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- rdf:value = " 3.-CREACION DEL COMITE PROGRAMADOR DE INVERSIONES DE IQUIQUE Y PISAGUAEl señor MERCADO (Presidente).-
Entrando a la Tabla del Orden del Día, corresponde ocuparse del proyecto de ley, de origen en un Mensaje, con urgencia calificada de "suma" e informado por las Comisiones de Gobierno Interior y de Hacienda, que crea el Comité Programador de Inversiones de Iquique y Pisagua.
Diputado informante de la Comisión de Gobierno Interior, es el señor Atencio; y de la de Hacienda, el señor Lavandero.
-El proyecto, impreso en el boletín Nº 356-(70)-2, es el siguiente;
"Artículo 1º.- Créase el Comité Programador de Inversiones de Iquique y Pisagua, encargado de promover el desarrollo económico de los mencionados Departamentos y de proponer al Supremo Gobierno la programación de las actividades del Sector Público en dicha zona.
Le corresponderá en especial:
a) Elaborar e informar al Supremo Gobierno sobre los proyectos específicos, financiados directa o indirectamente por el Estado, relativos a los Departamentos indicados;
b) Preparar y proponer al Presidente de la República, un programa anual de inversiones del Sector Público para dichos Departamentos, de conformidad a las normas técnicas que le imparta la Oficina de Planificación Nacional;
c) Proponer la inversión de los fondos que se obtengan de una emisión especial de Certificados de Ahorro Reajustable, por parte del Banco Central de Chile. Dichos fondos deberán ser invertidos en proyectos industriales cuya rentabilidad y factibilidad haya sido informada por los organismos técnicos competentes del Estado;
d) Proponer al Supremo Gobierno la adopción de las medidas de política económica necesarias para el desarrollo integral de la región.
El Comité ejercerá sus funciones sin perjuicio de las atribuciones del Instituto CORFO del Norte. No obstante, el Director de la Oficina de Planificación Regional de Tarapacá, ejercerá las funciones de coordinador entre ambos organismos y concurrirá al Consejo del mencionado Instituto con derecho a voz.
Artículo 2º.- El Comité estará integrado, de la siguiente manera:
1.- El Intendente de la provincia, quien lo presidirá;
2.- Los Alcaldes de las Municipalidades de los Departamentos de Iquique y Pisagua;
3.- El Jefe del Departamento de la Corporación de Fomento de la Producción de Tarapacá;
4.- Un representante de la Comisión Coordinadora para la Zona Norte;
5.- Un representante de la Oficina de Planificación Nacional;
6.- Un representante del Banco Central;
7.- Un representante de las actividades comerciales, industriales y mineras de los Departamentos;
8.- Un representante de la Central Unica de Trabajadores, y
9.- Un representante de las Juntas de Vecinos de cada Departamento.
Los empates serán decididos por el Intendente de la provincia.
Los representantes a que se refieren los números 7, 8 y 9 del presente artículo serán designados por sus respectivos organismos en la forma que determine el reglamento.
Artículo 3º.- La Oficina Regional de Planificación de la I Región, Tarapacá, será la Secretaría Técnica del Comité.
Artículo 4º.- La sede del Comité será la ciudad de Iquique y el Presidente de la República dictará las normas necesarias para su instalación y funcionamiento.
Artículo 5º.- Antes del 1º de julio de cada año, el Comité Programador de Inversiones someterá a la consideración del Presidente de la República el programa anual de inversiones a que se refiere la letra b) del artículo 1º, de la presente ley.
El programa deberá presentarse sectorializado, identificando las instituciones ejecutoras de los distintos proyectos y en él se contendrán las proposiciones de inversión del Sector Público en la región, para el año siguiente y el financiamiento de dichas inversiones, con los fondos contemplados en esta ley y con recursos propios de los distintos Servicios de la Administración del Estado.
Artículo 6º.- El Presidente de la República dictará con las modificaciones que estime pertinentes y previo informe de la Oficina de Planificación Nacional, el Decreto aprobatorio del programa de inversiones en los departamentos de Iquique y Pisagua, antes del 31 de enero de cada año.
Artículo 7º.- A partir del 1º de febrero de cada año, el Presidente de la República, por Decreto Supremo, pondrá a disposición de los diversos Ministerios y Servicios del Estado, los fondos a que se refiere el artículo 8º.- de la presente ley, de conformidad al Programa de inversiones que se apruebe. Los fondos deberán ser entregados en las cantidades que sean necesarias para asegurar la ejecución de las obras en la forma señalada en el programa de inversiones.
Artículo 8º.- La Ley de Presupuestos de Entradas y Gastos de la Nación, deberá contemplar en el Presupuesto de Capital del Ministerio de Hacienda, un ítem especial en el cual se contendrán los fondos a que se refiere el artículo 99 de la presente ley.
Artículo 9º.- El ítem a que se refiere el artículo 8º de la presente ley, contendrá para 1970 una asignación de 20.000.000 de escudos. En los años siguientes, esta asignación se incrementará hasta igualar el 20% de los ingresos aduaneros percibidos en los departamentos de Iquique y Pisagua en el año anterior, con excepción de los que correspondan a las Municipalidades y Policía Aduanera. La suma que se determine en dicha forma, en ningún caso podrá ser inferior a la cantidad ya mencionada de Eº 20.000.000, reajustada anualmente en el mismo porcentaje en que haya aumentado el índice de precios al consumidor.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso precedente, el producto del impuesto a las compraventas y servicios por las transacciones que se efectúen en los Hoteles, Presidenciales o Albergues que desarrollen actividades en los Departamentos de Iquique y Pisagua, como, asimismo, en los establecimientos de esparcimiento y recreación de la zona, se destinará anualmente a incrementar, el ítem a que se refiere el inciso anterior, en el año siguiente a las recaudaciones de dichos tributos.
Igualmente incrementarán este ítem las recuperaciones de los préstamos que se otorguen por los diversos servicios u organismos del Estado con fondos a que se refiere el presente artículo.
Artículo 10.- Los excedentes de fondos que no se alcancen a invertir al terminar el año presupuestario, no pasarán a rentas generales, sino que se traspasarán a una cuenta especial de depósito. En el Decreto aprobatorio del programa de inversiones, señalado en el artículo 6º, se especificará el destino que se dará a dichos saldos.
Los distintos Servicios podrán imputar al ítem señalado en el artículo 8º, todos los gastos de cualquier naturaleza que demande la ejecución de las obras financiadas con los fondos señalados en esta ley.
Artículo 11.- Agrégase el siguiente inciso nuevo al artículo 2º de la ley Nº 12.937:
"Los comerciantes instalados o que se instalen en los Departamentos de Iquique y Pisagua, podrán importar las mercaderías a que se refiere el inciso primero del presente artículo, acogidas a las franquicias que por la presente ley se establecen, para ser vendidas sólo a las personas naturales o jurídicas dedicadas a algunas de las actividades favorecidas con las excenciones que el presente artículo establece. Respecto de los vehículos motorizados de cualquier especie, esta franquicia se referirá exclusivamente a sus repuestos, partes y piezas.
El Servicio de Aduanas deberá fiscalizar en forma preferente, el fiel cumplimiento de las franquicias establecidas en el inciso anterior y sus infractores serán responsables del delito de fraude aduanero".
Artículo 12.- Agrégase al final del inciso segundo del artículo 18 de la ley Nº 16.528, modificado por el artículo 20 de la ley Nº17.267, lo siguiente:
"De la misma exención gozarán los industriales establecidos en los Departamentos de Iquique y Pisagua, exclusivamente, en lo que se refiere a sus respectivos giros industriales".
iquiquea continuación del inciso tercero del artículo 18 de la citada ley Nº 16.528, lo siguiente:
"La misma exención regirá también respecto de las transferencias que realicen entre sí los industriales establecidos en los Departamentos de Iquique y Pisagua, siempre que los bienes objeto de la transferencia sean producidos por el tradente".
Artículo 13.- Autorízase la libre importación con cambio libre bancario y liberase de los derechos y demás gravámenes que se perciben por aduanas, que afecten a los materiales de construcción, excepto fierro y madera, que se utilicen en la construcción de Hoteles, Moteles, Hosterías, Balnearios, Campings, Museos y otros establecimientos dedicados al Turismo, en los Departamentos de Iquique y Pisagua, y siempre que no existan en el país en calidad adecuada y cantidad suficiente y previo informe favorable de la Corporación de Fomento de la Producción.
De iguales franquicias y con la misma limitación gozarán los elementos destinados a equipar y alhajar los establecimientos mencionados en el inciso anterior.
Estas franquicias se concederán previo informe favorable, además, del Consejo Regional de Turismo de Tarapacá.
Las franquicias que por el presente artículo se conceden, regirán por un período de 10 años, contados desde la vigencia de la presente ley.
Artículo 14.- Amplíase el artículo 11 de la ley Nº 12.937, en el sentido de que comprende a la industria hotelera de los Departamentos de Iquique y Pisagua.
Artículo 15.- Agréganse los siguientes incisos a la letra c) del artículo 20 de la ley Nº 13.039 incorporada por el artículo 53 Nº 1, de la ley Nº 17.073 de diciembre de 1968:
"Las mercancías a que hace mención el inciso anterior quedarán afectas al pago de setenta y cinco por ciento de los derechos específicos fijados en el Arancel Aduanero y adeudarán, en sustitución del derecho ad-valorem en él establecido, las tasas de 4%, 25% ó 50% según se trate de especies a que se refieren los artículos 2º, 1º y 3º, respectivamente, del Decreto de Hacienda Nº 2.772, de 1943."
Artículo 16.- Agrégase el siguiente inciso segundo al artículo 5° del Decreto con Fuerza de Ley Nº 6, de 15 de septiembre de 1969:
"En todo caso podrán ingresar a los recintos y/o almacenes de la Zona Franca maquinarias que sean utilizadas o que presten servicios en las diversas operaciones mencionadas".
Artículo 17.- Reemplázase el artículo 6º del Decreto con Fuerza de Ley Nº 6, de 15 de septiembre de 1969, por el siguiente:
"Las transferencias de bienes corporales muebles extranjeros ingresados a la Zona Franca y de los productos con ellos obtenidos que se efectúen en dicha zona, estarán exentos del impuesto de compraventa.
Del mismo modo, los servicios que se presten dentro de esa zona, estarán liberados del impuesto correspondiente establecido en la ley Nº 12.120 y sus modificaciones posteriores".
Artículo 18.- En el artículo 10 de la ley Nº 16.894 reemplázase la expresión "31 de diciembre de 1970" por "31 de diciembre de 1971".
Artículo transitorio.- -Para el año 1970, la suma de Eº 20.000.000, a que se refiere el artículo 9º de la presente ley, se reducirá en tantos duodécimos como meses de dicho año hayan transcurrido hasta el último día del mes anterior a su presentación en el Congreso Nacional.".
El señor MERCADO (Presidente)
En discusión general y particular el proyecto.
El señor ATENCIO.-
Pido la palabra.
El señor MERCADO (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Atencio.
El señor ATENCIO.-
Señor Presidente, la Comisión de Gobierno Interior me ha designado informante de este proyecto que crea, como ya se ha dicho, el Comité Programador de Inversiones de Iquique y Pisagua.
Este proyecto tuvo su origen en los planteamientos que reiteradamente ha venido haciendo el Comando de Defensa de Iquique, con el propósito de buscar una forma que permita entonar la decadente economía de Iquique.
El Comando de Defensa, que preside don Juan Antonio Ruz Díaz, después de un proceso de largas conversaciones con distintos personeros del Gobierno y de" ODEPLAN, particularmente, ha concluido en este proyecto de ley que conocerá la Honorable Cámara a continuación. En su exposición de motivos, se dan a conocer escuetamente las razones que se tienen para proponerlo. -
El proyecto en informe consulta, fundamentalmente, medidas tendientes a paliar, en el amplio sentido de la palabra, en parte, el permanente deterioro sufrido por la economía de esta región. Este deterioro se inició junto con la crisis de la industria salitrera.
En efecto, el comienzo de la industria salitrera señaló un futuro promisorio para esta zona, pero de ciento veinte oficinas instaladas primitivamente, hoy sólo queda la de "Victoria", que parece, como rápidamente lo analizaremos más adelante, que también tiende a paralizar. Lo cierto es que "Victoria" tiene una situación incierta.
Por otra parte, lo mismo sucedió con las industrias pesqueras, las cuales, después del salitre, según el Gobierno, iban a significar el resurgimiento de Iquique. Empezó esta actividad con 23 industrias y hoy quedan solamente ocho, y éstas, parece, se van a reducir aún más.
La Corporación de Fomento ha elaborado un plan ganadero para la pampa, del Tamarugal, con algunas perspectivas, pero no a corto plazo, el que está teniendo un éxito relativo, según el Gobierno.
Después de esto y de las conversaciones que el Comando de Defensa de Iquique tuvo, repito, con personeros del Gobierno, nació la idea de formar el Comité Programador de Inversiones, que va a tener una participación activa en la programación de las obras públicas en esa zona. Y espera este Comité, con su opinión y su voto, lograr una estabilidad económica para los departamentos de Iquique y Pisagua. Ya se ha dicho reiteradamente en la Cámara: Iquique atraviesa por una crisis que la mantiene postrada. La verdad es que se tiene fe en que este Comité Programador pueda ser un elemento de planificación y de inversión de los recursos estatales que permita, a corto plazo, el auge económico que esta zona realmente necesita. Este Comité Programador representa, a la vez, la posibilidad de un nuevo desarrollo integral, ya que con los recursos que se le otorgarán y con la intervención de este organismo regional en la programación de las inversiones, se podrán llevar a cabo obras públicas que constituyan fuentes de trabajo, lo cual, desde luego, contribuirá a levantar el estándar económico de la ciudad.
Por ejemplo, cree el Comité de Defensa de Iquique que con ello se podrá terminar el camino de Iquique a Tocopilla, que permitirá unirse a la República Argentina por el paso de Huaitiquina. Con ello se podrá construir el aeropuerto de Chucumata y las obras de infraestructura hotelera y turística. Hasta ahora la economía de esa zona ha sido dirigida, únicamente, a las riquezas extractivas y se ha prescindido de los aspectos industrial y turístico. Es importante hacer notar que la ciudad de Iquique se encuentra, según informaciones que tenemos en nuestro poder y entregadas éstas por el Comité de Defensa de Iquique, a 350 kilómetros del Perú, a 450 kilómetros de Bolivia, a 780 de Argentina y, en cambio, a dos mil o mucho más de Santiago. Estos datos los entregó el Comité de Defensa a petición de la Comisión de Gobierno Interior, con el propósito de hacer presente la ubicación positiva de esta ciudad, desde el punto de vista geográfico, para los efectos del turismo.
Iquique posee características naturales para este rubro. Pero para impulsar el turismo, como digo, es necesario crear y favorecer las condiciones que permitan, por ejemplo, construir hoteles que absorban a los turistas que puedan llegar a esta zona.
Al respecto, el Mensaje, en una de sus partes, dice: "que el Comité Programador de Inversiones de Iquique y Pisagua concierta los criterios técnicos de desarrollo regional integrado con las necesidades de la comunidad, en la asignación de los recursos que el Estado invertirá en los Departamentos de Iquique y Pisagua." Esta es una de las razones que se expusieron en la Comisión de Gobierno Interior por intermedio del Comité de Defensa de Iquique.
Entrando de lleno al proyecto, el artículo 1° crea el Comité Programador de Inversiones de Iquique y Pisagua, que será el encargado de velar por el desarrollo económico de los mencionados departamentos. Específicamente establece las funciones que le corresponderá desempeñar, tales como la elaboración de los proyectos que digan relación con la zona, financiada directa o indirectamente por el Estado; preparar y proponer al Presidente de la República un programa anual de inversiones del Sector Público, de acuerdo a las normas técnicas que la imparta la Oficina de Planificación Nacional.
Como se puede ver, todo esto estará coordinado por el organismo de planificación que el Gobierno tiene. Además, deberá proponer la inversión de los fondos que se obtengan de una emisión especial de Certificados de Ahorro Reajustables y, en forma genérica, plantear al Gobierno la adopción de medidas de política económica necesarias para el desarrollo integral de la región.
El artículo 2º se refiere a la integración del Comité, y hace una enumeración de las distintas personas que formarán parte de él. Se estimó conveniente que todas sean representantes de las fuerzas vivas de Iquique.
Durante el estudio de los integrantes del Comité se hicieron algunas indicaciones. Por ejemplo, el Ejecutivo proponía, entre otros a un representante de las actividades comerciales, industriales y mineras de los departamentos, y a uno de la Central Unica de Trabajadores; pero estipulaba que deberían ser designados por el Presidente de la República en la forma que fijaría posteriormente un reglamento al respecto.
La Comisión acordó modificar esa disposición estableciendo que dichos representantes fueran elegidos por los respectivos organismos. Se estimó que era mucho más democrático así.
Además, se acordó agregar como nuevos integrantes a un representante de las Juntas de Vecinos de cada uno de los departamentos de Iquique y Pisagua, elegidos también por su respectiva institución.
Los artículos 3º a 7º, según se desprende de su sola lectura, se refieren a establecer normas de funcionamiento y procedimiento para el Comité.
El artículo 8º dispone que en la Ley de Presupuestos de la Nación se deberá contemplar un ítem especial para este efecto.
El artículo 9º indica la suma que deberá tener a su disposición este Comité, la que se ha fijado en 20 millones de escudos, y que se incrementará hasta igualar el 20% de los ingresos aduaneros establecidos en los departamentos de Iquique y Pisagua en el año anterior, con excepción de los que correspondan a las Municipalidades y Policía Aduanera; pero precisa que esta suma, así determinada, en ningún caso podrá ser inferior a la asignación referida, reajustada anualmente en el porcentaje en que haya aumentado el índice de precios al consumidor.
El artículo 10 establece que los excedentes de los fondos que no se alcancen a invertir al término del año presupuestario no pasarán a rentas generales de la Nación y podrán ser reinvertidos en la zona.
La ley Nº 12.937 estableció un régimen especial aduanero para la exportación, importación y fomento de los departamentos de Pisagua, Iquique, Taltal y Chañaral. El artículo 2º de dicha ley establece la libre importación de diversos elementos en esas zonas destinados, exclusivamente, a la instalación, explotación, mantención, renovación y ampliación de industrias extractivas manufactureras o de cualquiera naturaleza, comprendiéndose en ella la agricultura, la minería y la pesca.
El artículo 11 agrega un inciso nuevo a dicha disposición legal, con el objeto de extender estas franquicias a los comerciantes instalados o que se instalen en los departamentos de Iquique y Pisagua, pero hacer la salvedad que las mercaderías importadas bajo este régimen especial podrán ser vendidas sólo a las personas naturales o jurídicas dedicadas a algunas actividades favorecidas con las exenciones que la citada ley Nº 12.937 establece. Respecto de los vehículos motorizados se dispone expresamente que esta franquicia se refiere sólo a los repuestos, partes y piezas, pero en ningún caso, a la importación de vehículos completos o armados. Esta disposición tiende fundamentalmente a facilitar el desenvolvimiento industrial de la zona y no a proveerla de artículos nuevos.
El artículo 12 modifica el artículo 20 de la ley Nº 17.267, que establece la exención de los impuestos establecidos en el Título 1º de la ley Nº 12.120 para las compras de productos nacionales que efectúen las cooperativas, los industriales o comerciantes establecidos en el departamento de Arica y en las provincias de Chiloé, Aisén y Magallanes, con excepción de las bebidas analcohólicas. La modificación que se introduce por este artículo consiste en extender los mismos beneficios de la ley a los industriales establecidos en los departamentos de Iquique y Pisagua, exclusivamente en lo que se refiere a sus respectivos giros industriales.
Asimismo, agrega un inciso nuevo al artículo 18 de la ley N° 16.528, con el objeto de establecer que la misma exención contemplada en dicho artículo se aplicará a las transferencias que realicen entre sí los industriales de las zonas de Iquique y Pisagua, siempre que los bienes objeto de la transferencia sean producidos por el tradente.
El artículo 13 contiene la autorización legal necesaria para que puedan internarse a estos departamentos, libre de derechos aduaneros y previo informe favorable de la Corporación de Fomento de la Producción, los materiales de construcción, excepto fierro y madera, necesarios para la edificación y alhajamiento de hoteles, moteles, balnearios, etcétera.
Este artículo fue modificado por la Comisión de Hacienda, como ya lo dirá su Diputado informante, dándole atribución a un representante de la Corporación de Fomento, como una manera de agilizar el propósito de la disposición.
Como ya se ha dicho, una de las preocupaciones preferentes del Comité Programador de Inversiones será la de promover el turismo en la región como una de las formas más importantes de lograr un adecuado desarrollo económico. Con esta finalidad, el artículo 14, que es una consecuencia del 13, amplía el alcance del artículo 11 de la ley Nº 12.937, con el objeto de que se considere a la hotelería como industria; de esta manera otorga la posibilidad de acogerse a todos los beneficios de dicha ley.
Los artículos 15, 16 y 17 introducen modificaciones de forma a diversas disposiciones legales que no tienen gran incidencia en esta iniciativa. Sólo tienden a agilizar algunas disposiciones legales vigentes que van a ser complemento en esta materia.
El artículo 18 prorroga por un año el plazo que establece la ley Nº 16.894 para que las personas naturales o jurídicas, que se hayan acogido o se acojan a los beneficios de la ley Nº 12.937, gocen de todos los derechos y franquicias que ésta establece por el término de 10 años.
Finalmente, el artículo transitorio dispone que para el año 1970 la suma de 20 millones de escudos, que se destina al Comité Programador, se reducirá en tantos duodécimos como meses de dicho año hayan transcurrido hasta el último día del mes anterior a la presentación de este proyecto al Congreso Nacional. Es decir, este organismo percibirá, en 1970, diez duodécimos por haber sido presentado el proyecto en el mes de marzo del año en curso.
Señor Presidente, hasta aquí el informe de la Comisión de Gobierno Interior, que me ha designado informante de ella.
Como representante de la zona, quiero hacer algunas acotaciones que creo de interés para que la Honorable Cámara tenga a bien aprobar este proyecto. Podríamos, desde luego, dar a conocer algunas de las alternativas que afectan a los trabajadores, a los pobladores, a los estudiantes, a los profesores, a los intelectuales, a los artesanos y hombres de empresa que han cifrado allá sus esperanzas, pero que hoy mantienen una especie de duda de si la economía de Iquique continuará en decadencia o tendrá algún repunte. Se tiene fe entonces en que este proyecto, como lo ha dicho el Comité de Defensa de Iquique, no siendo el mejor, por lo menos será el peldaño para seguir en la lucha que los iquiqueños tienen por mejorar sus condiciones de vida.
Como los parlamentarios de la zona creemos interpretar fielmente al Comité de Defensa de Iquique, porque en él están genuinamente representados todos los sectores vivos de la ciudad, pedimos a la Cámara la aprobación de este proyecto.
Quiero aprovechar esta oportunidad para señalar dos problemas que podrían abonar la razón y el derecho que asiste a los iquiqueños para contar con este Comité Programador de Inversiones, con un financiamiento para obras públicas.
En estos instantes todos sabemos, por ejemplo, que los trabajadores del salitre mantienen una huelga. La situación de este mineral es de todos conocida, y hubo una sesión en que se analizó in extenso la materia. Hemos dicho al comienzo de la exposición de motivos que junto con la crisis de esta industria comenzó la crisis en Iquique. No está de más recordar estas cosas, porque los iquiqueños y los nortinos tenemos mucha fe en esta iniciativa. Y no quisiéramos que sucediera lo que ha ocurrido con otras industrias: con el salitre, con los fertilizantes; con SAGASCO, que, como lo he repetido tantas veces, aún está en pañales; con la industria pesquera. Lo que deseamos es que esto no sea una esperanza más. Es importante establecer que en esta historia negra del salitre sólo han sido favorecidos los que han explotado el salitre: Osvaldo de Castro y otros empresarios, y actualmente la SO-QUIMICHI. Los trabajadores nada han recibido de ello. El puerto de Iquique, sus poblaciones, por ejemplo, carecen totalmente de la más mínima urbanización. No existen fuentes de trabajo. Las escasas que hay, producto de algunas iniciativas tendientes a crear fuentes de trabajo, como la pesquera, también se han reducido. Las escasas pesqueras que quedan tratan a sus trabajadores en forma denigrante.
Hace sólo dos días, recibí una nota del sindicato profesional de tripulantes de naves pesqueras de Iquique, donde reclaman que los beneficios previsionales no los perciben, porque las empresas pesqueras no hacen los aportes a las cajas respectivas.
Eso, sumado, como ya dije, al otro problema que en este instante se está creando, cual es la paralización de la Sociedad Chilena de Fertilizantes, que da trabajo aproximadamente a 300 obreros y empleados, hace, entonces, que esta Cámara pueda entregar su aprobación a este proyecto que ya hemos explicado. En el debate mismo, entregaremos otros antecedentes que permitan abonar las esperanzas y las perspectivas que tiene Iquique en este proyecto. Por el momento, como Diputado informante, termino aquí, señor Presidente.
Quisiera pedirle -ya que así lo ha solicitado el Comando de Defensa de Iquique y en razón de que este proyecto lo conocen el Gobierno, y todos sus Ministerios, está en conocimiento de ODEPLAN, y tanto en la Comisión de Gobierno Interior como en la de Hacienda ha sido aprobado por unanimidad-, que recabara el asentimiento de la Cámara para que se despachara a la brevedad posible, en la sesión de hoy. Quisiera plantear que cada Comité pudiera hacer uso de unos diez minutos para intervenir frente al proyecto y a continuación lo votáramos, por Tas razones que he expuesto y en atención a que todos los partidos políticos, y el Gobierno inclusive, conocen de él y tienen interés en que salga rápidamente.
Gracias, Presidente.
El señor MERCADO (Presidente)
Ofrezco la palabra.
El señor GUERRA.-
Pido la palabra.
El señor MERCADO (Presidente)
Tiene la palabra el Diputado señor Guerra, don Bernardino.
El señor GUERRA.-
Señor Presidente, nos encontramos frente a un proyecto, a un mensaje del Ejecutivo que tiende a dar aliento económico a los departamentos de Iquique y Pisagua.
Se han dictado varias leyes en beneficio de esta zona, leyes de excepción de carácter tributario para fomentar la industria en el departamento de Iquique; pero hasta la fecha ninguna de estas leyes ha tenido el éxito deseado, por muchas razones. No hay interés en los industriales por instalarse en ese departamento.
Hubo interés en la pesca, por las facilidades de crédito que dio la Corporación de Fomento. Iquique tuvo su auge; pero, luego, por la escasez de la materia prima, nuevamente volvieron la cesantía y la desesperación a ese departamento histórico, como es Iquique.
Por otra parte, conocemos -se ha hablado tanto de ello- la crisis de las salitreras. El salitre fue durante más de cincuenta años la industria que dio grandes " facilidades a todos los chilenos. Estuvieron más de cincuenta años sin pagar tributos, porque todo lo daba el salitre.
Ultimamente, repito, la pesca también dio sus frutos. Llegó a constituir el tercer rubro de ingreso de divisas al país. Solamente fue superada por el cobre y la celulosa.
Pero, señor Presidente, hasta estos instantes, repito, no obstante tener ciertas leyes que benefician al departamento de Iquique, no se ha podido obtener el despegue económico de esa zona.
Por otra parte, se nota la creciente cesantía. Se ve que no hay forma de obtener que el iquiqueño quede establecido en Iquique, porque se ve forzado muchas veces a salir en busca de trabaje a otras provincias y a otras regiones.
De ahí, señor Presidente, que se formó este Comando de Defensa de Iquique, quien ha estado trabajando en forma tesonera, abnegada, para buscar los medios de interesar a las esferas de Gobierno con el propósito de obtener los recursos económicos para iniciar ellos, un mejor desarrollo económico de la zona. Este Comando, que ha trabajado en forma encomiástica y desinteresada, lo preside el señor Juan Ruz y lo integran también el Alcalde, señor Jorge Soria, y varios iquiqueños, representativos todos de instituciones vivas de Iquique.
El Gobierno acogió este justo anhelo de los iquiqueños y ha enviado el mensaje que estamos discutiendo. Lo aprobó la Comisión de Gobierno Interior en forma unánime, y así también lo hizo la Comisión de Hacienda. Todos acogieron con satisfacción este proyecto de ley.
Es un proyecto sencillo, que crea un Comité encargado de programar las inversiones que se puedan hacer en Iquique. Después, designa los integrantes de este Comité, que, evidentemente, son personas que están percatadas de la economía de la zona. Lo preside el señor Intendente y, está formado también por los Alcaldes. Yo me permití hacer presente, en
la Comisión de Gobierno Interior, que era necesario que el Alcalde de Pica tuviera la oportunidad de ser integrante también de este Comité. Desgraciadamente, no se contó con el apoyo necesario, en razón de que se hablaba de los departamentos de Iquique y Pisagua, y Pica es comuna.
Estoy cierto de que todo el departamento de Iquique va a trabajar mancomunado para levantar la pequeña minería, para levantar la agricultura de los valles del interior, para darle mayor impulso a la pesca y, sobre todo, para darle impulso al turismo, por ser Iquique una zona privilegiada, una de las mejores playas, no sólo de Chile, sino del mundo entero, como lo reconocen todos los turistas que llegan allí.
Por otra parte, quién no conoce a Iquique por el departamento que nos ha dado los mejores valores deportivos, tanto en el box como en el fútbol o en el básquetbol.
El iquiqueño es empeñoso, trabajador, y trata de levantarse en cualquier medida. De tal manera que estoy totalmente cierto de que la Cámara ahora le va a dar también este pequeño impulso, para levantar económicamente a esa zona. Así, vamos a tener, a breve plazo, el resurgimiento de ese histórico puerto de Iquique.
Señor Presidente, como decía, este proyecto es sencillo. Se crea este Comité y se designan las personas que lo integran. Como financiamiento, el Gobierno ha destinado, en el Presupuesto de la Nación para el año 1970, la cantidad de 20 millones de escudos, cantidad que, evidentemente, no es una suma que pueda dar algún aliento definitivo, pero que va a ayudar en parte para que Iquique se levante.
Señor Presidente, hay muchos problemas en esta zona. Esta cantidad con seguridad se va a invertir en construir caminos para tener integración con los países vecinos. Porque, felizmente, Iquique está situado geográficamente en forma expectable. Está a 350 kilómetros no más del Perú; está muy cerca de Bolivia. Está también casi integrado en las relaciones tanto de tipo económico como cultural con Paraguay, en las conversaciones que han sostenido nuestras autoridades para tener intercambio comercial y cultural con el cono sur de nuestro continente.
De ahí, señor Presidente, que el Comando de Defensa, los gremios, los sindicatos, las instituciones y sociedades iquiqueñas quieren esta ayuda, para levantar la economía de este puerto.
Por otra parte, como le costa al señor Presidente de la Honorable Cámara, hemos pedido que el Gobierno se preocupe de la terminación del camino de Iquique a Tocopilla. Con seguridad, de estos 20 millones de escudos se va a destinar una' parte para darle terminación a este camino, que va a dar impulso a toda la minería de la costa, a la pesca, a las salinas que hay cerca de la costa.
También se están haciendo estudios -ya muy avanzados-, que se iniciaron en el Gobierno del señor Alessandri, para impulsar la pequeña ganadería de la Pampa de Tamarugal.
Por eso, en general y en particular nosotros queremos que la Cámara apruebe este proyecto tal como ha sido despachado por la Comisión.
Iquique tiene otros problemas. Por ejemplo, se pide la construcción de un puerto aéreo, porque es la única parte del norte donde los "jets" no aterrizan. Van a Antofagasta y a Arica, pero en Iquique, por la pista que hay, no pueden aterrizar.
En consecuencia, Iquique queda semiaislado por vía aérea.
Por otra parte, la Empresa de los Ferrocarriles es muy poco lo que ha hecho para aligerar los trenes de pasajeros y carga en la zona.
Señor Presidente, nosotros, los parlamentarios del norte, habríamos tenido ahora la oportunidad expectable de hacer diferentes indicaciones para que este proyecto saliera lo mejor posible; pero los mismos miembros del Comando de Defensa de Iquique nos han pedido, en forma reiterada, que no le hagamos ninguna clase de indicaciones, para que salga rápidamente, porque así lo exige en este momento la dramática situación de este puerto.
El que habla está especialmente preocupado por la plaga que está atacando a los citrus en el valle de Pica. Espero que el Gobierno, por las reiteradas peticiones que le hemos hecho, mande máquinas fumigadoras al valle de Pica para terminar con la palomilla blanca y con la mosca azul, porque en estos momentos se está perdiendo el 30% de la producción de ese valle.
Espero que la Honorable Cámara acoja estas peticiones que le hacemos los Diputados de la provincia de Tarapacá, para que el proyecto en cuestión sea despachado cuanto antes y entonces Iquique tenga expectativa para iniciar el despegue económico que todos los iquiqueños desean, desde los industriales y comerciantes hasta los gremios y campesinos de los valles del interior.
Termino, rogando nuevamente a todos los colegas que le den su aprobación en general y particular a este proyecto, para que sea despachado rápidamente, tal como lo entregaron las Comisiones de Gobierno Interior y de Hacienda.
El señor PALZA.-
Pido la palabra.
El señor MERCADO (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PALZA.-
Señor Presidente, en esta oportunidad nos corresponde tratar un proyecto que, desde hace bastante tiempo, los iquiqueños han estado tratando de hacer realidad.
La verdad de las cosas es que Iquique ha tenido mala suerte, porque sus problemas se arrastran desde hace muchos años y nunca han podido ser recogidos en una totalidad, a través de alguna herramienta o a través de un organismo que permita crear las condiciones necesarias para su "despegue", desde el punto de vista industrial y turístico, que es la idea fundamental que han propiciado los iquiqueños, por intermedio de este comando de las fuerzas vivas de ese puerto.
Después de tantas inquietudes -tal como se ha expresado aquí- provocadas, fundamentalmente, por el problema del salitre, posteriormente se dio vida a la industria pesquera. Pero como todas estas cosas, en sí, hacían depender a Iquique de un solo rubro -primero el salitre, después la pesquería-, en la actualidad su futuro económico es prácticamente incierto.
En este Gobierno, se dictaron algunas disposiciones legales con el objeto de dar algunas garantías tributarias para hacer llegar los inversionistas a Iquique; pero, desgraciadamente, no dieron resultado. Posteriormente, se dictó una ley que creó los "almacenes francos", que, en este instante, se encuentran en vías de desarrollo y que, indudablemente, van a permitir a Iquique levantarse con fuerza hacia adelante.
La idea de los "almacenes francos" significa tener mercaderías allí para poder ser vendidas a los diversos países de América Latina, y también al resto del país, lo que, sin duda, abre una perspectiva comercial de gran envergadura a los iquiqueños.
Esto, tal vez, es lo más macizo que, en el transcurso de estos 5 años, en este Gobierno, se ha dado a Iquique. Pero Iquique no está conforme solamente con eso, ya que sabemos que los "almacenes francos" le abren hacia adelante una gran posibilidad; pero, al mismo tiempo, se estima conveniente la creación de un "Comité", de un organismo que establezca condiciones más favorables para su desarrollo económico.
Después de diversas reuniones, fue idea de los iquiqueños estudiar y analizar la creación de este "Comité de Programación de Inversiones", a través del "Comando de Defensa de Iquique", en el cual están incorporados todos los sectores representativos de la comunidad. Y este "Comando" fue dando forma a un proyecto que, desde el primer instante, el Gobierno acogió, a través de los funcionarios tanto de ODEPLAN como de CORFO, a los cuales encargó que asesoraran al "Comando de Defensa", a fin de que se redactase, en definitiva, un proyecto que el Presidente pudiera enviar al Congreso.
Después de todos estos estudios, el Gobierno le ha dado su acogida favorable, a pesar de que, como es conocido de los diversos colegas, son muchas las provincias que también solicitan tener un financiamiento fijo para solucionar los diversos problemas que tienen ellas. Pero, tal vez por razón de la ubicación geográfica que tiene Iquique y por lo que se ha expresado anteriormente, en el sentido de que Iquique ha dado tanto, en el transcurso de la historia, al desarrollo económico de Chile, el Gobierno del Presidente Eduardo Frei ha acogido este proyecto. Y es por eso que lo ha enviado, con todos sus deseos y con todo su patrocinio, dándole, inclusive, el calificativo de "suma urgencia", con el objeto de que pudiera ser despachado por ambas ramas del Congreso antes del 21 de mayo, que es una fecha de mucha significación para los iquique-ños y para todo el país.
¿Cuáles son las ideas fundamentales de este proyecto? En primer lugar, crear el precedente de que las diversas regiones, en estos instantes en que vive el país en que han despertado todas las regiones y se ha dado un impulso a los sectores representativos de la comunidad, también pueden entrar en una forma de participación de los recursos que tiene el país en cada zona. De allí, entonces, que se cree este "Comité Programador de Inversiones", con un financiamiento, para el año 1970, de 20 millones de escudos. Este organismo, estimamos nosotros, es el organismo llamado a ser la verdadera herramienta, el verdadero motor que podrá promover, definitivamente, el desarrollo integral de los departamentos de Iquique y Pisagua.
Esta suma de 20 millones de escudos, crecerá hacia adelante -ya que se le da un reajuste automático, de modo que nunca podrá ser, en el Presupuesto, inferior a los 20 millones de escudos, más el alza del costo de la vida de cada año y con la posibilidad de que pase mucho más allá- tiene por objeto crear, en primer lugar, las infraestructuras necesarias para el desarrollo industrial y comercial y el turismo de la zona, y establecer las vías de comunicación e integración con la zona norte, vale decir, con Tocopilla y Arica, y con los países vecinos; a fin de que Iquique pueda vender hacia afuera lo que pueda estar, en estos instantes, produciendo, y, también, abrir sus puertas a los productos de lugares cercanos de esos países, como Argentina y Bolivia, que, por la cercanía, podrán tener costos más bajos, especialmente los de consumo diario de la comunidad iquiqueña.
Es por eso que nosotros, los parlamentarios de la provincia -y, en este instante, quiero sumar también la opinión de los parlamentarios democratacristianos- vamos a dar nuestra aprobación a este proyecto, porque lo consideramos fundamental para una zona como Iquique.
Este "Comité" que se crea va a estar compuesto por todos los sectores más representativos, como son los Alcaldes de todas las Municipalidades de ambos departamentos. Y en esta parte, quiero hacer una aclaración con respecto a la inasistencia o no participación de Pica en este organismo. Señala expresamente el proyecto que estarán representados en este "Comité Programador de Inversiones" las Municipalidades de Pisagua e Iquique, esto es, todas las Municipalidades de los departamentos de Pisagua e Iquique, tomando en consideración inclusive la de Pica. No se ha dejado señalado expresamente que sea la de Pica; pero se habla de todas las Municipalidades existentes
en estos departamentos; porque, en estos instante, pende de la consideración del Congreso, pues está en la Honorable Cámara, en la Comisión respectiva, un proyecto que da vida a la Municipalidad de Pozo Almonte, también dentro del departamento de Iquique. Y, seguramente, más adelante, también podrán crearse otras comunas, razón por la cual se dejó claramente establecido que integrarán este "Comité" todos los Alcaldes de las comunas del departamento, en el cual está Pica y, como dije, también de las otras comunas que se creen más adelante.
Así lo entendió la Comisión de Gobierno Interior; así lo entendió el Comando de Defensa de Iquique; y así lo entendió el Gobierno: están todos representados.
Esto permitirá que cada una de las fuerzas vivas de Iquique pueda proyectar su futuro con dinero en la mano; porque no se saca nada con que las provincias puedan proyectar algunas inversiones o solicitar otras, si su realización se encomienda a una institución nacional y, prácticamente, las inquietudes, muy justas y legítimas, de los extremos del país, quedan en la nada.
Nosotros estimamos que con estos 20 millones de escudos podrán crearse las condiciones necesarias para iniciar el despegue definitivo del desarrollo económico de Iquique.
Por otro lado, es necesario hacer presente que nosotros estimamos que con la puesta en marcha del mineral de Sagasca, donde se han iniciado los trabajos de construcción de caminos y ya se está por llamar a propuestas para la construcción de 400 casas para los trabajadores del mineral de cobre; con la puesta en marcha de los almacenes francos, que, como se decía anteriormente, harán posible un despegue comercial bastante importante; y con este "Comité Programador de Inversiones", con 20 millones de escudos -y así lo ha estimado el Comando de Defensa de Iquique- se estarían dando las condiciones necesarias para que Iquique, que tanto dio al desarrollo económico del país, pueda contar, en este instante, con una verdadera palanca de desarrollo económico y social, que le permita a sus habitantes y, especialmente, a su juventud, mirar con mucho más optimismo el futuro. Al mismo tiempo, Iquique podrá también hacerle ver al país que si antes estuvo pendiente solamente del salitre y, posteriormente, de la industria pesquera, más adelante estará en condiciones de abrir sus playas, abrir sus hoteles y sus futuras hosterías para el turismo. Entonces, podremos tener una visión de conjunto y decirle a Chile que Iquique es el puerto que siempre ha sido, con mucha historia y con mucho sentido chileno...
El señor MERCADO (Presidente).-
Excúseme, señor Diputado.
El señor PALZA.-
Yo termino mis palabras, señor Presidente...
El señor MERCADO (Presidente).-
En el tiempo de su segundo discurso, señor Diputado...
El señor PALZA.-
... solamente pidiéndoles a mis colegas que, tal como lo ha pedido el Comando de Defensa de Iquique, evitemos al máximo hacer indicaciones al proyecto. Así lo ha comprendido la Comisión de Gobierno Interior y la Comisión de Hacienda, a las que agradezco anticipadamente el trámite tan rápido que le dieron al proyecto. Y solicito de los colegas que le demos aprobación en general y particular, ya que creo que no ha sido objeto de ninguna indicación en este instante. De este modo, como decía anteriormente, podremos nosotros estar en condiciones de darle a Iquique este proyecto de ley el 21 de mayo, en ese día que tiene tanto significado para todos los chilenos.
El señor MERCADO (Presidente).-
Puede hacer uso de la palabra el Diputado señor Aguilera.
El señor AGUILERA.-
Señor Presidente, los Diputados socialistas permanentemente hemos contribuido con nuestros votos cuando se trata de proyectos para el desarrollo de los extremos del país.
No hace mucho que votamos, con toda voluntad y con todo agrado, el proyecto que creaba la Corporación de Magallanes, porque estábamos convencidos, y seguimos estando convencidos, de que con ese proyecto de ley se hace posible el desarrollo y, probablemente, el progreso de Magallanes, lo que es esencial para mantener la chilenización en el extremo sur del país.
También, señor Presidente, hemos contribuido con nuevos votos a la aprobación de los proyectos que se han presentado aquí, en la Cámara, para el desarrollo de la provincia de Tarapacá y, en especial, del departamento de Arica.
En lo que respecta ahora a este proyecto que está en discusión, vemos que tiene por objeto crear un Comité Programador de Inversiones de Iquique y Pisagua, encargado de promover el desarrollo económico y social y de proponer al Supremo Gobierno la programación de las inversiones del sector público en dicha zona. Es decir, aquí se ha formado un grupo de ciudadanos, sin discriminaciones políticas, o sea, como iquiqueños, para levantar a su pueblo y promover su desarrollo, presentando un programa y una planificación del Gobierno para que este les entregue los medios necesarios para ejecutarlos, a fin de que pueda Iquique alcanzar el progreso que se merece.
Señor Presidente, en general, las finalidades de este proyecto, así como las consideraciones en que se funda, hacen recomendable su aprobación, además del informe que nos ha dado el compañero Atencio, que ha planteado las cosas con claridad y demuestra la necesidad de nuestra colaboración, con el fin de desarrollar el sector norte de la provincia de Tarapacá.
En primer lugar, se trata de permitir la importación de materiales, tanto para obras de urbanización como para vías de comunicación, que permitan el desarrollo del turismo. En especial, ésta sería la oportunidad de hacer realidad el sueño del Alcalde, compañero Soria, de que el norte se desarrolle turisticamente, con la marcada intención de hacer a esa zona el más importante centro de turismo en el país.
Además, señor Presidente, el Alcalde va a tener la posibilidad de importar algunos materiales que le permitirán llevar la urbanización a todo el pueblo de Iquique. Porque, en verdad, no es como dice el colega Palza cuando ha manifestado que como nunca se han estado desarrollando esos pueblos.
No hace mucho tiempo que hemos estado en Iquique, y nos hemos encontrado, con que hay barrios íntegros que carecen de alcantarillado. Es lo más fundamental que un pueblo como Iquique tenga alcantarillado.
Por eso, los socialistas prestaremos nuestra colaboración; ni siquiera vamos a presentar indicaciones, a fin de que este proyecto pase cuanto antes al Senado. Y, desde luego, anunciamos los votos favorables de nuestra representación parlamentaria.
Y, para terminar, quiero dejar establecido que así como el Gobierno envió al Congreso Nacional esta iniciativa, para impulsar el desarrollo de una determinada zona, debiera preocuparse también de nuestra provincia. Quiero recordar que incluso el mismo señor Presidente ha encabezado delegaciones de la provincia de Coquimbo para solicitar la zona franca, industrial o alimentaria, y llevar el desarrollo a nuestra provincia, la que necesita también salir del subdesarrollo en que se encuentra, a causa, especialmente, de la sequía, que la está azotando desde hace más de cuatro años. Pero hasta este instante, no ha llegado la iniciativa que, junto con posibilitar su desarrollo, consulte todas sus aspiraciones. Pero nosotros no somos egoístas; queremos el desarrollo del departamento de Iquique. Por eso, vamos a entregar nuestros votos favorables al proyecto en debate.
El señor SCHNAKE.-
¿Me permite una interrupción, colega?
El señor AGUILERA.-
Con todo agrado.
El señor MERCADO (Presidente)
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el señor Schnake.
El señor SCHNAKE.-
Señor Presidente, es sólo para expresar, acotando las palabras de mi colega Aguilera, que, a nuestro juicio, este proyecto contempla, por lo menos, una justa retribución a los largos años durante los cuales a una zona del norte chileno se le restaron posibilidades, se la empobreció. La provincia de Tarapacá, particularmente su departamento de Iquique, es una zona que más riquezas ha entregado a Chile, que más ha contribuido al engrandecimiento de todo el resto del país. Sin embargo, agotadas las riquezas que, básicamente, la hicieron grande, entró en un decaimiento que entristece a quienes hemos viajado por el norte o hemos vivido en él, a lo largo de los años.
Los socialistas no creemos, en general, que sea una buena técnica el crear determinadas exenciones tributarias para salvar la situación de emergencia en que una ciudad o una zona se encuentran. No creemos que constituya una buena técnica, en general, por cuanto estas exenciones fatalmente, son pagadas por toda la nación y no son aprovechadas, en general, por todo el país. Sin embargo, en el caso de Iquique, no podemos dejar de aprobar esta iniciativa por cuanto, reitero lo que decía denantes, aunque todo el país pagará el progreso de Iquique, no se hace otra cosa que devolverle los recursos que a lo largo de muchas décadas entregó para enriquecer al resto de nuestra nación. Y vemos también, en este proyecto, dos iniciativas que, sí, son extraordinariamente importantes, iniciativas en las cuales, desde hace muchos años, nuestra participación ha sido manifiesta, y han sido las que han movido a la ciudadanía de Iquique, encabezada por su Alcalde, nuestro camarada Soria, a levantarse buscando esta solución.
La primera de ellas, ligar, en una medida cierta, al financiamiento del progreso de la zona, los ingresos que en la misma zona se producen; y por otra parte, el desarrollo auténtico del turismo, con un sentido estrictamente popular. Estos dos proyectos, agregados a los ya analizados, constituyen no sólo un avance positivo para la zona que favorecerá, sino que un buen ejemplo para provincias extraordinariamente azotadas por la miseria, y muchos más, para zonas que merecen también un trato de excepción, como aquéllas violentamente azotadas por la sequía en el Norte Chico; como aquéllas en que la pobreza se ha enseñoreado, en que la naturaleza ha sido cruel. Los Diputados socialistas no vamos a formular indicaciones y entregaremos nuestros votos conformes a este proyecto de ley.
Nada más.
El señor SOTO.-
Pido la palabra.
El señor MERCADO (Presidente)
Puede hacer uso de la palabra Su Señoría.
El señor SOTO.-
-Señor Presidente, los comentarios que, fundamentalmente, se han dado ya en favor de este proyecto, me ahorran palabras, en homenaje al tiempo, ya que advierto en la Sala buena disposición para aprobar este proyecto. Por ello, anuncio los votos favorables de los parlamentarios radicales, los cuales renunciamos también a formular indicaciones, con el propósito de no obstaculizar el pronto despacho del proyecto.
Sin embargo, quiero aclarar mis observaciones manifestando que este proyecto es importante, porque contempla en grado mínimo las aspiraciones del Comando de Defensa de Iquique y porque, al crearse este Comité Programador, se dará oportunidad a las autoridades regionales, al Alcalde, producto de una elección popular, de contribuir con su experiencia, con sus ideas, a que la planificación resulte regionalizada, ya que lo que se programa aquí en Santiago, por desconocimiento de la realidad regional, fracasa generalmente.
Iquique vivió una tragedia que no debe subsistir. Primeramente sufrió la crisis del salitre y luego la de la misma industria pesquera, la que se planificó en forma irracional y de ahí que se explique racionalmente su fracaso.
Se ha hablado de integración latinoamericana y, en eso, todos estamos concordes. Para los que estamos de acuerdo ha llegado el instante de no hacer discursos, sino de realizar. En consecuencia, los parlamentarios radicales votaremos favorablemente este proyecto.
El señor ACEVEDO.-
Pido la palabra.
El señor MERCADO (Presidente)
Tiene la palabra el señor Acevedo, don Juan.
El señor ACEVEDO.-
Señor Presidente, es sólo para anunciar los votos favorables del Partido Comunista a este proyecto. Sin embargo, quiero hacer un alcance a varios artículos, con el objeto de evitar que, en el futuro, haya dificultades de carácter administrativo.
Recuerdo que en la Comisión de Gobierno Interior objeté los artículos 7º, 8º y
9º.
El artículo 7º dice que el Presidente de la República "pondrá a disposición de los diversos Ministerios y Servicios del Estado los fondos a que se refiere el artículo 8º". El artículo 8º expresa que "la Ley de Presupuestos de Entradas y Gastos de la Nación deberá contemplar en el Presupuesto de Capital del Ministerio de Hacienda, un ítem especial en el cual se contendrán los fondos a que se refiere el artículo 9º". El artículo 9º establece que el ítem a que se refiere el artículo 8º contendrá para el año 1970, y evidentemente para los años siguientes, aumentada en lo que indique el alza del costo de la vida, la suma de 20 millones de escudos. Para operar durante el próximo año, sin duda que en la Ley de Presupuestos se establecerá este año dicho ítem; para este año, 1970, de los doce meses del año, el Ejecutivo pondrá solamente las sumas correspondientes a los nueve meses, es decir, a partir de la fecha en que envió el Mensaje, al que nos hemos estado refiriendo. Si por la vía administrativa, en virtud de la facultad que le confiere el decreto con fuerza de ley N° 47, sobre Ley de Presupuestos, se puede incluir un ítem al momento de ser despachada esta ley, con los fondos necesarios para cumplirla durante los meses que restan de este año, desde la fecha en que el Mensaje fue enviado al Ejecutivo, no habría ningún problema; pero, eventualmente, sí los habría para la creación de ese ítem y, sobre todo, para hacer los traspasos respecto de los otros servicios a que hace referencia el artículo 7º, o sea, de diversos ministerios, pues habría que efectuar traspasos para este ítem del Ministerio de Hacienda.
Naturalmente, tengo la duda acerca de si ello requiere ley especial.
En todo caso, para los efectos de la historia del establecimiento de la ley, nuestro deseo es que con las disposiciones contenidas en estos artículos que he señalado, haya base suficiente para que el Ejecutivo no tenga dificultades administrativas, al instante de ser promulgada esta ley, para entregar recursos al organismo que crea en la provincia de Tarapacá, en los departamentos de Iquique y de Pisagua.
Eso es todo.
El señor MERCADO (Presidente)
Ofrezco la palabra.
El señor PALZA.-
Pido la palabra.
El señor MERCADO (Presidente)
Puede usar de la palabra Su Señoría.
El señor PALZA.-
Señor Presidente, sólo un minuto para manifestar que. . .
El señor MERCADO (Presidente) Excúseme, señor Diputado. Hace un momento, Su Señoría usó de la palabra en el tiempo de su segundo discurso.
Solicito la venia de la Sala para concederle nuevamente la palabra al señor Palza.
No hay acuerdo.
Ofrezco la palabra.Ofrezco la palabra.Cerrado el debate.
En votación general el proyecto.
Si le parece a la Sala, se aprobará en general.
A probado.
Se declaran aprobados todos los artículos del proyecto, con excepción de los signados con los números 13 y 14, que fueron objeto de indicaciones por parte de la Comisión de Hacienda.Si le parece a la Sala, se aprobarán los artículos 13 y 14 con las indicaciones de la Comisión de Hacienda.
Aprobados.
Despachando el proyecto.
(El proyecto despachado por la Cámara al Senado, se hizo en los siguientes términos):
Proyecto de ley:
"Artículo 1º.-
Créase el Comité Programador de Inversiones de Iquique y Pisagua, encargado de promover el desarrollo económico de los mencionados departamentos y de proponer al Supremo Gobierno la programación de las actividades del Sector Público en dicha zona.
Le corresponderá en especial:
a) Elaborar e informar al Supremo Gobierno sobre los proyectos específicos, financiados directa o indirectamente por el Estado, relativos a los departamentos indicados;
b) Preparar y proponer al Presidente de la República, un programa anual de inversiones del Sector Público para dichos departamentos, de conformidad a las normas: técnicas que le imparta la Oficina de Planificación Nacional;
c) Proponer la inversión de los fondos que se obtengan de una emisión especial de Certificados de Ahorro Reajustable, por parte del Banco Central de Chile. Dichos fondos deberán ser invertidos en proyectos industriales cuya rentabilidad y factibilidad haya sido informada pollos organismos técnicos competentes del Estado;
d) Proponer al Supremo Gobierno la adopción de las medidas de política económica necesaria para el desarrollo integral de la región.
El Comité ejercerá sus funciones sin» perjuicio de las atribuciones del Instituto CORFO del Norte. No obstante, el Director de la Oficina de Planificación Regional de Tarapacá, ejercerá las funciones de coordinador entre ambos organismos y concurrirá al Consejo del mencionado Instituto con derecho a voz.
Artículo 2°-El Comité estará integrado de la siguiente manera:
1.- El Intendente de la provincia, quien lo presidirá;
2.- Los Alcaldes de las Municipalidades de los Departamentos de Iquique y Pisagua;
3.- El Jefe del Departamento de la Corporación de Fomento de la Producción de Tarapacá;
4.- Un representante de la Comisión Coordinadora para la Zona Norte;
5.- Un representante de la Oficina de Planificación Nacional;
6.- Un representante del Banco Central;
7.- Un representante de las actividades comerciales, industriales y mineras de los departamentos;
8.- Un representante de la Central Unica de Trabajadores, y
9.- Un representante de las Juntas de Vecinos de cada Departamento.
Los empates serán decididos por el Intendente de la provincia.
Los representantes a que se refieren los números 7, 8 y 9 del presente artículo serán designados por sus respectivos organismos en la forma que determine el reglamento.
Artículo 3º.- La Oficina Regional de Planificación de la I Región, Tarapacá, será la Secretaría Técnica del Comité.
Artículo 4º.- La sede del Comité será la ciudad de Iquique y el Presidente de la República dictará las normas necesarias para su instalación y funcionamiento.
Articulo 5º.- Antes del 1º de julio de cada año, el Comité Programador de Inversiones someterá a la consideración del Presidente de la República el programa anual de inversiones a que se refiere la letra b) del artículo 1º, de la presente ley.
El programa deberá presentarse sectorializado, identificando las instituciones ejecutoras de los distintos proyectos y en él se contendrán las proposiciones de inversión del Sector Público en la región, para el año siguiente y el financiamiento de dichas inversiones, con los fondos contemplados en esta ley y con recursos propios de los distintos Servicios de la Administración del Estado.
Artículo 6º.- El Presidente de la República dictará con las modificaciones que estime pertinentes y previo informe de la Oficina de Planificación Nacional, el Decreto aprobatorio del programa de inversiones en los Departamentos de Iquique y Pisagua, antes del 31 de enero de cada año.
Artículo 7º.- A partir del 1º de febrero de cada año, el Presidente de la República, por Decreto Supremo, pondrá a disposición de los diversos Ministerios y Servicios del Estado, los fondos a que se refiere el artículo 8° de la presente ley, de conformidad al Programa de inversiones que se apruebe. Los fondos deberán ser entregados en las cantidades que sean necesarias para asegurar la ejecución de las obras en la forma señalada en el programa de inversiones.
Artículo 8º.- La Ley de Presupuestos de Entradas y Gastos de la Nación, deberá contemplar en el Presupuesto de Capital del Ministerio de Hacienda, un ítem especial en el cual se contendrán los fondos a que se refiere el artículo 99 de la presente ley.
Artículo 9º.- El ítem a que se refiere el artículo 8º de la presente ley, contendrá para 1970 una asignación de 20.000.000 de escudos. En los años siguientes, esta asignación se incrementará hasta igualar el 20% de los ingresos aduaneros percibidos en los Departamentos de Iquique y Pisagua en el año anterior, con excepción de los que correspondan a las Municipalidades y Policía Aduanera. La suma que se determine en dicha forma, en ningún caso podrá ser inferior a la cantidad ya mencionada de Eº 20.000.000, reajustada anualmente en el mismo porcentaje en que haya aumentado el índice de precios; al consumidor.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso precedente, el producto del impuesto a las compraventas y servicios: por las transacciones que se efectúen en los Hoteles, Residenciales o Albergues que-desarrollen actividades en los Departamentos de Iquique y Pisagua, como, asimismo, en los establecimientos de esparcimiento y recreación de la zona, se destinará anualmente a incrementar el ítem a que se refiere el inciso anterior, en el año siguiente a las recaudaciones de dichos tributos.
Igualmente incrementará este ítem las recuperaciones de los préstamos que se otorguen por los diversos servicios u organismos del Estado con fondos a que se refiere el presente artículo.
Artículo 10.- Los excedentes de fondos que no se alcancen a invertir al terminar el año presupuestario, no pasarán a rentas generales, sino que se traspasarán a una cuenta especial de depósito. En el Decreto aprobatorio del programa de inversiones, señalado en el artículo 69, se especificará el destino que se dará a dichos saldos.
Los distintos Servicios podrán imputar al ítem señalado en el artículo 89, todos los gastos de cualquier naturaleza que demande la ejecución de las obras financiadas con los fondos señalados en esta ley.
Artículo 11.- Agrégase el siguiente inciso nuevo al artículo 2º de la ley Nº 12.937:
"Los comerciantes instalados o que se instalen en los Departamentos de Iquique y Pisagua, podrán importar las mercaderías a que se refiere el inciso primero del presente artículo, acogidas a las franquicias que por la presente ley se establecen, para ser vendidas sólo a las personas; naturales o jurídicas dedicadas a algunas de las actividades favorecidas con las exenciones que el presente artículo establece. Respecto de los vehículos motorizados de cualquier especie, esta franquicia se referirá exclusivamente a sus repuestos, partes y piezas.
El Servicio de Aduanas deberá fiscalizar en forma preferente, el fiel cumplimiento de las franquicias establecidas en el inciso anterior y sus infractores serán responsables del delito de fraude aduanero";
Articula 12.- Agrégase al final del inciso segundo del artículo 18 de la ley Nº 16.528, modificado por el artículo 20 de la ley Nº 17.267, lo siguiente:
"De la misma exención gozarán los industriales establecidos en los Departamentos de Iquique y Pisagua, exclusivamente, en lo que se refiere a sus respectivos giros industriales".
Agrégase a continuación del inciso tercero del artículo 18 de la citada ley Nº 16.528, lo siguiente:
"La misma exención regirá también respecto de las transferencias que realicen entre sí los industriales establecidos en los Departamentos de Iquique y Pisagua, siempre que los bienes objeto de la transferencia sean producidos por el tradente".
Artículo 13.- Autorízase la libre importación con cambio libre bancario y libérase de los derechos y demás gravámenes que se perciben por aduanas, que afecten a los materiales de construcción, excepto fierro y madera, que se utilicen en la construcción de Hoteles, Moteles, Hosterías, Balnearios, Campings, Museos y otros establecimientos dedicados al turismo, en los departamentos de Iquique y Pisagua, y siempre que no existan en el país en calidad adecuada y cantidad suficiente y con el acuerdo favorable del representante de la Corporación de Fomento de la Producción en el Comité.
De iguales franquicias y con la misma limitación gozarán los elementos destinados a equipar y alhajar los establecimientos mencionados en el inciso anterior.
Estas franquicias se concederán previo informe favorable, además, del Consejo Regional de Turismo de Tarapacá.
Las franquicias que por el presente artículo se conceden, regirán por un período de diez años, contados desde la vigencia de la presente ley.
Artículo 14.- Amplíase el artículo 11 de la ley Nº 12.937, modificado por el artículo 4º de la ley Nº 16.894, en el sentido de que comprende a la industria hotelera de los departamentos de Iquique y Pisagua.
Articulo 15.- Agréganse los siguientes incisos a la letra c) del artículo 20 de la ley Nº 13.039 incorporada por el artículo 53 Nº 1, de la ley Nº 17.073 de diciembre de 1968:
"Las mercancías a que hace mención el inciso anterior quedarán afectas al pago de setenta y cinco por ciento de los derechos específicos fijados en el Arancel Aduanero y adeudarán, en sustitución del derecho ad-valorem en él establecido, las tasas de 4%, 25|%, 50% según se trate de especies a que se refieren los artículos 2º, 1º y 3º, respectivamente, del Decreto de Hacienda Nº 2.772, de 1943."
Artículo 16.- Agrégase el siguiente inciso segundo al artículo 5º del Decreto con Fuerza de Ley Nº 6, de 15 de septiembre de 1969:
"En todo caso podrán ingresar a los recintos y/o almacenes de la Zona Franca maquinarias que sean utilizadas o que presten servicios en las diversas operaciones mencionadas".
Artículo 17.- Reemplázase el artículo 6º del Decreto con Fuerza de Ley Nº 6, de 15 de septiembre de 1969, por el siguiente:
"Las transferencias de bienes corporales muebles extranjeros ingresados a la Zona Franca y de los productos con ellos obtenidos que se efectúen en dicha zona, estarán exentos del impuesto de compraventa.
Del mismo modo, los servicios que se presten dentro de esa Zona, estarán liberados del impuesto correspondiente establecido en la ley Nº 12.120 y sus modificaciones posteriores".
Artículo 18.- En el artículo 10 de la ley Nº 16.894 reemplázase la expresión "31 de diciembre de 1970" por "31 de diciembre de 1971".
Artículo transitorio.- Para el año 1970, la suma de Eº 20.000.000, a que se refiere el artículo 9º de la presente ley, se reducirá en tantos duodécimos como meses de dicho año hayan transcurrido hasta el último día del mes anterior a su presentación en el Congreso Nacional.".
"
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