" 6.INFORME DE LA COMISION DE AGRICULTURA Y COLONIZACION. \nHonorable C\u00E1mara: \nVuestra Comisi\u00F3n de Agricultura y Colonizaci\u00F3n pasa a informaros un proyecto de ley, de origen en una moci\u00F3n del se\u00F1or Vergara, don Lautaro, que autoriza al Presidente de la Rep\u00FAblica para transferir, a t\u00EDtulo gratuito, a sus actuales ocupantes los terrenos fiscales en que se encuentran construidos los pabellones de la ex Escuela Normal de Chill\u00E1nJuan Madrid. \nComo consecuencia del terremoto del a\u00F1o 1939, se construyeron en la ciudad de Chill\u00E1n pabellones de emergencia para aquellas personas que perdieron sus inmuebles. La intenci\u00F3n de las autoridades era que solamente por un espacio reducido de tiempo se ocuparan esos pabellones y luego se viera la posibilidad de entregarles viviendas m\u00E1s definitivas. La realidad ha sido diferente y es as\u00ED como hasta la fecha estas familias, de escasos recursos, ocupan los citados pabellones. \nPosteriormente, el Fisco entreg\u00F3 a la Municipalidad de Chill\u00E1n la administraci\u00F3n de los pabellones, la que desea solucionar la situaci\u00F3n que se presenta en la pr\u00E1ctica con esta clase de habitaciones ya que, por una parte, los terrenos son fiscales, por otra la Municipalidad tiene la administraci\u00F3n de las viviendas y, finalmente, los ocupantes no poseen t\u00EDtulo alguno que acredite su propiedad. \nPor estas circunstancias, el Municipio aludido por acuerdo N\u00BA 1.295, adoptado con fecha 23 de diciembre de 1969, decidi\u00F3 entregar a t\u00EDtulo gratuito a las personas que ocupan los pabellones el dominio de las construcciones pero no puede hacer lo mismo con los terrenos, que son fiscales. \nAnte la falta de viviendas que existe en la ciudad de Chill\u00E1n y en la conveniencia de regularizar los t\u00EDtulos de las personas que viven en estas construcciones de emergencia, es que se ha presentado el proyecto de ley en informe. \nEl art\u00EDculo 1\u00BA del proyecto permite al Presidente de la Rep\u00FAblica transferir gratuitamente a las personas que ocupan los citados pabellones, la parte de terreno en los que se encuentran construidos. En el evento de que alg\u00FAn ocupante dejare la vivienda, se establece en el mismo art\u00EDculo, que esta transferencia se har\u00E1 a aquel que continuare en ella, siempre que sea antes del 31 de diciembre de 1971. \nPor el art\u00EDculo 2\u00BA se fija un plazo de 90 d\u00EDas, contado desde la publicaci\u00F3n de la ley en el Diario Oficial, para que el Presidente de la Rep\u00FAblica dicte el decreto respectivo que disponga la transferencia. \nLuego el art\u00EDculo 3\u00BA, soluciona los posibles inconvenientes que se pudieren presentar a las personas que reciban los terrenos en relaci\u00F3n al cumplimiento de las disposiciones de la Ley General de Construcciones y Urbanizaci\u00F3n y, en especial, en la parte que obliga a dejar una superficie determinada como frente de la propiedad. \nPara los efectos de lo dispuesto en el art\u00EDculo 153 del Reglamento Interior de la Corporaci\u00F3n, se deja constancia que este proyecto de ley en informe no debe ser estudiado por la Comisi\u00F3n de Hacienda. \nVuestra Comisi\u00F3n de Agricultura y Colonizaci\u00F3n prest\u00F3 su aprobaci\u00F3n a esta iniciativa legal por los considerandos expuestos, los que persiguen una soluci\u00F3n a un problema que afecta a un grupo de familias de escasos recursos econ\u00F3micos que carecen de t\u00EDtulos de dominio sobre el inmueble que ocupan. Os propone que le prest\u00E9is, asimismo, vuestra aprobaci\u00F3n en los siguientes t\u00E9rminos: \nProyecto de ley \nArt\u00EDculo 1\u00BA Autor\u00EDzase al Presidente de la Rep\u00FAblica para transferir a sus actuales ocupantes o a aquellas personas que pudieren reemplazar a algunos de \u00E9stos, antes del 31 de diciembre de 1971, los terrenos fiscales en que se encuentran construidos los pabellones que ocupaba la ex Escuela Normal de Chill\u00E1nJuan Madrid. \nEl inmueble que se transfiere tiene los siguientes deslindes: Norte, con calle Maip\u00FA; Este, con calle Buenos Aires; Sur, con calle Talcahuano y Oeste, con calle Rozas; su inscripci\u00F3n rola a fojas 323 vta. N\u00B0 828, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra\u00EDces de Chill\u00E1n, correspondiente al a\u00F1o 1897. \nLa transferencia del terreno se har\u00E1 en favor de las mismas personas beneficiadas en calidad de cesionarias del pabell\u00F3n que ocupan, en virtud del Acuerdo N\u00B0 1.295, de fecha 23 de diciembre de 1969 de la Municipalidad de Chill\u00E1n. \nArt\u00EDculo 2\u00BA El Presidente de la Rep\u00FAblica deber\u00E1 dictar el decreto que disponga la transferencia a que se refiere el art\u00EDculo anterior dentro del plazo de 90 d\u00EDas contado desde la publicaci\u00F3n de esta disposici\u00F3n legal en el Diario Oficial. \nArt\u00EDculo 3\u00BA Para los efectos del otorgamiento de los t\u00EDtulos de dominio de los terrenos que se autorizan transferir en el art\u00EDculo 1\u00BA de esta ley y su inscripci\u00F3n en el Conservador de Bienes Ra\u00EDces respectivo no ser\u00E1n exigibles por parte del Ministerio de Tierras y Colonizaci\u00F3n y de la Municipalidad de Chill\u00E1n, el cumplimiento de las disposiciones de la Ley General de Construcciones y Urbanizaci\u00F3n, en especial, aquellas relativas a la superficie m\u00EDnima que debe tener un terreno como frente de una calle y que se destine a la construcci\u00F3n. \nSala de la Comisi\u00F3n, a 25 de agosto de 1971. \nAcordado en sesi\u00F3n de fecha 18 del mes en curso, con asistencia de los Diputados se\u00F1ores Toro (Presidente), Alvarado, Aylwin, Sharpe y Vergara. \nSe design\u00F3 Diputado informante al se\u00F1or Vergara. \n(Fdo.): Luis Pinto Leighton, Secretario de la Comisi\u00F3n. \n \n " . . . 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