"MOCI\u00D3N DE LOS SE\u00D1ORES VALENTE Y CARVAJAL"^^ . . . . . "25.-"^^ . . . . " 25.-MOCI\u00D3N DE LOS SE\u00D1ORES VALENTE Y CARVAJAL \n\"Honorable C\u00E1mara: \nPara viajar desde Arica a la ciudad de Tacna (Per\u00FA) y viceversa, se requiere estar en posesi\u00F3n de un salvoconducto o de un permiso especial que es otorgado por las autoridades de esa ciudad. \nEl salvoconducto tiene un a\u00F1o de vigencia y en este lapso, puede viajarse cuantas veces se quiera. \nEl \u00FAnico gravamen establecido en el convenio internacional suscrito entre Chile y Per\u00FA, para el tr\u00E1nsito entre ambas ciudades, es que dicho salvoconducto lleve un peque\u00F1o impuesto que, en el caso de Chile, es de 2 pesos. \nEn la ciudad de Tacna se ha establecido un cobro especial en el formulario en que se extiende el salvoconducto o el permiso especial. Este cobro equivale a diez escudos (E\u00BA 10) moneda chilena. \nEstimamos que nuestro pa\u00EDs debe oficializar el otorgamiento de estos salvoconductos y de los permisos especiales extendi\u00E9ndolos en formularios como especies valoradas con un timbre fijo de E\u00BA 10 destinando el producto a diversas instituciones y al financiamiento de obras diversas, bajo el control de la Junta de Adelanto de Arica. \nPor estas razones, nos permitimos proponer a la Honorable C\u00E1mara el siguiente \n \nProyecto de ley: \n \n\"Art\u00EDculo 1\u00BA.-Los formularios en que se extiendan los salvoconductos y permisos especiales para las personas que viajan entre Arica y Tacna, ser\u00E1n impresos en la Casa de Moneda y se expender\u00E1n por la Tesorer\u00EDa Comunal de Arica con un timbre fijo de diez escudos (E\u00BA 10); \nLos fondos recaudados por este concepto ingresar\u00E1n a una cuenta especial en la Tesorer\u00EDa Comunal de Arica, a nombre de la Junta de Adelanto de esa ciudad, organismo que lo distribuir\u00E1 en la siguiente forma: \n \na) Para el Hogar del Ni\u00F1o\t5% \nb) Para el Hogar de la Ni\u00F1a . . . .\t5% \nc) Para el Hogar del Anciano . . . .\t5% \nd) Para la Cruz Roja de Arica ....\t5% \ne) Para el Centro de Rehabilitaci\u00F3n y Educaci\u00F3n Especial\t10% \nf) Para el Cuerpo de Bomberos, a fin de ampliar, reparar, construir cuarteles o adquirir elementos para las diferentes Compa\u00F1\u00EDas \t10% \ng) Para la Defensa Civil de Arica 5% \nh) Para la Junta de Adelanto de Arica, para ser destinado exclusivamente a construcciones deportivas, incluyendo gimnasios, campos deportivos, locales para asociaciones, clubes deportivos, etc\t55% \n \nCon los fondos acumulados en la letra h) se dar\u00E1 prioridad a la construcci\u00F3n del coliseo cerrado hasta su total terminaci\u00F3n. \nLa Junta de Adelanto podr\u00E1 destinar de los recursos recaudados por la presente ley, hasta un cuarto por ciento (1/4%) para financiar los gastos de impresi\u00F3n de los formularios se\u00F1alados en el inciso primero de este art\u00EDculo. \nAsimismo, la Junta de Adelanto podr\u00E1 anticipar, de sus propios recursos, los aportes a los organismos beneficiados por esta ley. \nArt\u00EDculo 2\u00BA.-El Ministerio de Tierras y Colonizaci\u00F3n har\u00E1 entrega gratuita a la Asociaci\u00F3n de Box de Arica del predio N\u00B0 3 ubicado en la manzana 92 de la ciudad de Arica, rol de aval\u00FAos 92|3, con una superficie de 1.566,45 metros cuadrados. La Asociaci\u00F3n de Box de Arica deber\u00E1 destinar este predio a la construcci\u00F3n de un gimnasio. \nArt\u00EDculo 3\u00BA.-Se faculta a la Junta de Adelanto de Arica para subvencionar al Club de Deportes Arica mientras esta instituci\u00F3n represente a esa ciudad en el campeonato nacional de f\u00FAtbol profesional. \n(Fdo.): Luis Valente Ross\u00ED.-Arturo Carvajal Acu\u00F1a.\" \n \n " . . . . . . . . . . .