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- rdf:value = " 7.-AUTORIZACION A LA CAJA DE PREVISION DE EMPLEADOS PARTICULARES PARA OTORGAR, DENTRO DE UN MAYOR PLAZO, SUBSIDIOS DE CESANTIA Y PRESTAMOS DE AUXILIO A LOS IMPONENTES DE LAS PROVINCIAS DE ATACAMA Y COQUIMBOEl señor IBAÑEZ (Presidente).-
Corresponde ocuparse del proyecto de ley, de origen en una moción del señor Torres, con urgencia calificada de "simple" e informado por la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, que autoriza a la Caja de Previsión de Empleados Particulares para otorgar, en las condiciones que indica, subsidios de cesantía y préstamos de auxilio para los imponentes de las provincias de Atacama y Coquimbo.
Diputado informante es el señor Torres.
-El proyecto, impreso en el boletín Nº 393702, es el siguiente:
"Artículo 1º.- Autorízase a la Caja de Previsión de Empleados Particulares para ampliar hasta por 180 días más el plazo señalado por la letra b) del artículo 37 de la ley Nº 7.295 para el otorgamiento de subsidios de cesantía a los empleados particulares cesantes que hayan prestado servicios en las provincias de Atacama y Coquimbo y continúen domiciliados en ellas.
Artículo 2º.- Dentro del plazo de 60 días, contado desde la fecha de vigencia de esta ley, los ex empleados particulares indicados en el artículo anterior, que quedaron cesantes en los dos años anteriores a ella y reciben subsidios de cesantía por la totalidad de los días señalados en el artículo 37 de la ley Nº 7.295, podrán solicitar nuevos subsidios hasta por 180 días más, aun cuando no hayan efectuado imposiciones y siempre que continúen cesantes.
Los beneficios de este artículo y del anterior regirán hasta 12 meses después de caducar el decreto que declara a las provincias de Coquimbo y Atacama como zonas de calamidad pública por persistente sequía.
Artículo 3º.- Autorízase a la Caja de Previsión de Empleados Particulares para conceder, por una sola vez, préstamos de auxilio a sus imponentes de las provincias de Coquimbo y Atacama con tope de saldo líquido a recibir de seis sueldos vitales escala A) del departamento de Santiago y sin comprometer más del 70% de los fondos de retiro de propiedad del imponente.
Los préstamos a que se refiere este artículo se regirán por las mismas disposiciones reglamentarias vigentes para los préstamos de auxilio indicados por la letra d) del artículo 33 de la ley 10.475.
La vigencia del citado beneficio caducará seis meses después de su publicación en el Diario Oficial."
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
En discusión general y particular el proyecto.
Ofrezco la palabra.
El señor TORRES.-
Pido la palabra.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor TORRES.-
Señor Presidente, con motivo de la persistente sequía que afecta a las provincias de Atacama y Coquimbo, fenómeno climático que ya dura cuatro años considerando el actual, he presentado un proyecto de ley que favorece a hogares de empleados particulares.
En primer lugar, por intermedio de este proyecto se amplía el plazo para el otorgamiento de subsidios de cesantía, en 180 días más. O sea, se modifica lo dispuesto en la ley Nº 7.295, cuyo artículo 37 establece que los empleados cesantes pueden obtener subsidio hasta por un plazo de 90 días en cada año calendario, pudiendo, en casos calificados, extenderse hasta por otros 90 días.
Con motivo de que en ambas provincias la cesantía es considerable y los empleados tienen que salir de ellas a buscar trabajo, he propuesto este proyecto con el objeto de dar respaldo económico hasta por un año al empleado que está cesante. En esas condiciones, creo que podrá buscar, sin sobresaltos, el trabajo que necesita.
Por el artículo 3º del proyecto se hace posible conceder a los empleados particulares de ambas provincias, por una sola vez, préstamos de hasta seis sueldos vitales y sin comprometer más del 70% de sus fondos de retiro. Actualmente pueden solicitar préstamos hasta por el 50% de dichos fondos. La razón de esta disposición estriba en el hecho de que la mayoría de los empleados particulares de ambas provincias pertenecen al sector comercial e industrial. Fundamentalmente los empleados del comercio han visto afectados sus ingresos con motivo de que la sequía ha hecho disminuir las ventas. Como la mayoría de ellos gana entre uno y dos vitales y el resto no tiene participación por ventas, he propuesto que, por una sola vez, se les dé un préstamo extraordinario para permitirles superar, en parte, el agudo problema económico de sus hogares.
Eso no más.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
El señor AGUILERA.-
Pido la palabra.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor AGUILERA.-
Señor Presidente, los Diputados socialistas vamos a dar nuestro apoyo a este proyecto de ley, originado en una iniciativa del colega señor Torres, en el bien entendido de que se trata de favorecer a todos aquellos empleados que, a consecuencia de la sequía, han sufrido una muy continuada cesantía.
Hacemos sí la observación de que su alcance es muy restringido, puesto que, según lo anunciado por el señor Diputado informante y autor de la iniciativa sólo favorece a los imponentes de determinada Caja.
De todas maneras, nosotros no vamos a formular indicación, porque ya se ha anunciado que la Cámara trataría, en la próxima semana una iniciativa que hará posible otorgar, en las provincias de Atacama y Coquimbo, préstamos a los imponentes de todas las Cajas de Previsión, en especial a los del Servicio de Seguro Social que han recibido las consecuencias directas de la cesantía. Ha habido cesantía colectiva, y el más afectado ha sido el campesino, quien, debido a la sequía, no ha podido sembrar y no ha contado con auxilio de cesantía, ni siquiera con préstamo de auxilio.
Como digo, pese a que el proyecto sólo favorece a los empleados particulares, vamos a entregarle nuestros votos favorables, en el bien entendido de que la próxima semana, pediremos el mismo apoyo, el mismo trato para la iniciativa a que me he referido y que beneficiará a los imponentes de todas las Cajas de Previsión, igual que en años anteriores en que se les otorgó un préstamo con motivo de la sequía, con el cual se ayudó a mucha gente y se tonificó el comercio.
En dicho proyecto se autoriza a las Cajas, en caso de que no cuenten con disponibilidades económicas para afrontar el desembolso, para que soliciten préstamo al Banco del Estado de Chile con el objeto de dar curso a las operaciones.
Nuevamente anuncio nuestros votos favorables al proyecto del colega Torres, sin hacerle indicaciones para que pase al Senado, ojalá hoy mismo.
El señor VARGAS.-
Pido la palabra.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor VARGAS.-
Señor Presidente, el proyecto de ley que estamos discutiendo, ya aprobado en la Comisión con el apoyo de los parlamentarios del Partido Nacional, contará también en esta oportunidad con nuestros votos favorables.
Queremos hacer presente que ya en oportunidad anterior nos habíamos ocupado de este problema. En efecto, durante la discusión de la actual Ley de Consolidación de Impuestos y Tributos en las provincias de Coquimbo y Atacama, dictada como consecuencia de la sequía que está provocando impacto tan fuerte en esa zona, presentamos una indicación similar, que fue vetada.
Repito que votaremos favorablemente porque la iniciativa, es de justicia y porque estamos compenetrados de las angustias que están pasando los empleados y todos los sectores de la provincia de Coquimbo, que necesitan de esta ley, y de muchas más, para salir del estado de postración en que se encuentran.
El señor FUENTEALBA (don Clemente).-
Pido la palabra.
El señor IBAÑEZ Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor FUENTEALBA (don Clemente).-
Señor Presidente, es evidente que cualquiera medida que tienda a paliar los efectos de la sequía que azota a la provincia de Coquimbo no puede ser rechazada por nosotros.
Se desprende del análisis de este proyecto, como la he expresado el Diputado señor Aguilera, que su alcance es un tanto restringido, por cuanto sólo favorece a los imponentes de la Caja de Previsión de Empleados Particulares en la concesión de subsidios de cesantía a los cesantes desde hace dos años hasta la fecha y en el otorgamiento del préstamo a que se refiere el artículo 3°.
Nos habría agradado, indudablemente, que estos préstamos se hubiesen hecho extensivos a los imponentes de los otros institutos de previsión, sobre todo a los del Servicio de Seguro Social. De todas maneras, vamos a votar favorablemente esta iniciativa, porque, como la ha anunciado el Diputado señor Aguilera, el otro proyecto que presentamos contempla en forma más amplia a todas las instituciones de previsión.
El señor CADEMARTORI.-
Pido la palabra.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor CADEMARTORI.-
Señor Presidente, en ausencia del Diputado comunista por la provincia de Coquimbo, compañero Cipriano Pontigo, quiero expresar, en nombre de los parlamentarios de estos bancos, nuestra aprobación a este proyecto de ley. Coincido también con los colegas que han manifestado su apoyo a este proyecto, aun cuando sólo limita el beneficio a los imponentes de la Caja de Previsión de Empleados Particulares; pero, dadas las razones expuestas, nos parece de toda justicia darle nuestros votos favorables.
El señor IBAÑEZ (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación general el proyecto.
Si le parece a la Sala y no se pide votación, se aprobará.
Aprobado.
Como no ha sido objeto de indicaciones, se declara también aprobado en particular.
Despachado el proyecto.
(El proyecto despachado al Senado, se hizo en los mismos términos).
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