. . . . . " 7.-MOCION DE LOS SE\u00D1ORES VALDES Y FRIAS. \nHonorable C\u00E1mara: \nEl Centro de Hijos de Constituci\u00F3n, \ncon sede en Santiago, que agrupa en su seno a los hijos de Constituci\u00F3n, Put\u00FA, Empedrado, Junquillar y a todos aquellos pueblos y localidades que conforman el Departamento de Constituci\u00F3n, provincia de Maule, fue fundado el 11 de septiembre de 1943 y obtuvo su Personalidad Jur\u00EDdica por Decreto N\u00BA 3270 del 9 de agosto de 1944, del Ministerio de Justicia. \nEn sus Estatutos Org\u00E1nicos se contempla, entre otras, las siguientes finalidades: Coadyuvar, propiciar, e impulsar toda iniciativa que vaya en beneficio de los habitantes de los pueblos ya nombrados. Es as\u00ED como cada a\u00F1o, esta instituci\u00F3n, ha hecho llegar su ayuda o contribuci\u00F3n a las escuelas primarias y secundarias, hospitales, policl\u00EDnicas, c\u00E1rcel p\u00FAblica, asilo de ancianos, clubes deportivos, sociedad de obreros, sindicatos, etc., del departamento. \nPara brindar una m\u00E1s eficaz ayuda a los maulinos, el Centro de Hijos de Constituci\u00F3n, se encuentra empe\u00F1ado en adquirir un inmueble que, entre otras, cumplir\u00EDa los siguientes objetivos: \na) Ser un centro relacionador entre los habitantes del departamento y los hijos de Constituci\u00F3n residentes en Santiago; \nb) Acoger en su seno a estudiantes, obreros y todos aquellos que vienen a Santiago en busca de nuevos horizontes ocupacionales y de estudio. Es necesario hacer presente que el ingreso per capita de Constituci\u00F3n es el m\u00E1s bajo de Chile. No hay industria para absorber la mano de obra, lo que trae consigo un gran \u00E9xodo de poblaci\u00F3n a otras zonas del pa\u00EDs, especialmente Santiago. Asimismo esta sede servir\u00EDa para recibir y ubicar a aquellas personas enfermas y desorientadas que necesitan de un establecimiento hospitalario para el restablecimiento de su salud. Tambi\u00E9n las personas modestas que acudan a la capital, por tr\u00E1mites de cualquiera \u00EDndole, encontrar\u00EDan en el Centro de Hijos de Constituci\u00F3n la ayuda e informaci\u00F3n necesaria para realizar con tranquilidad y mejor \u00E9xito sus gestiones; y \nc) Propender al turismo y conocimiento de las bellezas naturales de la zona maulina. \nSe hace presente a la Honorable C\u00E1mara, que esta es una sentida aspiraci\u00F3n del Centro de Hijos de Constituci\u00F3n, con sede en Santiago, como igualmente de la poblaci\u00F3n de ese departamento. \nEstas consideraciones, son las que nos hacen presentar a la Honorable C\u00E1mara el siguiente \nProyecto de ley: \nArt\u00EDculo \u00FAnico. El Presidente de la Rep\u00FAblica destinar\u00E1 al Centro Hijos de Constituci\u00F3n, con sede en Santiago, la suma de E\u00BA 1.000.000, a fin de que los destine exclusivamente a la adquisici\u00F3n de un bien ra\u00EDz en donde funcionar\u00E1 su sede social en la ciudad de Santiago. \nEl gasto que demande el cumplimiento de esta ley se imputar\u00E1 al 70% del remanente que se produzca en la cuenta especial F48, de acuerdo con las normas del art\u00EDculo 244 de la Ley N\u00BA 16.617, modificada por el art\u00EDculo 15 de la Ley N\u00B0 16.773. \n(Fdo.): Juan Vald\u00E9s R. Engelberto Fr\u00EDas M. \n \n " . . . . . .