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- rdf:value = " El señor SANHUEZA (Presidente).-
Corresponde tratar el proyecto de ley, originado en un Mensaje, que declara de utilidad pública y autoriza la expropiación de determinados terrenos ubicados en la comuna de El Tabo, con el objeto de concederlos en uso gratuito al Servicio Nacional de Salud y al Ministerio del Interior.
Diputado informante da la Comisión de Agricultura y Colonización es el señor Aylwin, y de la Hacienda, el señor Acevedo.
- El proyecto, impreso en los boletines Nos 10.865 y 10.865A, es el siguiente:
"Artículo 1º.- Declárase de utilidad pública y autorízase al Presidente de la República para expropiar los terrenos ubicados en El Tabo, comuna del mismo nombre, departamento de San Antonio, provincia de Santiago, de una extensión aproximada de 12.000 metros cuadrados, inscritos en mayor cabida a fojas 564, Nº 882 de 1960 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de San Antonio, a nombre de don Hernán Quintana Lillo.
Los terrenos a que se refiere la presente ley tienen los siguientes deslindes especiales: al Norte, en 200 metros con terrenos fiscales; al Sr, en 200 metros, más o menos, con la calle Centenario; al Oriente, en 60 metros, más o menos, con la Quebrada de Los Tranques; y al Poniente, en 60 metros, más o menos, con el camino de El Tabo a El Totoral.
La expropiación a que se refiere la presente ley se someterá al procedimiento establecido en la ley Nº 12.513, de 5 de octubre de 1957.
El gasto que demanda su aplicación se imputará al ítem 14/02/103.
Artículo 2º.- Los terrenos a que se refiere la presente ley serán concedidos en uso gratuito al Servicio Nacional de Salud y destinados al Ministerio del Interior, en la forma que determine el Presidente de la República, sin perjuicio de lo dispuesto en la ley Nº 16.502, de 19 de julio de 1966".
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