. . . . . "OFICIO DE SU EXCELENCIA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA"^^ . "2.-"^^ . . . . . . . . " 2.-OFICIO DE SU EXCELENCIA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA \n\"N\u00BA 381.- Santiago, 28 de marzo de 1970. \nMediante oficio N\u00BA 363 de 20 de marzo en curso, se han formulado las observaciones al Proyecto de Ley que autoriza al Banco del Estado de Chile para convenir la conversi\u00F3n de los cr\u00E9ditos otorgados desde la vigencia de la Ley N\u00BA 16.253, en cr\u00E9ditos reajustables de Fomento. \nPor el presente oficio, debo complementar dichas observaciones rectificando las vigencias se\u00F1aladas para las modificaciones a la ley de la renta contenidas en el art\u00EDculo 28 del proyecto, como sigue: \n\"Las modificaciones de los n\u00FAmeros 1, 2, 3, 4, 5 y 10 regir\u00E1n a contar del a\u00F1o tributario 1969, afectando a las rentas percibidas o devengadas durante el a\u00F1o calendario o comercial 1968\". \n\"Las modificaciones de los n\u00FAmeros 6, 7, 8, 9, 12 y 13 regir\u00E1n a contar del a\u00F1o tributario 1970, afectando a las rentas percibidas o devengadas durante el a\u00F1o calendario o comercial 1969\". \nDios guarde a V. E. \n(Fdo.).: Eduardo Fre\u00ED Montalva.- Andr\u00E9s Zald\u00EDvar Larra\u00EDn.\" \n \n " . .