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"Honorable Cámara: A sólo escasas cuadras del centro de la ciudad de Puerto Montt, se encuentra enclavada la antigua Población Modelo, formada fundamentalmente por personas modestas pero trabajadoras, siendo en su mayoría empleados, obreros, pequeños artesanos, jubilados etc. , quienes con grandes sacrificios han venido desde hace más o menos unos cuarenta años levantando sus viviendas, habiendo introducido elementales medios de urbanización, que le permitan vivir en el medio inhóspito que significa el reconocido clima de la zona. Existe en esta población más de 250 viviendas habiendo sido levantadas la mayoría en terrenos de propiedad de la ex Caja de Habitación Barata, estando en consecuencia a cargo de la Corporación de Servicios Habitacionales la tenencia, de los predios, cuya situación no se ha legalizado durante muchos años. Otras viviendas están construidas en sitios de propiedad particular.
Uno de los problemas que fundamentalmente afecta a los habitantes de la población radica en el hecho de que gran parte de los terrenos en que está instalada han sido declaradas áreas verdes en circunstancias que existen antiguas construcciones sobre ella, por lo que estimamos que ello no se justifica pues los pobladores lograron después de muchos años de esfuerzo convertir una zona pantanosa en un barrio residencial.
Es cierto que se justifica la erradicación de quienes viven en las laderas de los cerros que rodean a la Población, para cuyos efectos se proponen medidas que significan una positiva preocupación.
Hacemos especial hincapié en la necesidad de perseverar en la urbanización de sal viviendas y calles de este importante sector de Puerto Montt, para cuyos efectos se propone un sistema de préstamos a cargo de la Corporación de Servicios Habitacionales que podrá ser utilizado por cada grupo familiar de acuerdo a sus apremios y recursos estimándose que la acción individual permitirá a corto plazo otorgarle a todos los servicios más indispensables que reclama la sociedad moderna.
Finalmente, se propone un artículo transitorio destinado a condonar contribuciones, multas e intereses pendientes, ya que la población ha venido costeando con su propio esfuerzo las obras de alumbrado, agua potable etc.
Por las consideraciones expuestas, es que venimos en presentar a la consideración de la H. Cámara de Diputados, como una contribución efectiva a la solución de los problemas que afectan a la mencionada población, el siguiente
Proyecto de ley:
Artículo Nº 1.- Se declara desafectados de su condición de áreas verdes todos los terrenos comprendidos en la Población Municipal y sector CORVI de la población
Modelo, dependiente de la Unidad Vecinal Nº 9 de la ciudad de Puerto Montt.
Artículo Nº 2.- Los actuales ocupantes de los terrenos de la Ex Caja de la Habitación Barata, traspasados ahora a la Corporación de Servicios Habitacionales, recibirá título de dominio gratuito de los predios donde están ubicados, dentro del plazo de 120 días de promulgada la presente ley.
Artículo Nº 3.- Los terrenos que son de propiedad particular serán expropiados por la Corporación de Servicios Habitacionales de acuerdo con el avalúo territorial vigente al 31 de diciembre del año 1969.
Ocurrida la expropiación, que deberá efectuarse en el plazo de 120 días después de publicada la presente Ley, el Presidente de la República, otorgará título de dominio gratuito a sus ocupantes.
Artículo Nº 4.- La Corporación de Servicios Habitacionales otorgará préstamos especiales hasta Eº 7. 000 a cada ocupante que lo solicite, a fin de que en los terrenos ya individualizados puedan realizar obras de urbanización indispensable.
Dichos préstamos no podrán devengarse con un interés superior al 10% anual y estarán exentos de toda reajustabilidad vigente y la amortización de la deuda se extinguirá en un plazo de diez años.
Artículo Nº 5.- Además, tendrán acceso a dichos préstamos todos los habitantes de la Población Modelo que tienen título de dominio con anterioridad a la presente Ley, y que quieran acogerse a las franquicias indicadas en el artículo anterior.
Artículo Nº 6.- Los actuales ocupantes de los sectores altos de la Población, que en definitiva tendrán la calidad de áreas verdes, deberán ser erradicados por la Corporación de Servicios Habitacionales, debiéndoseles indemnizar por las mejoras, cuyo monto servirá de cuota inicial para optar a una vivienda de la mencionada Corporación, en la primera población que construya en la ciudad de Puerto Montt. No deberá mediar un plazo superior a 60 días después de la entrega de la nueva población para efectuar la erradicación.
Se otorgará a dichos pobladores un plazo de 20 años para cancelar en dividendos mensuales el saldo del valor de las viviendas.
Artículo Nº 7.- Los terrenos de propiedad de los representantes del Instituto Alemán de Puerto Montt, serán expropiados por la Corporación de Servicios Habitacionales, y el Servicio Nacional de Salud deberá consultar en su próximo presupuesto la construcción de una Posta de Primeros Auxilios, e igualmente la ex Dirección de Deportes del Estado, habilitará un Estadio para los deportistas de Modelo.
Artículo transitorio. Se condonan las contribuciones territoriales impagas, más las multas e intereses adeudados hasta el 31 de diciembre de 1969 a los ocupantes de los terrenos y viviendas de la población Municipal, Sector Corvi de la Población Modelo, dependiente de la actual Unidad Vecinal Nº 8 de la ciudad de Puerto Montt.
(Fdo.): Luis Espinoza Villalobos. "
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