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    • rdf:value = " 2.-CALIFICACION DE URGENCIA.- ALCANCE DE MODIFICACIONES PROPUESTAS AL CODIGO DEL TRABAJO El señor SANHUEZA (Presidente).- Señores Diputados, Su Excelencia el Presidente de la República ha hecho presente la urgencia para el despacho del proyecto que modifica los artículos 499 y 580 del Código del Trabajo, modificados por la ley Nº 17.574, relativa a las Cortes del Trabajo. Por tratarse de un problema de transcripción, me voy a permitir, con el asentimiento de la Sala, ofrecer la palabra al señor Ministro de Justicia, con el objeto de que pueda plantear el alcance de las observaciones formuladas por el Ejecutivo sobre esta materia y despachar, de inmediato, la urgencia hecha presente. Con la venia de la Sala, tiene la palabra el señor Ministro de Justicia. El señor CRUZ PONCE (Ministro de Justicia).- Señor Presidente, en el día de hoy se ha publicado en el "Diario Oficial" la ley Nº 17.574 que modifica el Código del Trabajo y crea varios cargos en la judicatura del ramo. En un principio, el Ejecutivo había propuesto ampliar en un cargo más el número de Ministros de la Corte del Trabajo de Santiago: de tres debían aumentarse a cuatro; y se había propuesto también que, en casos calificados, la Corte del Trabajo podía reunirse en dos salas, constituidas por abogados integrantes; pero pudimos observar que este funcionamiento iba a ser estable, debido al enorme número de causas que ingresan en la Corte del Trabajo de Santiago. Por eso, el Ejecutivo vetó el proyecto de ley y propuso la ampliación de la Corte del Trabajo a dos salas de tres Ministros cada una. Por desgracia, este veto fue aprobado por la unanimidad del Parlamento. Lamentablemente, en la actual ley hay una falta de coordinación, porque mientras en un artículo se establece que la Corte del Trabajo de Santiago se compone de seis Ministros, quedaron las dos disposiciones que hablan sólo de cuatro Ministros; o sea, no hubo la debida concordancia al compaginar, diríamos más bien, el texto mismo de la ley. El Ejecutivo, en virtud de lo establecido en el artículo 55 de la Constitución Política, tiene la obligación de promulgar la ley aun con estos errores; de manera que este proyecto tiene como finalidad salvar solamente este aspecto y coordinar debidamente la ley en todas sus partes sustanciales. Nada más, señor Presidente. El señor SANHUEZA (Presidente).- Señores Diputados, la Mesa se permite proponer que la manifestación de urgencia a que ha hecho mención el señor Ministro pueda ser eximida del trámite de Comisión y ser tratada al comienzo del Orden del Día. ¿Habría acuerdo? El señor GODOY.- No le entendimos, señor Presidente. El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).- ¿Cuál es la proposición? El señor SANHUEZA (Presidente).- Señores Diputados, se ha hecho presente la urgencia para corregir un error en el proyecto relativo a los artículos Nºs. 499 y 580 del Código del Trabajo, los que fueron modificado por la ley Nº 17.574, a que ha hecho mención el señor Ministro recientemente. La Mesa se permite proponer omitir el trámite de Comisión, a fin de poder tratar el proyecto al comienzo del Orden del Día y despacharlo en esta oportunidad, calificándolo de extrema urgencia. El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).- ¿Orden del Día de cuándo? El señor SANHUEZA (Presidente).- De hoy, señor Diputado. El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).- ¿Al comienzo del Orden del Día de hoy y sin debate? El señor SANHUEZA (Presidente).- Sin debate. El señor LORCA (don Gustavo).- Es algo simple. El señor SANHUEZA (Presidente).- ¿Habría acuerdo? Acordado. "
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