. "10.-"^^ . . . . . . . . . . . "MOCION DEL SE\u00D1OR ZALDIVAR."^^ . . " 10.-MOCION DEL SE\u00D1OR ZALDIVAR. \n\"Honorable C\u00E1mara: \nPor escritura p\u00FAblica de 21 de octubre de 1968, ante el Notario de esta ciudad don Ricardo San Mart\u00EDn Ahumada, se constituy\u00F3 una Fundaci\u00F3n de derecho privado que se denomina Hogar para Ancianos \"El Angelus\". Esta Fundaci\u00F3n tendr\u00E1 por objeto proporcionar a aquellas personas que no dispongan de medios econ\u00F3micos para pasar una vejez tranquila y libre de preocupaciones en un hogar acogedor y confortable; con alimentaci\u00F3n adecuada, atenci\u00F3n m\u00E9dica y dental, preventiva y curativa permanente; distracci\u00F3n y esparcimiento cultural y art\u00EDstico; atenci\u00F3n espiritual y religiosa al que lo solicite; terapia recuperativa mediante el trabajo y ocupaci\u00F3n en labores manuales o intelectuales adecuadas a sus caracter\u00EDsticas f\u00EDsicas; y en general proteger y brindarles a estos ancianos la atenci\u00F3n y sustentos necesarios para que puedan vivir dignamente y tranquilos el resto de sus vidas. \nLa Municipalidad de Las Condes desea transferir gratuitamente a esta Fundaci\u00F3n un terreno de que es due\u00F1a en el costado sur del Cerro Calan y que deslinda, adem\u00E1s, con la calle Paul Harris; Camino El Observatorio y El Alba. \nEn virtud de estas consideraciones vengo en presentar el siguiente \n \nProyecto de ley: \n \nArt\u00EDculo 1\u00B0.- Autor\u00EDzase a la I. Municipalidad de Las Condes para transferir a t\u00EDtulo gratuito con el voto favorable de los dos tercios de los Regidores en ejercicio, a la Fundaci\u00F3n denominada \"Hogar para Ancianos El Angelus\" todo o parte del terreno de que es due\u00F1a, ubicado en la comuna de Las Condes y dentro de los siguientes deslindes y dimensiones aproximadas: al Norte, en 210 metros, \n con cerr\u00F3 Cal\u00E1n de la Universidad de Chile; al Sur, en 30 metros con Avenida El Alba; al Oriente, en 218 metros, con camino al Observatorio Astron\u00F3mico del Cerro Cal\u00E1n, y al Poniente, en 90 metros con Avenida Paul Harris, antes denominada Avenida del Parque. Esta porci\u00F3n de terreno forma parte de una mayor extensi\u00F3n de que es due\u00F1a la I. Municipalidad de Las Condes, inscrita a fs. 10.804 N\u00BA 16.726 del Registro de Propiedades de 1955. \nEl objeto de esta transferencia es la construcci\u00F3n por parte de la Fundaci\u00F3n de un Hogar para Ancianos, en cumplimiento de los fines de sus estatutos, aprobados por decreto N\u00BA 901 del Ministerio de Justicia, de 5 de mayo de 1969, publicados en el Diario Oficial de fecha 17 de mayo de 1969, pudiendo la I. Municipalidad de Las Condes fijar las condiciones a que se deber\u00E1 atener esta cesi\u00F3n. \nArt\u00EDculo 2\u00B0.- Los terrenos cuya enajenaci\u00F3n se autoriza por esta ley podr\u00E1n ser transferidos en el estado en que actualmente se encuentran. Las transferencias a t\u00EDtulo gratuito estar\u00E1n exentas del tr\u00E1mite de la insinuaci\u00F3n. \nArt\u00EDculo 3\u00BA.- Lib\u00E9rase de todo impuesto fiscal o municipal a los documentos, tr\u00E1mites y actuaciones que deban otorgarse o efectuarse para realizar en todas sus partes las transferencias autorizadas por la presente ley. Lib\u00E9rase, asimismo, del pago de toda contribuci\u00F3n y derechos fiscales o municipales las construcciones que en el terreno transferido se ejecuten.- \n(Fdo.) : Alberto Zald\u00EDvar Larra\u00EDn.\" \n \n " . .