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"Honorable Cámara:
La Comisión de Defensa Nacional, Educación Física y Deportes tomo conocimiento y prestó su aprobación a un proyecto de ley, de origen en un mensaje, con trámite de urgencia calificada de "simple", por el cual se modifica el Decreto con Fuerza de Ley Nº 1, de 1968, en lo que a los Escalafones de Oficiales Ejecutivos e Ingenieros y de Oficiales de Infantería de Marina de la Armada Nacional.
Durante la discusión de esta iniciativa la Comisión contó con la colaboración del señor Subsecretaría de Marina, Capitán de Navio (R), don Jorge Domínguez Kopaitic, quien proporcionó los diversos antecedentes que justificaron la aprobación de este proyecto.
La iniciativa legal en informe viene a suplir, en parte, la necesidad que tiene la Armada Nacional de aumentar el número de plazas en los Escalafones de Oficiales Ejecutivos e Ingenieros y de los Oficiales de Infantería de Marina.
Las necesidades del progreso científico y tecnológico experimentado en el último tiempo por los diversos elementos constitutivos de la Defensa Nacional, han hecho necesario el crecimiento o aumento sustancial de los Escalafones de Oficiales Ejecutivos e Ingenieros y de Oficiales de Infantería de Marina, los cuales se han mantenido casi inalterables desde fines de la Segunda Guerra Mundial y que respondía a las necesidades que tenía la Armada a esa fecha.
Últimamente, se ha agudizado aún más el problema antes señalado, en circunstancias de que el crecimiento y especialización que demanda el nuevo material adquirido, hacen imperioso dotar a nuestra Armada Nacional de un mayor número de Oficiales especializados en estas nuevas técnicas.
Por la letra a) del artículo 1º, se agrega al artículo 223 del Decreto con Fuerza de Ley Nº 1 los siguientes aumentos de Planta, dentro de los Oficiales Ejecutivos e Ingenieros Navales y de Infantería de Marina: para 1972, se crean 30 plazas, que corresponden 20 a Tenientes 2º o Subtenientes y 10 a Tenientes 1º para 1973, 35 plazas, 23 de Tenientes 2º o Subtenientes, 10 de Tenientes 1º y 2 de Capitanes de Corbeta; para 1974, 60 vacantes o cargos, 43 para Tenientes 2º o Subtenientes, 10 para Tenientes 1º, 3 para Capitanes de Corbeta, 2 para Capitanes de Fragata y 2 para Capitanes de Navio; para 1975, 59 plazas, que se descomponen en 2 cargos de Capitán de Navio, 4 de Capitán de Fragata, 5 de Capitán de Corbeta, 18 de Teniente 1º y 30 de Teniente 29; y, finalmente, para 1976, se consultan 66 nuevas plazas, a saber: 4 de Capitanes de Fragata, 6 de Corbeta, 20 Tenientes 1º y 36 Tenientes 2? o Subtenientes.
Por otra parte, cabe hacer presente que respecto a la creación de nuevos cargos de Oficiales de Infantería de Marina, éstos sólo se proponen a nivel de Tenientes 2º o Subtenientes, con un total de 18 plazas, que operarían de la siguiente forma: 6 en 1974, 6 en 1975 e igual número en 1976.
A modo de información general y para una mayor comprensión de los señores Diputados de los alcances de la iniciativa legal en informe, nos parece interesante consignar, como sinopsis de lo anteriormente expuesto, que las nuevas plazas que se proponen en esta modificación o suplementación del artículo 223 del D.F.L. Nº 1, y que operaría entre los años 1972 y 1976, ascienden a un total de 268 cargos de Oficiales.
Por la letra b) del artículo 1º se modifica el inciso segundo del artículo 224 del texto legal citado, estableciéndose que al no existir un Vicealmirante Ingeniero Naval, en ejercicio, dicho cargo podrá ser provisto por dos de Contraalmirante Ingeniero Naval.
El alcance de la disposición que se analiza no es otro, al decir del propio Mensaje que el de aclarar el contenido de la norma cuya modificación se pretende.
En efecto, el artículo 224 inciso segundo, establece que "El número de Oficiales Generales Ingenieros Navales no podrá exceder de un Vicealmirante y un Contraalmirante", sin que se contemple la posibilidad de falta de Oficiales que cumplan con los requisitos para desempeñarse en calidad de Vicealmirante; quedando, así, por una omisión legislativa y por interpretación administrativa lógica de la disposición que se modifica, imposibilitado el Presidente de la República, a proposición del Comandante en Jefe de la Armada, de fijar un segundo cargo de Contraalmirante Ingeniero Naval, cuando las necesidades de dicha institución lo requieran, situación que se ve remediada con el agregado que se propone al texto legal vigente.
Finalmente, por el artículo 2º, se contempla el financiamiento del mayor gasto que traiga consigo la aplicación del proyecto en informe, estableciéndose que ello se hará por medio de los nuevos recursos que contemple la Ley de Presupuestos de la Nación, para estos fines, en los años 1972, 17973,1974, 1975 y 1976.
Por las razones expuestas y por las que os dará a conocer, en su oportunidad, el señor Diputado informante, la Comisión de Defensa Nacional, Educación Física y Deportes, por la unanimidad de sus miembros, estimó de justicia solicitar a la Corporación la aprobación de la iniciativa legal en informe, cuyos términos son los siguientes:
Proyecto de ley
"Artículo 1º- Introdúcense las siguientes modificaciones al D.F.L. Nº 1, de 1968, sobre Estatuto del Personal del Ministerio de Defensa Nacional y de las Fuerzas Armadas:
a) Agrégase al artículo 223, lo siguiente:
Capitanes de Navio . . Capitanes de Fragata Capitanes de Corbeta
Tenientes 1°
Tenientes 2º
Subtenientes
1974 1975 1976 Total
2 2 4
2 4 4 10
3 5 6 16
10 18 20 68
43 30 36 152
30 35 60 59 66 250
Oficiales de Infantería de Marina,
Tenientes 2º Subtenientes
b) Agrégase al inciso segundo del artículo 224, como punto seguido, lo siguiente:
"Cuando no se cuente con un Vicealmirante Ingeniero Naval en ejercicio, podrán existir dos Contraalmirantes Ingenieros Navales".
Artículo 2º- El mayor gasto que significan los aumentos de plazas en los Escalafones, a que se refiere la presente ley, se financiará con cargo a los mayores recursos que para estos efectos contemple anualmente la Ley de Presupuestos de la Nación para la Subsecretaría de Marina.".
Sala de la Comisión, a 23 de diciembre de 1971.
Aprobado en sesión de fecha 22 de diciembre del presente año, con asistencia de los señores Monares (Presidente), Agurto, Alvarado, Amunátegui, Barahona, Cantero, González, Stark, Tagle y Vargas.
Se designó Diputado informante al señor Vargas.
(Fdo.): Patricio Goycoolea Lira, Secretario de la Comisión."
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