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- rdf:value = " 5.-INFORME DE LA COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN, LEGISLACIÓN Y JUSTICIA.
"Honorable Cámara:
Vuestra Comisión de Constitución, Legislación y Justicia pasa a informaros la proposición de archivo, formulada por el Honorable Senado respecto del proyecto de ley que modifica el Código Penal en lo relativo a las sanciones para los que adulteren productos alimenticios o medicinas, en virtud de acuerdo adoptado por la Cámara, que envió dicha materia a esta Comisión por el plazo de 15 días.
Sobre este particular, la Comisión procedió al estudio y análisis del proyecto aprobado por esta Cámara y comunicado al Honorable Senado, en el mes de setiembre de 1958, en el cual incide la proposición de archivo.
La Comisión tuvo presente que el Congreso Nacional aprobó la actual ley 17.155, de 11 de junio de 1969, que modificó el Código Penal en los relativo a los delitos contra la salud pública y los Códigos de Procedimiento Penal y Sanitario.
La ley actualmente vigente en su artículo 3° contiene en esencia las disposiciones que se contemplan en el proyecto aprobado por la Cámara y respecto del cual se propone su archivo.
La verdad es que la iniciativa en examen ha perdido su oportunidad y el texto legal vigente resulta más adecuado en su concepción estructural y técnica, de acuerdo a las modernas tendencias del derecho penal contemporáneo.
Por todas estas consideraciones y las que oportunamente os dará el señor Diputado Informante, vuestra Comisión de Constitución, Legislación y Justicia recomienda a la Cámara que, si lo tiene a bien, se sirva aprobar la proposición del Honorable Senado, en orden a enviar al archivo el proyecto en examen.
Sala de la Comisión, a 1º de julio de 1970.
Acordado en sesión de igual fecha, con asistencia de los señores Fuentes, don César Raúl (Presidente), Concha, Lorca, Millas, Naudon, Schnake y Zaldívar.
Se designó Diputado Informante al señor Fuentes, don César Raúl.
(Fdo.): Clodomiro Bravo Michell, Secretario de la Comisión."
"