. . . . . . . . . . . . . . . . . . "7.-"^^ . . . " 7.-MOCI\u00D3N DE LOS SE\u00D1ORES PONTIGO, TORRES, PENNA, BARRIONUEVO, GUERRA, FUENTEALBA, DON CLEMENTE, Y OLAVE. \n\"Honorable C\u00E1mara: \nCon motivo de la paralizaci\u00F3n de los embarques de fierro en el puerto de Coquimbo por la Compa\u00F1\u00EDa Minera \"Santa Fe\" en 1966, 150 due\u00F1os de camiones que, durante 15 a\u00F1os movilizaron el Mineral de Fierro desde las Minas y dentro de las Canchas de Acopiamento para su embarque, quedaron con sus m\u00E1quinas destrozadas, sin trabajo y sin indemnizaci\u00F3n por parte de la Compa\u00F1\u00EDa Minera \"Santa Fe\". \nPor estas razones el Ejecutivo ha estado facilitando la importaci\u00F3n de cuarenta y cuatro chasis (44) para ser asignados al citado sindicato, encontr\u00E1ndose ya, gran parte de ellos en el puerto de Coquimbo. \nEn tales circunstancias y por las razones ya expuestas se hace necesario ir en urgente ayuda del citado gremio por todo lo cual vengo en presentar el siguiente \n \n \nProyecto de ley: \n \n\"Art\u00EDculo \u00FAnico.- Lib\u00E9rase de todos los derechos, tasas y dem\u00E1s grav\u00E1menes que se perciben por intermedio de las Aduanas, de almacenajes y de la tasa de despacho establecida por art\u00EDculo 190 de la ley 16.464 modificada por el art\u00EDculo 221 de la ley 16.840, a la importaci\u00F3n de cuarenta y cuatro (44) chassis para camiones consignados al Sindicato Profesional de Due\u00F1os de Camiones de Coquimbo. \nSi dentro del plazo de 8 a\u00F1os contados desde la fecha de la nacionalizaci\u00F3n de los veh\u00EDculos mencionados, fueren enajenados a cualquier t\u00EDtulo deber\u00E1n integrarse en arcas fiscales la totalidad de los derechos de los cuales se libera por esta ley, quedando solidariamente responsables de su integro las personas o entidades que intervengan en los contratos respectivos. \nSi se contraviniere lo dispuesto en los incisos anteriores se presumir\u00E1 responsables del delito de fraude Aduanero, de conformidad a lo establecido en el art\u00EDculo 197 letra (E) de la ordenanza de Aduanas. \n(Fdo.): Cipriano Pontigo U.- Mario Torres P.- Marino Penna M.- Ra\u00FAl Barrionuevo B.- Bernardino Guerra C.- Clemente Fuentealba.- Hern\u00E1n Olave V.\" \n \n " . . . . "MOCI\u00D3N DE LOS SE\u00D1ORES PONTIGO, TORRES, PENNA, BARRIONUEVO, GUERRA, FUENTEALBA, DON CLEMENTE, Y OLAVE."^^ . . . . . . . . . . .