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"Honorable Cámara
Proyecto de ley.
Artículo único.- Reconócese, por gracia, para todos los efectos legales y previsionales, incluso el goce de quinquenios, en la hoja de servicios de don Juan S. Hermosilla Moreno, el lapso de un año, un mes y cinco días, servidos bajo el régimen del Servicio de Seguro Social, al cual se refieren los decretos supremos Nºs 4.175 y 1.893, de 26 de diciembre de 1955, y 12 de julio del mismo año, respectivamente, del Ministerio de Defensa Nacional, y concédese a su viuda doña María Rosa Meza Meza, el derecho a re-liquidar su pensión de montepío, computándose en esta reliquidación el tiempo reconocido a su cónyuge por la presente ley.
El gasto que demande el cumplimiento de esta ley, se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
(Fdo.) : Mario Palestro R.".
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