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- rdf:value = " 6.-FINANCIAMIENTO DEL FONDO DE PENSIONES DEL SERVICIO DE SEGURO SOCIAL.- TERCER TRAMITE CONSTITUCIONAL.
El señor MERCADO (Presidente).-
Cumpliendo con los acuerdos a que se llegó en la reunión de Comités de la mañana de hoy, corresponde despachar, con cinco minutos por Comités, las modificaciones introducidas por el Honorable Senado al proyecto de ley, aprobado por la Cámara de Diputados, que establece diversos impuestos para financiar el Fondo de Pensiones del Servicio de Seguro Social.
- Las modificaciones del Senado, impresas en el boletín Nº 11.095-S, son las siguientes:
"Artículo 1º
Ha sido sustituido por el siguiente:
Artículo 1º.- Establécense los siguientes gravámenes cuyo íntegro producido se destinará al Fondo de Pensiones del Servicio de Seguro Social:
a) Reemplázanse en el inciso primero del artículo 24 de la ley sobre impuesto al patrimonio, contenido en el Título II de la ley Nº 17.073, los guarismos "1%" por "1,6%", "1,3%" por "2%", "1,6%" por "2,4% y "2%" por "2,8%".
Esta disposición regirá a contar del año tributario 1970.
b) Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 2º transitorio de la ley Nº 17.267, de fecha 23 de diciembre de 1969, aplicase, durante el año 1970, un recargo de un 25% sobre el monto de la contribución girada para dicho año que afectará a los bienes raíces de la Primera y de la Segunda Serie de todas las comunas del país, cuyos avalúos sean superiores a mil sueldos vitales mensuales, escala A) del departamento de Santiago.
Este recargo adicional será de beneficio exclusivo del Servicio de Seguro Social y el Tesorero General de la República deberá depositarlo dentro del mes siguiente de su recaudación en una cuenta especial que se abrirá para estos efectos.
El recargo que se establece por el presente artículo se cobrará en una sola cuota conjuntamente con las contribuciones de bienes raíces que corresponda pagar en el segundo semestre del presente año.".
Artículo 2º
Ha sido reemplazado por el siguiente:
"Artículo 2º.- Establécese, en beneficio del Fondo de Pensiones del Servicio de Seguro Social, un 2% adicional a los intereses de los préstamos no reajustables que otorguen las Cajas de Previsión a sus imponentes.
Este interés adicional será recaudado por las instituciones acreedoras y transferido al Servicio de Seguro Social dentro de los 10 días siguientes a su percepción."
El señor MERCADO (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
El señor PALESTRO.-
Pido la palabra.
El señor MERCADO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Palestro, don Mario.
El señor PALESTRO.-
Dos palabras no más, señor Presidente, para expresar nuestro apoyo a esta modificación introducida en el Senado al proyecto que establece diversos impuestos para financiar el Fondo de Pensiones del Servicio de Seguro Social, iniciativa de nuestro cama-rada Héctor Olivares que en el segundo tramité constitucional ha sido incluida nuevamente en la convocatoria por el Gobierno, para solucionar el problema que se les ha venido presentando a los pensionados.
Como se trata de despachar este proyecto con la rapidez del caso, para que pueda ser ley a la brevedad posible, vamos a dar nuestros votos favorables a esta iniciativa, a objeto, como digo, de que sea publicada cuanto antes y para que también los pensionados del Servicio de Seguro Social puedan contar con los recursos que aquí se establecen y que vienen a financiar el Fondo de Pensiones.
Le concedo una interrupción al compañero Schnake.
El señor MERCADO (Presidente).-
Puede hacer uso de la interrupción Su Señoría.
El señor SCHNAKE.-
Señor Presidente, esta breve interrupción es solamente para plantear que los socialistas estimamos extraordinariamente grave que un Gobierno tenga que vivir acostumbrado prácticamente a legislar en favor de quienes debiera haberlo hecho hace largos años, sobre la base de la presión, sobre la base de hechos que escapan al normal desenvolvimiento de un país. Ya todo Chile se conmovió con la rapidez con que el Gobierno actuó, hace algunos meses, cuando, por la presión de diversos sectores -Fuerzas Armadas, Poder Judicial-, en horas, poco menos, solucionó problemas que venían debatiéndose durante años.
Hoy, nuevamente comprobamos los socialistas este mismo sistema. Durante todo un año, más de 340 mil pensionados del Servicio de Seguro Social han vivido sin reajuste, sin el reajuste de sus miserables pensiones. Ha tenido que ser una acusación constitucional, promovida por los Partidos de la Unidad Popular, por los Partidos Socialista, Comunista y Radical, la razón para que hoy el Gobierno sí se preocupe de financiar algo que debió haber hecho hace muchísimo tiempo.
Pero queremos también dejar constancia de que este proyecto, que, vamos a votar favorablemente en su tercer trámite, no soluciona en definitiva, el problema de los pensionados y montepiadas del Servicio de Seguro Social. Sólo soluciona el financiamiento del 32,5% que se les adeuda por el año pasado y deja pendiente aún la solución de los reajustes desde el año 1970 en lo sucesivo.
De tal manera que hacemos un nuevo llamado de atención al Gobierno para que solucione en definitiva este problema, ya que no puede ser que con las capas más empobrecidas de nuestra población sea precisamente con las cuales se esté jugando y a las cuales se les esté dando, sólo en última instancia, la importancia que ellas tienen; para que entre, en consecuencia, a solucionar el problema del financiamiento de estas pensiones y montepíos en forma definitiva y permanente.
Nada más, señor Presidente.
El señor MERCADO (Presidente).-
Puede hacer uso de la palabra el Diputado señor Fuentealba, don Clemente.
El señor FUENTEALBA (don Clemente).-
Señor Presidente, es para anunciar los votos favorables del partido con respecto al artículo 1º que viene del Senado, ya que, en lo que respecta al impuesto patrimonial, sólo aumenta las tasas de las propiedades que tengan un avalúo superior a los 350 sueldos vitales, es decir, de más de 250 mil escudos; además, la letra b) también establece un impuesto de 25% a las propiedades cuyo avalúo sea superior a mil sueldos vitales, es decir, a 617 mil escudos. Por lo tanto, nosotros vamos a dar aprobación a este artículo.
Por otra parte, quiero dejar establecido que este proyecto ha sido el fruto de la acusación constitucional presentada en contra del Ministro del Trabajo. Si la acusación no se hubiese presentado, probablemente no se habría enviado este proyecto al Senado, puesto que ya el Ministro lo había retirado por dos veces.
Tal como se ha expresado, nosotros también creemos que esto no soluciona definitivamente el problema, porque financia solamente el reajuste del 17,5% que se les debe a los asegurados por el año 1969, quedando siempre pendiente el financiamiento del reajuste que les corresponderá por el año 1970 que, según se nos ha dicho por la Superintendencia de Seguridad Social, debe ser del orden del 40 ó 45%.
Por eso, nosotros dejamos constancia de que, efectivamente, el fruto de la acusación constitucional ha sido el envío de este proyecto, ya que el Gobierno, en ocho o nueve veces, ha querido modificar el artículo 47 de la ley 10.383.
Le voy a conceder una interrupción al Diputado Clavel.
El señor MERCADO (Presidente).-
Puede hacer usó de la interrupción el Diputado señor Clavel, don Eduardo.
El señor CLAVEL.-
Señor Presidente, en relación con las modificaciones introducidas por el Senado en el artículo 2º de este proyecto, en que se establece, "en beneficio del Fondo de Pensiones del Servicio de Seguro Social, un 2% adicional a los intereses de los préstamos no reajustables que otorguen las Cajas de Previsión a sus imponentes", queremos manifestar que los únicos préstamos no reajustables que existen en la actualidad en las Cajas de Previsión son los de auxilio y que ellos son pedidos, casualmente, por los imponentes que están más necesitados y más angustiados económicamente. Sobre todo, el apremio les viene cuando comienza el año escolar y deben matricular a sus niños y hacer todos los gastos inherentes a la educación de sus hijos.
Por eso, señor Presidente, nosotros no vamos a votar en contra, sino que nos vamos a abstener en este caso, porque creemos que este gravamen a los préstamos de auxilio perjudica, casualmente, a los imponentes más modestos de las Cajas de Previsión.
Nada más, señor Presidente. Muchas gracias.
El señor MERCADO (Presidente).-
Puede hacer uso de la palabra el Diputado señor Acevedo, don Juan.
El señor ACEVEDO.-
Señor Presidente, durante el año 1969, los jubilados del Servicio de Seguro Social estuvieron sin percibir el reajuste del 32,5%. En reiteradas oportunidades, la directiva de los jubilados lo hizo presente tanto al Servicio como al Ministro de Hacienda. Las promesas de pago sólo alcanzaron a un 15% del 32,5%.
Ante esta gravísima situación creada al sector económicamente más restringido del país, los Partidos de la Unión Popular patrocinamos una acusación constitucional contra el Ministro del Trabajo.
El Gobierno ha incorporado en la convocatoria extraordinaria de sesiones aquel proyectó que fue despachado por la Cámara y que da recursos al Fondo de Pensiones. En la mañana de hoy, en que estábamos convocados para tratar la acusación, todos los Comités de esta Corporación, hemos dado el asentimiento para despachar de inmediato, en tercer trámite, este proyecto, que da recursos al Fondo de Pensiones en base a indicaciones que ha hecho el Ejecutivo en el Honorable Senado.
De este financiamiento, sólo en uno, el que está en el artículo 2º, nosotros nos vamos a abstener. Se refiere a un 2% adicional a los préstamos no reajustables que conceden las Caja de Previsión. Los préstamos que las Cajas conceden, en estos instantes, son sólo los de auxilio, para sectores también económicamente muy estrechos, como es el caso de la Caja de Empleados Particulares.
El financiamiento sólo alcanza, como lo han manifestado el colega Schnake y el colega Fuentealba, a financiar el 32,5% del año 1969. El proyecto no comprende el financiamiento para el reajuste que debió haberse hecho a partir de enero del presente año, que, por las informaciones que nos han entregado, es del orden del 45%. En tal razón, el" Ejecutivo se verá nuevamente en la situación de tener que buscar recursos para financiar este 45%. De no hacerlo, como ya no lo hizo respecto del año 1969, el Parlamento o los sectores populares del Parlamento nuevamente tomarán la iniciativa para buscar financiamiento a ese 45%.
Es menester dejar constancia del esfuerzo agotador de la organización de los jubilados a lo largo de todo Chile, que, en forma incansable, han estado permanentemente luchando por que se les pague este reajuste. Y la lucha de ellos ha llegado a extremos que han significado la pérdida de algunos de sus dirigentes, dirigentes que, en una espera indefinida, han debido sufrir toda clase de enfermedades, como en el caso del compañero Carrillo, que ha fallecido esperando una audiencia para conseguir el pago de este reajuste.
De ahí, entonces, que vamos a prestar nuestros votos favorables, para que el proyecto sea despachado en los mismos términos en que viene del Senado y pueda, ser comunicado de inmediato al Ejecutivo-queda, de acuerdo con la Constitución Política, con la disponibilidad de 30 días para vetarlo o promulgarlo. En estos instantes, estando presente en la Sala el señor Ministro de Hacienda subrogante, debo expresar que nuestro deseo es que, ojala, el Ejecutivo lo promulgue o lo vete en el día de hoy; de suerte que si le merece alguna observación, si ha (Cambiado de criterio respecto de alguno de los términos del proyecto, que lo haga en el día de hoy, a fin de que tanto la Cámara como el Senado lo puedan tratar y quede definitivamente despachado, para que sea ley de la República...
El señor MERCADO (Presidente).-
Excúseme, señor Diputado...
El señor ACEVEDO.-
Eso es todo, señor Presidente.
El señor LORCA (don Gustavo).-
Pido la palabra.
El señor MERCADO (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor LORCA (don Gustavo).-
Señor Presidente, los Diputados nacionales estamos conscientes de que es preciso legislar acerca de la forma de dar un financiamiento para que puedan ser pagadas, en la forma que señala la ley, las pensiones del Servicio de Seguro Social. Pero creemos también que no es posible que se nos obligue a legislar en forma inoportuna y, sobra todo, en el último momento por el Supremo Gobierno, cuando se ha visto obligado por obra de una acusación constitucional, a activar y dar pronto despacho a una ley de esta naturaleza.
El señor Ministro del Trabajo ha declarado que existía financiamiento para estos fines, y que así lo previó durante los años 1965, 1966, 1967 y 1968. No nos explicamos, entonces, las razones que haya tenido el Gobierno para no formular oportunamente los resguardos necesarios ante el 'Congreso, a fin de hacer posible el financiamiento para el año 1969.
Hemos tenido que legislar en escasas 24 horas, tanto el Honorable Senado como esta Cámara, para poder obtener una ley que solucione este grave problema, que se arrastra para el año entero de 1969 y que sigue arrastrando durante este año 1970.
Creemos, además, que la inoportunidad para tratar este proyecto no puede ser motivo ni justificación para que también se legisle sin considerar a fondo los diversos impuestos y gravámenes que nuevamente se hacen caer sobre el sufrido contribuyente chileno, que, en este momento, está sobrecargado hasta tal punto que, al decir de los expertos en esta materia, es uno de los que tiene una carga tributaria más intensa en todo el mundo.
El Gobierno no sólo ha debido tomar precauciones para que esta legislación hubiere sido dictada con oportunidad, sino también -y esto es lo más fundamental- para que se hubieran hecho las previsiones financieras y económicas suficientes a fin de poder pagar estas pensiones. Y lo digo así, porque el Gobierno tiene en sus manos la posibilidad de haber obtenido recursos dentro del Presupuesto de la Nación sin recargar nuevamente al contribuyente con mayores gravámenes, con nuevos tributos. El Gobierno ha seguido en esto una política absurda, a nuestro juicio. Ha derrochado, por no decir otras palabras más fuertes, en numerosos rubros que no corresponden precisamente a aspectos positivos para la economía nacional. Ha hecho desembolsos, en realidad, cuantiosísimos, que han significado, en gran medida, el desfinanciamiento no sólo del Presupuesto Nacional, sino de todas estas entidades que, en el fondo, dependen de él; de modo que, aunque se quiera eludir esta situación de responsabilidad legal, ellas tienen que tener financiamiento a través del Presupuesto Nacional.
Por eso, señor Presidente, nosotros estimamos que los gravámenes que aquí se imponen y que van a tener que soportar todos los chilenos, son terriblemente injustos y van a recaer precisamente en este instante en que la economía está tan sumamente recargada. Quiero observar, por ejemplo, -nosotros apoyaremos algunas de estas disposiciones, porque creemos que hay que dar los medios, evidentemente, al Gobierno que algunas de ellas afectarán a sectores bastante más amplios de lo que antes se concibió en lo que se refiere al impuesto patrimonial, que con la ampliación que se hace ahora por el Gobierno va a significar que el área tributable pase a ser muchísimo más extensa de lo que se la había restringido con la última modificación a este impuesto. Esto ¿qué significa en el fondo, señor Presidente? Significa que la posibilidad de capitalización del país disminuye cada vez más, y de esto ha de ser responsable este Gobierno. Nosotros dejamos bien sentado este principio. Nosotros no queremos correr con esta carga para el futuro, porque creemos que con esto nuevamente va a ser gravada la clase media chilena y le va a demandar un nuevo esfuerzo...
El señor MERCADO (Presidente).-
Excúseme, señor Diputado. Ha llegado el término del tiempo que Corresponde a Su Señoría.
El señor FUENTES (don Samuel).-
Pido la palabra.
El señor MERCADO (Presidente).-
Puede hacer uso de la palabra el Diputado señor Fuentes, don Samuel, en el minuto que queda a su Comité.
El señor FUENTES (don Samuel).-
Señor Presidente, quiero dejar establecido que, en diversas oportunidades, hemos observado que la iniciativa del Gobierno actual ha sido privar a los pensionados del Servicio de Seguro Social de este reajuste que establece el artículo 47 de la ley N° 10.383,
Por esta razón, el Gobierno no ha demostrado ningún interés en darle financiamiento a este fondo para pensiones del Servicio mencionado. Y, por eso, por iniciativa parlamentaria, la Cámara de Diputados, en sus distintas Comisiones, ha tratado este proyecto, buscándole un financiamiento. Y de muy mala gana, el Gobierno ahora viene a hacerse cargo de su responsabilidad. Y discutimos aquí, con el Ministro señor León, con el Superintendente de Seguridad Social, con la Directora del Servicio de Seguro Social, este gravísimo problema. Aunque están aprobados los recursos, el Gobierno ha demostrado esta irresponsabilidad...
El señor MERCADO (Presidente).-
Excúseme, señor Diputado. Ha terminado el tiempo de Su Señoría.
El señor PARETO.-
Pido la palabra.
El señor MERCADO (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Pareto.
El señor PARETO.-
Señor Presidente, la verdad es que estamos frente a la solución de un problema respecto del cual los sectores políticos que forman la Cámara de Diputados, especialmente los sectores de Oposición, tienen actitudes francamente contradictorias.
Por un lado, se acusa al Gobierno de negligencia; y, por otro, se le acusa de "azotar" al sector productor. Se habla del "sufrido contribuyente". Yo me pregunto: ¿de dónde va a obtener un Gobierno los recursos necesarios...
El señor LORCA (don Gustavo).-
No derrochando.
El señor MOMBERG.-
Haciendo economías.
El señor PARETO.-
¿para financiar muchas disposiciones legales que el propio Parlamento ha despachado desfinanciadas?
El señor LORCA (don Gustavo).-
No derrochar.
El señor PARETO.-
Y yo quiero referirme a un alcance muy ligero que ha formulado el Diputado señor Lorca.
Su Señoría ha sostenido aquí que estos impuestos van a recaer sobre el "sufrido contribuyente". Y que la opinión pública sepa perfectamente bien -y lo sepan los pensionados de Chile- quiénes son los que, en gran parte, van a contribuir a este financiamiento para que se les pueda pagar lo adeudado en el año 1969. Sabe el señor Lorca que las altas tasas del impuesto patrimonial afectan solamente a 2.670 contribuyentes, de una población de diez millones de habitantes, y que el total de ciudadanos que paga el patrimonial en Chile llega escasamente a los 30 mil. ¿Dónde está, entonces, el "sufrido pueblo chileno" que va a ser afectado por este tremendo impacto de este aumento del patrimonial? ¿Qué ha sostenido en defensa del "sufrido contribuyente" el representante del Partido Nacional? Se ha referido aquí el aumento de la tasa de la contribución al bien raíz de aquellos inmuebles que tienen un avalúo fiscal de 600 mil escudos, de 600 millones de pesos. ¿Se puede considerar que un ciudadano que tiene un bien raíz cuyo avalúo es superior a 600 millones sea parte del "sufrido pueblo chileno"?
- Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PARETO.-
Creo que ésta es una inconsecuencia, señor Presidente. Porque se dice, por una parte, y estamos conscientes de ello, que estamos frente a la crisis, a la quiebra del régimen previsional chileno. Sobre esa materia, este Gobierno, en septiembre del año pasado, ha planteado normas definitivas para poder solucionarla. Porque tenemos que decirlo honesta y francamente: se ha producido en este país un profundo desnivel en la previsión chilena. Mientras hay personas que gozan del sistema de la reajustabilidad de sus pensiones por la vía de la "perseguidora", con 14 ó 15 millones mensuales, existen sectores de la Administración Pública que tienen rentas miserables. Y ocurre, y también estamos conscientes de esa realidad, que, mientras algunas personas obtienen desahucios fabulosos, otros sectores reciben sumas que muchas veces no les alcanzan para afrontar la vida una vez que abandonan la actividad pública.
¿Queremos, señor Presidente, pretender decir ahora que este Gobierno es el causante de todos los males de la previsión, cuando durante el Gobierno del señor Alessandri se anunció pomposamente que el señor Jorge Prat estaba estudiando un proyecto de reforma previsional; proyecto que jamás llegó y cuyos antecedentes jamás se entregaron al Parlamento? ¿Tienen autoridad hoy día para reclamar del sistema previsional chileno, quienes, cuando fueron gobierno, no propusieron aquí, en ninguna oportunidad, en forma legislativa, seria y responsablemente, la solución de este mal endémico que sufre el país?
El señor GODOY.-
¡Ustedes tampoco!
El señor PARETO.-
¡Aquí está, señor! Pero nosotros queremos sostener que ha sido preocupación del Gobierno buscarle solución a este problema; pero también estamos conscientemente responsables de que no es fácil buscar 170 millones para financiar un proyecto. Y éste, señor Presidente, no es el producto de una amenaza, sino la consecuencia reiterada de un compromiso que hoy estamos cumpliendo.
Queremos, por otro lado, advertir a los sectores del FRAP, que han anunciado su abstención en una indicación que cuesta alrededor de 10 millones, que es indiscutible que si este proyecto sale desfinanciado, el Ejecutivo tendría que buscar por la vía del veto un financiamiento. Pero debemos anunciar también aquí, en nombre del Partido Demócrata Cristiano, del partido de gobierno, que este proyecto no sufrirá ningún veto por parte del Ejecutivo y que su promulgación será inmediata.
Lo queremos decir, no para salvar a un Ministro de Estado, sino para demostrar aquí que la responsabilidad del señor Ministro del Trabajo no es como se ha querido señalar en el libelo acusatorio, porque creemos que él ha estado consciente y ha sido responsable en el problema. Por eso, creemos que la acusación constitucional deducida en contra del señor Ministro del Trabajo ha quedado, en esta oportunidad, obsoleta.
El señor MERCADO (Presidente).-
Puede hacer uso de la palabra el señor Ministro de Hacienda subrogante.
El señor FIGUEROA (Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción).-
Señor Presidente, las intervenciones que hemos tenido oportunidad de oír, tanto en la Comisión de Hacienda del Senado, en la Sala de esa Corporación y aquí, en la Cámara, esta mañana, demuestran el criterio que el Ejecutivo expresó en la Comisión de Hacienda del Senado, en la Sala de esa Corporación y aquí, en la Cámara, esta mañana, demuestran el criterio que el Ejecutivo expresó en la Comisión de Hacienda del Senado sobre la dificultad de encontrar un financiamiento que entregara los recursos necesarios para pagar la diferencia que se adeudaba a los pensionados del Servicio de Seguro Social por el año 1969, con motivo de la aplicación del artículo 47 de la ley Nº 10.383.
Los diversos sectores políticos coinciden en la necesidad de legislar en esta materia; pero cuando llegamos a cada uno de los financiamientos propuestos, aparecen las dificultades planteadas por cada sector.
Sin embargo, conscientes de las dificultades existentes en esta materia, hemos buscado el financiamiento que nos parece más racional, dentro de los recargos que cada sector puede soportar.
En primer término, hemos buscado el aumento del patrimonial; el restablecimiento, mejor dicho, de las tasas del impuesto patrimonial en la forma en que primitivamente rigieron en la ley. Nos parece que ello afecta a un sector que, por su condición económica, está en condiciones de soportar, dentro de las dificultades que le causan los nuevos gravámenes tributarios, y de solucionar, la situación de los pensionados del Servicio de Seguro Social.
El señor GUASTAVINO.-
Son los sectores que han explotado a los pensionados.
El señor FIGUEROA (Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción).-
En seguida, hemos compartido el criterio, ya aprobado por el Senado, en el sentido de que es posible obtener recursos por un monto de 36 millones de escudos, a través del aumento del medio por ciento en la contribución territorial de aquellos predios que tengan un avalúo fiscal superior a mil sueldos vitales mensuales, escala A) del departamento de Santiago; es decir, 617 mil escudos.
En tercer término, se extraen, diríamos del mismo sector, 32 millones de escudos, a través de la elevación del salario agrícola de 1.25 salario mínimo a 1.50 salario mínimo de imponibilidad máxima. Reconocemos que en este sector ha habido un recargo previsional importante con motivo del aumento del salario mínimo. Sin embargo, estamos restableciendo un criterio del Ejecutivo, ya que en una ley de 1968, sobre reajuste de remuneraciones, se dio la facultad para determinar el salario agrícola imponible, que se fijó en 1.50 y se rebajó posteriormente a 1.25, con motivo de la sequía. Esa situación de perjuicio para la agricultura se remedió en alguna medida, a través de una rebaja en la imponibilidad.
Estas son las formas de financiar el proyecto, dada la urgencia y la imposibilidad de encontrar recursos a través de otros mecanismos. Se han objetado algunas de ellas; pero la única alternativa que hemos escuchado radica en la posibilidad de rebajar los gastos del Fisco.
El Parlamento ha "debatido ya suficiente y hondamente el problema del gasto fiscal y las presiones a que se ha visto sometido el Gobierno, especialmente en materia de remuneraciones para los trabajadores del sector público.
Además, yo dejé constancia ayer, en el Senado, a propósito de experiencias que se citaron de otros países de cómo reducen sus gastos corrientes o variables, de que el Ejecutivo aceptó este año, en materia de presupuesto corriente, sólo un aumento del 20%, ha habido una rebaja del 10% sobre el 20% en los gastos corrientes o variables; de manera que la única alternativa que se propone es rebajar los gastos, en circunstancias que no se están allegando nuevos recursos.
Sobre esta materia, quiero ser muy breve y claro, porque resulta que de rechazarse el financiamiento tal como fue aprobado por el Senado, es decir, de no aceptarse el interés del 2% adicional sobre préstamos no reajustables de las cajas de previsión, el proyecto quedaría con un desfinanciamiento de 10 millones de escudos. Este solo hecho obligaría al Ejecutivo a vetar la iniciativa; porque hemos dicho que con estos 120 millones de escudos que se recogen de recursos adicionales, destinados únicamente al Fondo de Pensiones del Servicio de Seguro Social, estaríamos en condiciones de dar cumplimiento a la parte del reajuste del año 69 que está pendiente respecto de todas las pensiones del Servicio de Seguro Social.
Haciéndome cargo de las objeciones al interés del 2% adicional, resulta que estos préstamos no reajustables son pagaderos a tres años, y hay un fondo rotatorio permanente que se entrega a las distintas cajas de previsión. Hay una ganancia neta para estos sectores que están en condiciones de obtener préstamos, si consideramos el proceso de inflación que ha habido en los últimos tres años.
El señor CLAVEL.-
¿Cómo va a haber ganancia?
El señor FIGUEROA (Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción).-
Hay ganancia, en términos reales, señor Diputado, porque se trata de préstamos no reajustables.
Cuando se paga...
El señor CLAVEL.-
Cuando se invierte...
El señor FIGUEROA (Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción).-
un interés del 6%, en presencia de una inflación del 29%, en mi concepto -y respetando su opinión- hay una ganancia neta para el usuario del préstamo.
El señor CLAVEL.-
No hay ganancia.
El señor FIGUEROA, (Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción).-
De manera que el 2% adicional nos parece un porcentaje que perfectamente se puede pedir a este sector que está obteniendo este beneficio a través de un préstamo no reajustable.
Quiero dejar categóricamente expresa- do, señor Diputado, que, de haber financiamiento completo para el proyecto, tal como fue despachado por todos los sectores del Senado ayer en la noche, no habrá veto del Ejecutivo, porque la finalidad que se tuvo al presentar las indicaciones se habría cumplido.
Gracias.
El señor SEÑORET.-
Pido la palabra.
El señor MERCADO (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor SEÑORET.-
Señor Presidente, desde que llegué a esta Honorable Cámara, con un criterio tal vez muy simplista, me ha llamado profundamente la atención la circunstancia de que, en forma permanente, cada una de las leyes que se relacionan con cualquier modificación que vaya a beneficiar, de alguna manera, a los pensionados de cualquiera de las cajas de previsión, tenga que financiarse, de modo forzoso, con nuevos recursos. Estos nuevos recursos, -sin entrar a calificar a los contribuyentes, porque aquí siempre se hace una calificación de ellos en cuanto se estima que debe recargarse a los contribuyentes que están en condiciones de pagar estas nuevas tributaciones- siempre se obtienen del mismo sector de contribuyentes. Sin embargo, con el devenir del tiempo, poco a poco, la tributación va abarcando a un mayor número de contribuyentes. Llegará el instante en que, al agotarse los recursos de los contribuyentes de altos montos, los recargos de las contribuciones comprenderán a nuevos sectores. Es así cómo los contribuyentes que denominamos de clase media, como son los pequeños comerciantes, los pequeños industriales, etcétera, que antes se encontraban en situación un poco mejor, poco a poco han ido siendo ingresados al porcentaje de los contribuyentes que están cada día más recargados con la contribución. Y es lógico que así sea, porque llegará el momento en que no solamente van a estar excesivamente recargados los hombres de rentas medias, sino que también lo estarán de todas las rentas, pues serán considerados de rentas superiores. Y esto es lo que está pasando en relación con muchos contribuyentes; incluso los sectores que se consideran más desposeídos van entrando, poco a poco, a estos sectores que están recargados con nuevas tributaciones.
Lógicamente sobre esto habría que hacer un análisis mucho más profundo del sistema previsional chileno, que se encuentra en una situación de suma imperfección y que es sumamente caro. Resulta que el sistema previsional chileno debe estar recibiendo permanentemente nuevos recursos y no puede entregar más beneficios a sus imponentes, porque es muy caro y se encuentra sumamente recargado. Tenemos el caso' de que por ser el servicio más concentrado y tener un mayor número de afiliados, el instituto previsional más barato en su administración debería ser precisamente el Servicio de Seguro Social. Partimos de la base fundamental de que todo servicio previsional en que se encuentran concentrados los recursos y por poseer el mayor número de afiliados, tiene, indudablemente, que ir siendo cada día más barato cuando está bien administrado. Pero lo que ocurre en el sistema previsional chileno es que los servicios son sumamente caros. Así, tenemos la tremenda incongruencia que podemos observar en cada una de las cajas de previsión, de que los servicios previsionales que abarcan el mayor número de imponentes son precisamente los que menos beneficios dan a sus asegurados. En cambio, las cajas más pequeñas, las que deberían tener un mayor gasto en su administración, son las que conceden más beneficios. Por ello, son muchos los que prefieren pertenecer a una caja chica, reducida, como la Caja de los Empleados Municipales de Santiago, por ejemplo, porque estos institutos previsionales otorgan mayores beneficios...
El señor MERCADO (Presidente).-
Excúseme, señor Diputado.
Ha llegado el término del tiempo del Comité de Su Señoría.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación la modificación introducida en el encabezamiento y en la letra a) del artículo 1º.
Si le parece a la Sala, se aprobará por unanimidad.
Aprobada.
En votación la letra b).
Si le parece a la Sala, se aprobará por unanimidad.
El señor FRIAS.-
Con mi abstención.
El señor MERCADO (Presidente).-
Aprobada.
El señor FRIAS.-
Con mi abstención.
La señora BALTRA.-
Ya se votó.
El señor MERCADO (Presidente).-
En votación la modificación introducida en el artículo 2º.
El señor PALESTRO.-
Deseamos que el proyecto no tenga otro trámite más, señor Presidente.
El señor MERCADO (Presidente).-
Si le parece a la Cámara, se aprobará.
Aprobada.
Terminada la discusión del proyecto.
El proyecto despachado por la Cámara y comunicado a Su Excelencia el Presidente de la República, está concebido en los siguientes términos:
Proyecto de ley:
"Artículo 1.- Establécense los siguientes gravámenes cuyo íntegro producido se destinará al Fondo de Pensiones del Servicio de Seguro Social:
a) Reemplázanse en el inciso primero del artículo 24 de la ley sobre impuesto al patrimonio, contenido en el Título II de la ley Nº 17.073, los guarismos "1%" por "1,6%", "1,3%" por "2%", "1,6%" por "2,4%" y "2%" por "2,8%".
Esta disposición regirá a contar del año tributario 1970.
b) Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 2º transitorio de la ley Nº 17.267, de fecha 23 de diciembre de 1969, aplicase, durante el año 1970, un recargo de un 25 por ciento sobre el monto de la contribución girada para dicho año que afectará a los bienes raíces de la Primera y de la Segunda Serie de todas las comunas del país, cuyos avalúos sean superiores a mil sueldos vitales mensuales, escala A) del departamento de Santiago.
Este recargo adicional será de beneficio exclusivo del Servicio de Seguro Social y el Tesorero General de la República deberá depositarlo dentro del mes siguiente de su recaudación en una cuenta especial que se abrirá para estos efectos.
El recargo que se establece por el presente artículo se cobrará en una sola cuota conjuntamente con las contribuciones de bienes raíces que corresponda pagar en el segundo semestre del presente año.
Artículo 2º.- Establécese, en beneficio del Fondo de Pensiones del Servicio de Seguro Social, un 2% adicional a los intereses de los préstamos no reajustables que otorguen las Cajas de Previsión a sus imponentes.
Este interés adicional será recaudado por las instituciones acreedoras y transferido al Servicio de Seguro Social dentro de los 90 días siguientes a su percepción.
Artículo 3º.- La presente ley regirá a contar del día primero del mes siguiente a la fecha de publicación en el Diario Oficial.".
"