. " 8.-INFORME DE LA COMISION DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL \n\"Honorable C\u00E1mara: \nLa Comisi\u00F3n de Trabajo y Seguridad Social pasa a informar el proyecto de ley de origen en una moci\u00F3n del se\u00F1or Torres sobre la materia antes se\u00F1alada. \nEn el estudio de esta iniciativa la Comisi\u00F3n cont\u00F3 con la presencia del se\u00F1or Subsecretario de Previsi\u00F3n, don Alvaro Covarrubias y del se\u00F1or Superintendente de SeguridadSocial, don Carlos Briones Olivos. \nEl proyecto tiene por objeto dar una ampliaci\u00F3n al auxilio de cesant\u00EDa que contempla la ley 7. 295 para los imponentes empleados particulares de las provincias de Atacama y Coquimbo. \nLa sequ\u00EDa de esta zona ha producido serias reducciones, cuando no paralizaciones, en casi todas las actividades econ\u00F3micas, ocasionando un alto \u00EDndice de desocupaci\u00F3n forzada. \nLa ley aludida, en su art\u00EDculo 37, autoriza a los empleados cesantes para recibir subsidios hasta por 90 d\u00EDas en cada a\u00F1o calendario, pudiendo, en casos calificados, extenderse en otros 90 d\u00EDas m\u00E1s. \nSe trata mediante esta iniciativa de aumentar por 180 d\u00EDas la concesi\u00F3n del beneficio referido. \nEsta ampliaci\u00F3n no traer\u00E1 consigo perturbaciones de tipo financiero a la Caja de Empleados Particulares porque el Fondo de Cesant\u00EDa cuenta con los recursos necesarios. \nAsimismo, el proyecto autoriza a la Caja de Previsi\u00F3n para conceder, por una sola vez, un pr\u00E9stamo de auxilio a sus imponentes de las provincias de Atacama y Coquimbo, en las condiciones que su art\u00EDculo 3\u00BA se\u00F1ala, con lo cual se otorga una importante ayuda a los imponentes que est\u00E1n en actividad, ya que ellos tambi\u00E9n sufren las graves dificultades econ\u00F3micas porque atraviesa esa regi\u00F3n del pa\u00EDs. \nPor las consideraciones anteriores y las que oportunamente dar\u00E1 el se\u00F1or Diputado informante, la Comisi\u00F3n de Trabajo y Seguridad Social solicita a la Honorable C\u00E1mara la aprobaci\u00F3n del siguiente \n \n \nProyecto de ley: \n \n\"Art\u00EDculo 1\u00B0.- Autor\u00EDzase a la Caja de Previsi\u00F3n de Empleados Particulares para ampliar hasta por 180 d\u00EDas m\u00E1s el plazo se\u00F1alado por la letra b) del art\u00EDculo 37 de la Ley N\u00BA 7. 295 para el otorgamiento de subsidios de cesant\u00EDa a los empleados particulares cesantes que hayan prestado servicios en las provincias de Atacama y Coquimbo y contin\u00FAen domiciliados en ellas. \nArt\u00EDculo 2\u00BA.- Dentro del plazo de 60 d\u00EDas, contado desde la fecha de vigencia de esta ley, los ex empleados particulares indicados en el art\u00EDculo anterior, que quedaron cesantes en los dos a\u00F1os anteriores a ella y reciben subsidios de cesant\u00EDa por' la totalidad de los d\u00EDas se\u00F1alados en el art\u00EDculo 37 de la ley N\u00BA 7. 295, podr\u00E1n solicitar nuevos subsidios hasta por 180 d\u00EDas m\u00E1s, aun cuando no hayan efectuado imposiciones y siempre que contin\u00FAen cesantes. \nLos beneficios de este art\u00EDculo y del anterior regir\u00E1n hasta 12 meses despu\u00E9s de caducar el decreto que declara a las provincias de Coquimbo y Atacama como zona de calamidad p\u00FAblica por persistente sequ\u00EDa. \nArt\u00EDculo 3\u00BA.- Autor\u00EDzase a la Caja de Previsi\u00F3n de Empleados Particulares para conceder, por una sola vez, pr\u00E9stamos de auxilio a sus imponentes de las provincias de Coquimbo y Atacama con tope de saldo l\u00EDquido a recibir de seis sueldos vitales escala a) del departamento de Santiago y sin comprometer m\u00E1s del 70% de los fondos de retiro de propiedad del imponente. \nLos pr\u00E9stamos a que se refiere este art\u00EDculo se regir\u00E1n por las mismas disposiciones reglamentarias vigentes para los pr\u00E9stamos de auxilio indicados por la letra d) del art\u00EDculo 33 de la ley 10. 475. \nLa vigencia del citado beneficio caducar\u00E1 seis meses despu\u00E9s de su publicaci\u00F3n en el Diario Oficial. \" \nSala de la Comisi\u00F3n, a 12 de junio de 1970. \nAcordado en sesi\u00F3n de fecha 11 del presente con asistencia de los se\u00F1ores Olivares (Presidente), Amun\u00E1tegui, Leighton, Espinoza, don Gerardo; R\u00EDos, don H\u00E9ctor; Rodr\u00EDguez y Torres. \nSe design\u00F3 Diputado informante al se\u00F1or Torres. \n(Fdo.): Fernando Err\u00E1zuriz Guzm\u00E1n, Secretario de Comisiones. \" \n \n " . "8.-"^^ . "INFORME DE LA COMISION DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL"^^ . . . . . . . .