. . . " 17.-MOCION DEL SE\u00D1OR LAVANDERO \n\"Honorable C\u00E1mara: \nLa relevancia de los Juegos Panamericanos de 1975 y la importancia de que Chile sea el pa\u00EDs sede de este interesante evento atl\u00E9tico obliga que se dote de los recursos suficientes a las organizaciones y servicios respectivos para los efectos de que, en primer t\u00E9rmino se prepare en buena forma el equipo chileno que competir\u00E1 en el torneo mencionado; y, seguidamente para que se habiliten centros tur\u00EDsticos y dem\u00E1s, orientados a facilitar la estada de la gran cantidad de turistas que asistir\u00E1n a este concurso. \nEs preciso se\u00F1alar que, en importancia, los Juegos Panamericanos de 1975 son de m\u00E1s envergadura que el Campeonato Mundial de F\u00FAtbol de 1962 que se celebr\u00F3 en nuestra patria, ya que vendr\u00E1n m\u00E1s de 5.000 atletas a competir y a\u00FAn m\u00E1s, porque esto traer\u00E1 una corriente tur\u00EDstica inmensa la que debe ser satisfecha hasta en los menores deseos para dejar bien puesto el nombre de Chile en la misma o en mejor forma que para el Campeonato de F\u00FAtbol anteriormente aludido. Adem\u00E1s, debe tenerse en cuenta que es primera vez que nuestro pa\u00EDs es sede de este tipo de evento deportivo. \nFinalmente, los recursos que se destinan a las universidades, escuelas y colegios regionales de Caut\u00EDn son sobradamente necesarios puesto que estos planteles se encuentran totalmente en falencia econ\u00F3mica. \nEn m\u00E9rito de lo expuesto vengo en proponer el siguiente \nProyecto de ley: \nArticulo \u00FAnico.- La diferencia entre el rendimiento de los impuestos que produzcan durante el a\u00F1o 1970, cada uno de los sorteos de la Polla Chilena de Beneficencia en virtud de las leyes N\u00BAs. 5.443 y 7.874, y los que correspondan por los sorteos de los a\u00F1os 1972, 1973, 1974 y 1975, de acuerdo con las mismas leyes, se destinar\u00E1 a la Direcci\u00F3n de Deportes del Estado en un 60%, la que deber\u00E1 invertirla en la siguiente forma: \na) Un 50% para habilitar centros deportivos destinados a los Juegos Panamericano de 1975, y \nb) Un 50% para el Consejo Nacional de Deportes con el objeto de preparar el equipo chileno que competir\u00E1 en los Juegos Panamericanos de 1975. \na) El 40% restante se distribuir\u00E1 en la siguiente forma: \nUn 70% para las universidades, escuelas y colegios regionales de Caut\u00EDn, fondos que ser\u00E1n repartidos en proporci\u00F3n al n\u00FAmero de alumnos de cada plantel, por el Consejo de Rectores, y \nb) El 30% restante se pondr\u00E1 a disposici\u00F3n de la Direcci\u00F3n de Turismo del Estado para que \u00E9sta promueva, habilite y prepare centros tur\u00EDsticos para los Juegos Panamericanos de 1975. \nLas diferencias que resulten entre los sorteos a que se refiere esta ley ser\u00E1n entregadas a la Direcci\u00F3n de Deportes del Estado, Consejo de Rectores de las Universidades, Escuelas y Colegios Regionales de Caut\u00EDn; y, a la Direcci\u00F3n de Turismo del Estado, dentro de los 30 d\u00EDas siguientes a cada sorteo. \nDe la inversi\u00F3n de estos fondos deber\u00E1 rendirse cuenta documentada a la Contralor\u00EDa General de la Rep\u00FAblica. \nLa presente ley regir\u00E1 desde el 1\u00BA.de enero de 1971.- \n(Fdo.): Jorge Lavandera Illanes.\" \n \n " . "MOCION DEL SE\u00D1OR LAVANDERO"^^ . . . . . . . . . . . . . "17.-"^^ . . . . . .