. . " \nEl se\u00F1or VALENZUELA (don Ricardo).- \n \nPido la palabra. \n \nEl se\u00F1or VALENZUELA VALDERRAMA, don H\u00E9ctor (Presidente).- \n \nTiene la palabra Su Se\u00F1or\u00EDa. \n \nEl se\u00F1or VALENZUELA (don Ricardo).- \n \nSe\u00F1or Presidente, yo no s\u00E9 si entend\u00ED bien lo que dec\u00EDa el colega Tejeda, pero tengo la impresi\u00F3n de que la sustituci\u00F3n del inciso 2\u00B0 hecha por el Senado est\u00E1 mal ubicada en el impreso, porque se refer\u00EDa s\u00F3lo al n\u00FAmero dos y no a. todo el inciso. Yo creo que el colega Tejeda se refer\u00EDa a que era una sustituci\u00F3n de todo el inciso y no al n\u00FAmero. \nYo le concedo una interrupci\u00F3n al se\u00F1or Diputado, porque creo que es conveniente aclarar esto. Si fuera de esta forma, indudablemente que tendr\u00EDamos que rechazar lo propuesto por el Senado, pero si se refiriera s\u00F3lo a cambiar el n\u00FAmero dos de este inciso, indudablemente que lo mejorar\u00EDa. \nCon todo gusto le concedo la interrupci\u00F3n. \n \nEl se\u00F1or VALENZUELA VALDERRAMA, don H\u00E9ctor (Presidente).- \n \nCon la venia del se\u00F1or Valenzuela, don Ricardo, puede hacer uso de la interrupci\u00F3n el se\u00F1or Tejeda. \n \nEl se\u00F1or TEJEDA.- \n \nSe\u00F1or Presidente, aqu\u00ED conversa mucha gente, es muy poco lo que se logra escuchar. \n \nEl se\u00F1or VALENZUELA VALDERRAMA, don H\u00E9ctor (Presidente).- \n \nRuego a los se\u00F1ores Diputados guardar silencio. \n \nEl se\u00F1or TEJEDA.- \n \nLa observaci\u00F3n m\u00EDa es muy ciara, en cuanto a que el inciso cuarto que agrega el Senado, ampl\u00EDa las sanciones a otros casos que la C\u00E1mara no hab\u00EDa previsto. En efecto, establece esta disposici\u00F3n: \"Para estos efectos, se entender\u00E1 que ejercen tambi\u00E9n actos propios de dichas profesiones los que ofrezcan tales servicios p\u00FAblicamente por cualquier medio da propaganda o publicidad.\" \nEl Senado est\u00E1 reemplazando todo el inciso 2\u00BA y no s\u00F3lo el n\u00FAmero dos del inciso 2\u00B0. De tal manera, entonces, que suprime esto que era un requisito en el proyecto de la C\u00E1mara. Ahora, esto es s\u00F3lo es la figura delictual. La C\u00E1mara exig\u00EDa adem\u00E1s, que la persona se atribuya la calidad de profesional, que ofrezca los servicios p\u00FAblicamente o que habitualmente realice diagn\u00F3sticos. Todo esto lo reemplaza en esta forma el Senado. \nMe parece que es mucho m\u00E1s claro lo aprobado por la C\u00E1mara. \n \nEl se\u00F1or VALENZUELA VALDERRAMA (Presidente).- \n \nPuede continuar en el uso de la palabra el se\u00F1or Valenzuela, don Ricardo. \n \nEl se\u00F1or VALENZUELA (don Ricardo).- \n \n Precisamente, con la interrupci\u00F3n que le conced\u00ED al colega Tejeda, queda aclarado que, en verdad, la disposici\u00F3n del Senado no se refiere \u00FAnicamente al n\u00FAmero dos del inciso 2\u00BA, sino que a los tres n\u00FAmeros. A mi juicio, por lo menos, la disposici\u00F3n de la C\u00E1mara es mucho m\u00E1s clara, m\u00E1s precisa y corresponde a lo que se consider\u00F3 y discuti\u00F3 en la Comisi\u00F3n, respecto a la configuraci\u00F3n de estos delitos contra la salud p\u00FAblica. Por eso, y hablo a t\u00EDtulo personal, considero mucho m\u00E1s conveniente que insistamos en la disposici\u00F3n aprobada por la C\u00E1mara, rechazando la modificaci\u00F3n del Senado respecto de este inciso. \n \n " . . . . . . . . . .