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El señor SANHUEZA (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
El señor MILLAS.-
Pido la palabra.
El señor SANHUEZA (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Millas.
El señor MILLAS.-
Señor Presidente, a juicio de los Diputados comunistas, la modificación de este inciso desvirtúa parcialmente el proyecto que estamos tramitando.
Uno de los muy importantes resortes de este proyecto es la modificación de todo este artículo 496 del actual Código del Trabajo.
En el nuevo inciso primero, en la forma que lo aprobó la Cámara y con la modificación de redacción del Senado, que acabamos de ratificar, queda establecido que en los departamentos en que no haya Juez Especial del Trabajo, el o los Jueces de Letras, de Mayor Cuantía sustanciarán, hasta su cierre, los procesos laborales que se susciten en esos territorios, pero los remitirán, para su fallo dentro del segundo día, al Juez del Trabajo que corresponda según esta distribución, que se ha estado examinando, en que hay esta modificación de Yumbel, etcétera.
Bien, señor Presidente, esto corresponde a una antigua y muy sentida aspiración de los trabajadores de Chile, en el sentido de que los asuntos del trabajo sean fallados por esta judicatura especial, con competencia en relación a estas materias, que es la judicatura del trabajo. Los abogados especializados en este tipo de procesos, en materia del trabajo, siempre han sostenido este criterio. Esto, además, ha sido planteado reiteradas veces a través de seminarios, de estudios, de memorias, de pruebas, en las universidades, en todas las Escuelas de Derecho del país. Nosotros, los parlamentarios comunistas, siempre hemos sostenido la necesidad de esto.
Ahora, en este nuevo artículo 496, se establece un sistema expedito, un sistema sencillo que hace posible que esto se aplique. Este sistema consiste en que, en general, todas las causas pequeñas van a poder ser, incluso, falladas por el Secretario de Juzgado, que es Secretario letrado y al cual se le entregan una serie de atribuciones y cuyo papel, como Secretario de Juzgado, será diferente al tradicional, asunto que ha sido estudiado muy detenidamente y en forma muy seria.
En segundo lugar, se establece este mecanismo a fin de que la parte a veces el litigante es muy modesto o un trabajador que ha hecho el reclamo, no tenga que trasladarse hasta la sede del Juzgado del Trabajo, o sea, que el sumario se sustancia en el Juzgado de Mayor Cuantía más cercano, en el departamento correspondiente, pero que la sentencia sea emitida, dentro del segundo día, por el Juzgado del Trabajo respectivo.
Pues bien, esto se refiere a aquellos departamentos en que no hay Juzgado del Trabajo, a aquellos departamentos en que, en general, se sustancian causas pequeñas, causas que no tienen gran importancia; pero en que, desgraciadamente, suelen prevalecer influencias de tipo social que a veces hacen que no se consideren todos los factores en forma adecuada y en muchos casos ellos perjudiquen, precisamente, a la parte más modesta: al trabajador.
Señor Presidente, al exceptuar los casos hasta de un monto de dos sueldos vitales para las zonas agrarias del país, para aquéllas en que esto va a operar en relación a las causas más modestas, se desvirtúa totalmente el sistema ideado en esta modificación al Código del Trabajo, porque se establece que allí, donde es más necesario, no rija el nuevo mecanismo. Creemos que esto es un error, ya que, en esta forma, gran parte del sistema que se ha concebido no va a operar justamente para los casos en que es más indispensable.
Por eso, los parlamentarios comunistas, en relación a la modificación de este inciso final del artículo 496 del Código del Trabajo, contenida en el artículo 8º del proyecto de ley en debate, vamos a insistir en lo aprobado por la Cámara de Diputados en el primer trámite constitucional, A nuestro juicio, la única excepción indiscutible es la establecida por esta Corporación en cuanto a la Isla de Pascua, puesto que ese departamento se encuentra muy lejano y no sería lógico que el proceso que allí se iniciara se trasladara a Valparaíso para el fallo del Juez del Trabajo.
He dicho.
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