se establecen en el presente art\u00EDculo. \nAutor\u00EDzase a la Corporaci\u00F3n de Fomento de la Producci\u00F3n para emitir bonos del Estado, que se denominar\u00E1n \"Bonos del \u00C1rea de Propiedad Social\", los cuales se aplicar\u00E1n al pago del saldo a plazo de las indemnizaciones por concepto de nacionalizaci\u00F3n. \nEstos Bonos ser\u00E1n nominativos, intransferibles, de las clases A, B, C y D, cuyas amortizaciones ser\u00E1n en cinco, diez, veinte y treinta cuotas anuales iguales, respectivamente. No se podr\u00E1 constituir prenda sobre ellos, ni darlos en garant\u00EDa de otro modo que el que m\u00E1s adelante se se\u00F1ala, y el mandato para el cobro de sus intereses y amortizaciones s\u00F3lo podr\u00E1 ser conferido a un bando nacional. Estos Bonos se expresar\u00E1n en moneda nacional. Cada Bono podr\u00E1 subdividirse en t\u00EDtulos separados que correspondan a las cuotas o partes de cada cuota del mismo. \nNo obstante, estos bonos podr\u00E1n ser liquidados en plazos inferiores si son invertidos en el \u00E1rea de propiedad mixta o en el \u00E1rea de propiedad privada en los rubros que determine y las empresas que acuerde la Corporaci\u00F3n de Fomento de la Producci\u00F3n. \nEl valor de cada cuota anual se reajustar\u00E1 en proporci\u00F3n a la variaci\u00F3n que haya experimentado el \u00EDndice de precios al consumidor, fijado por el Instituto Nacional de Estad\u00EDsticas, entre el mes calendario anterior a la emisi\u00F3n de los bonos y el mes calendario anterior a aquel en que venza la respectiva cuota, proporci\u00F3n que ser\u00E1 del 100% para los Bonos A y B y de 70% para los Bonos C y D. Cada cuota de amortizaci\u00F3n devengar\u00E1 un inter\u00E9s del 3% anual, que se calcular\u00E1 sobre el monto de cada cuota. Los intereses se pagar\u00E1n conjuntamente con la cuota de amortizaci\u00F3n anual. \nLos t\u00E9rminos de pago de la indemnizaci\u00F3n se ajustar\u00E1n a la participaci\u00F3n proporcional que los afectados tengan en la propiedad de las empresas nacionalizadas, seg\u00FAn las reglas siguientes: \na) Hasta un sueldo vital anual escala A) del departamento de Santiago, al contado; \nb) De la suma anterior hasta veinte sueldos vitales anuales escala A) del departamento de Santiago, en Bonos A; \nc) De la suma m\u00E1xima anterior hasta cien sueldos vitales anuales escala A) del departamento de Santiago, en Bonos B; \nd) De la suma m\u00E1xima anterior hasta doscientos sueldos vitales escala A) del departamento de Santiago, en Bonos C; y \ne) El resto en Bonos D. \nEl Presidente de la Rep\u00FAblica podr\u00E1 acordar condiciones de pago distintas m\u00E1s favorables en casos calificados que se refieran a ancianos o personas inv\u00E1lidas. \nLa Caja Aut\u00F3noma de Amortizaci\u00F3n de la Deuda P\u00FAblica efectuar\u00E1 los pagos y liquidaciones que correspondan en conformidad a los incisos anteriores, y llevar\u00E1 un registro especial en que se anotar\u00E1n todos los Bonos que se hayan emitido, con indicaci\u00F3n de su n\u00FAmero, clase, serie, valor y nombre de la persona a quien pertenecen. \nLos Bonos podr\u00E1n ser entregados en garant\u00EDa de la ejecuci\u00F3n de obras p\u00FAblicas hasta la concurrencia del valor de las cuotas de los mismos que deban amortizarse dentro del plazo del contrato cuya ejecuci\u00F3n se garant\u00EDa. \nLas cuotas de amortizaci\u00F3n vencidas de los Bonos del \u00E1rea de propiedad social deber\u00E1n ser recibidas por su valor reajustado, en los t\u00E9rminos de este art\u00EDculo, por la Tesorer\u00EDa General de la Rep\u00FAblica, en pago de cualquier impuesto, tributo, derecho, gravamen o servicio. \n \nArt\u00EDculo 11.- Dentro del plazo de quince d\u00EDas, contado desde la publicaci\u00F3n en el Diario Oficial del Decreto Supremo que determine el monto y la forma de pago de la indemnizaci\u00F3n, los afectados podr\u00E1n reclamar ante un tribunal compuesto por un Ministro de la Corte Suprema, un Ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, ambos designados por las respectivas Cortes, por el Superintendente de Bancos, por el Superintendente de Sociedades An\u00F3nimas y por el Director de Impuestos Internos. Actuar\u00E1 como Secretario el Secretario de la Corte de Apelaciones de Santiago. \nLas reclamaciones ante este tribunal se tramitar\u00E1n conforme con las normas de procedimiento sumario. Apreciar\u00E1 la prueba en conciencia y fallar\u00E1 conforme a derecho, en \u00FAnica instancia y sin ulterior recurso. No proceder\u00E1 el recurso de queja; en consecuencia, por la v\u00EDa de la jurisdicci\u00F3n disciplinaria no podr\u00E1n ser enmendadas las sentencias de este tribunal. \nEste mismo tribunal conocer\u00E1 tambi\u00E9n de cualquiera controversia que se suscite con motivo de las nacionalizaciones a que se refiere esta ley, el que sustanciar\u00E1 el proceso de acuerdo con las normas del presente art\u00EDculo. \n \nArt\u00EDculo 12.- Los trabajadores se incorporar\u00E1n a la gesti\u00F3n de las empresas de las \u00E1reas de propiedad social y mixta controladas por el Estado. \nLos organismos de participaci\u00F3n en estas empresas son: \n1.- La Asamblea de trabajadores de la empresa; \n2.- Las Asambleas de Secci\u00F3n, taller, departamento u otra unidad de la empresa; \n3.- Los Comit\u00E9s de Producci\u00F3n de cada secci\u00F3n, taller, departamento u otros, que tendr\u00E1n como funci\u00F3n asesorar al Jefe respectivo; \n4.- El Comit\u00E9 Coordinador de trabajadores de la empresa, con participaci\u00F3n de los sindicatos y representantes de los trabajadores en los Comit\u00E9s de Producci\u00F3n y en el Consejo de Administraci\u00F3n; \n5.- El Consejo de Administraci\u00F3n, que es el \u00FAnico organismo de participaci\u00F3n con poder para adoptar resoluciones de car\u00E1cter obligatorio para todos los trabajadores de la empresa relativas a su funcionamiento. \nEl Consejo de Administraci\u00F3n determina la pol\u00EDtica de la empresa de acuerdo a las normas e indicaciones de la planificaci\u00F3n nacional. La participaci\u00F3n de los trabajadores en este Consejo ser\u00E1 determinada por elecci\u00F3n directa, secreta, unipersonal y proporcional, con representaci\u00F3n de los trabajadores de producci\u00F3n, administrativos y t\u00E9cnicos. \nLa forma concreta de participaci\u00F3n de cada empresa debe ser determinada por la administraci\u00F3n en conjunto con los sindicatos, en un comit\u00E9 paritario que funcionar\u00E1 al efecto. \nEn las empresas del \u00E1rea de propiedad privada y en las del \u00E1rea de propiedad mixta con participaci\u00F3n minoritaria del Estado en la gesti\u00F3n, los sindicatos deber\u00E1n ser informados especialmente de los balances y de la pol\u00EDtica de la empresa sobre organizaci\u00F3n del trabajo, empleo, inversiones y formaci\u00F3n profesional, y de los convenios que suscriban. \n \nArt\u00EDculo 13.- Los trabajadores de la empresa que pasen a constituir el \u00E1rea de propiedad social, adem\u00E1s de los nuevos derechos que adquieran, conservar\u00E1n los derechos y beneficios econ\u00F3micos, sociales, sindicales previsionales y dem\u00E1s que disfruten a la fecha de la nacionalizaci\u00F3n, sea que \u00E9stos se hayan establecido por aplicaci\u00F3n de disposiciones legales, actas de avenimiento, contratos colectivos o fallos arbitrales. \nEl Estado o las empresas que se formen deber\u00E1n hacerse cargo de las deudas y obligaciones que emanen de los contratos de trabajo vigentes a la fecha de traspaso de la empresa al \u00E1rea de propiedad social. El monto de estas obligaciones ser\u00E1 deducido de la indemnizaci\u00F3n. \n \nArt\u00EDculo 14.- Fac\u00FAltase al Presidente de la Rep\u00FAblica para que dentro del plazo de 180 d\u00EDas, contado desde la vigencia de la presente ley, dicte las normas relativas a la organizaci\u00F3n, forma de funcionamiento y estatuto jur\u00EDdico de las empresas del \u00E1rea de propiedad social. \n \nArt\u00EDculo 15.- La ley de Presupuestos deber\u00E1 contemplar anualmente los recursos necesarios para cumplir con los pagos que procedan en virtud de la presente ley, tales como indemnizaci\u00F3n por a\u00F1os de servicios y dem\u00E1s, previstos en el art\u00EDculo 8\u00BA de la presente ley. \n \nArt\u00EDculos transitorios \n \nArt\u00EDculo 1\u00BA.- No obstante lo dispuesto en el art\u00EDculo 2\u00BA de la presente ley, el Presidente de la Rep\u00FAblica podr\u00E1 autorizar transitoriamente que en las empresas que forman parte del \u00E1rea de propiedad social, se admita la participaci\u00F3n de aportes de capital privado, en una limitada proporci\u00F3n, que en cada caso fijar\u00E1 el Presidente, y que s\u00F3lo dar\u00E1 derecho a la renta que provenga de la inversi\u00F3n. \n \nArt\u00EDculo 2\u00B0.- Las empresas nacionalizadas pasan al dominio del Estado adoptando el r\u00E9gimen jur\u00EDdico de empresas filiales de la Corporaci\u00F3n de Fomento de la Producci\u00F3n y rigi\u00E9ndose por las normas sobre sociedades an\u00F3nimas en todo aquello que no fuera contrario a dicho r\u00E9gimen jur\u00EDdico, en tanto se ejerza la facultad a que se refiere el art\u00EDculo 14.\" \nSala de \u00A1te Comisi\u00F3n, a 3 de noviembre de 1971. \nAcordado en sesiones de fecha 26 y 27 de octubre \u00FAltimo y 2 del mes en curso, con asistencia de los se\u00F1ores Guastavino \n(Presidente), Alamos, Arnello, Buzeta, Cadem\u00E1rtori, Frei, Fr\u00EDas, Fuentealba, don Clemente, Godoy, Gonz\u00E1lez, Guerra, Huepe, Lorenzini, Monares, Naudon, P\u00E1ez y Riesco. Se design\u00F3 diputado informante al se\u00F1or Buzeta. \n \n(Fdo.): Manuel Rengifo Eckart, Secretario de la Comisi\u00F3n.\" \n \n \nN\u00F3mina de Sociedades An\u00F3nimas cuyo capital m\u00E1s reservas corresponde a los montos desde 14 millones de escudos hasta 20 millones de escudos, cerrado en 1969 (junio a diciembre) \n(Cifras en miles de escudos) \nCapital m\u00E1s Reservas y Utilidades \nN O M B R E \nAgencia Graham\t \nLevaduras y Fermentos\t \nEmpresa Const. Abalos Gonz\u00E1lez\t \nLanera Austral\t \nSociedad Pesquera GuanaveNaviera Interoceangas\t \nConfecciones Oxford\t \nAgr\u00EDcola y Comercial O'Higgins\t \nCaja Reaseguradora de Chile , . .\t \nCompa\u00F1\u00EDa de Distribuci\u00F3n y Comercio . . . \nRentas Varias SantiagoIndustria Chilena Soldadura Indura ... . Dist. e Ind. Automotora del Pac\u00EDfico ... \nCompa\u00F1\u00EDa Frutera Sudamericana\t \nDos Alamos\t \nFca. de Materiales El\u00E9ctricos ElectromatCompa\u00F1\u00EDa Industrial Metal\u00FArgica\t \nVi\u00F1a Santa Catalina y Algarrobal \t \nFIAT Arica\t!\t . \nIndustrias Atlantis\t. . \nSedil\u00E1n \t \nBeltr\u00E1n Ilharreborde Cuero y Calzado ... . \nInstituto de Diagn\u00F3stico\t \nCompa\u00F1\u00EDa Nacional de Rentas\t \nN\u00FAmero Accionistas \n% Capital de 10\t% Capital de \nmayores accio\taccionistas ex \nUtilidades \nnistas sobre\ttranj. s/capi \ncapital pagado\ttal pagado \n19.902\t127\t90,9 \n2.047\t \n19.709\t543\t46,8 \n970\t \n19.774\t19\t99,9 \n5.252\t \n19.725\t6\t100,00\t37,4\t921\t \n19.708\t88\t74,2 \n \n19.589\t5\t100,0\t25,0\t3.233\t \n19.354\t80\t79,5 \n1.226\t \n19.263\t64\t98,8\t66,9\t448\t \n18.961\t176\t32,8\t_ \t3.616\t \n18.784\t59\t97,8 \n660\t \n18.758\t2\t100,0\t \t294\t \n18.751\t145\t81,2\t25,8\t1.724\t \n18.541\t6\t100,0 \n1.952\t \n18.436\t276\t66,4\t8,3\t459\t \n18.372\t15\t79,8 \n1.289\t \n18.352\t243\t86,7\t73,3\t41\t \n18.319\t25\t99,6 \n1.913\t \n18.182\t3\t100,0 \n1.339\t \n18.133\t3\t100,0\t99,0\t923\t \n18.035\t7\t100,0\t99,9\t4.194\t \n17.891\t5.537\t50,7 \n136\t \n17.716\t24\t99,8\t \t1.303\t \n17.704\t3.860 \n \n \n17.637\t112\t99,0 \n1.681\t \nCapital m\u00E1s \nNOMBRE\tReservas y \nUtilidades \nN\u00FAmero Accionistas \n% Capital de 10 mayores accionistas sobre capital pagado \n% Capital de accionistas ex \ntranj. s/capital pagado \nUtilidades \nConstructora Viviendas Econ\u00F3micas Imperio\t17.596 \nSociedad de Lino \n17.756 \nManufacturas Juan Dagorret \n17.560 \nCompa\u00F1\u00EDa Agr\u00EDcola Forestal Copihue \n17.365 \nCompa\u00F1\u00EDa Chilena Representaciones AGA ....\t17.213 \nMex y Compa\u00F1\u00EDa \n17.034 \nEmpresa Constructora Neut Latour \n17.031 \nLaboratorios Garc\u00EDa \n16.955 \nCompa\u00F1\u00EDa Minera Cerro Negro \n16.900 \nFca. de Pernos y Tornillos American Screw\t16.891F\u00E1brica Nacional de Aceite \n16.848 \nViviendas Econ\u00F3micas Urbi\u00F3n \n16.662 \nCompa\u00F1\u00EDa Chilena de Tejidos Chiteco ... , .\t16.654 \nCompa\u00F1\u00EDa de Gas Concepci\u00F3n \n16.544 \nIndustrias Citroen Chilenas \n16.516 \nSociedad de Renta Edificio Carrera \n16.494 \nC\u00EDa. Arrocera e Ind. Miraflores \n16.435 \nSociedad Ind. de Calzado Soinca \n16.400 \nManufacturas Yarza \n16.331 \nC\u00EDa. Agr\u00EDcola y Ganadera Rucamanqui \n16.247 \nSociedad Industrial de Los Andes \n16.236 \nCintac Tubos de Acero \n16.202 \nSastrer\u00EDa Pe\u00F1alba \n16.128 \nRefractarios Lota Green \n15.908 \nMuelles y Bosques \n15.862 \nITT Comunicaciones Mundiales \n15.825 \nKegan \n15.781 \nBezanilla y Salinas \n15.767 \nCompa\u00F1\u00EDa de Tejidos El Salvador \n15.733 \n2\t100,0 \n2.024\t \n366\t77,5\t55,9\t1.312\t \n48\t95,6 \n1.808\t \n988\t81,2\t56,0\t123\t \n7\t100,0\t100,0\t2.249\t \n36\t84,4 \n1.982\t \n4\t100,0 \n5.930\t \n, 4\t100,0 \n105\t \n77\t97,2 \n1.749\t \n3\t100,0\t50,7\t2.834\t \n456\t58,2\t9,0\t1.216\t \n5\t100,0 \n16.412\t \n439\t64,4\t14,0\t481\t \n1.781\t'57,1\t \t1.206\t \n2\t100,0\t100,0\t1.978\t \n91\t97,3\t87,3\t3.230\t \n77\t87,5 \n905\t \n8\t100,0 \n1.912\t \n72\t98,0 \n1.641\t \n2\t100,0 \n448\t \n99\t58,8 \n1.005\t \n44\t64,0\t18,2\t1.703\t \n4\t100,0 \n2.227\t \n941\t77,9\t31,5\t774\t \n2\t100,0 \n1.738\t \n13\t100,0\t80,6\t625\t \n7\t100,0\t \t4.746\t \n9\t100,0\t \t1.613\t \n232\t67,5 \n409\t \nCapita] m\u00E1s \nNOMBRE\tReservas y \nUtilidades \nConfecciones Cycsa \n15.661 \nCompa\u00F1\u00EDa Industrial El Volc\u00E1n \n15.624 \nSociedad Prod. de Leche Soprole \n15.492 \nFamasol Fca. de Artefactos y Maquinarias . .\t15.165 \nCompa\u00F1\u00EDa Naviera Arauco \n15.316 \nLitograf\u00EDa Marinetti \n14.975 \nC\u00EDa. Sudamericana Explotadora de Minas . .\t14.961 \nCompa\u00F1\u00EDa Minera Panulcillo \n14.814 \nMaderas y Sint\u00E9ticos Masisa \n14.798 \nKupfer Hnos \n14.740 \nDistribuidora Nacional \n14.514 \nF\u00E1brica de L\u00E1pices \n14.472 \nCoresa \n14.439 \nIndustria Textil Arag\u00F3n \n14.362 \nAluminios y Enlozados Fantuzzi \n14.306 \nRCA Electr\u00F3nica \n14.314 \nCocaCola Export Corporation \n14.276 \nLavander\u00EDa y Limpiados Le Grand Chic . . .\t14.223 \n% Capital de 10 % Capital de \nN\u00FAmero\tmayores accio\taccionistas ex \nUtilidades \nAccionistas\tnistas sobre\ttranj. s/capi \ncapital pagado\ttal pagado \n33\t74,4 \n1.686\t \n384\t55,8\t0,4\t1.390\t \n9.385\t60,7 \n1.441\t \n4\t100,0 \n813\t \n1.358\t62,8 \n\u2022 487\t \n13\t99,8 \n392\t \n6\t100,0\t100,0\t4.631\t \n2\t100,0 \n4.524\t \n3.464\t61,0\t7,1\t2.091\t \n31\t69,1 \n1.604\t \n4\t100,0 \n1.111\t \n6\t100,0 \n769\t \n5\t100,0\t8,8\t779\t \n'8\t100,0 \n1.189\t \n5\t100,0 \n1.356\t \n2\t100,0\t66,6 \n \nAgencia \n\t1.614\t \n22\t98,7 \n1.645\t \n\"Esta N\u00F3mina corresponde a 64 S. A.\".\tDEPTO. ACTUARIAL Y ESTADISTICC \nN\u00F3mina de Sociedades An\u00F3nimas cuyo capital m\u00E1s reservas es superior a 20 millones de escudos al Ejercicio cerrado en \n1969 (junio a diciembre) \n(Cifras en miles de escudos) \nCapital m\u00E1s \nNOMBRE \n\tReservas y \nUtilidades \nN\u00FAmero Accionistas \n% Capital de 10 mayores accionistas sobre capital pagado \n% Capital de \naccionistas ex \ntranj. s/capi \ntal pagado \nUtilidades \nEmpresa Nacional de Electricidad \n3.989.927 \nSociedad Minera El Teniente S. A \n2.950.347 \nChile Exploration Company . . . \n2.784.607 \nCompa\u00F1\u00EDa Cobre Chuquicamata\" S. Ai ......\t2.743.781 \nCompa\u00F1\u00EDa Tel\u00E9fonos de Chile \n1.268.518 \nEmpresa Nacional de Petr\u00F3leo \n1.233.241 \nCompa\u00F1\u00EDa Chilena de Electricidad Limitada\t917.745 \u2022 \nCompa\u00F1\u00EDa de Acero del Pac\u00EDfico \n864.537 \nSoc. Const. Establecimientos Educacionales\t740.692 \nAndes Copper Mining Company \n674.023 \nCompa\u00F1\u00EDa de Cobre Salvador S. A. \n663.705 \nCompa\u00F1\u00EDa Manuf. Papeles y Cartones \n508.373 \nIndustria Azucarera Nacional S. A. .\u2022 \n366.536 \nEmpresas Industriales El Mel\u00F3n ... ., \n335.412 \nManufacturas Sumar S. A \n327.252 \nEmpresa Nac. Telecomunicaciones \n322.351 \nCompa\u00F1\u00EDa Sudamericana Vapores \n299.279 \nBethlehem Chile Irom Mines Co \n278.084 \nSoc. Const. Establec. Hospitalarios \n272.638 \nCompa\u00F1\u00EDa Gral. Elcct. Industrial \n264.851 \nCompa\u00F1\u00EDa Cervecer\u00EDas Unidas \n224.661 \nCarbon\u00EDfera Lota Schwager \n213.872 \nSociedad Qu\u00EDmica y Minera de Chile \n208.728 \nC\u00EDa. Chilena Prod. Alimenticios (Chiprod) .\t198.032 \n33\t99,9 \n31.236\t \n2\t100,0\t49,0\t1.407.627\t \nAgencia \n\t .\t \n2\t100,0\t49,0 \n \n1.846\t93,9\t89,2 \t68.036 234.349\t \n2.389\t91,8\t75,5\t33.273\t \n11.336\t73,5\t11,5\t110,422\t \n1.619\t97,7 \n35.595\t \nAgencia \n\t170.186\t \n2\t100,0\t49,0 \n \n15.503\t25,9 \n31.548\t \n9.314\t97,5 \n \n11.015\t16,3\t1,4\t27.330\t \n113\t98,9\t9,6\t11.714\t \n100\t99,9\t \t2.839\t \n6.243\t32,2\t0,9\t20.845\t \nAgencia \n\t33.842\t \n102\t99,3 \n697\t \n6.310\t14,4\t0,3\t10.835\t \n6.476\t30,7\t4,7\t10.332\t \n1.690\t63,7 \n273\t \n2\t100,0\t77,3 \n \n143\t99,2\t79,5\t4.714\t \nCapital mas \nNOMBRE\tReservas y \nUtilidades \n% Capital de accionistas ex \ntranj. s/capital pagado \n% Capital de 10 mayores accionistas sobre capital pagado \n% Capital de 10\t% Capital de \nN\u00FAmero \n mayores accio\taccionistas ex \nUtilidades \nAccionistas \nnistas sobre\ttranj. s/capi \n Utilidades \ncapital pagado\ttal pagado \nCompa\u00F1\u00EDa Petr\u00F3leos de Chile \n197.405 \nGanadera Tierra del Fuego \n196.374 \nIndustria Nacional de Neum\u00E1ticos \n188.961 \nEmpresa Minera Mantos Blancos \n187.900 \nCompa\u00F1\u00EDa Minera Disputada Las Condes . . .\t177.900 \nAlgodones Hirmas ... \n162.479 \nCemento Cerro Blanco Polpaico \n159.030 \nCompa\u00F1\u00EDa Chilena de Tabacos \n157.343 \nCompa\u00F1\u00EDa Minera Ex\u00F3tica \n149.400 \nEsso Standard Oil Co \n144.467 \nCompa\u00F1\u00EDa Industrial\t\u2022\t144.028 \nIndus Lever\t, \n142.298 \nManufacturas de Cobre Madeco \n137.521 \nCompa\u00F1\u00EDa Refiner\u00EDa Az\u00FAcar CRAV \n133.547 \nS. A. Yarur \n123.318 \nCompa\u00F1\u00EDa Consumidores Gas Santiago \n108.864 \nHotelera Nacional HONSA \t \n107.521 \nEmpresa El Mercurio \n106.294 \nManufacturera Metales Mademsa \n105.880 \nIndustria Celulosa Arauco \n102.483 \nPhillips Chilena \n96.997 \nSociedad de Renta Urbana \n96.083 \nShell Chile \n93.718 \nSociedad Industrial Pizarre\u00F1o \n92.607 \nIndustrias Forestales \n88.589 \nEmpresa Pesquera Tarapac\u00E1 \n85.603 \nF\u00E1brica Enlozados Fensa \n85.285 \nCompa\u00F1\u00EDa Industria y Com. Pac\u00EDfico Sur ....\t82.646 \nCompa\u00F1\u00EDa Industria Chilena CIC \n82.177 \n15.730\t18,3\t1,3\t10.424\t \n6.500\t4,2\t10,2\t1.101\t \n1.721\t67,2\t53,3\t13.998\t \n7\t100,0\t12,1\t275.085\t \n432\t91,1\t73,6\t29.805\t \n18\t99,9\t \t9.438\t \n787\t87,1\t71,1\t1.413\t \n2.360\t53,9\t58,5\t5.837\t \n2\t100,0\t75,0\t \t \n2\t100,0\t100,0\t20.124\t \n4.484\t45,3\t0,7\t13.461\t \n6\t100,0\t25,2\t23.294\t \n4.244\t45,9\t36,9\t6.777\t \n4.162\t34,5\t5,2\t14.632\t \n2.265\t58,4\t42,5\t3.989\t \n21.660\t18,9\t0,7\t6.284\t \n27\t99,9 \n \n4\t100,0 \n5.719\t \n1.500\t56,2\t4,5\t7.364\t \n3\t100,0\t \n \n5\t100,0\t99,9\t9.903\t \n2.259\t43,6 \n4.436\t \n6\t100,0\t100,0\t13.925\t \n1.760\t54,7\t45,4\t10.548\t \n44.869\t1,6\t \n \n539\t99,3\t \n \n3.299\t37,3\t5,1\t13.730\t \n7.730\t69,0 \n12.208\t \n2.453\t46,8\t 2,8\t6.875\t \nCapital m\u00E1s \nNOMBRE\tReservas y \nUtilidades \nN\u00FAmero Accionistas \n% Capital de 10 mayores accionistas sobre capital pagado \n% Capital de \naccionistas ex \ntranj. s/capi \ntal pagado \nUtilidades \nManufacturera Caucho, Tej idos y Cueros ...\t80.657 \nTejidos Caupolic\u00E1n \n79.677 \nCristaler\u00EDa Chile \n78.010 \nIBM de Chile\t \n77.961 \nEmpresa Pesquera EPER A \n70.482 \nFideos y Alimentos Caroz zi . . . . \n66.157 \nCompa\u00F1\u00EDa Minera Andina \n 63.766 \nPetroqu\u00EDmica Dow \n63.469 \nGrace y Compa\u00F1\u00EDa\t, \n 62.749 \nBata S. A \n\t' 61827 \nS. A. de Navegaci\u00F3n Pet rolera \n 60.120 \nPetroqu\u00EDmica Chilena . . \n 59.970 \nCompa\u00F1\u00EDa Constructora Utah \n 59.793 \nAceros Andes\t \n 58.146 \nSociedad Agr\u00EDcola \u00D1ub le y Rupanco \n 57.348 \nRayon Said Industria Qu\u00EDmica \n54.046 \nIndustria Chilena Ala bres INCHALAM ....\t 53.105 \nSoc. Industrial Electr\u00F3nica Nacional Sindel\u00E9n 51.859 \nIndustrias COIA S. A \n 51.123 \nF\u00E1brica de Pa\u00F1os Bellavista Tom\u00E9 \n 51.051 \nCarburo y Metalurgia \n 49.585 \nCompa\u00F1\u00EDa Desarrolla Comercial \n 49.452 \nCompa\u00F1\u00EDa Nacional de Fuerza El\u00E9ctrica ....\t49.355 \nF\u00E1brica Nacional de Loza de Penco \n 48.939 \nCompa\u00F1\u00EDa Minera y Com. Sal\u00ED Hochschild ...\t 48.919 \nCompa\u00F1\u00EDa Chilena de Nav. Interoce\u00E1nica ....\t48.569 \nTextil Progreso \n48.236 \nTextil Vi\u00F1a S. A. ... .. ....,,...'...,,.,. .\t 47.904 \n9\t100,0\t100,0\t7.833\t \n1.729\t75,2\t0,3\t96\t \n1.497\t57,5\t37,1\t5.678\t \n2\t100,0\t100,0\t12.800\t \n1.247\t65,4\t18,4\t11.862\t \n1.822\t49,4\t14,2\t9.111\t \n2\t100,0\t70,0 \n \n; 4\t100,0\t60,0\t \t \n6\t100,0\t68,9\t3,891\t \n6\t100,0\t100,0\t6.689\t \n4\t100,0 \n5.355\t \n \n 2\t100,0 \n \n2\t100,0 \n3.726\t \n328\t60,3 \n2.201\t \n32\t76,9\t16,6\t2.937\t \n6\t100,0\t58,3\t5.072\t \n1.020\t76,5\t97,2\t4.682\t \n610\t74,3\t11,5\t1.784\t \n57\t73,0\t38,3\t3.983\t \n722\t78,6\t5,2\t1.226\t \n44\t99,7 \n1.463\t \n2.676\t26,1\t5,4\t1.071\t \n8\t100,0 \n15.650\t \n1.153\t58,6\t7,4 \n \n620\t75,1\t17,6\t4.239\t \n503\t70,3\t20,2\t3.718\t \n% Capital de 10 mayores accionistas sobre capital pagado \n% Capital de accionistas extranj. s/capital pagado \nCapital m\u00E1s \nNOMBRE\tReservas y \nUtilidades \nSociedad Agr\u00EDcola La Rosa SOFRUCO . \t47.731 \nBurger \n46.920 \nComandan Hilados y Pa\u00F1os Lana \n46.627 \nEmpresa Editora ZigZag \n46.582 \nSociedad Pesquera Coloso \n45.938 \nPa\u00F1os Oveja Tom\u00E9 . . \u2022 \n45.612 \nVidrios Cristales Lirqu\u00E9n \n45.506 \nSociedad Austral de Electricidad \n45.298 \nEmbotelladora Andina ... \n44.887 \nCobre Cerrillos \n42.933 \nInmuebles y Bosques \n42.754 \nSociedad An\u00F3nima Industrial Falabella\t 42.007 \nForestal S. A \n41.510 \nCompa\u00F1\u00EDa Minera Santa B\u00E1rbara \n40.302 \nCompa\u00F1\u00EDa Electro Metal\u00FArgica \n40.230 \nIndustria Ambrosoli \n40.166 \nCemento B\u00EDoB\u00EDo \n39.462 \nPlastic Chilena Shyf \n39.115 \nLaboratorio Chile \n38.784 \nAbastecedora de Combustibles \n38.392 \nGildemeister \n37.758 \nHucke Hnos \n37.582 \nIndustrias Textiles Pollak Hnos \n37.174 \nMaderas Prensadas Cholgu\u00E1n \n36.457 \nSociedad Agr\u00EDcola y Forestal Colcura \n35.988 \nVi\u00F1a Concha y Toro \n35.789 \nLechera del Sur \n35.271 \nCajas Registradoras National \n35.232 \nF\u00E1brica de Hilados y Pa\u00F1os de Lana \n35.134 \nLaja Crown S. A. Papeles Especiales \n35.092 \n% Capital de 10\t% Capital de \nN\u00FAmero\tmayores accio\taccionistas ex \nUtilidades \nAccionistas\tnistas sobre\ttranj. s/capi\tUtilidades \ncapital pagado\ttal pagado \n693\t58,7 \n2.682\t \n4\t100,0 \n4.222\t \n6\t100,0 \n3.294\t \n242\t95,0 \n2.111\t \n6\t100,0 \n \n2.524\t66,1\t0,7\t3.011\t \n1.994\t66,6\t26,5\t2.309\t \n310\t41,8 \n919\t \n263\t70,7\t60,7\t2.165\t \n197\t93,6\t76,4\t5.095\t \n15\t99,9 \n330\t \n22\t99,4 \n4.834\t \n3\t100,0 \n3.336\t \n41\t98,8\t37,8\t2.795\t \n1.219\t39,4\t2,7\t7.548\t \n15\t100,0\t76,6\t3.433\t \n3.190\t55,2\t49,9\t7.568\t \n52\t68,9 \n1.290\t \n16\t100,00 \n575\t \n105\t95,8\t0,3\t1.163\t \n34\t99,5\t37,8\t2.029\t \n1.050\t75,6\t0,5\t2.395\t \n20\t99,8 \n2.938\t \n12.315\t28,2\t0,5\t3.812\t \n1.854\t67,2\t \t215\t \n880\t37,3\t11,6\t3.009\t \n1.648\t39,5 \n2.619\t \n5\t100,0\t100,0\t6.097\t \n37\t99,6 \n820\t \n2\t100,0\t50,0\t8.534\t \nCapital m\u00E1s \nNOMBRE\tReservas y \nUtilidades \nN\u00FAmero Accionistas \n% Capital de 10 mayores accionistas sobre capital pagado \n% Capital de \naccionistas ex \ntranj. s/capi \ntal pagado \nUtilidades \nElaboraci\u00F3n de Productos Qu\u00EDmicos Sintex . .\t35.044 \nMolinos y Fideos Lucchetti \n34.911 \nEditorial Lord Cochrane \n34.396 \nIndustrias Qu\u00EDmicas Du Pont \n33.789 \nConsorcio Nieto Hnos \n33.137 \nJYE Atkinson\t . . ...\t33.081 \nPesquera Indo \n31.907 \nCompa\u00F1\u00EDa Minera Carolina de Michilla \n31.872 \nCompa\u00F1\u00EDa de Gas de Valpara\u00EDso \n31.795 \nMauricio Hochschild \n31.291 \nCompa\u00F1\u00EDa Chilena de F\u00F3sforos \n31.259 \nVi\u00F1a Santa Carolina \n30.800 \nPa\u00F1os FIAP Tom\u00E9 \n30.666 \nF\u00E1brica de Pa\u00F1os Continental \n29.971 \nSociedad Ganadera de Laguna Blanca \n29.831 \nC\u00EDa. de Seguros \"La Chilena Consolidada\" . .\t29.739 \nMarco Chilena \n29.582 \nCompa\u00F1\u00EDa de Inv. La Chilena Consolidada ...\t29.489 \nEmpresa Nacional de Construcciones ... . . .\t29.417 \nCompa\u00F1\u00EDa Minera de Tocopilla \n29.309 \nTejidos Caffarena \n29.182 \nFarmoqu\u00EDmica del Pac\u00EDfico \n29.134 \nImportadora Sur \n28.999 \nImportadora y Exportadora Davisco \n28.876 \nTextiles Banvarte \n28.202 \nCompa\u00F1\u00EDa Productora Nacional Aceites . ...\t28.787 \nViviendas Econ\u00F3micas Cervantes \n28.724 \nLeria Quemada Laya \n27.939 \nEstablecimientos Nobis \n27.800 \nF\u00E1brica de Chocolates y Confites Costa \n27.703 \n919\t61,9\t0,4\t3.207\t \n9\t100,0 \n4.743\t \n2\t100,0\t100,0\t3.117\t \n7.500\t37,1 \n1.518\t \n5\t100,0\t100,0\t5.126\t \n8\t100,0 \n4.276\t \n61\t95,5\t0,5 \n \n881\t71,9\t2,7\t527\t \n12\t100,0\t51,6\t527\t \n991\t65,9\t35,8\t2.957\t \n41\t73,9 \n595\t \n900\t56,5\t1,3\t1.211\t \n20\t99,4 \n2.671\t \n888\t34,5\t10,0\t649\t \n734\t61,5 \n2.440\t \n35\t93,0\t53,6 \n \n436\t88,1 \n1.480\t \n14\t98,2 \n3.750\t \n103\t91,9\t56,7\t17.454\t \n38\t77,7 \n2.786\t \n965\t52,4\t14,3\t2.440\t \n25\t99,1 \n5.935\t \n9\t100,0 \n2.734\t \n6\t100,0 \n \n44\t98,9 \n2.512\t \n1.803\t13,2 \n3.269\t \n14\t76,0 \n4.829\t \n79\t70,0 \n1.459\t \n152\t74,4 \n3.427\t \n% Capital de \naccionistas ex \ntranj. s/capi \ntal pagado \nCapital m\u00E1s Reservas y Utilidades \nN O M B R E \nSegundo G\u00F3mez S. A\t \narmco Chile \n \nSociedad El TattersallCompa\u00F1\u00EDa Industrial Hilos Cadena\t \nProductos Alimenticios SavoryIndustr\u00EDa Metal\u00FArgica TrotterCompa\u00F1\u00EDa Sudamericana de FosfatosCompa\u00F1ia Productos de Acero CompacDuncan Fox \n \nIndustrias \n \nSociedad Ganadera de Ais\u00E9nPesquera IquiqueTransradio Chilena \n \nManufacturas Chilenas de CauchoSociedad Industrial Americana Maq. Di Telia \nAutomotores San Crist\u00F3bal\t \t \nE ectro Mec\u00E1nica Famela SomelaSaavedra Benard \n \nSoc. \t Agr\u00EDcolas e Industriales .. \nPromotora Industrial Andina\t \nConstructora LonghiSalom\u00F3n Sack \n \nEmpresa El\u00E9ctrica de la Frontera\t \nFigueroa y Alemparte Fisalen\t \nS A de Inversiones y Renta Inmobiliaria ... \nVi\u00F1a Santa Rita \n \nSociedad Comercial BoloccoCompa\u00F1\u00EDa Nacional de Tel\u00E9fonosLicores Mitjans . .\t \nN\u00FAmero Accionistas \nUtilidades \n% Capital de 10 mayores accionistas sobre capital pagado \n27.659\t10\t100,0 \n7.582\t \n27.627\t2\t100,0\t100,0 '\t8.103\t \n27.580\t2.153\t46,2\t0,2\t2.100\t \n27.562\t64\t95.8\t94,8\t2.017\t \n26.508\t9\t100,0\t100,0\t1.371\t \n26.185\t5\t100,0\t \t4.157\t \n25.834\t59\t87,8\t51,2\t681\t \n25.592\t211\t71,9\t52,4\t1.795\t \n25.433 \n\t \t1.415\t \n25.328\t16\t100,0\t39,7\t2.273\t \n25.156\t131\t60,6\t9,0\t972\t \n24.998\t2.062\t79,2\t \t174\t \n24.831\t6\t100,0\t99,8\t4.862\t \n24.795\t34\t65,7\t \t1.198\t \n24.663\t16\t99,9\t85,2\t1.547\t \n23.952\t4\t100,0\t55,0\t80\t \n23.890\t375\t86,8 \n603\t \n23.879\t563\t70,3 \n \n23.541\t8\t100,0\t100,0\t2,476\t \n22.902\t57\t72,9\t38,3\t302\t \n22.855\t26\t98,3 \n3.167\t \n22.793\t71\t99,9 \n2.242\t \n22.699\t75 \u2022\t91,6 \n1.128\t \n22.326\t50\t88,2\t25,7\t2.869\t \n22.294\t30\t97,6 \n1.711\t \n22.129\t67\t66,8 \n610\t \n22.107\t4\t100,0 \n3.750\t \n21.988\t1.627\t40,9 \n893\t \n21.906\t54\t96,0\t13,0\t813\t \n% Capital de \naccionistas ex \ntranj. s/capi \ntal pagado \nNombre \nCompa\u00F1\u00EDa Minera Montserrat\t \nVinos de Chile Vinex .,\t ... \nAceites y Alcoholes Patria\t \nIndustria Textil MonarchGalletas Mackay ..\t \nSupermercado ALMAC\t \nEmpresa Constructora DELTA ... .\t \nManufacturas Interamericana\t \nVi\u00F1a Santa Teresa . . :\t \nF\u00E1brica de Envases\t \nRayonhil\t \nCompa\u00F1\u00EDa Standard Electric\t \nComercial e Industrial Los Gobelinos\t \nFerriloza\t \nCalder\u00F3n Confecciones\t \nDavis Autos\t \nInd. Manuf. Telas Plast. L\u00E1tex Implatex . . . \nIndustrias Textiles Lab\u00E1n\t \nIndustrias Generales y Complement. Gas. . .. \nCapita] m\u00E1s Reservas y Utilidades \nN\u00FAmero Accionistas \nUtilidades \n% Capital de 10 mayores accionistas sobre capital pagado \n21.869\t277\t48,4 \n \n21.851\t3\t100,0 \n1.366\t \n21.824\t132\t49,0\t0,1\t2.594\t \n21.657\t64\t95,7 \n3.554\t \n21.421\t359\t57,3\t0,7\t1.899\t \n21.325\t416\t70,9 \n2.480\t \n21.168\t14\t99,9 \n4.548\t \n20.979\t7\t100,0 \n2.824\t \n20.901\t33\t97,9 \n1.050\t \n20.824\t1.100\t60,6 \n1.553\t \n20.817\t1.700\t62,9\t50,0\t631\t \n20.791\t9\t100,0\t100,0\t3.711\t \n20.675\t4\t100,0 \n2.130\t \n20.518\t87\t73,4\t \t1.216\t \n20.514\t6\t100,0 \n3.218\t \n20.302\t3\t100,0 \n2.711\t \n20.137\t54\t99,2 \n1.209\t \n20.129\t4\t100,0 \n54\t \n20.084\t10\t100,0 \n1.808\t \n\"Esta n\u00F3mina corresponde a 189 S. A. cuyo capital m\u00E1s reservas representan el 82% de un total de 1.978 S. A.\" \nDepartamento Actuarial y Estad\u00EDstico OJD \n \n " . . . . . . . . "INFORME DE LA COMISION DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION"^^ . "2.-"^^ . .