. . . . . " 14.-MODIFICACI\u00D3N DEL C\u00D3DIGO DEL TRABAJO Y CREACI\u00D3N DE TRIBUNALES Y CARGOS EN LA JUDICATURA DEL RAMO. OBSERVACIONES \nEl se\u00F1or SANHUEZA (Presidente).- \n \n En el primer lugar de la Tabla del Orden del D\u00EDa, corresponde despachar, por acuerdo de la Sala, las observaciones formuladas por Su Excelencia el Presidente de la Rep\u00FAblica al proyecto que modifica el C\u00F3digo del Trabajo y crea Tribunales y nuevos cargos en la Judicatura del ramo. \nDiputado informante de la Comisi\u00F3n de Constituci\u00F3n, Legislaci\u00F3n y Justicia, es el se\u00F1or Merino, don Sergio. \n \n \n \n- Las observaciones, impresas en el bolet\u00EDn N\u00BA 616710, son las siguientes: \n \n\"Art\u00EDculo 1\u00BA \n \nSupr\u00EDmese la frase \"un Ministro\". \n \nArt\u00EDculo 8\u00BAArt\u00EDculo 496 \n \nPara agregar el siguiente inciso final, nuevo: \n \n\"No obstante lo dispuesto en este art\u00EDculo, el Juez de Letras de Mayor Cuant\u00EDa del Departamento de Isla de Pascua, tendr\u00E1 competencia para conocer y fallar asuntos del Trabajo.\". \n \nArt\u00EDculo 501 \n \nPara agregar los siguientes incisos nuevos: \n \n\"La Corte del Trabajo de Santiago se dividir\u00E1 en dos Salas de tres Ministros cada una. \nPara estos efectos aum\u00E9ntase a seis el n\u00FAmero de Ministros, a dos el n\u00FAmero de vocales obreros y a dos el de vocales empleados en la referida Corte. \nLa designaci\u00F3n de los Ministros que corresponda a cada Sala se har\u00E1 por sorteo anual. El Presidente formar\u00E1 parte de la Primera Sala por derecho propio. \nEl conocimiento de todos los asuntos entregados a la competencia de las Cortes del Trabajo pertenecer\u00E1 a la Sala seg\u00FAn la distribuci\u00F3n que de ella haga el Presidente, pero la aplicaci\u00F3n de las medidas disciplinarias corresponder\u00E1 al Tribunal Pleno. \nLa Corte designar\u00E1 Relatores interinos cuando lo estime indispensable para el debido funcionamiento de las dos Salas.\". \n \nHa consultado la siguiente modificaci\u00F3n al art\u00EDculo 567: \n \nPara agregar el siguiente inciso nuevo: \n \n\"En la Corte del Trabajo de Santiago esta certificaci\u00F3n la har\u00E1n los Relatores.\". \n \nArt\u00EDculo 13 \n \nPara agregar en el inciso segundo despu\u00E9s del punto final, la siguiente frase: \n \n\"El mismo decreto determinar\u00E1 la categor\u00EDa del Tribunal y la distribuci\u00F3n que le corresponde de acuerdo al art\u00EDculo 496 del C\u00F3digo del Trabajo.\". \n \nPara agregar a continuaci\u00F3n del art\u00EDculo 28 el siguiente, nuevo: \n \n\"Art\u00EDculo.- ...En los juicios del Trabajo las resoluciones ser\u00E1n suscritas s\u00F3lo por el funcionario que las dicte.\".\". \n \nLas proposiciones de la Comisi\u00F3n de Constituci\u00F3n, Legislaci\u00F3n y Justicia, impresas en el bolet\u00EDn N\u00BA 61671Obis, son las siguientes: \n \n\"Art\u00EDculo 1\u00BA \n \nLa observaci\u00F3n tiene por objeto suprimir la creaci\u00F3n del cargo de un Ministro aprobada por el Congreso en el art\u00EDculo l\u00BA del proyecto primitivo. Esta observaci\u00F3n que pareciera estar en contraposici\u00F3n con el esp\u00EDritu del proyecto, que es el de racionalizaci\u00F3n de las labores de los funcionarios de la judicatura del trabajo y el aumento de sus plazas, se explica y complementa con otra que se propone m\u00E1s adelante al modificar el art\u00EDculo 501 del C\u00F3digo del Trabajo. En efecto, con el aumento de un Ministro, la Corte del Trabajo de Santiago alcanzaba a un total de 4 Ministros. Como este n\u00FAmero de miembros resulta insuficiente para que dicha Corte pueda funcionar permanentemente dividida en dos Salas, el Ejecutivo ha optado por proponer al Congreso entre estas observaciones, por una parte, la supresi\u00F3n de un cargo acordada en el art\u00EDculo 1\u00BA y, por otra, la modificaci\u00F3n del art\u00EDculo 501 del C\u00F3digo del ramo, por el que se establece que la Corte de Santiago se dividir\u00E1 en dos Salas compuestas de tres Ministros cada una. Se llega, de esta manera, en definitiva, a resolver el problema de la insuficiencia num\u00E9rica de los jueces de esa Corte y, por ende, las dificultades administrativas, entorpecimientos y. retrasos en la tramitaci\u00F3n de las causas laborales que suscita la exig\u00FCidad de funcionarios en esa magistratura. \nLa Comisi\u00F3n, atendidas las razones expuestas, acord\u00F3, por unanimidad, proponer la aprobaci\u00F3n de la observaci\u00F3n a este art\u00EDculo. \n \nArt\u00EDculo 8\u00BAArt\u00EDculo 496 \n \nEl art\u00EDculo 496 nuevo del C\u00F3digo del Trabajo, aprobado por el Congreso Nacional, tiene por objeto facilitar el acceso de los interesados a la justicia laboral, mediante el sistema de permitir que en aquellos departamentos donde no haya Juez del Trabajo, las causas de esta jurisdicci\u00F3n puedan ser sustanciadas por los Jueces de Letras de Mayor Cuant\u00EDa, los que deben remitirlas, a su cierre, al Tribunal Laboral que la misma disposici\u00F3n se\u00F1ala. No obstante, el Ejecutivo ha estimado que por razones geogr\u00E1ficas, por la escasez de comunicaciones y otros factores, esta norma no deb\u00EDa aplicarse al departamento de Isla de Pascua. \nLa Comisi\u00F3n acord\u00F3 recomendar su aprobaci\u00F3n. \n \nArt\u00EDculo 501 \n \nYa se explic\u00F3 al analizar el alcance de la observaci\u00F3n al art\u00EDculo 1\u00BA, que la que se refiere al 01 est\u00E1 relacionada con aquella. Asimismo, al examinar su alcance se dej\u00F3 dicho el de esta disposici\u00F3n. Cabe agregar que el aumento de otras plazas guarda concordancia con la organizaci\u00F3n que se da en este precepto a la Corte. \n% \nArt\u00EDculo 567 \n \nLa observaci\u00F3n se refiere a la certificaci\u00F3n relativa a la composici\u00F3n o integraci\u00F3n de las Salas de la Corte del Trabajo de Santiago, que, en este caso, queda entregada a los Relatores de cada una de ellas, estableci\u00E9ndose as\u00ED una norma similar a la que existe en materia civil. La regla general en materia del trabajo es que dicha certificaci\u00F3n la haga el Secretario de la Corte. \nRazones de orden pr\u00E1ctico, f\u00E1cilmente comprensibles, recomiendan adoptar esta modalidad respecto de la Corte de Santiago. \nLa Comisi\u00F3n .recomienda aprobar esta observaci\u00F3n. \n \nArt\u00EDculo 13 \n \nEsta observaci\u00F3n tiene por objeto complementar el art\u00EDculo con una disposici\u00F3n que resuelve en qu\u00E9 categor\u00EDa se clasificar\u00E1n los Juzgados del Trabajo que se creen de acuerdo con este precepto; para lo cual se autoriza al Presidente de la Rep\u00FAblica a determinarlo en el mismo decreto de creaci\u00F3n. Asimismo, el decreto deber\u00E1 se\u00F1alar los Juzgados de Letras de Mayor Cuant\u00EDa que al tenor del art\u00EDculo 496 actuar\u00E1n como jueces substanciadores respecto de dichos tribunales laborales. \nLa Comisi\u00F3n recomienda aprobar la observaci\u00F3n. \n \nArt\u00EDculo nuevo \n \nEl Ejecutivo propone agregar, a continuaci\u00F3n del art\u00EDculo 28 del proyecto, uno nuevo en el que se establece que en los juicios del trabajo, las resoluciones dictadas ser\u00E1n suscritas solamente por el funcionario que las expida. \nLa Comisi\u00F3n, despu\u00E9s de detenido debate, no encontr\u00F3 razones atendibles y convincentes para adoptar esta modalidad procesal, por lo cual acord\u00F3 recomendar a la Honorable C\u00E1mara el rechazo de esta observaci\u00F3n.\". \n \nEl se\u00F1or SANHUEZA (Presidente).- \n \n En discusi\u00F3n la primera de las observaciones, a que dar\u00E1 lectura el se\u00F1or Secretario. \n \nEl se\u00F1or LEA-PLAZA (Secretario).- \n \n En el art\u00EDculo 1\u00BA, para suprimir las palabras \"un Ministro\". \n \n \nEl se\u00F1or SANHUEZA (Presidente).- \n \n Ofrezco la palabra. \n \nEl se\u00F1or MERINO.- \n \n Pido la palabra. \n \nEl se\u00F1or SANHUEZA (Presidente).- \n \n Tiene la palabra el se\u00F1or Merino. \n \nEl se\u00F1or MERINO.- \n \n Se\u00F1or Presidente, voy a hablar como Diputado informante de la Comisi\u00F3n. \nEste veto del Ejecutivo, en realidad, podr\u00EDa calificarse como obvio y sencillo y casi despacharse sin debate, porque las disposiciones por \u00E9l contenidas son todas m\u00E1s bien aclaratorias del texto ya aprobado por el Congreso. De tal manera que sugerir\u00EDa que se despachara sin debate. En todo caso, voy a explicar, en dos o tres palabras, el significado de ellas. \nLa primera modificaci\u00F3n consiste en suprimir las palabras \"un Ministro\" en el art\u00EDculo 1\u00BA. Esto, porque en el art\u00EDculo 501, que est\u00E1 m\u00E1s adelante en el bolet\u00EDn, se eleva el n\u00FAmero de Ministros de la Corte de Santiago de 3 a 6, y no a 4, como se establec\u00EDa en el texto primitivamente aprobado. Y esto, en raz\u00F3n de que con 6 Ministros la Corte puede funcionar en forma permanente, dividida en dos Salas. Si solamente se hubiera aumentado en un Ministro m\u00E1s, habr\u00EDa tenido que funcionar en dos Salas, pero con abogados integrantes, lo que significa una serie de trastornos en la marcha misma de la Corte. \nDe tal manera que la Comisi\u00F3n, atendidos los antecedentes proporcionados por la abogado asesora del Ministerio de Justicia, se\u00F1orita Herrera, acord\u00F3 recomen dar que se apruebe esta enmienda al art\u00EDculo I\u00BA. \nLa Comisi\u00F3n acord\u00F3 aprobar tambi\u00E9n todas las otras observaciones, salvo el \u00FAltimo de los vetos, contenido en la ina 11, que establece que en los juicios del Trabajo las resoluciones ser\u00E1n suscritas s\u00F3lo por el funcionario que las dicte. La Comisi\u00F3n estim\u00F3 que las razones que se dieron para este veto no eran suficientes y que se iba a presentar una serie de problemas al aprobarse el veto en esta forma, por lo cual resolvi\u00F3 que era preferible mantener la disposici\u00F3n como est\u00E1 en la actualidad. \nPor estas razones, se\u00F1or Presidente, repito, la Comisi\u00F3n recomienda aprobar el veto en todas sus disposiciones, salvo en el \u00FAltimo art\u00EDculo. \nHe dicho, se\u00F1or Presidente. \n \n \nEl se\u00F1or SANHUEZA (Presidente).- \n \n Ofrezco la palabra. \n \nEl se\u00F1or TEJEDA.- \n \n Pido la palabra. \n \nEl se\u00F1or SANHUEZA (Presidente).- \n \n Tiene la palabra el se\u00F1or Tejeda. \n \nEl se\u00F1or TEJEDA.- \n \n Se\u00F1or Presidente, en la Comisi\u00F3n, donde estuvieron representados todos los sectores de la C\u00E1mara, por unanimidad acordamos aprobar todos los vetos, menos el \u00FAltimo, en raz\u00F3n de que el Gobierno, en un proyecto de ley, va a mandar mejorada la idea. \nCreo que habr\u00EDa acuerdo tambi\u00E9n para que vot\u00E1ramos en globo todas las observaciones, porque fue acuerdo un\u00E1nime de todos los sectores de la Corporaci\u00F3n. \nNada m\u00E1s. \n \n \nEl se\u00F1or SANHUEZA (Presidente).- \n \n Ofrezco la palabra. \n \nEl se\u00F1or NAUDON.- \n \n Pido la palabra. \n \nEl se\u00F1or SANHUEZA (Presidente).- \n \n Tiene la palabra el se\u00F1or Naudon, don Alberto. \n \nEl se\u00F1or NAUDON.- \n \n Se\u00F1or Presidente, nosotros estamos de acuerdo con lo propuesto por el colega Tejeda, porque, en realidad, se trata de observaciones que tienden a mejorar el proyecto, excepto la \u00FAltima, en que no se produjo acuerdo y que quedar\u00EDa rechazada, tambi\u00E9n por acuerdo un\u00E1nime de la Comisi\u00F3n y de los parlamentarios en la Sala en este instante. As\u00ED que tambi\u00E9n sugiero que votemos todas las observaciones, menos la \u00FAltima, en un solo acto. \n \n \nEl se\u00F1or SANHUEZA (Presidente).- \n \n Ofrezco la palabra. \n \nEl se\u00F1or STARK.- \n \n Pido la palabra. \n \nEl se\u00F1or SANHUEZA (Presidente).- \n \n Tiene la palabra el se\u00F1or Stark, don Pedro. \n \nEl se\u00F1or STARK. \n \n Se\u00F1or Presidente, atendidas las observaciones que ha formulado el se\u00F1or Diputado informante, los diputados de estas bancas tambi\u00E9n concordamos con ellas y con la insinuaci\u00F3n que han hecho los Diputados se\u00F1ores Tejeda y Naudon en orden a votar en conjunto lo que la Comisi\u00F3n de Constituci\u00F3n, Legislaci\u00F3n y Justicia aprob\u00F3, rechazando, al mismo tiempo, el art\u00EDculo nuevo que figura en la p\u00E1gina 11 del bolet\u00EDn comparado. \nNada m\u00E1s, Presidente. \n \nEl se\u00F1or SANHUEZA (Presidente).- \n \n Ofrezco la palabra. \nOfrezco la palabra. \nCerrado el debate. \nSi le parece a la Sala, se aprobar\u00E1n las observaciones del Ejecutivo, excepto la \u00FAltima, que agrega un art\u00EDculo nuevo a continuaci\u00F3n del 28. \nSi no se pide votaci\u00F3n, se dar\u00E1n por aprobadas. \nAprobadas. \n \nEl se\u00F1or TEJEDA.- \n \n Y se rechazar\u00EDa la \u00FAltima. \n \nEl se\u00F1or SANHUEZA (Presidente).- \n \n Si le parece a la Sala, se acordar\u00E1 rechazar, con la misma votaci\u00F3n, la observaci\u00F3n que consiste en agregar un art\u00EDculo nuevo a continuaci\u00F3n del 28. \nRechazada. \nDespachado el proyecto. \n " . . . . . . . . . ".-MODIFICACI\u00D3N DEL C\u00D3DIGO DEL TRABAJO Y CREACI\u00D3N DE TRIBUNALES Y CARGOS EN LA JUDICATURA DEL RAMO. OBSERVACIONES"^^ . . "14"^^ . . . . . . . . . .